Federico Sedlacek | Universidad Nacional del Litoral (original) (raw)
Papers by Federico Sedlacek
La reforma constitucional del año 1994, implicó colocar progresivamente a la tutela cautelar como... more La reforma constitucional del año 1994, implicó colocar progresivamente a la tutela cautelar como un derecho fundamental, constitucional y convencional, a partir del concepto de tutela judicial efectiva, teniendo un rol protagónico para la garantía, efectividad, tutela, protección y efectivización de los derechos de las personas. Ello supone, como contracara, nuevos y variados desafíos para el Derecho Procesal, tanto de índole dogmáticos y teóricos, como práctico y de tipo regulativos y normativos, para que la tutela cautelar cumpla su función constitucional y convencional.
Forma y límites para la revisión civil en los procesos por audiencias, 2019
Síntesis de la propuesta: Dada la situación de múltiples propuestas de reformas procesales que se... more Síntesis de la propuesta: Dada la situación de múltiples propuestas de reformas procesales que se evidencian en nuestro país, en virtud de los cuales en su gran mayoría se propicia la implementación de un proceso oral por audiencias, resulta necesario analizar y discutir cuál es la forma y el límite que debería tener la revisión en segunda instancia, ya que debe considerarse para ello el efecto que tiene el principio de inmediación. Sobre todo, en aquellas reformas, como la propiciada por el programa Justicia 2020, donde se pretende efectuar un proceso por audiencias, también, en la segunda instancia. Como conclusión expondré que, referido a la forma de la revisión, debería haber al menos una audiencia con principio de inmediación efectiva y concreta en la segunda instancia, y referido al límite, que no existe-directamente-ningún límite de revisión que derive de la aplicación del principio de inmediación.
Luego de un tiempo de consolidación de las democracias representativas y republicanas en países d... more Luego de un tiempo de consolidación de las democracias representativas y republicanas en países de Latinoamérica, como el caso de Argentina que en el 2013 cumplirá 30 años continuos bajo el amparo de gobiernos constitucionales, surge a la luz que la estructuración del modelo articulado no es suficiente para cumplir con los compromisos asumidos, y que los derechos fundamentales necesitan mucho más que una simple declaración abstracta en una norma o tratado, para ser efectivamente respetados.
Ante la crisis de representatividad del Poder Legislativo, el desprestigio de muchos titulares del Poder Ejecutivo, y reclamos sociales que no toleran hoy lo que anteriormente se aceptaba con resignación o fatalismo (como la no satisfacción de las promesas constitucionales, o arbitrariedades ejecutivas o legislativas que eran judicialmente irrevisables), traducidos finalmente en una fuerte presión comunitaria sobre la justicia para que los resuelva, ha provocado, en definitiva que, cotidianamente, se "judicialicen" asuntos que, en otra época, hubiese sido imposible de llevar a los tribunales.
After consolidating republican and representative democracies in Latin American countries, as it ... more After consolidating republican and representative democracies in Latin American countries, as it is the case with Argentina, which in 2013 will have had the protection of constitutional government for 30 consecutive years, it comes to light that the structure of the articulated model is not sufficient to meet its commitments, and that the fundamental rights need more than a simple abstract statement on a rule or treaty, to be effectively respected.
Revistas Argentinas by Federico Sedlacek
Discusión de la causa del proceso ejecutivo por prejudicialidad: la revisión de la causa en el propio ejecutivo, 2010
Proposición El juicio ejecutivo debe permitir la discusión de la causa previamente a la ejecución... more Proposición El juicio ejecutivo debe permitir la discusión de la causa previamente a la ejecución de la sentencia de trance y remate, cuando se relacione con hechos que fundamenten o hayan fundamentado una acción penal contra el ejecutante, incluso cuando implique la consumación de un delito penal; y debe hacerlo, ya sea utilizando la excepción de inhabilidad título como apertura de la discusión causal, o por intermedio de una excepción procesal autónoma de suspensión del trámite, hasta tanto se resuelva la cuestión penal, contenida entre las defensas legítimas que contemplan los códigos de procedimiento. Para ello, se propicia una reforma a los códigos de procedimientos, a los fines de que amplíen el espectro de la interposición de la excepción legítima de inhabilidad de título no sólo a las cuestiones extrínsecas, sino también, a las causales, cuando se den las circunstancias mencionadas; o en su defecto, se incorpore a los códigos una nueva excepción autónoma de suspensión del proceso ejecutivo, por prejudicialidad con un proceso penal directamente relacionado (el cual deberá tener al ejecutante como imputado)
La situación problemática de la cual parte el presente trabajo, surge de la dificultad y compleji... more La situación problemática de la cual parte el presente trabajo, surge de la dificultad y complejidad en la ejecución de resoluciones y sentencias que han evidenciado casos paradigmáticos de los llamados litigios estructurales, como son las causas "Mendoza" 1 y "Verbitsky" 2. El presente trabajo se estructuró sobre la base de la ponencia presentada para la Comisión de Procesal Constitucional del XXVII Congreso Nacional de Derecho Procesal, a realizarse en la ciudad de Córdoba, los días 18,19 y 20 de septiembre de 2013.
