¿Está todo perdido o todo por construirse para el acceso universal a los derechos humanos? Una lectura pesimista y otra optimista del arendtiano derecho a tener derechos (original) (raw)
2024, La filosofía política a la prueba de los derechos humanos: Debates modernos y contemporáneos
El propósito de este texto es evaluar la vigencia del derecho que Hannah Arendt postuló como fundamental para una época postotalitaria, es decir, el derecho a tener derechos. Es bien sabido que, con esta expresión, ella no alude a un derecho en el sentido tradicional: no se trata de una protección recogida en algún texto constitucional o tratado internacional; tampoco de un criterio que oriente la actividad legislativa o de política pública para volver justiciables o exigibles otros derechos; mucho menos de un estándar que haya sido invocado por instancias jurisdiccionales o no jurisdiccionales para revelar zonas de injusticia u opacidad democrática. En breve, el derecho a tener derechos tiene una doble dimensión: por una parte describe la exigencia de que la persona sea considerada integrante de una comunidad, política y no de sangre, en cuyo contexto resulte relevante y reconocida por los demás como igualmente libre y capaz de autodeterminación; por la otra, constituye una crítica hacia el paradigma moderno de los derechos humanos y su fundamento iusnaturalista, que los vuelve atributos de las personas por el solo hecho de existir al margen de cualquier mecanismo de exigibilidad y justiciabilidad. Así, parafraseando a Arendt, el derecho a tener derechos es una herencia que recibimos sin testamento de por medio y que ha generado múltiples lecturas e interpretaciones, sobre todo a la luz de la multiplicación de modalidades de discriminación que se han utilizado para excluir a ciertas personas y colectivos de la protección del paradigma garantista. Mi argumentación procede en tres momentos: primero, preciso el lugar que el derecho a tener derechos ocupa en la obra de Arendt; luego recupero la interpretación pesimista de Samuel Moyn sobre sus posibilidades futuras de realización; finalmente reconstruyo lo que he denominado una lectura optimista de este derecho a partir de Seyla Benhabib. En la conclusión haré un balance para tratar de responder a la pregunta sobre si, en materia de derechos humanos, todo está perdido para el acceso universal a estos o, más bien, todo está por construirse.