NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. LA DIVERSIDAD JURÍDICA Y EL EFECTIVO ACCESO A LA JUSTICIA EN LA ARGENTINA (original) (raw)

ARGENTINA: DIFERENCIAS INTERGENERACIONALES ANTE LAS MEDIDAS DE JUSTICIA TRANSICIONAL

Resumen Este estudio analiza la actitud hacia el pasado represivo, así como el conocimiento, impacto y valoración que las diferentes generaciones argentinas tienen acerca de las medidas transicio-nales implementadas en relación a la dictadura militar. La muestra se compone de personas que vivieron dicho periodo siendo ya adultas (n = 62) y personas que nacieron después del inicio de la democracia (n = 203). De los resultados se extrae que los más jóvenes son quienes menos conocimiento tienen sobre el pasado y quienes más información desean tener, más importancia conceden a las medidas que contribuyen la difusión de lo ocurrido, la defensa de los derechos humanos, la reparación a las víctimas o los cambios institucionales. Además, son quienes con más eficacia perciben en los juicios por delitos de lesa humanidad que se están celebrando en la actualidad, quienes menos deseo muestran de reconciliarse y quienes más participan en actividades de recuerdo de las víctimas y referidas a la d...

ALGUNAS CONSIDERACIONES ACERCA DE LA JUSTICIA JUVENIL EN ARGENTINA Y BRASIL

RESUMEN: El presente artículo busca establecer la evolución del reconocimiento del niño en el contexto social, bien como comparar entre los sistemas tutelarista al paternalista como modelos de protección, desde el reconocimiento como niño en el caso de delito o como adulto. Por fin buscamos establecer la actual tendencia en el ámbito de protección internacional. El reconocimiento de los Estados en materia de Tratados internacionales de protección al niño. ABSTRACT: This article seeks to establish the evolution of the recognition of the child in the social context, as well as comparisons between systems as models tutelarista the paternalistic protection from recognition as a child in the case of crime or as an adult. At last we establish the current trend in the field of international protection. Recognition of States in respect of international treaties to protect children.

LA JUSTIFICACIÓN DE LOS DAÑOS PUNITIVOS EN EL DERECHO ARGENTINO

El presente artículo aborda el análisis de la justificación de la aplicación de los daños punitivos en el derecho argentino. Partiendo de la afirmación de que toda medida que implique la coacción del estado y la limitación al ámbito de libertad de los individuos debe estar debidamente justificada, se pretende encontrar la justificación subyacente en la doctrina y jurisprudencia argentina sobre daños punitivos para delimitar las ideas implicadas y las consecuencias que se derivan de ella, con el objetivo de clarificar esta figura sancionatoria que se encuentra en una zona de penumbra en el derecho privado argentino.

INFANCIA, ADOLESCENCIA, DELITO Y SISTEMA PENAL EN ARGENTINA

Misión Jurídica, 2012

En el sistema tradicional de Justicia Juvenil en Argentina, el juez desempeña un papel pasivo, ya que simplemente impone la medida correctiva o dispositiva pertinente. Este sistema no hace nada para la prevención en el problema de la delincuencia juvenil, como para evitar que se cometa nuevamente algún delito no violento. Un cambio de esta realidad se daría con la creación de Tribunales de Adolescentes, dedicados a tratar las causas que motivan la comisión de delitos por los mismos, y fijar las penas por sus pares. Este sistema, de ser implementado, le permitirá al Juez ejercer un papel resocializador, dando una “segunda” oportunidad al menor. Los tribunales de adolescentes se desarrollaron en los Estados Unidos de América como una alternativa a los tribunales tradicionales del sistema de justicia juvenil, con el propósito de dar a los jóvenes, que cometen actos delictivos menos serios, una “segunda” oportunidad. Estos tribunales operan sobre la premisa de que al ser juzgado por sus pares, en adolescentes este hecho puede tener un impacto más grande que el ser juzgados por la figura adulta de un Juez del sistema tradicional.