Se trata de la Ponencia presentada para el próximo Congreso Nacional de Derecho Procesal, a desar... more Se trata de la Ponencia presentada para el próximo Congreso Nacional de Derecho Procesal, a desarrollarse en Jujuy (Argentina), en el mes de septiembre de 2015.
El trabajo desarrolla algunas líneas para una adecuada aplicación de la teoría del precedente, buscando sincerar de facto (y a veces sin un adecuado control) que actualmente tiene en Argentina
La reinterpretación que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha hecho en materia de casación... more La reinterpretación que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha hecho en materia de casación en el fallo "Casal", puede y debe ser trasladada - con los matices y variantes pertinentes - a la casación en material civil. La aplicación del principio de máximo rendimiento en esta última, sirve como válvula de control y aplicación del doble conforme, salvaguardando la constitucionalidad y convencionalidad de los tribunales orales de instancia única.
El presente trabajo obtuvo el premio a mejor ponencia de Derecho Procesal Constitucional en el 26° Congreso Nacional de Derecho Procesal (2011, Santa Fe, Argentina).
Luego de un tiempo de consolidación de las democracias representativas y republicanas en países d... more Luego de un tiempo de consolidación de las democracias representativas y republicanas en países de Latinoamérica, como el caso de Argentina que en el 2013 cumplirá 30 años continuos bajo el amparo de gobiernos constitucionales, surge a la luz que la estructuración del modelo articulado no es suficiente para cumplir con los compromisos asumidos, y que los derechos fundamentales necesitan mucho más que una simple declaración abstracta en una norma o tratado, para ser efectivamente respetados.
Ante la crisis de representatividad del Poder Legislativo, el desprestigio de muchos titulares del Poder Ejecutivo, y reclamos sociales que no toleran hoy lo que anteriormente se aceptaba con resignación o fatalismo (como la no satisfacción de las promesas constitucionales, o arbitrariedades ejecutivas o legislativas que eran judicialmente irrevisables), traducidos finalmente en una fuerte presión comunitaria sobre la justicia para que los resuelva, ha provocado, en definitiva que, cotidianamente, se "judicialicen" asuntos que, en otra época, hubiese
sido imposible de llevar a los tribunales.
En principio, nos parece que el estudio sobre lo «cautelar» dentro del proyecto de Código Civil y... more En principio, nos parece que el estudio sobre lo «cautelar» dentro del proyecto de Código Civil y Comercial debe ser analizado bajo las perspectivas de las doctrinas sistémicas en derecho procesal, puesto que ello permite un abordaje de cada norma o conjunto de normas, sin la necesidad de encasillar
o prefijar la naturaleza jurídica del tipo cautelar contemplado en ella, y permitiendo un análisis particularizado sobre la base de los derechos tutelados y finalidades perseguidas por el legislador.
En general, en todo el proyecto, tienen un rol preponderante la tutela urgente, la tutela inhibitoria y la tutela preventiva, otorgándose amplias facultades a los jueces para decidir qué mecanismo será el mejor en cada caso concreto.
Análisis del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación "Losicer Jorge Alberto y otros c/... more Análisis del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación "Losicer Jorge Alberto y otros c/ BCRA - resol. 169/05 (expte. 105666/86 - SUM FIN 708)", de fecha 26 de junio de 2012, donde el máximo tribunal argentino reitera y reafirma el concepto de plazo razonable en un proceso judicial devenido a partir de un procedimiento administrativo.
Análisis del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de fecha 27/11/2014 "Consumidores... more Análisis del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de fecha 27/11/2014 "Consumidores Financieros Asociación Civil p/su defensa c. Prudencia Cía. Argentina de Seguros Grales. S.A. s/ ordinario".
El presente trabajo tiene por objeto abordar algunas temáticas procesales relacionadas a la funci... more El presente trabajo tiene por objeto abordar algunas temáticas procesales relacionadas a la función jurídica e institucional que cumple la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), como máximo órgano judicial de nuestro país. En el imbricado, arduo -y aún no terminado- proceso de formación del federalismo argentino que comenzara a gestarse con la luchas por la independencia y se plasmara formalmente con la declaración dispuesta en el artículo primero de la Constitución Nacional, el Poder Judicial –con la CSJN a la cabeza- ha tenido, tiene y ha de tener un rol preponderante.
