NORMATIVA MAQUINARIA FORD (original) (raw)

NORMATIVA

La empresa VMC DEVELOPMENT S.A.C. ("VMC SUBASTAS"), se dedica a prestar servicios en el Sitio Web www.vmcsubastas.com. Utilizando el Sitio Web, está ofreciendo a sus Miembros un espacio virtual que les permita adjudicarse bienes de propiedad de terceros, implementando para tal fin un servicio de Subasta Martillo Virtual. VMC SUBASTAS es administrador de la plataforma desde la cual se realizará el proceso de subasta y se recibirán las ofertas. El servicio no es público. Los Miembros que estén interesados en el proceso deberán inscribirse como Participantes. VMC SUBASTAS no es Proveedor del(los) bien(es), ni certificador mecánico, ni diagnostica el estado mecánico de los lotes, no conoce el estado de conservación y/o funcionamiento de los mismos y, consecuentemente, no garantiza ni respalda la operatividad, idoneidad o aptitud del(los) bien(es), los cuales se venden como están y donde están conforme a las condiciones estipuladas por sus propietarios. El presente documento contiene los Términos y Condiciones generales de los Servicios que se prestan en el Sitio Web, así como reglas específicas del proceso de Subasta Electrónica. Los presentes Términos y Condiciones son obligatorios para todos los Miembros y particularmente para quienes estén interesados en ofrecer por el(los) bien(s) y se inscriban como Participantes en la Subasta Electrónica. Cualquier persona en su condición de Miembro, de Participante en la Subasta Electrónica y/o de Ganador de la misma, presta su consentimiento y aceptación previa, informada y expresa a estos Términos y Condiciones y se obligan a obedecerlos, de lo contrario podrán ser sancionados conforme a lo dispuesto en el numeral VII de este instrumento. II. DEFINICIONES GENERALES Algunos de los Términos utilizados en el presente documento, tendrán las siguientes definiciones: Calidad de Miembro.-La Calidad de Miembro se calcula en base al comportamiento individual de cada Miembro; para su cálculo se toman en consideración tanto las participaciones como las compras realizadas. Existen 4 niveles de calidad: Novato, Bueno, Excelente y Malo. Toda nueva membresía inicia en la categoría "Novato" y según la cantidad de puntos acumulados, este podrá acceder a los beneficios o castigos designados a la Calidad de Miembro asociada a su puntaje acumulado. Certificado mecánico.-Es el diagnóstico mecánico vehicular que realiza el proveedor AUTODIAGNÓSTICO con el objetivo de conocer mejor el estado mecánico del lote publicado. El informe de diagnóstico puede considerar la revisión electrónica y mecánica no intrusiva, de carrocería, suspensión, frenos y accesorios así como la medición de la compresión del vehículo. El diagnostico emitido por el proveedor se realiza de manera única y exclusiva sobre la base del estado general del lote existente a la fecha, lugar, condiciones y kilometraje de realización del referido diagnóstico. Por tal razón, el reporte emitido por el PROVEEDOR como resultado del diagnóstico mecánico no se encuentra en la posibilidad de prever razonablemente eventuales cambios inesperados en la condición general del lote que resulten posteriores a la fecha, lugar o kilometraje de realización del diagnóstico ejecutado. Código de Miembro.-Número de identificación único, asignado por la plataforma a cada miembro. Código de pago VMC.-VMC ofrece el servicio de recaudación de pagos, para lo cual se generará un código de pago afiliado al monto de adjudicación por cada Lote. Los Miembros utilizarán este código para hacer el depósito del monto total ofertado. Comisión.-Es un monto que deberá pagar el Participante que resulte Ganador de la Subasta Electrónica. Este monto es un ingreso directo del administrador del Sitio Web, en contraprestación por los servicios prestados. El monto de la Comisión podrá ser un monto fijo o un monto calculado sobre el Valor de Adjudicación de cada Lote, en función al porcentaje que se indicará en la invitación. Este monto no es parte ni se detrae de la oferta que se realiza durante el proceso de Subasta Electrónica, el cual se deberá pagar directamente al Propietario del Lote y luego del pago de la correspondiente Comisión.

