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Papers by julio montero
Isonomía - Revista de teoría y filosofía del derecho
La tesis central de este artículo es que la concepción de la razón pública propuesta por John Raw... more La tesis central de este artículo es que la concepción de la razón pública propuesta por John Rawls, incluso en su versión “inclusiva”, es demasiado restrictiva y viola el principio liberal de legitimidad y la tesis de la neutralidad del estado, que constituyen elementos centrales de la teoría política de Rawls y del liberalismo político en general. Finalmente, se propone una concepción alternativa de la razón pública liberal, centrada únicamente en un deber básico de civilidad, el deber de reciprocidad, a la que denominaré la concepción “abierta” de la razón pública.
Isonomía - Revista de teoría y filosofía del derecho
La tesis central de este artículo es que la concepción de la razón pública propuesta por John Raw... more La tesis central de este artículo es que la concepción de la razón pública propuesta por John Rawls, incluso en su versión “inclusiva”, es demasiado restrictiva y viola el principio liberal de legitimidad y la tesis de la neutralidad del estado, que constituyen elementos centrales de la teoría política de Rawls y del liberalismo político en general. Finalmente, se propone una concepción alternativa de la razón pública liberal, centrada únicamente en un deber básico de civilidad, el deber de reciprocidad, a la que denominaré la concepción “abierta” de la razón pública.
Discusiones, 2021
El presente trabajo versa sobre la pregunta en torno a la compatibilidad que puede haber entre el... more El presente trabajo versa sobre la pregunta en torno a la compatibilidad que puede haber entre el ideal moral de la tolerancia y la estructura de razonamiento práctico defendida por el liberalismo deontológico. En concreto, me refiero específicamente a la versión de esta clase de liberalismo que surgió a partir de la segunda mitad del siglo XX con la publicación de A Theory of Justice de John Rawls; donde encontramos un desarrollo de la idea de tolerancia y el papel que desempeña en la resolución de conflictos prácticos.
Discusiones, 2021
El presente trabajo versa sobre la pregunta en torno a la compatibilidad que puede haber entre el... more El presente trabajo versa sobre la pregunta en torno a la compatibilidad que puede haber entre el ideal moral de la tolerancia y la estructura de razonamiento práctico defendida por el liberalismo deontológico. En concreto, me refiero específicamente a la versión de esta clase de liberalismo que surgió a partir de la segunda mitad del siglo XX con la publicación de A Theory of Justice de John Rawls; donde encontramos un desarrollo de la idea de tolerancia y el papel que desempeña en la resolución de conflictos prácticos.
Crítica (México D. F. En línea), 2016
Durante décadas, los filósofos han concebido los derechos humanos como una clase de derechos natu... more Durante décadas, los filósofos han concebido los derechos humanos como una clase de derechos naturales de los que gozamos por el mero hecho de ser seres humanos. Sin embargo, esta interpretación ha sido severamente cuestionada en los últimos años. Toda una familia de autores, identificados con una concepción “práctico-dependiente”, asevera que los derechos humanos constituyen una práctica sui generis completamente ajena a la tradición del derecho natural. En contra de esta postura, este artículo argumenta que el discurso de los derechos naturales es parte constitutiva de la doctrina actual de los derechos humanos y que puede hacer un aporte crucial a la adecuada justificación y comprensión de sus funciones, su contenido y su alcance normativo. Más concretamente, mi tesis será que si bien los derechos humanos no pueden reducirse a derechos naturales, bien podrían derivar de derechos naturales previos.
Crítica (México D. F. En línea), 2016
Durante décadas, los filósofos han concebido los derechos humanos como una clase de derechos natu... more Durante décadas, los filósofos han concebido los derechos humanos como una clase de derechos naturales de los que gozamos por el mero hecho de ser seres humanos. Sin embargo, esta interpretación ha sido severamente cuestionada en los últimos años. Toda una familia de autores, identificados con una concepción “práctico-dependiente”, asevera que los derechos humanos constituyen una práctica sui generis completamente ajena a la tradición del derecho natural. En contra de esta postura, este artículo argumenta que el discurso de los derechos naturales es parte constitutiva de la doctrina actual de los derechos humanos y que puede hacer un aporte crucial a la adecuada justificación y comprensión de sus funciones, su contenido y su alcance normativo. Más concretamente, mi tesis será que si bien los derechos humanos no pueden reducirse a derechos naturales, bien podrían derivar de derechos naturales previos.
