Arnaldo P�rez Guerra, condenado a 61 d�as de prisi�n menor (original) (raw)

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6 de febrero del 2008

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Chile

Arnaldo P�rez Guerra,

condenado a 61 d�as de prisi�n menor

La Insignia. Chile, febrero del 2008.

Cecilia Past�n P�rez, titular del 7� Juzgado de Garant�a de Santiago de Chile, conden� a principios de enero a nuestro redactor Arnaldo P�rez Guerra a 61 d�as de prisi�n menor, m�s el pago de una multa y las costas del juidio, al considerar que el art�culo Un abogado del PC que estafa a los trabajadores, publicado por La Insignia el 30 de diciembre del a�o 2006 y difundido posteriormente en otras publicaciones de Internet, incurr�a en un delito de calumnias.

La Insignia public� el art�culo d�as despu�s de que tres trabajadores presentaran una querella contra el abogado Jaime Gajardo Falc�n por los presuntos delitos de estafa, apropiaci�n indebida y prevaricaci�n. El texto se basaba en las afirmaciones de los sindicalistas Ra�l Aguilar Gonz�lez, Emilio Jaque Benavides y Eliana Ferrada D�az, as� como del asesor legal de �stos, Cristi�n Hidalgo Morales, y del tambi�n abogado Patricio Mora Pino, quienes acusaban a Gajardo Falc�n de "no pagarles el dinero de sus indemnizaciones". P�rez Guerra se entrevist� con los trabajadores y difundi� los hechos por su inter�s informativo.

Sin embargo, la causa de los trabajadores fue sobrese�da y cerrada de forma definitiva en abril de 2007. La fiscal Giovanna Herrera la desestim� con la siguiente argumentaci�n: "los querellantes se�alan haberle otorgado poder al imputado [Jaime Gajardo Falc�n] en su calidad de dirigentes sindicales para representarlos en el conflicto que ten�an con su ex empleadora, la empresa Siglo Verde Limitada, con facultades de transigir y percibir, producto de lo cual �l percibi� la suma de $7.186.621 pesos, producto de un avenimiento con la empresa, de los cuales las v�ctimas indican no haber recibido nada. El resultado de la investigaci�n arroja que si bien el imputado ten�a el poder se�alado en la querella y percibi� esta suma debido al avenimiento logrado con la empresa indicada, el dinero fue repartido a todos los trabajadores que eran parte del conflicto, tal cual fue acordado en asambleas quincenales que manten�a el imputado con ellos, siendo s�lo los querellantes los que no recibieron dinero debido a que renunciaron a ello, por lo que no se presenta ni el enga�o ni la apropiaci�n necesarias para que se configuren los delitos de apropiaci�n indebida, estafa. Por otra parte la conducta del imputado no coincide con ninguna de las conductas t�picas del delito de prevaricaci�n".

Los sindicalistas mantienen que ellos no renunciaron a su derecho a indemnizaci�n. Tambi�n se da la circunstancia de que no llegaron a recibir citaciones para asistir al juicio ni tuvieron ocasi�n de ratificar sus denuncias ante ning�n tribunal. Sin embargo, la causa se cerr� y sus abogados no interpusieron recurso alguno. Tras ello, y con la resoluci�n de sobreseimiento definitivo, Gajardo Falc�n present� una querella por injurias y calumnias contra el abogado Patricio Mora, el asesor legal Cristi�n Hidalgo, los tres sindicalistas, nuestro colaborador Arnaldo P�rez Guerra y el presidente de la Confederaci�n General de Trabajadores (CGT), Manuel Ahumada; los dos �ltimos, por difundir la versi�n de los trabajadores.

La sentencia, que condena a Arnaldo P�rez, afirma:

"A fines del a�o 2006 y principio del a�o 2007, se realizaron publicaciones en los diarios de internet, en los cuales se informaba de una querella presentada por trabajadores de la empresa Siglo Verde, en contra del abogado Jaime Gajardo Falc�n, por los supuestos delitos de estafa y apropiaci�n indebida de los dineros de los trabajadores, que hab�a representado en juicio laboral. Dichas publicaciones le atribuyen en forma directa los mencionados delitos al querellante, sin se�alar el estado procesal de la investigaci�n que supuestamente se realizaba en la Fiscal�a Centro Norte, la cual termin� con el sobreseimiento de la misma por no haberse acreditado delito alguno, resoluci�n que se encuentra ejecutoriada (�). El hecho antes descrito configura el delito de calumnia previsto y sanciona en el art�culo 412 y 413 N� 2, del C�digo Penal, ya que, se le atribuy� a Jaime Fajardo Falc�n el delito de estafa, el cual nunca existi�, adem�s dicha imputaci�n fue divulgada a trav�s de un medio de comunicaci�n y difusi�n masiva como es el sistema de Internet, en grado de ejecuci�n consumado. (�) Con el fin de acreditar la participaci�n de los querellados se tiene presente la prueba descrita y analizada en los considerandos anteriores, respecto de Arnaldo P�rez Guerra, especialmente el documento del Centro de Estudios de la Universidad de Chile, entrevista realizada por �ste a los dirigentes sindicales, los art�culos de la pagina web La Insignia, y su propia declaraci�n prestada en audiencia, de los cuales se desprende que el querellado no es periodista, y que procedi� a entrevistar trabajadores-dirigentes sindicales, haci�ndole preguntas directas, donde expresa que 'el abogado es un estafador', provocando de esa forma las reacciones de los entrevistados, expresiones que posteriormente expone en sus art�culos, en los cuales adem�s hace una referencia a la vida acad�mica profesional del querellante, se�alando que la actuaci�n ilegal del querellante, no es un acto aislado, sino que se arrastra desde su actuar en el Centro de Alumnos de la Universidad de Chile, pero como ya se se�al�, al analizar dicho documento, al querellante no se le atribuye irregularidad directa, sino que simplemente pol�tica por formar parte del directorio, por otra parte al declarar en audiencia no da explicaciones respecto de las fuentes a que hace referencia en sus art�culos -pese a no tener derecho a dicha reserva, dado que no es periodista, seg�n sus propios dichos-, de esta forma a esta juez, no le cabe duda alguna que P�rez Guerra le atribuye al querellante un simple delito y que teniendo conocimiento por lo investigado, que la actuaci�n del querellante respecto de trabajadores, no era constitutiva de delito, pese a ello, se neg� a retirar la informaci�n publicada en la p�gina web que ten�a a su cargo y que adem�s en dichos art�culos, omiti� informaci�n, dando al p�blico en general la err�nea idea de que el actuar del querellante siempre fue de una honradez dudosa. Lo anterior produjo un da�o en la honra del querellante que lo llev� a tener problemas laborales, acad�micos y profesiones."

Tras un largo periplo en tribunales, Arnaldo P�rez Guerra ha sido el �nico condenado. Tanto Mora como los tres trabajadores fueron disculpados por el demandante; Cristi�n Hidalgo solicit� el sobreseimiento definitivo y Manuel Ahumada fue absuelto porque no incurri� en delito alguno.

"Nunca estuvo en mi �nimo calumniar, injuriar o afectar el honor de nadie. Escrib� un art�culo en diciembre de 2006, antes de que existiera una resoluci�n definitiva en el caso. Los trabajadores, a pesar de disculparse en el tribunal, siguen reiterando su denuncia. La parte querellante sostuvo que incurr� en el delito de 'calumnias, propagadas por escrito con publicidad y efectuadas a trav�s de un medio de comunicaci�n social' y solicitaron la pena m�xima: 'reclusi�n menor en su grado medio' y dem�s penas accesorias que establece la ley, una multa de 150 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), y que las penas fueran aumentadas en un grado a 'reclusi�n menor en su grado m�ximo'. Adem�s, por 'injurias graves cometidas por escrito y con publicidad', solicitaban 'reclusi�n menor en su grado medio, penas accesorias' y que fueran 'aumentadas en un grado a reclusi�n menor en su grado m�ximo'. Tambi�n se me acusaba de 'c�mplice' de los supuestos delitos cometidos por el presidente de la CGT, Manuel Ahumada Lillo, pidiendo se agregara una pena de 'reclusi�n menor en su grado m�nimo'. Una completa desproporci�n. En definitiva fui condenado a la pena m�nima de 61 d�as y el pago de 6 UTM. Pienso que esto nunca debi� salir de los cauces de la informaci�n. Es algo completamente ins�lito. Los trabajadores a�n no han sido escuchados por alg�n tribunal; sus abogados dejaron morir la causa y los dejaron en la m�s completa indefensi�n legal", se�ala nuestro redactor.

Por �ltimo, cabe mencionar que la redacci�n de La Insignia no lleg� a recibir ning�n desmentido ni petici�n de aclaraci�n de hechos por parte del querellante.