NORMATIVA PROPIA

4.-REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN INTERNO DE LOS DEPARTAMENTOS (Aprobado por el Consejo de Gobierno el 14 de julio de 2005 y publicado en BO-UCLM nº 84 de agosto-septiembre de 2005) CAPÍTULO I: Disposiciones generales CAPÍTULO II: De los órganos unipersonales Sección 1ª.-Del Director Sección 2ª.-Del Subdirector Sección 3ª.-Del Secretario CAPÍTULO III: De los órganos colegiados Sección 1ª.-Del Consejo de Departamento Sección 2ª.-De la Junta de Dirección CAPÍTULO IV: Del funcionamiento del Departamento Sección 1ª.-De las reuniones del Consejo Sección 2ª.-De las sesiones de la Junta de Dirección Sección 3ª.-De las sesiones de las restantes comisiones CAPÍTULO V: De los recursos contra los acuerdos del Departamento CAPÍTULO VI: De las mociones de confianza y censura DISPOSICIÓN ADICIONAL DISPOSICIÓN FINAL CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.

MARCO NORMATIVO SAFE

2 una referencia para la aduana y los operadores económicos, y la OMA asegurará que siga desempeñando un papel fundamental para poder cumplir con la visión de la Organización y poder satisfacer, al mismo tiempo, las necesidades de la aduana y el comercio internacional.

NORMAS PORTUARIAS

El Código internacional para la protección de los buques y de las instalaciones portuarias, (también conocido como Código ISPS) es un código adoptado por la Organización Marítima Internacional (OMI), para establecer un marco internacional, en el ámbito marítimo, de cooperación para detectar amenazas y adoptar medidas preventivas. Estas disposiciones pueden suponer una considerable carga para algunos gobiernos, en la medida que representan un cambio en el enfoque de la seguridad del sector marítimo internacional. Por eso se reconoce la importancia de la cooperación técnica, para ayudar a estos gobiernos a implantar las disposiciones del Código. El Código PBIB está estructurado en dos partes: • Prescripciones Obligatorias • Orientaciones El código se aplica a buques en viajes internacionales con un arqueo mínimo de 500 TRB, unidades móviles de perforación submarina en alta mar e instalaciones portuarias que presten servicio a tales buques y unidades. Para la protección de los mismos, el Código PBIB establece un marco de cooperación internacional para detectar amenazas contra la seguridad y adoptar medidas preventivas. También define funciones y responsabilidades a nivel nacional e internacional, garantiza la recopilación e intercambio de información, ofrece una metodología para efectuar evaluaciones de la protección y garantiza la confianza de que se cuenta con las medidas de protección adecuadas. Los Gobiernos deben determinar el nivel de protección que se aplica en un momento determinado a los buques e instalaciones portuarias, en función de la información disponible. Existen tres niveles de protección: ✓ Nivel 1 (Normal): Es el nivel en el que funcionan normalmente los buques e instalaciones portuarias. ✓ Nivel 2 (Reforzado): Se aplicará si hay un incremento del riesgo. ✓ Nivel 3 (Excepcional): Se establece durante el período de tiempo en que sea probable o inminente un suceso que afecte a la protección. De acuerdo con las prescripciones del Código PBIB, los buques llevarán a bordo un Plan de Protección del Buque o (PPB) que deberá ser aprobado por la Administración, y operar de acuerdo con él. El plan debe indicar las medidas de protección que se deben de tomar en el buque para poder funcionar de manera permanente en el nivel 1 de protección y, las adicionales que sean necesarias para pasar y operar en los niveles 2 o 3 cuando se requiera. El Plan contendrá las medidas para evitar la introducción de armas, explosivos, etc., el acceso no autorizado al buque y a zonas restringidas del mismo. De la misma forma se establecen los procedimientos para evaluar las amenazas, verificar las tareas de protección, informar de los sucesos, formar a las personas que intervienen en la prevención (tripulantes, etc.), realizar ejercicios PBIB