En el presente trabajo se aborda un estudio de la tutela de evidencia, intentando dilucidar si la... more En el presente trabajo se aborda un estudio de la tutela de evidencia, intentando dilucidar si la misma pueda tener funcionalidad dentro de la tutela preventiva contemplada en el Código Civil y Comercial de la Nación (en adelante CCCN), en concreto, dentro de la acción preventiva del artículo 1711 y siguientes.
Entender la posibilidad de utilizar dentro de la acción preventiva del CCCN, una tutela de evidencia, supone no solo interrelacionar los parámetros básicos del derecho sustancial con el procesal -reflotando la idea de que el Derecho es fenómeno único-, focalizándolo en la resolución del conflicto antes que en la aplicación de un método lógico de simple subsunción normativa, sino también analizar que, el paso del tiempo, constituye en sí mismo un perjuicio que debe ser prevenido.
: El presente trabajo tiene por finalidad proponer la estructura y presupuestos básicos de un mod... more : El presente trabajo tiene por finalidad proponer la estructura y presupuestos básicos de un modelo de proceso judicial (civil y comercial), a partir del análisis del espectro normativo que brinda el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Se trata de pensar un modelo de proceso acorde a los basamentos, estructura, ideología, parámetros y contenido con el cual fue elaborado y pensado el CCCN, tratando de apreciar las ideas y figuras procesales que el CCCN pueda llegar a traslucir, para pensar en un posible modelo de proceso judicial que tienda a una tutela judicial efectiva de los derechos que el mismo contiene, pero que también presupone. Aparecerán así, la oralidad y el proceso por audiencias, la valoración racional de la prueba, la necesidad de una sentencia motivada. En definitiva, se trata de verificar la incidencia directa y profunda que el CCCN ha generado al Derecho Procesal, al cual le plantea, nada más ni nada menos, que un cambio de paradigma en la construcción y estructura de los procesos judiciales, para poder lograr una tutela judicial efectiva, y un proceso justo.
Obras Colectiva Argentinas by Federico Sedlacek
El activismo del juez desde un perfil político, 2013
El llamado activismo ha suscitado en la doctrina procesal las más variadas opiniones. Es una de l... more El llamado activismo ha suscitado en la doctrina procesal las más variadas opiniones. Es una de las principales edificaciones para los arquitectos jurídicos del eficientismo procesal, pero es necesario enfocarlo desde un ángulo distinto, abordarlo desde una perspectiva más acorde con los tiempos actuales del Estado de Derecho en Argentina. Quizás el título del presente trabajo pueda, todavía, generar asombro. Es que hace unas décadas, hablar del “perfil político”, o de la “naturaleza política”, o de los “papeles políticos” del Poder Judicial sonaba a algo anómalo y hasta inmoral. Sin embargo, la importancia de reconocer el valor de los Derecho Humanos, nacida luego de la Segunda Guerra Mundial, dando origen al genéricamente denominado derecho internacional de los derechos humanos, y su proliferación mediante leyes, tratados y tribunales específicos que garanticen y defiendan su aplicación, junto con la importancia de defender el sistema republicano y democrático de gobierno – indispensable también para la efectivización de derechos fundamentales-, paulatinamente ha ido menoscabando la noción prejuiciosa de la apoliticidad del Poder Judicial.
PLAZO RAZONABLE: en busca de un estándar previo como umbral de prevención, 2015
el dato más relevante de esta historia. El 22 de febrero de 2012, casi a 11 años de la interposic... more el dato más relevante de esta historia. El 22 de febrero de 2012, casi a 11
años de la interposición de la primera acción y a 7 años de la segunda, en la Estación de Once de
la ciudad de Buenos Aires morían 51 personas en el tercer accidente más grave de la historia de
Argentina, después del ocurrido en 1970 en Benavídez (donde murieron 236 personas), y el
ocurrido en la localidad de Sa Pereira en 1978 (que causó 55 muertos).
Más allá del reproche que pueda efectuarse a los otros departamentos de Estado por su
falta de acción y/u omisión en relación al tema, puesto que claramente el control de la prestación
del servicio ferroviario es una competencia exclusiva y propia del Poder Ejecutivo, tampoco el
Congreso de la Nación toma cartas en el marco de sus competencias, ya que, por un lado se
“destaca” una de las principales leyes regulatorias a nivel nacional que data año 1891 (Ley Nº
2873), y por el otro no controla las acciones y/u omisiones del Poder Ejecutivo. Ante ese
panorama, no caben dudas que los tiempos de los procesos mencionados son mochilas que le
corresponden al Poder Judicial hacerse cargo de llevar.
