Sebastián Figueroa | Universidad de Buenos Aires (original) (raw)
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• JURISDICCION:-Concepto: definición que nos dio Paula-Poder-deber-Elementos de la jurisdicción/ ... more • JURISDICCION:-Concepto: definición que nos dio Paula-Poder-deber-Elementos de la jurisdicción/ Facultades de la jurisdicción (Términos en latín) ¿Qué es la jurisdicción? Es el poder deber del estado emanado de su soberanía con el fin de dirimir conflictos de intereses de manera definitiva mediante la aplicación de derecho por intermedio de un órgano independiente y por mediante un procedimiento que de algún modo permita efectuar el control de constitucionalidad y hacer cumplir su mandato. Función juridisccional: darle asistencia a quien vaya a peticionar a los tribunales Órgano independiente: porque es un órgano imparcial El control de constitucionalidad ¿Cuáles son los elementos de la jurisdicción? • NOTIO Facultad de conocimiento o conocer un determinado asunto. Que, viene a constituir el derecho de conocer una determinada cuestión litigiosa, que se le presenta o que se le imponga o someta a conocimiento del juez; • VOCATIO Facultad de ordenar la comparecencia(convocar) a las partes litigantes o terceros mediante notificaciones fehacientes. Llamar ante sí a las partes. Es la facultad o el poder que tiene el magistrado (juez) de obligar a una o a ambas partes a comparecer al proceso dentro del plazo establecidos por nuestra norma adjetiva; esto necesariamente se realiza mediante LA NOTIFICACIÓN o emplazamiento válido, es decir que dicho acto jurídico procesal debe de cumplir ciertas formalidades, solemnidades establecidas; En conclusión, es la facultad de disponer la comparecencia o detención (captura) de alguna de las partes. • COERTIO Facultad de emplear medios coercitivos; poder de los medios necesarios para hacer que se cumplan sus mandatos. Consiste en hacer efectivo los apercibimientos (apremios)ordenados o el empleo de la fuerza para el cumplimiento de las medidas ordenadas dentro del proceso a efecto de hacer posible su desenvolvimiento y que pueden ser sobre personas o bienes, • IUDICIUM Poder de resolver. Facultad de sentenciar. Mas que una facultad es un deber que tiene el órgano jurisdiccional de dictar resoluciones finales que concluyan el proceso: sentencias de mérito. poniendo fin de esta manera al litigio con carácter definitivo, es decir con el efecto de cosa juzgada. • EXECUTIO Llevar a ejecución sus propias resoluciones. Facultad de hacer cumplir las resoluciones firmes. Consiste en hacer cumplir lo sentenciado o fallado ósea, hacer efectivo la ejecución de las
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• JURISDICCION:-Concepto: definición que nos dio Paula-Poder-deber-Elementos de la jurisdicción/ ... more • JURISDICCION:-Concepto: definición que nos dio Paula-Poder-deber-Elementos de la jurisdicción/ Facultades de la jurisdicción (Términos en latín) ¿Qué es la jurisdicción? Es el poder deber del estado emanado de su soberanía con el fin de dirimir conflictos de intereses de manera definitiva mediante la aplicación de derecho por intermedio de un órgano independiente y por mediante un procedimiento que de algún modo permita efectuar el control de constitucionalidad y hacer cumplir su mandato. Función juridisccional: darle asistencia a quien vaya a peticionar a los tribunales Órgano independiente: porque es un órgano imparcial El control de constitucionalidad ¿Cuáles son los elementos de la jurisdicción? • NOTIO Facultad de conocimiento o conocer un determinado asunto. Que, viene a constituir el derecho de conocer una determinada cuestión litigiosa, que se le presenta o que se le imponga o someta a conocimiento del juez; • VOCATIO Facultad de ordenar la comparecencia(convocar) a las partes litigantes o terceros mediante notificaciones fehacientes. Llamar ante sí a las partes. Es la facultad o el poder que tiene el magistrado (juez) de obligar a una o a ambas partes a comparecer al proceso dentro del plazo establecidos por nuestra norma adjetiva; esto necesariamente se realiza mediante LA NOTIFICACIÓN o emplazamiento válido, es decir que dicho acto jurídico procesal debe de cumplir ciertas formalidades, solemnidades establecidas; En conclusión, es la facultad de disponer la comparecencia o detención (captura) de alguna de las partes. • COERTIO Facultad de emplear medios coercitivos; poder de los medios necesarios para hacer que se cumplan sus mandatos. Consiste en hacer efectivo los apercibimientos (apremios)ordenados o el empleo de la fuerza para el cumplimiento de las medidas ordenadas dentro del proceso a efecto de hacer posible su desenvolvimiento y que pueden ser sobre personas o bienes, • IUDICIUM Poder de resolver. Facultad de sentenciar. Mas que una facultad es un deber que tiene el órgano jurisdiccional de dictar resoluciones finales que concluyan el proceso: sentencias de mérito. poniendo fin de esta manera al litigio con carácter definitivo, es decir con el efecto de cosa juzgada. • EXECUTIO Llevar a ejecución sus propias resoluciones. Facultad de hacer cumplir las resoluciones firmes. Consiste en hacer cumplir lo sentenciado o fallado ósea, hacer efectivo la ejecución de las