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Papers by Jara Sanchez
La comisión de un hecho delictivo conlleva la lesión del bien jurídico protegido y con ello la ne... more La comisión de un hecho delictivo conlleva la lesión del bien jurídico protegido y con ello la necesidad de reestablecer el orden social a través de la imposición de la pena prevista en la ley. Pero la comisión de un hecho delictivo no sólo conlleva la imposición de una pena sino que obliga al delincuente a reparar, en los términos previstos en las leyes, los daños y perjuicios por él causados. El art.116 CP dispone que: «Toda persona responsable de un delito lo es también civilmente, si del hecho se derivaren daños o perjuicios». Se trata de una regulación paralela a la del art.100 LECrim: «De todo delito o falta nace acción penal para el castigo del culpable, y puede nacer también acción civil para la restitución de la cosa, la reparación del daño y la indemnización de perjuicios causados por el hecho punible».
La comisión de un hecho delictivo conlleva la lesión del bien jurídico protegido y con ello la ne... more La comisión de un hecho delictivo conlleva la lesión del bien jurídico protegido y con ello la necesidad de reestablecer el orden social a través de la imposición de la pena prevista en la ley. Pero la comisión de un hecho delictivo no sólo conlleva la imposición de una pena sino que obliga al delincuente a reparar, en los términos previstos en las leyes, los daños y perjuicios por él causados. El art.116 CP dispone que: «Toda persona responsable de un delito lo es también civilmente, si del hecho se derivaren daños o perjuicios». Se trata de una regulación paralela a la del art.100 LECrim: «De todo delito o falta nace acción penal para el castigo del culpable, y puede nacer también acción civil para la restitución de la cosa, la reparación del daño y la indemnización de perjuicios causados por el hecho punible».