La idea del presente trabajo es pensar una posibilidad de que los plazos “razonables” que
tiene que tener un proceso determinado, puedan ser previstos con anticipación, de manera tal de
evitar que el paso del tiempo consolide de manera ineludible el incumplimiento del Estado de
brindar tutela judicial efectiva (y en un tiempo razonable). Puesto que, cuando hablamos de
derechos fundamentales (como la vida, la intimidad, la igualdad, las relaciones de familia, etc.),
el resarcimiento del daño no es suficiente, y las cosas ya no podrán (nunca más), volver a su
estado anterior.
Trabajo realizado por la Comisión de Jóvenes Procesalistas (CJP) de la Asociación Argentina de De... more Trabajo realizado por la Comisión de Jóvenes Procesalistas (CJP) de la Asociación Argentina de Derecho Procesal (AADP) junto a miembros de dicha Asociación, que tuve la oportunidad de coordinar, analizando el Anteproyecto de Código General de Procesos de la Provincia de Chubut.
El presente trabajo tiene como objetivo realizar algunas reflexiones sobre la postura que ha teni... more El presente trabajo tiene como objetivo realizar algunas reflexiones sobre la postura que ha tenido la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en relación al instituto procesal denominado “medida autosatisfactiva”.
La reforma constitucional del año 1994, implicó colocar progresivamente a la tutela cautelar como... more La reforma constitucional del año 1994, implicó colocar progresivamente a la tutela cautelar como un derecho fundamental, constitucional y convencional, a partir del concepto de tutela judicial efectiva, teniendo un rol protagónico para la garantía, efectividad, tutela, protección y efectivización de los derechos de las personas. Ello supone, como contracara, nuevos y variados desafíos para el Derecho Procesal, tanto de índole dogmáticos y teóricos, como práctico y de tipo regulativos y normativos, para que la tutela cautelar cumpla su función constitucional y convencional.
Forma y límites para la revisión civil en los procesos por audiencias, 2019
Síntesis de la propuesta: Dada la situación de múltiples propuestas de reformas procesales que se... more Síntesis de la propuesta: Dada la situación de múltiples propuestas de reformas procesales que se evidencian en nuestro país, en virtud de los cuales en su gran mayoría se propicia la implementación de un proceso oral por audiencias, resulta necesario analizar y discutir cuál es la forma y el límite que debería tener la revisión en segunda instancia, ya que debe considerarse para ello el efecto que tiene el principio de inmediación. Sobre todo, en aquellas reformas, como la propiciada por el programa Justicia 2020, donde se pretende efectuar un proceso por audiencias, también, en la segunda instancia. Como conclusión expondré que, referido a la forma de la revisión, debería haber al menos una audiencia con principio de inmediación efectiva y concreta en la segunda instancia, y referido al límite, que no existe-directamente-ningún límite de revisión que derive de la aplicación del principio de inmediación.
Luego de un tiempo de consolidación de las democracias representativas y republicanas en países d... more Luego de un tiempo de consolidación de las democracias representativas y republicanas en países de Latinoamérica, como el caso de Argentina que en el 2013 cumplirá 30 años continuos bajo el amparo de gobiernos constitucionales, surge a la luz que la estructuración del modelo articulado no es suficiente para cumplir con los compromisos asumidos, y que los derechos fundamentales necesitan mucho más que una simple declaración abstracta en una norma o tratado, para ser efectivamente respetados.
Ante la crisis de representatividad del Poder Legislativo, el desprestigio de muchos titulares del Poder Ejecutivo, y reclamos sociales que no toleran hoy lo que anteriormente se aceptaba con resignación o fatalismo (como la no satisfacción de las promesas constitucionales, o arbitrariedades ejecutivas o legislativas que eran judicialmente irrevisables), traducidos finalmente en una fuerte presión comunitaria sobre la justicia para que los resuelva, ha provocado, en definitiva que, cotidianamente, se "judicialicen" asuntos que, en otra época, hubiese sido imposible de llevar a los tribunales.
After consolidating republican and representative democracies in Latin American countries, as it ... more After consolidating republican and representative democracies in Latin American countries, as it is the case with Argentina, which in 2013 will have had the protection of constitutional government for 30 consecutive years, it comes to light that the structure of the articulated model is not sufficient to meet its commitments, and that the fundamental rights need more than a simple abstract statement on a rule or treaty, to be effectively respected.