Diánoia. Revista de Filosofía, 2016
En este artículo me propongo establecer un criterio de igualdad adecuado para una democracia del... more En este artículo me propongo establecer un criterio de igualdad adecuado para una democracia deliberativa. A tales efectos, comenzaré analizando la propuesta de Rawls y las críticas que Sen le dirige. Luego presentaré el principio de autonomía de Guariglia y expondré sus dificultades. Finalmente, utilizando la idea de “capacidad deliberativa” de Bohman, presentaré mi propio criterio de igualdad. De acuerdo con este principio, el estado debe garantizar a todo ciudadano un umbral mínimo de capacidades intelectuales y materiales que le permita incorporarse al debate público; sin embargo, una vez alcanzado este umbral, los ciudadanos mismos deben decidir qué concepción de la justicia económica y social es la más apropiada para su sociedad.
Isegoría, 2013
RESUMEN. La visión imperante en el derecho internacional actual concibe los derechos humanos como... more RESUMEN. La visión imperante en el derecho internacional actual concibe los derechos humanos como normas relativas al trato que los Estados brindan a su propia población. Esta posición, que se conoce como la "perspectiva estatista" sobre los derechos humanos, es actualmente resistida por varios autores. En este artículo intentaré defender la perspectiva estatista contra una serie de críticas recientemente formuladas por Cristina Lafont en Isegoría y en otras importantes revistas especializadas. En particular, trataré de probar que, contrariamente a lo que Lafont argumenta, esta perspectiva captura adecuadamente la razón de ser de la práctica contemporánea de los derechos humanos y dispone de recursos para resguardar los intereses de los seres humanos de las nuevas amenazas surgidas en un mundo globalizado.
Revista de filosofía y teoría política, 2003
Licenciamiento Esta obra está bajo una licencia Atribución-No comercial-Sin obras derivadas 2.5 A... more Licenciamiento Esta obra está bajo una licencia Atribución-No comercial-Sin obras derivadas 2.5 Argentina de Creative Commons. ... Para ver una copia breve de esta licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/. ... Para ver la licencia completa en ...
Eidos Revista De Filosofia De La Universidad Del Norte, Jun 1, 2012
Doxa. Cuadernos de Filosofía del Derecho, 2006
Una de las principales dificultades que las concepciones de la democracia deliberativa deben enfr... more Una de las principales dificultades que las concepciones de la democracia deliberativa deben enfrentar es el dilema entre sustancia y procedimiento. Este dilema surge de la siguiente situación: por un lado, las concepciones de la democracia deliberativa sostienen que los derechos que asisten a los ciudadanos deben establecerse mediante un libre intercambio reglado de argumentos entre individuos libres e iguales, pero, por el otro, el proceso deliberativo requiere el previo reconocimiento de ciertas condiciones para poder desarrollarse. Carlos NINO intentó resolver este dilema mediante su “constructivismo epistemológico”, que fue elaborado en oposición tanto al “populismo moral” de HABERMAS como al “individualismo epistemológico” de RAWLS. En este artículo trataré de mostrar que la concepción de la democracia deliberativa de NINO no puede resolver el dilema antes mencionado y que sólo puede ser comprendido o bien como una variante solapada de populismo moral o bien como una forma de ...
According to the orthodox or humanist conception of human rights, individuals have a moral duty t... more According to the orthodox or humanist conception of human rights, individuals have a moral duty to promote the universal realization of human rights. However, advocates of this account express the implications of this duty in extremely vague terms. What does it mean when we say that we must promote human rights satisfaction? Does it mean that we must devote a considerable amount of our time and resources to this task? Does it mean, instead, that we must make occasional donations to charities working to advance human rights realization? In this essay, I argue that this duty can only be constructed as imperfect. This means that it confers agent-relative discretion on us to decide when, how, and to what extent to advance the human rights of others. It also means that it is neither correlative with rights nor enforceable. As I will explain, the main reason for this is that any attempt to construct it as a perfect duty would infringe the dignity of the potential duty bearers and thereby undermine the very values that human rights practice aspires to serve. Finally, I will conclude by providing some guidelines for those who wish to comply with their imperfect duties to improve the situation of those whose human rights are in peril.
