Jos� Mar�a Morelos, Sentimientos de la Naci�n (original) (raw)

Que la Am�rica es libre independiente de Espa�a y de toda otra Naci�n, Gobierno o Monarqu�a

14 de septiembre de 1813

Sentimientos de la Naci�n

1º Que la Am�rica es libre independiente de Espa�a y de toda otra Naci�n, Gobierno o Monarqu�a, y que as� se sancione, dando al Mundo las razones.

2º Que la Religi�n Cat�lica sea la �nica, sin tolerancia de otra.

3º Que todos sus Ministros se sustenten de todos y solos los Diezmos y Primicias, y el Pueblo no tenga que pagar m�s obvenciones que las de su devoci�n y ofrenda.

4º Que el Dogma sea sostenido por la Jerarqu�a de la Iglesia, que son el Papa, los Obispos y los Curas, porque se debe arrancar toda planta que Dios no plant�: omnis plantatis quam non plantabit Pater meus Celestis cradicabitur. Mat. Cap. XV.

5º Que la Soberan�a dimana inmediatamente del Pueblo, el que s�lo quiere depositarla en el Supremo Congreso Nacional Americano, compuesto de representantes de las Provincias en igualdad de n�meros.

6º Que los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial est�n divididos en los cuerpos compatibles para ejercerlos.

7º Que funcionar�n cuatro a�os los Vocales turn�ndose, saliendo los m�s antiguos, para que ocupen el lugar los nuevos electos.

8º La dotaci�n de los Vocales ser� una congrua suficiente y no superflua, y no pasar� por ahora de 8.000 pesos.

9º Que los empleos s�lo los Americanos los obtengan.

10º Que no se admitan extranjeros, si no son Artesanos capaces de instruir, y libres de toda sospecha.

11º Que los Estados mudan costumbres, y por consiguiente la Patria no ser� del todo libre y nuestra, mientras no se reforme el Gobierno, abatiendo el tir�nico, substituyendo el liberal, e igualmente echando fuera de nuestro suelo al enemigo espa�ol, que tanto se ha declarado contra (nuestra Patria / esta naci�n).

12º Que como la buena Ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro Congreso deben ser tales, que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia; y de tal suerte se aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres, alejando la ignorancia, la rapi�a y el hurto.

13º Que las leyes generales comprendan a todos, sin excepci�n de cuerpos privilegiados; y que �stos s�lo lo sean en cuanto al uso de su ministerio.

14º Que para dictar una Ley se haga Junta de Sabios, en el n�mero posible, para que proceda con m�s acierto y exonere de algunos cargos que pudieran resultarles.

15º Que la Esclavitud se proscriba para siempre, y lo mismo la distinci�n de Castas, quedando todos iguales, y s�lo distinguir� a un Americano de otro el vicio y la virtud.

16º Que nuestros Puertos se franqueen a las Naciones extranjeras amigas, pero que �stas no se internen al Reino, por m�s amigas que sean, y s�lo habr� Puertos se�alados para el efecto, prohibiendo el desembarque en todos los dem�s, se�alando el diez por ciento.

17º Que a cada uno se le guarden sus propiedades, y respete en su Casa como en un asilo sagrado, se�alando penas a los infractores.

18º Que en la nueva legislaci�n no se admita la tortura.

19º Que en la misma se establezca por Ley Constitucional la celebraci�n del d�a doce de Diciembre en todos los Pueblos, dedicado a la Patrona de nuestra Libertad, Mar�a Sant�sima de Guadalupe, encargando a todos los Pueblos la devoci�n mensual.

20º Que las tropas extranjeras, o de otro Reino, no pisen nuestro suelo, y si fuere en ayuda, no estar�n donde la Suprema Junta.

21º Que no se hagan expediciones fuera de los l�mites del Reino, especialmente ultramarinas, pero que no son de esta clase propagar la fe a nuestros hermanos de tierra dentro.

22º Que se quite la infinidad de tributos, pechos e imposiciones que nos agobian, y se se�ale a cada individuo un cinco por ciento de semillas y dem�s efectos u otra carga igual de ligera, que no oprima tanto, como la alcabala, el Estanco, el Tributo y otros; pues con esta ligera contribuci�n, y la buena administraci�n de los bienes confiscados al enemigo, podr� llevarse el peso de la Guerra, y honorarios de empleados.

Chilpancingo, 14 septiembre 1813.
Jos� Mª Morelos.

23º Que igualmente se solemnice el d�a 16 de septiembre, todos los a�os, como el d�a Aniversario en que se levant� la Voz de la Independencia, y nuestra Santa Libertad comenz�, pues en ese d�a fue en el que se desplegaron los labios de la Naci�n para reclamar sus derechos con Espada en mano para ser o�da: recordando siempre el m�rito del grande H�roe el se�or Don Miguel Hidalgo y su compa�ero Don Ignacio Allende.

Repuestas en 21 de noviembre de 1813. Y por tanto, quedan abolidas �stas, quedando siempre sujetos al parecer de S.[u] A.[alteza] S.[eren�sima]

[Transcripción íntegra del original manuscrito
conservado por el Archivo General de la Naci�n Mexicana.]

Documentario hisp�nico
www.bicentenarios.es