CODIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE (original) (raw)
Related papers
CODIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO
ARTICULO 1°.-Nadie podrá ser sancionado por una acción u omisión, si no están expresamente previstas como delito por la Ley Penal vigente al tiempo en que se cometieron, o si la pena o medida de seguridad no se encuentran establecidas en ella.
CODIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA
PODER LEGISLATIVO www.congresooaxaca.gob.mx 1 Última reforma: Decreto No. 1137 aprobado el 21 de marzo del 2012. Publicado en el Periódico Oficial Extra de fecha 30 de mayo del 2012. Código publicado en la Segunda Sección del Periódico Oficial del Estado de Oaxaca, el sábado 9 de agosto de 1980. ELISEO JIMENEZ RUIZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, A SUS HABITANTES HACE SABER: QUE LA HONORABLE LEGISLATURA DEL ESTADO HA TENIDO A BIEN APROBAR LO SIGUIENTE: LA QUINCUAGESIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, DECRETA: CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA LIBRO PRIMERO. TITULO PRIMERO. De los ámbitos de aplicación. ARTÍCULO 1.-Este Código se aplicará en el Estado de Oaxaca: I.-Por los delitos de la competencia de los Tribunales Comunes, cometidos en su territorio;