For decades, philosophers tended to think about human rights as natural rights. However, in the p... more For decades, philosophers tended to think about human rights as natural rights. However, in the past decade, this view has been persistently challenged by a group of authors defending a “practice-dependent” approach. According to them, contemporary human rights constitute a sui-generis practice which is completely foreign to the natural rights tradition. Contrary to this claim, this article argues that natural rights discourse is an integral part of current human rights doctrine and may, therefor, make a valuable contribution to their justification and correct understanding. Finally, it addresses three significant objections against the very idea of natural rights.
En este número de la Revista Discusiones, me debaten tres grandes filósofos argentinos (Julio Mon... more En este número de la Revista Discusiones, me debaten tres grandes filósofos argentinos (Julio Montero, Fernando Lizarraga y Graciela Vidiella) mi postura sobre la tolerancia entendida como un ideal moral y su relación con el liberalismo deontologista.
En el mismo número, les respondo con el texto "Universalismo generalista y particularismo moderado".
For decades, philosophers tended to understand human rights as claims protecting key human featur... more For decades, philosophers tended to understand human rights as claims protecting key human features that individuals would have against any other agent, even in an imaginary state of nature. This account is known as the natural rights approach to human rights. However, in the last decade, this view has been challenged by a group of theorists proposing an alternative political approach to human rights. According to these authors, the function of human rights is to constrain the behavior of sovereign nation-states towards their own residents. In this essay, I argue that, although human rights are not reducible to natural rights, they can be perfectly grounded on a natural right to independence. This view will accommodate the main features of current human rights practice, and will help us make sense of the very idea embodied by contemporary human rights practice.
El artículo explora el conflicto entre democracia y derechos humanos y realiza una propuesta sobr... more El artículo explora el conflicto entre democracia y derechos humanos y realiza una propuesta sobre la judicialización de los derechos económicos y sociales.
En este artículo discuto dos tesis que Thomas Pogge deriva de su concepción institucional de los ... more En este artículo discuto dos tesis que Thomas Pogge deriva de su concepción institucional de los derechos humanos: la tesis de la culpa y la tesis de la violación global. La tesis de la culpa asevera que los ciudadanos que contribuyen a sostener un régimen institucional que viola derechos humanos sin realizar compensaciones en beneficio de las víctimas, se convierten ellos mismos en violadores de derechos humanos. Por su parte, la tesis de la violación global asevera que al imponer regu- laciones injustas que tienden a generar pobreza extrema, el régimen internacional actual viola los derechos humanos de los pobres del mundo. Mi intención será probar que ambas tesis son insostenibles ya que se basan en presupuestos errados en materia de responsabilidad. Esto no nos conducirá, sin embargo, a abandonar la concepción institucional de los derechos humanos. Por el contrario, una vez depurada de sus problemas, se trata de una concepción que puede ayudarnos a pensar adecuadamente sobre la responsabilidad por los derechos humanos en un mundo globalizado.
En este artículo me propongo establecer un criterio de igualdad adecuado para una democracia deli... more En este artículo me propongo establecer un criterio de igualdad adecuado para una democracia deliberativa. A tales efectos, comenzaré analizando la propuesta de Rawls y las críticas que Sen le dirige. Luego presentaré el principio de autonomía de Guariglia y expondré sus dificultades. Finalmente, utilizando la idea de “capacidad deliberativa” de Bohman, presentaré mi propio criterio de igualdad. De acuerdo con este principio, el estado debe garantizar a todo ciudadano un umbral mínimo de ca- pacidades intelectuales y materiales que le permita incorporarse al debate público; sin embargo, una vez alcanzado este umbral, los ciudadanos mismos deben decidir qué concepción de la justicia económica y social es la más apropiada para su sociedad.
