La protección del derecho a la identidad en adopción internacional (original) (raw)

La vulneración del interés superior del niño en casos de adopciones internacionales a la luz de la nueva Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles

The recently approved Organic Law of Identity and Civil Data Management, in force since 2016, regulates the framework of registration of indentity and data of every ecuadorian and foreigners which reside in Ecuador. With respect to this, it prescribes in its pertinent part that “in any case, the adoption shall only be for couples of different sex”. This article intends to demonstrate the violation of the best interest of the child by the restriction to same-sex couples to adopt or to register international adoptions in Ecuador, and wields the binary and heteronormative arguments used by competent authorities to justify this restriction. In the same way, it seeks to connect this important concept with respect to two fundamental rights of children; their right to identity and their right to family.

Factores de riesgo y de protección en la adopción internacional

postadopcion.org

La mayoría de los y las menores procedentes de adopción internacional logran una adaptación adecuada a su entorno, por lo que, en general, la mayor parte de las adopciones son satisfactorias tanto para los hijos e hijas cuanto para padres y/o madres.

La adopción internacional

Capítulo de libro "Filiación y responsabilidad parental en el ámbito internacional" disponible en: http://www.ijeditores.com.ar/index.php?option=publicacion&idpublicacion=196

El derecho a la identidad y la falsedad del contenido de la partida de nacimiento

Diálogo con la Jurisprudencia, 2018

Se realizan un comentario sobre la Casación N° 4769-2015-Lima Norte, del diecinueve de julio del dos mil diecisiete; en la cual se resolvió declarar fundado el recurso de casación interpuesto por la demandada Kelly Natividad Marchán Medina, nula la sentencia del ad quem y, actuando como sede de instancia, confi rmada la resolución del a quo, que declaró infundada la demanda, e integrada la sentencia apelada, disponiéndose la suspensión del acta de nacimiento N° 545.

¿Quién soy? Reflexiones sobre el derecho humano a la identidad de los niños y niñas adoptados.

Derechos Humanos ante los nuevos desafíos de la globalización Dykinson eBook, 2020

La normativa nacional e internacional de los derechos humanos establece que los niños y niñas adoptados tienen derecho a conocer su condición de tales y acceder a información sobre su origen, historia personal y familia consanguínea; estos elementos constituyen parte esencial de su derecho humano a la identidad. El presente capítulo explora el desarrollo conceptual y el marco normativo del derecho humano a la identidad de los niños y niñas adoptados. Posteriormente, se realiza una reflexión sobre el conflicto de derechos entre los actores que forman parte del fenómeno de la adopción y el interés superior del niño como fórmula de solución del mencionado conflicto. Más adelante se presentan los testimonios de tres mujeres adoptadas y una madre adoptiva, a través de una metodología cualitativa de entrevistas semi estructuradas que permite establecer diálogos intersubjetivos y sinceros, con el fin de conocer su óptica con respecto a la relación entre la adopción y su derecho humano a la identidad

Reglas de identidad de Estados aceptados en el Derecho Internacional

Revista Chilena De Derecho, 1993

De acuerdo a un principio ampliamente aceptado, si dos sujetos de Derecho Internacional son idénticos. no se puede presentar, entre dos, un caso de socesi6n de Estados. La identidad de los sujetos excluye. pues. la sucesión de Estada en materia de Derecho Internacional. De mancra q"e, oxno ha danostrado Hall. la personalidad de los Estados w la clave pan determinar si existe un caso de sucesión de Estadoa o no'. En consecuencia. ~610 existe sucesión si un sujeta ha rcanplazndo P otro en su posicióo prldica de Derecho Intcmacicma12. Por tanto. sucesi6n e identidad *c cxcl"ycn m"t"amentc. Cm el tirmino de la Primera Guerra Mundial se suscitamn importantes problemas relativos a la identidad de Derecho Internacional. LS "disolución" de la Monarquía Austro-húngara y del Imperio Turca dio lugar a una serie de pr&emas que, en realidad. nunca pudieron ser resueltos del tcdo. Afios despu&. la anexión de Ausuia por pane del Tercu Reich en 1938 no hizo sino aumcnm cl número de cuertimea para las cuales no era sencillo cnmntrar una solución. al menos una soluci60 única. Lnego de la Segunda Guerra Mundial surgi6 la doarina de los 'Estadm rsesuhltidos". que armj6 algo de claridad en el difkil panorama jurídico-pa lftiw de la postguerra. Por ara parte, la Uni6n Soviética negaba su identidad cm cl Imperio de los Zares.

El derecho a la identidad en UNPAZ

Memorias del II Encuentro Nacional de Derechos Humanos y Educación Superior: Desigualdades, Derechos y Educación Superior Saberes, experiencias y luchas en tiempos de capitalismo, 2023

Zubillaga, Paula; Barraza, Valeria Cristina; Mariño, Irupé. “El derecho a la identidad en UNPAZ”. En: Cruz, Godoy y Badano (compiladoras). Memorias del II Encuentro Nacional de Derechos Humanos y Educación Superior: Desigualdades, Derechos y Educación Superior Saberes, experiencias y luchas en tiempos de capitalismo. Universidad Nacional de La Plata. 2023. ISBN: 978-950-34-2257-1 Disponible en línea: http://sedici.unlp.edu.ar/bitstream/handle/10915/154620/Documento\_completo.pdf-PDFA.pdf?sequence=1&isAllowed=y

Control de identidad en Chile y su conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos

Revista de Estudios de la Justicia, 2019

Este artículo examina la regulación del control de identidad en Chile recogido en el artículo 85 del Código Procesal Penal y en el artículo 12 de la Ley 20.931, tanto en su formulación actual como en la propuesta de reforma legal presentada por el presidente Sebastián Piñera en el año 2019. El objetivo es analizar su conformidad con las obligaciones internacionales adquiridas por Chile en diversos tratados de derechos humanos. El artículo explica que la regulación actual y la propuesta de ampliación de las facultades policiales suponen una vulneración de las garantías de libertad personal y libertad de movimiento o circulación, privacidad y no discriminación, como también las garantías particulares que protegen los derechos de niños, niñas y adolescentes.