Eficacia de las decisiones judiciales extranjeras y daños punitivos (original) (raw)

Ejecución de Sentencias Extranjeras

1 Art. 10 LOPJ: "La jurisdicción se extiende a todas las personas, a todas las materias y a todo el territorio de la República en la forma establecida en la Constitución Política y en las leyes".

Eficacia en españa de las resoluciones extranjeras en materia de efectos económicos del matrimonio

2012

Resumen : El reconocimiento y la ejecucion de una decision extranjera sobre consecuencias patrimoniales del matrimonio plantea dificultades que van desde la individualizacion de la normativa aplicable al caso (en presencia de situaciones complejas, cada segmento puede ser objeto de una normativa distinta) hasta la necesidad de filtrar contenidos con frecuencia escasamente ajustados a las concepciones fundamentales del foro, y de traducir instituciones desconocidas a las categorias propias, pasando por lo poco adaptado de –en particular– las disciplinas registrales espanolas para lidiar con decisiones extranjeras. Asi las cosas, pensar en la futura desaparicion del tramite del exequatur es ilusorio (incluso en el espacio europeo). Palabras clave : regimen economico matrimonial, reconocimiento y ejecucion de decisiones, proteccion de terceros, orden publico. Abstract : The recognition and enforcement of a foreign decision on economic effects of the marriage poses difficulties thar ran...

Eficacia en España de las decisiones extranjeras en materia de relaciones económicas entre cónyuges

Resumen: El reconocimiento y la ejecución de una decisión extranjera sobre consecuencias patrimoniales del matrimonio plantea dificultades que van desde la individualización de la normativa aplicable al caso (en presencia de situaciones complejas, cada segmento puede ser objeto de una normativa distinta) hasta la necesidad de filtrar contenidos con frecuencia escasamente ajustados a las concepciones fundamentales del foro, y de traducir instituciones desconocidas a las categorías propias, pasando por lo poco adaptado de -en particular-las disciplinas registrales españolas para lidiar con decisiones extranjeras. Así las cosas, pensar en la futura desaparición del trámite del exequatur es ilusorio (incluso en el espacio europeo).

Sentencias condenatorias con reserva de liquidación en situaciones internacionales

La Ley Unión Europea, 2019

La ejecución forzosa constituye, sin duda, uno de los obstáculos todavía no eliminados en el marco del reconocimiento mutuo en la UE, a pesar de que el efecto ejecutivo de las resoluciones judiciales es el que mayor evolución ha experimentado (y también mayores variaciones admite) en los diferentes instrumentos. Ahora bien, ello no altera el presupuesto de base para lograr el efecto ejecutivo: que la resolución tenga eficacia ejecutiva en origen. Y es en este contexto donde pueden plantearse problemas cuando, como sucede en el caso del que se ocupa el Auto de la Audiencia Provincial de Valladolid de 21 de mayo de 2018 , se trata de una sentencia condenatoria que no ha sido liquidada. En la base de toda la problemática, se encuentra el tratamiento de las decisiones de condena de cantidad con reserva de liquidación, esto es, que requieren actos posteriores para concretar la cantidad fijada en la sentencia.

Los efectos nacionales de la sentencia interamericana

En el presente trabajo, el autor explica los alcances vinculantes de las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos con sencillez y claridad, sobre la base de la jurisprudencia de los máximos tribunales de varios países de la región. Con la reciente expedición de la sentencia en el caso Cruz Sánchez (más conocido como Chavín de Huántar) y las discusiones surgidas respecto a lo que la Corte ha ordenado, este trabajo se presenta como una herramienta útil para determinar los efectos que tendrá esta sentencia.

Las sentencias de cortes internacionales y la cosa juzgada en materia penal

El Mercurio Legal, 2022

El texto contiene una columna publicada en El Mercurio Legal el viernes 4 de marzo de 2022 en el que explico el problema de fondo detrás de la necesidad de incluir en nuestra legislación una regla que permita dar cumplimiento a sentencias emanadas por cortes internacionales aún en contra de sentencias firmes dictadas por tribunales nacionales

La aplicación judicial del Derecho extranjero tras la LCJIMC

2016

~ 5 ~ normativa española, por lo que pese a tener un trato procesal similar al de los hechos, sigue teniendo naturaleza jurídica (STS 17 abril 2015 2). a.2 Excepciones No será necesaria la prueba del Derecho extranjero por las partes cuando el tribunal, por alguna razón, tiene ya un exacto conocimiento de tal derecho, pues en ese supuesto deberá aplicarlo de oficio (STS 10 junio 2005 3). En segundo lugar, no será necesario probar el Derecho extranjero cuando la parte lo invoca como mero apoyo de sus pretensiones y no para que sea aplicado por el tribunal español al fondo del asunto. b. Regla general de la carga probatoria Como regla general, la prueba del Derecho extranjero se realiza a instancia de parte. Es decir, la parte que deba fundamentar su pretensión en un derecho extranjero porque así lo indique la norma de conflicto, será quien deba probar tal derecho. Encontramos esta idea en el artículo 282 LEC, que empieza diciendo que «Las pruebas se practicarán a instancia de parte». Este precepto hace referencia a la prueba en general, sin especificación alguna, por lo que resulta también aplicable a la prueba del Derecho extranjero. Además, el artículo 281.2 LEC establece que «el derecho extranjero deberá ser probado en lo que respecta a su contenido y vigencia, pudiendo valerse el tribunal de cuantos medios de averiguación estime necesarios para su aplicación». En este precepto se diferencia entre la "prueba del contenido y vigencia" del derecho extranjero, cuya obligación recae sobre la parte que lo alega, y la "aplicación" del