Isonomía - Revista de teoría y filosofía del derecho
La tesis central de este artículo es que la concepción de la razón pública propuesta por John Raw... more La tesis central de este artículo es que la concepción de la razón pública propuesta por John Rawls, incluso en su versión “inclusiva”, es demasiado restrictiva y viola el principio liberal de legitimidad y la tesis de la neutralidad del estado, que constituyen elementos centrales de la teoría política de Rawls y del liberalismo político en general. Finalmente, se propone una concepción alternativa de la razón pública liberal, centrada únicamente en un deber básico de civilidad, el deber de reciprocidad, a la que denominaré la concepción “abierta” de la razón pública.
Isonomía - Revista de teoría y filosofía del derecho
La tesis central de este artículo es que la concepción de la razón pública propuesta por John Raw... more La tesis central de este artículo es que la concepción de la razón pública propuesta por John Rawls, incluso en su versión “inclusiva”, es demasiado restrictiva y viola el principio liberal de legitimidad y la tesis de la neutralidad del estado, que constituyen elementos centrales de la teoría política de Rawls y del liberalismo político en general. Finalmente, se propone una concepción alternativa de la razón pública liberal, centrada únicamente en un deber básico de civilidad, el deber de reciprocidad, a la que denominaré la concepción “abierta” de la razón pública.
Discusiones, 2021
El presente trabajo versa sobre la pregunta en torno a la compatibilidad que puede haber entre el... more El presente trabajo versa sobre la pregunta en torno a la compatibilidad que puede haber entre el ideal moral de la tolerancia y la estructura de razonamiento práctico defendida por el liberalismo deontológico. En concreto, me refiero específicamente a la versión de esta clase de liberalismo que surgió a partir de la segunda mitad del siglo XX con la publicación de A Theory of Justice de John Rawls; donde encontramos un desarrollo de la idea de tolerancia y el papel que desempeña en la resolución de conflictos prácticos.
Discusiones, 2021
El presente trabajo versa sobre la pregunta en torno a la compatibilidad que puede haber entre el... more El presente trabajo versa sobre la pregunta en torno a la compatibilidad que puede haber entre el ideal moral de la tolerancia y la estructura de razonamiento práctico defendida por el liberalismo deontológico. En concreto, me refiero específicamente a la versión de esta clase de liberalismo que surgió a partir de la segunda mitad del siglo XX con la publicación de A Theory of Justice de John Rawls; donde encontramos un desarrollo de la idea de tolerancia y el papel que desempeña en la resolución de conflictos prácticos.
Crítica (México D. F. En línea), 2016
Durante décadas, los filósofos han concebido los derechos humanos como una clase de derechos natu... more Durante décadas, los filósofos han concebido los derechos humanos como una clase de derechos naturales de los que gozamos por el mero hecho de ser seres humanos. Sin embargo, esta interpretación ha sido severamente cuestionada en los últimos años. Toda una familia de autores, identificados con una concepción “práctico-dependiente”, asevera que los derechos humanos constituyen una práctica sui generis completamente ajena a la tradición del derecho natural. En contra de esta postura, este artículo argumenta que el discurso de los derechos naturales es parte constitutiva de la doctrina actual de los derechos humanos y que puede hacer un aporte crucial a la adecuada justificación y comprensión de sus funciones, su contenido y su alcance normativo. Más concretamente, mi tesis será que si bien los derechos humanos no pueden reducirse a derechos naturales, bien podrían derivar de derechos naturales previos.
Crítica (México D. F. En línea), 2016
Durante décadas, los filósofos han concebido los derechos humanos como una clase de derechos natu... more Durante décadas, los filósofos han concebido los derechos humanos como una clase de derechos naturales de los que gozamos por el mero hecho de ser seres humanos. Sin embargo, esta interpretación ha sido severamente cuestionada en los últimos años. Toda una familia de autores, identificados con una concepción “práctico-dependiente”, asevera que los derechos humanos constituyen una práctica sui generis completamente ajena a la tradición del derecho natural. En contra de esta postura, este artículo argumenta que el discurso de los derechos naturales es parte constitutiva de la doctrina actual de los derechos humanos y que puede hacer un aporte crucial a la adecuada justificación y comprensión de sus funciones, su contenido y su alcance normativo. Más concretamente, mi tesis será que si bien los derechos humanos no pueden reducirse a derechos naturales, bien podrían derivar de derechos naturales previos.