Discusión de la causa del proceso ejecutivo por prejudicialidad: la revisión de la causa en el propio ejecutivo, 2010
Proposición El juicio ejecutivo debe permitir la discusión de la causa previamente a la ejecución... more Proposición El juicio ejecutivo debe permitir la discusión de la causa previamente a la ejecución de la sentencia de trance y remate, cuando se relacione con hechos que fundamenten o hayan fundamentado una acción penal contra el ejecutante, incluso cuando implique la consumación de un delito penal; y debe hacerlo, ya sea utilizando la excepción de inhabilidad título como apertura de la discusión causal, o por intermedio de una excepción procesal autónoma de suspensión del trámite, hasta tanto se resuelva la cuestión penal, contenida entre las defensas legítimas que contemplan los códigos de procedimiento. Para ello, se propicia una reforma a los códigos de procedimientos, a los fines de que amplíen el espectro de la interposición de la excepción legítima de inhabilidad de título no sólo a las cuestiones extrínsecas, sino también, a las causales, cuando se den las circunstancias mencionadas; o en su defecto, se incorpore a los códigos una nueva excepción autónoma de suspensión del proceso ejecutivo, por prejudicialidad con un proceso penal directamente relacionado (el cual deberá tener al ejecutante como imputado)
La situación problemática de la cual parte el presente trabajo, surge de la dificultad y compleji... more La situación problemática de la cual parte el presente trabajo, surge de la dificultad y complejidad en la ejecución de resoluciones y sentencias que han evidenciado casos paradigmáticos de los llamados litigios estructurales, como son las causas "Mendoza" 1 y "Verbitsky" 2. El presente trabajo se estructuró sobre la base de la ponencia presentada para la Comisión de Procesal Constitucional del XXVII Congreso Nacional de Derecho Procesal, a realizarse en la ciudad de Córdoba, los días 18,19 y 20 de septiembre de 2013.
Se trata de la Ponencia presentada para el próximo Congreso Nacional de Derecho Procesal, a desar... more Se trata de la Ponencia presentada para el próximo Congreso Nacional de Derecho Procesal, a desarrollarse en Jujuy (Argentina), en el mes de septiembre de 2015.
El trabajo desarrolla algunas líneas para una adecuada aplicación de la teoría del precedente, buscando sincerar de facto (y a veces sin un adecuado control) que actualmente tiene en Argentina
La reinterpretación que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha hecho en materia de casación... more La reinterpretación que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha hecho en materia de casación en el fallo "Casal", puede y debe ser trasladada - con los matices y variantes pertinentes - a la casación en material civil. La aplicación del principio de máximo rendimiento en esta última, sirve como válvula de control y aplicación del doble conforme, salvaguardando la constitucionalidad y convencionalidad de los tribunales orales de instancia única.
El presente trabajo obtuvo el premio a mejor ponencia de Derecho Procesal Constitucional en el 26° Congreso Nacional de Derecho Procesal (2011, Santa Fe, Argentina).
Luego de un tiempo de consolidación de las democracias representativas y republicanas en países d... more Luego de un tiempo de consolidación de las democracias representativas y republicanas en países de Latinoamérica, como el caso de Argentina que en el 2013 cumplirá 30 años continuos bajo el amparo de gobiernos constitucionales, surge a la luz que la estructuración del modelo articulado no es suficiente para cumplir con los compromisos asumidos, y que los derechos fundamentales necesitan mucho más que una simple declaración abstracta en una norma o tratado, para ser efectivamente respetados.
Ante la crisis de representatividad del Poder Legislativo, el desprestigio de muchos titulares del Poder Ejecutivo, y reclamos sociales que no toleran hoy lo que anteriormente se aceptaba con resignación o fatalismo (como la no satisfacción de las promesas constitucionales, o arbitrariedades ejecutivas o legislativas que eran judicialmente irrevisables), traducidos finalmente en una fuerte presión comunitaria sobre la justicia para que los resuelva, ha provocado, en definitiva que, cotidianamente, se "judicialicen" asuntos que, en otra época, hubiese
sido imposible de llevar a los tribunales.
En principio, nos parece que el estudio sobre lo «cautelar» dentro del proyecto de Código Civil y... more En principio, nos parece que el estudio sobre lo «cautelar» dentro del proyecto de Código Civil y Comercial debe ser analizado bajo las perspectivas de las doctrinas sistémicas en derecho procesal, puesto que ello permite un abordaje de cada norma o conjunto de normas, sin la necesidad de encasillar
o prefijar la naturaleza jurídica del tipo cautelar contemplado en ella, y permitiendo un análisis particularizado sobre la base de los derechos tutelados y finalidades perseguidas por el legislador.
En general, en todo el proyecto, tienen un rol preponderante la tutela urgente, la tutela inhibitoria y la tutela preventiva, otorgándose amplias facultades a los jueces para decidir qué mecanismo será el mejor en cada caso concreto.