GESTACION POR SUSTITUCION TENDENCIA JURISPRUDENCIAL Y LA CONTEMPLACION DEL INTERES SUPERIOR DEL NIÑO EN EL CASO ARGENTINO

Nuestra herencia jurídica, nos aporta tradicionales ideas acerca de la imposibilidad de mercantilizar el cuerpo humano, limitando la libertad de disposición de las personas a este respecto. Por caso el art. 56 del CC y CU establece que "Están prohibidos los actos de disposición del propio cuerpo que ocasionen una disminución permanente de su integridad o resulten contrarios a la ley, la moral o las buenas costumbres, excepto que sean requeridos para el mejoramiento de la salud de la persona" No obstante, una rápida mirada a la situación internacional nos evidencia que hay países que consideran, en sus respectivos ordenamientos jurídicos, que los nacidos en virtud de estas técnicas deben ser considerados "hijos" de los sujetos que encargan la gestación por sustitución, validando la misma. Allí se incluyen "Rusia (arts. 51-52 Código de Familia y art. 16 Ley del Estado civil), el Reino Unido (Human Fertilisation and Embryology Act 1990),

LA VULNERABILIDAD DEL COLECTIVO DE NIÑOS Y NIÑAS Y SU CONDICIÓN JURÍDICA

El Instituto de Investigación para la Ciencias & Humanidades Apex Iuris se complace en presentar a la comunidad, los cuadernos de trabajo de la serie denominada “Derecho & Razón”. Esfuerzos que responden a generar grupos de discusiones especializadas sobre determinadas materias. Difundiendo los trabajos de investigación, con la finalidad de promover discusiones críticas. La presente serie; pretende ser una plataforma de inicio antes que de ideas acabadas. De investigaciones en borrador que ameritan ser discutidos y glosados por especialistas. Una serie que procura promover y retomar la investigación; para construir nuevos conocimientos y potencializar capacidades contributivas para una mejor sociedad. La investigación como tal, debe consolidarse como uno de los espacios amados por todo profesional que procura trascender y someterse a la libertad de la crítica más visceral. Permitiendo tener profesionales, con capacidad de renovar ideas y plantear nuevas discusiones. Asimismo, cabe indicar que la serie “Derecho & Razón” procura que los trabajos de investigación promuevan diálogos horizontales y capacitados para generar discusiones sobre sus postulados. No es una plataforma de publicaciones estáticas en el tiempo; todo lo contrario, dinámicos. Que se sometan a discusiones en mesas de trabajo, se intercambien ideas en sede nacional como internacional. En otras palabras, promover el derecho a investigar y construir razones para decidir por un mejor país. Finalmente, se brinda un agradecimiento institucional por el tiempo y la amabilidad que tuvo cada autor y autora que contribuyera en cada cuaderno especializado. De igual modo a quienes comentaron la correspondiente contribución desde su experiencia y capacidad académica. Y sobre todo, a quienes dirigen cada sociedad especializada por su dedicación y entero compromiso con la academia y el desarrollo óptimo de la Institución.

APUNTES SOBRE EL NUEVO RÉGIMEN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN EL DERECHO ARGENTINO

Revista En Letra Derecho Penal, 2018

La ley n.º 27.401 introduce en el ordenamiento jurídico argentino la responsabilidad penal de la persona jurídica en relación con los delitos de corrupción. Semejante innovación trae consigo innumerables desafíos para la práctica empresarial en la Argentina, como así también inconvenientes e incertidumbre. La nueva regulación marca interesantes lineamientos en materia de compliance e introduce reglas procesales de valor para la praxis. Sin embargo, abre interrogantes sobre, por ejemplo, cómo compatibilizar el nuevo régimen de responsabilidad penal empresaria con los ya vigentes respecto de los delitos contra el orden socio-económico, cómo determinar el régimen de imputación elegido por el legislador y de qué modo lograr facilitar la tarea de la administración de justicia en la identificación de sistemas de integridad idóneos. Con este escenario de fondo, al artículo pretende mostrar los rasgos fundamentales de la nueva ley.