Diánoia. Revista de Filosofía, 2016
En este artículo me propongo establecer un criterio de igualdad adecuado para una democracia del... more En este artículo me propongo establecer un criterio de igualdad adecuado para una democracia deliberativa. A tales efectos, comenzaré analizando la propuesta de Rawls y las críticas que Sen le dirige. Luego presentaré el principio de autonomía de Guariglia y expondré sus dificultades. Finalmente, utilizando la idea de “capacidad deliberativa” de Bohman, presentaré mi propio criterio de igualdad. De acuerdo con este principio, el estado debe garantizar a todo ciudadano un umbral mínimo de capacidades intelectuales y materiales que le permita incorporarse al debate público; sin embargo, una vez alcanzado este umbral, los ciudadanos mismos deben decidir qué concepción de la justicia económica y social es la más apropiada para su sociedad.
Isegoría, 2013
RESUMEN. La visión imperante en el derecho internacional actual concibe los derechos humanos como... more RESUMEN. La visión imperante en el derecho internacional actual concibe los derechos humanos como normas relativas al trato que los Estados brindan a su propia población. Esta posición, que se conoce como la "perspectiva estatista" sobre los derechos humanos, es actualmente resistida por varios autores. En este artículo intentaré defender la perspectiva estatista contra una serie de críticas recientemente formuladas por Cristina Lafont en Isegoría y en otras importantes revistas especializadas. En particular, trataré de probar que, contrariamente a lo que Lafont argumenta, esta perspectiva captura adecuadamente la razón de ser de la práctica contemporánea de los derechos humanos y dispone de recursos para resguardar los intereses de los seres humanos de las nuevas amenazas surgidas en un mundo globalizado.
Revista de filosofía y teoría política, 2003
Licenciamiento Esta obra está bajo una licencia Atribución-No comercial-Sin obras derivadas 2.5 A... more Licenciamiento Esta obra está bajo una licencia Atribución-No comercial-Sin obras derivadas 2.5 Argentina de Creative Commons. ... Para ver una copia breve de esta licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/. ... Para ver la licencia completa en ...
Eidos Revista De Filosofia De La Universidad Del Norte, Jun 1, 2012
Doxa. Cuadernos de Filosofía del Derecho, 2006
Una de las principales dificultades que las concepciones de la democracia deliberativa deben enfr... more Una de las principales dificultades que las concepciones de la democracia deliberativa deben enfrentar es el dilema entre sustancia y procedimiento. Este dilema surge de la siguiente situación: por un lado, las concepciones de la democracia deliberativa sostienen que los derechos que asisten a los ciudadanos deben establecerse mediante un libre intercambio reglado de argumentos entre individuos libres e iguales, pero, por el otro, el proceso deliberativo requiere el previo reconocimiento de ciertas condiciones para poder desarrollarse. Carlos NINO intentó resolver este dilema mediante su “constructivismo epistemológico”, que fue elaborado en oposición tanto al “populismo moral” de HABERMAS como al “individualismo epistemológico” de RAWLS. En este artículo trataré de mostrar que la concepción de la democracia deliberativa de NINO no puede resolver el dilema antes mencionado y que sólo puede ser comprendido o bien como una variante solapada de populismo moral o bien como una forma de ...