Análisis del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación "Losicer Jorge Alberto y otros c/... more Análisis del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación "Losicer Jorge Alberto y otros c/ BCRA - resol. 169/05 (expte. 105666/86 - SUM FIN 708)", de fecha 26 de junio de 2012, donde el máximo tribunal argentino reitera y reafirma el concepto de plazo razonable en un proceso judicial devenido a partir de un procedimiento administrativo.
Análisis del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de fecha 27/11/2014 "Consumidores... more Análisis del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de fecha 27/11/2014 "Consumidores Financieros Asociación Civil p/su defensa c. Prudencia Cía. Argentina de Seguros Grales. S.A. s/ ordinario".
El presente trabajo tiene por objeto abordar algunas temáticas procesales relacionadas a la funci... more El presente trabajo tiene por objeto abordar algunas temáticas procesales relacionadas a la función jurídica e institucional que cumple la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), como máximo órgano judicial de nuestro país. En el imbricado, arduo -y aún no terminado- proceso de formación del federalismo argentino que comenzara a gestarse con la luchas por la independencia y se plasmara formalmente con la declaración dispuesta en el artículo primero de la Constitución Nacional, el Poder Judicial –con la CSJN a la cabeza- ha tenido, tiene y ha de tener un rol preponderante.
En el presente trabajo se aborda un estudio de la tutela de evidencia, intentando dilucidar si la... more En el presente trabajo se aborda un estudio de la tutela de evidencia, intentando dilucidar si la misma pueda tener funcionalidad dentro de la tutela preventiva contemplada en el Código Civil y Comercial de la Nación (en adelante CCCN), en concreto, dentro de la acción preventiva del artículo 1711 y siguientes.
Entender la posibilidad de utilizar dentro de la acción preventiva del CCCN, una tutela de evidencia, supone no solo interrelacionar los parámetros básicos del derecho sustancial con el procesal -reflotando la idea de que el Derecho es fenómeno único-, focalizándolo en la resolución del conflicto antes que en la aplicación de un método lógico de simple subsunción normativa, sino también analizar que, el paso del tiempo, constituye en sí mismo un perjuicio que debe ser prevenido.
: El presente trabajo tiene por finalidad proponer la estructura y presupuestos básicos de un mod... more : El presente trabajo tiene por finalidad proponer la estructura y presupuestos básicos de un modelo de proceso judicial (civil y comercial), a partir del análisis del espectro normativo que brinda el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Se trata de pensar un modelo de proceso acorde a los basamentos, estructura, ideología, parámetros y contenido con el cual fue elaborado y pensado el CCCN, tratando de apreciar las ideas y figuras procesales que el CCCN pueda llegar a traslucir, para pensar en un posible modelo de proceso judicial que tienda a una tutela judicial efectiva de los derechos que el mismo contiene, pero que también presupone. Aparecerán así, la oralidad y el proceso por audiencias, la valoración racional de la prueba, la necesidad de una sentencia motivada. En definitiva, se trata de verificar la incidencia directa y profunda que el CCCN ha generado al Derecho Procesal, al cual le plantea, nada más ni nada menos, que un cambio de paradigma en la construcción y estructura de los procesos judiciales, para poder lograr una tutela judicial efectiva, y un proceso justo.
El activismo del juez desde un perfil político, 2013
El llamado activismo ha suscitado en la doctrina procesal las más variadas opiniones. Es una de l... more El llamado activismo ha suscitado en la doctrina procesal las más variadas opiniones. Es una de las principales edificaciones para los arquitectos jurídicos del eficientismo procesal, pero es necesario enfocarlo desde un ángulo distinto, abordarlo desde una perspectiva más acorde con los tiempos actuales del Estado de Derecho en Argentina. Quizás el título del presente trabajo pueda, todavía, generar asombro. Es que hace unas décadas, hablar del “perfil político”, o de la “naturaleza política”, o de los “papeles políticos” del Poder Judicial sonaba a algo anómalo y hasta inmoral. Sin embargo, la importancia de reconocer el valor de los Derecho Humanos, nacida luego de la Segunda Guerra Mundial, dando origen al genéricamente denominado derecho internacional de los derechos humanos, y su proliferación mediante leyes, tratados y tribunales específicos que garanticen y defiendan su aplicación, junto con la importancia de defender el sistema republicano y democrático de gobierno – indispensable también para la efectivización de derechos fundamentales-, paulatinamente ha ido menoscabando la noción prejuiciosa de la apoliticidad del Poder Judicial.