According to the orthodox or humanist conception of human rights, individuals have a moral duty t... more According to the orthodox or humanist conception of human rights, individuals have a moral duty to promote the universal realization of human rights. However, advocates of this account express the implications of this duty in extremely vague terms. What does it mean when we say that we must promote human rights satisfaction? Does it mean that we must devote a considerable amount of our time and resources to this task? Does it mean, instead, that we must make occasional donations to charities working to advance human rights realization? In this essay, I argue that this duty can only be constructed as imperfect. This means that it confers agent-relative discretion on us to decide when, how, and to what extent to advance the human rights of others. It also means that it is neither correlative with rights nor enforceable. As I will explain, the main reason for this is that any attempt to construct it as a perfect duty would infringe the dignity of the potential duty bearers and thereby undermine the very values that human rights practice aspires to serve. Finally, I will conclude by providing some guidelines for those who wish to comply with their imperfect duties to improve the situation of those whose human rights are in peril.
For decades, philosophers tended to think about human rights as natural rights. However, in the p... more For decades, philosophers tended to think about human rights as natural rights. However, in the past decade, this view has been persistently challenged by a group of authors defending a “practice-dependent” approach. According to them, contemporary human rights constitute a sui-generis practice which is completely foreign to the natural rights tradition. Contrary to this claim, this article argues that natural rights discourse is an integral part of current human rights doctrine and may, therefor, make a valuable contribution to their justification and correct understanding. Finally, it addresses three significant objections against the very idea of natural rights.
En este número de la Revista Discusiones, me debaten tres grandes filósofos argentinos (Julio Mon... more En este número de la Revista Discusiones, me debaten tres grandes filósofos argentinos (Julio Montero, Fernando Lizarraga y Graciela Vidiella) mi postura sobre la tolerancia entendida como un ideal moral y su relación con el liberalismo deontologista.
En el mismo número, les respondo con el texto "Universalismo generalista y particularismo moderado".
For decades, philosophers tended to understand human rights as claims protecting key human featur... more For decades, philosophers tended to understand human rights as claims protecting key human features that individuals would have against any other agent, even in an imaginary state of nature. This account is known as the natural rights approach to human rights. However, in the last decade, this view has been challenged by a group of theorists proposing an alternative political approach to human rights. According to these authors, the function of human rights is to constrain the behavior of sovereign nation-states towards their own residents. In this essay, I argue that, although human rights are not reducible to natural rights, they can be perfectly grounded on a natural right to independence. This view will accommodate the main features of current human rights practice, and will help us make sense of the very idea embodied by contemporary human rights practice.
El artículo explora el conflicto entre democracia y derechos humanos y realiza una propuesta sobr... more El artículo explora el conflicto entre democracia y derechos humanos y realiza una propuesta sobre la judicialización de los derechos económicos y sociales.
En este artículo discuto dos tesis que Thomas Pogge deriva de su concepción institucional de los ... more En este artículo discuto dos tesis que Thomas Pogge deriva de su concepción institucional de los derechos humanos: la tesis de la culpa y la tesis de la violación global. La tesis de la culpa asevera que los ciudadanos que contribuyen a sostener un régimen institucional que viola derechos humanos sin realizar compensaciones en beneficio de las víctimas, se convierten ellos mismos en violadores de derechos humanos. Por su parte, la tesis de la violación global asevera que al imponer regu- laciones injustas que tienden a generar pobreza extrema, el régimen internacional actual viola los derechos humanos de los pobres del mundo. Mi intención será probar que ambas tesis son insostenibles ya que se basan en presupuestos errados en materia de responsabilidad. Esto no nos conducirá, sin embargo, a abandonar la concepción institucional de los derechos humanos. Por el contrario, una vez depurada de sus problemas, se trata de una concepción que puede ayudarnos a pensar adecuadamente sobre la responsabilidad por los derechos humanos en un mundo globalizado.
En este artículo me propongo establecer un criterio de igualdad adecuado para una democracia deli... more En este artículo me propongo establecer un criterio de igualdad adecuado para una democracia deliberativa. A tales efectos, comenzaré analizando la propuesta de Rawls y las críticas que Sen le dirige. Luego presentaré el principio de autonomía de Guariglia y expondré sus dificultades. Finalmente, utilizando la idea de “capacidad deliberativa” de Bohman, presentaré mi propio criterio de igualdad. De acuerdo con este principio, el estado debe garantizar a todo ciudadano un umbral mínimo de ca- pacidades intelectuales y materiales que le permita incorporarse al debate público; sin embargo, una vez alcanzado este umbral, los ciudadanos mismos deben decidir qué concepción de la justicia económica y social es la más apropiada para su sociedad.
This essay proposes an original account of international obligations for human rights and their p... more This essay proposes an original account of international obligations for human rights and their priority: the avoidance account. This view holds that the present states system is legitimate morally acceptable only if the international community undertakes all feasible measures to avert the risks its coercive enforcement creates for the enjoyment of human rights. Under present conditions this implies discharging four international human rights obligations which are constructed as duties of justice, rather than as humanitarian duties or duties of beneficence. After discussing two cosmopolitan arguments that support the tenet that the international order must maximize human rights satisfaction to the extent possible, the essay proceeds to develop the avoidance account, expound its main implications, and contrast it with alternatives in the literature to show its benefits.
Abstract According to the orthodox or humanist conception of human rights, individuals have a mor... more Abstract According to the orthodox or humanist conception of human rights, individuals have a moral duty to promote the universal realization of human rights. However, advocates of this account express the implications of this duty in extremely vague terms. What does it mean when we say that we must promote human rights satisfaction? Does it mean that we must devote a considerable amount of our time and resources to this task? Does it mean, instead, that we must make occasional donations to charities working to advance human rights realization? In this essay, I argue that this
duty can only be constructed as imperfect. This means that it confers agent-relative discretion on us to decide when, how, and to what extent to advance the human rights of others. It also means that it is neither correlative with rights nor enforceable. As I will explain, the main reason for this is that any attempt to construct it as a perfect duty
would infringe the dignity of the potential duty bearers and thereby undermine the very values that human rights practice aspires to serve. Finally, I will conclude by providing some guidelines for those who wish to comply with their imperfect duties to improve the situation of those whose human rights are in peril.
For decades, philosophers tended to think about human rights as natural rights that we enjoy just... more For decades, philosophers tended to think about human rights as natural rights that we enjoy just in virtue of our common humanity. However, in recent years, this view has been persistently challenged by a group of authors defending an alternative “practice-dependent” approach. According to them, contemporary human rights constitute a sui-generis practice which is completely foreign to the natural rights tradition. Contrary to this claim, this article argues that natural rights discourse is an integral part of current human rights doctrine and that it may help us understand and justify the functions, content and normative reach of human rights norms. More concretely, my thesis is that although human rights are not reducible to natural rights, they may nevertheless derive from natural rights which are prior to them.
For decades, philosophers tended to understand human rights as claims protecting key human featur... more For decades, philosophers tended to understand human rights as claims protecting key human features that individuals would have against any other agent, even in an imaginary state of nature. This account is known as the natural rights approach to human rights. However, in the last decade, this view has been challenged by a group of theorists proposing an alternative political approach to human rights. According to these authors, the function of human rights is to constrain the behavior of sovereign nation-states towards their own residents. In this essay, I argue that, although human rights are not reducible to natural rights, they can be perfectly grounded on a natural right to independence. This view will accommodate the main features of current human rights practice, and will help us make sense of the very idea embodied by contemporary human rights practice.
Colección de ensayos de filosofía teórica y práctica producto del Ciclo Cruzando Fronteras realiz... more Colección de ensayos de filosofía teórica y práctica producto del Ciclo Cruzando Fronteras realizado en Córdoba, Argentina, en el año 2014. Guillermo Lariguet, organizador del ciclo, convocó a los participantes a seguir la discusión a partir de la escritura. Respondieron a la invitación los filósofos L. Danón, D. Kalpokas, P. Brunsteins, A. Battán Horenstein, F. Mié, S. Prono, L. Samamé, J. Montero y L. Misseri abordando temas que van desde el naturalismo filosófico a los derechos humanos, pasando por la teoría del discurso de Habermas, la ética de Aristóteles y de Schopenhauer, la política en la era de la información y la empatía.
Discusiones , 2020
El presente es un número especial, ya que la sección Discusiones Libros, centrada en la discusión... more El presente es un número especial, ya que la sección Discusiones Libros, centrada en la discusión del libro Razones públicas de Andrés Rosler, vuelve a apoderarse de la revista