PLAZO RAZONABLE: en busca de un estándar previo como umbral de prevención, 2015
el dato más relevante de esta historia. El 22 de febrero de 2012, casi a 11 años de la interposic... more el dato más relevante de esta historia. El 22 de febrero de 2012, casi a 11
años de la interposición de la primera acción y a 7 años de la segunda, en la Estación de Once de
la ciudad de Buenos Aires morían 51 personas en el tercer accidente más grave de la historia de
Argentina, después del ocurrido en 1970 en Benavídez (donde murieron 236 personas), y el
ocurrido en la localidad de Sa Pereira en 1978 (que causó 55 muertos).
Más allá del reproche que pueda efectuarse a los otros departamentos de Estado por su
falta de acción y/u omisión en relación al tema, puesto que claramente el control de la prestación
del servicio ferroviario es una competencia exclusiva y propia del Poder Ejecutivo, tampoco el
Congreso de la Nación toma cartas en el marco de sus competencias, ya que, por un lado se
“destaca” una de las principales leyes regulatorias a nivel nacional que data año 1891 (Ley Nº
2873), y por el otro no controla las acciones y/u omisiones del Poder Ejecutivo. Ante ese
panorama, no caben dudas que los tiempos de los procesos mencionados son mochilas que le
corresponden al Poder Judicial hacerse cargo de llevar.
La idea del presente trabajo es pensar una posibilidad de que los plazos “razonables” que
tiene que tener un proceso determinado, puedan ser previstos con anticipación, de manera tal de
evitar que el paso del tiempo consolide de manera ineludible el incumplimiento del Estado de
brindar tutela judicial efectiva (y en un tiempo razonable). Puesto que, cuando hablamos de
derechos fundamentales (como la vida, la intimidad, la igualdad, las relaciones de familia, etc.),
el resarcimiento del daño no es suficiente, y las cosas ya no podrán (nunca más), volver a su
estado anterior.
Trabajo realizado por la Comisión de Jóvenes Procesalistas (CJP) de la Asociación Argentina de De... more Trabajo realizado por la Comisión de Jóvenes Procesalistas (CJP) de la Asociación Argentina de Derecho Procesal (AADP) junto a miembros de dicha Asociación, que tuve la oportunidad de coordinar, analizando el Anteproyecto de Código General de Procesos de la Provincia de Chubut.
El presente trabajo tiene como objetivo realizar algunas reflexiones sobre la postura que ha teni... more El presente trabajo tiene como objetivo realizar algunas reflexiones sobre la postura que ha tenido la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en relación al instituto procesal denominado “medida autosatisfactiva”.
Precedentes y Sistema Interamericano de Derecho Humanos, 2019
Resumen: Es indispensable que la CIDH, para mantener una fuerte legitimidad en sus decisiones y u... more Resumen: Es indispensable que la CIDH, para mantener una fuerte legitimidad en sus decisiones y una consecuente ejecución y cumplimiento de sus sentencias, comience a aplicar técnicas específicas de la teoría del precedente, y que para ello tenga en cuenta no sólo su propia jurisprudencia, sino también las diferentes decisiones jurisprudenciales de los Estados partes sometidos a su jurisdicción. Summary: It is indispensable that the IACHR, in order to maintain a strong legitimacy in its decisions and the consequent execution and enforcement of its judgments, begin to apply specific techniques of the precedent theory, and that for this it takes into account not only its own jurisprudence, but also the different jurisprudential decisions of the National States parties submitted to its jurisdiction. Palabras Claves: Precedentes; Sistema Interamericano de Derechos Humanos; jurisprudencia; Cumplimiento de sentencias internacionales. international judgments. 1. Introducción y estado de situación sobre la teoría del precedente en Brasil y Argentina El presente trabajo intentará mostrar la interrelación e importancia que puede tener la teoría del precedente dentro de lo que es el sistema interamericano de Derechos Humanos (en adelante SIDH), a partir de considerar y analizar específicamente un caso argentino reciente, y que ha generado muchísima polémica académica, doctrinaria e institucional en Argentina. Me refiero a la sentencia dictada en la causa "Fontevecchia" 2 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH), que hado lugar al dictado de la decisión "Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos" 3 (en adelante "Ministerio"), de la Corte Suprema de Justicia de la Nación argentina (en adelante CSJN). En primer lugar, corresponde que explique mi apreciación personal y particular sobre el precedente, siendo que, para mí, metafóricamente podría asimilarse a tomar un puñado de arena con las manos. ¿Por qué ello?, porque así como cuando una persona toma un puñado de arena con su manos, inevitablemente parte de ella se le filtrará y escapará entre los dedos, el 1 Abogado, Universidad Nacional del Litoral (Santa Fe, Argentina), federicodsedlacek@gmail. 2 CIDH, "Fontevecchia y D´Amico Vs. Argentina", sentencia del 29/11/2011. 3 CSJN, 368/1998(34-M)/CS1 "Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos/informe sentencia dictada en el caso 'Fontevecchiay D'Amico vs. Argentina' por la Corte Interamericana de Derechos Humanos", sentencia del 14/02/2017.
Estos dos volúmenes de ensayos y trabajos, resulta el producto del trabajo realizado en el 3 Cong... more Estos dos volúmenes de ensayos y trabajos, resulta el producto del trabajo realizado en el 3 Congreso Internacional (Binacional) de Derecho Procesal entre Brasil y Argentina, organizado por la Universidade Federal do Espírito Santo (UFES), del 12 al 14 de abril de 2018, donde se abordaron temas de derecho procesal contemporáneo.
Estos encuentros que se vienen llevando a cabo entre profesores y académicos de Brasil y Argentina, intentan fijar un ámbito de debate para abordar temas desde las perspectivas jurídicas y procesales de ambos países, con el fin de enriquecernos mutuamente.
Estos dos volúmenes de ensayos y trabajos, resulta el producto del trabajo realizado en el 3 Cong... more Estos dos volúmenes de ensayos y trabajos, resulta el producto del trabajo realizado en el 3 Congreso Internacional (Binacional) de Derecho Procesal entre Brasil y Argentina, organizado por la Universidade Federal do Espírito Santo (UFES), del 12 al 14 de abril de 2018, donde se abordaron temas de derecho procesal contemporáneo.
Estos encuentros que se vienen llevando a cabo entre profesores y académicos de Brasil y Argentina, intentan fijar un ámbito de debate para abordar temas desde las perspectivas jurídicas y procesales de ambos países, con el fin de enriquecernos mutuamente.
Professor at Universidad Nacional del Litoral, Argentina.
Controle Judicial de Políticas Públicas na América Latina, 2020
Aos 02/07/2020, o Professor Frederico Sedlacek (Universidad Nacional del Litoral, Argentina), a c... more Aos 02/07/2020, o Professor Frederico Sedlacek (Universidad Nacional del Litoral, Argentina), a convite do Professor Leonardo Carneiro da Cunha (UFPE), ministrou palestra ao TCDP sobre o tema "Controle Judicial de Políticas Públicas na América Latina".
10° Charla Abierta - Asociación Argentina de Derecho Procesal Instagram / 24.06.2020
Expongo sobre algunas herramientas jurídicas que hay que tener en cuenta para afrontar la situaci... more Expongo sobre algunas herramientas jurídicas que hay que tener en cuenta para afrontar la situación de dificultad e imposibilidad de cumplimiento de obligaciones y contratos, generada por la crisis económicas que el COVID 19 y el aislamiento dispuesto por el Estado está ocacionando
Corresponde a la exposición brindada para desde la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, organizada por el Cuerpo de Graduados, y la Universidad Nacional del Litoral.
En este pequeño video de un minuto explico las pautas básicas para realizar una ponencia para alg... more En este pequeño video de un minuto explico las pautas básicas para realizar una ponencia para algún congreso o evento académico. Las 10 páginas es por el límite que siempre se fijó en los Congresos Nacionales de Derecho Procesal de la AADP en Argentina, en los cuales participo. El video es del año 2019, y lo hice como orientación para jóvenes procesalistas, para incentivarlos a escribir ponencias y trabajos para los congresos y eventos.
Precedete Judicial y Jurisprudencia, 2020
Pequeñas reflexiones sobre Precedente Judicial y Jurisprudencia que hice para el Instituto de Der... more Pequeñas reflexiones sobre Precedente Judicial y Jurisprudencia que hice para el Instituto de Derecho Procesal del Colegio de Abogados y Procuradores de Salta.
Nota del canal de televisión local sobre capacitación que llevamos con la Facultad de Ciencias Ju... more Nota del canal de televisión local sobre capacitación que llevamos con la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNL al Colegio de Abogados de San Cristóbal. Año 2017 pero vale la pena tener en cuenta algunos conceptos y apreciaciones siempre vigentes sobre el abuso comercial de las empresas.
Entrevista a Michele Taruffo en el programa "Diálogos" del canal LITUS, de la Universidad Naciona... more Entrevista a Michele Taruffo en el programa "Diálogos" del canal LITUS, de la Universidad Nacional del Litoral, realizada en la ciudad de Santa Fe (Argentina), en abril de 2018.
Se trata de la exposición realizada en el panel de "Precedentes judiciales", en el 3er Congreso B... more Se trata de la exposición realizada en el panel de "Precedentes judiciales", en el 3er Congreso Binacional Brasil-Argentina de Derecho Procesal, realizado en Vitoria (Brasil) en abril de 2018.
La exposición trata de analizar la importancia que la teoría del precedente judicial tiene en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, a partir del análisis de un caso argentino ("Ministerio de Relaciones Exteriores")