Politica de Inclusion Diversidad y No Discriminacion 1 (original) (raw)
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Ser diferente no significa ser inferior y, sin embargo, con inquietante frecuencia personas de diferentes épocas, latitudes y culturas han creído lo contrario y actuado en consecuencia, abriendo el camino a la discriminación, el hostigamiento, la persecución e incluso el exterminio.
OBSERVATORIO DE POLÍTICAS DE INCLUSIÓN PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
2018
El Proyecto “Observatorio de Políticas de Inclusión para Personas con Discapacidad” pretende abordar la relación entre discapacidad y educación superior, principalmente en lo que respecta al acceso, permanencia y egreso de personas con discapacidad en este nivel educativo. El mismo tiene como finalidad contribuir a la inclusión de las y los estudiantes con discapacidad de la Facultad de Ciencia Política y RRII (UNR) a través de un trabajo articulado entre el Área de Accesibilidad y los distintos claustros y autoridades de la institución
Guía Pedagógica de Diversidad e Inclusión
Guía Pedagógica Diversidad e Inclusión, 2022
El Programa Integral de Educación Socioemocional, Ciudadana y Escuelas como Territorios de Paz de la Secretaría de Educación del Distrito (SED), liderado desde la Dirección de Participación y Relaciones Interinstitucionales, en convenio con la Corporación Viva la Ciudadanía, viene adelantando con las comunidades educativas procesos pedagógicos, lúdicos, vivenciales y reflexivos, en torno al reconocimiento de las diversidades, la participación, los liderazgos colectivos para la transformación y el desarrollo de capacidades socioemocionales y ciudadanas, para lo cual se incorporan tres enfoques esenciales para dignificar las condiciones de vida de los diferentes grupos poblacionales que habitan la ciudad e integran las comunidades educativas: enfoque de derechos integrales, género y diferenciales. Dichos enfoques trazan el horizonte para la formación de ciudadanías participativas, corresponsables, conscientes, activas y críticas desde las realidades territoriales. Así mismo contribuyen a la generación de cambios estructurales, frente a prácticas excluyentes y discriminatorias asociadas a la etnia, el sexo, el género, la nacionalidad, la clase, las creencias, y otras formas. de discriminación que históricamente han abierto brechas de desigualdad en el país.
ESCUELA INCLUSIVA, DIVERSIDAD E INTERGRACIÓN
Podemos afirmar que el concepto de diversidad se sustenta en la aceptación y el respeto de las diferencias individuales como condición inherente a la naturaleza humana, y en la posibilidad de brindar una respuesta educativa a la necesidad de cada persona.
Discriminación Discriminación (ciencias sociales) Discriminar significa diferenciar, distinguir, separar una cosa de otra. La discriminación es una situación en la que una persona o grupo es tratada de forma desfavorable a causa de prejuicios, generalmente por pertenecer a una categoría social distinta; debe distinguirse de la discriminación positiva (que supone diferenciación y reconocimiento). Entre esas categorías se encuentran la raza, la orientación sexual, la religión, el rango socioeconómico, la edad y la discapacidad. Existe una amplia legislación contra la discriminación en materia de igualdad de oportunidades de empleo, vivienda y bienes y servicios.
Adopción, Sexo-Diversidad y No-Discriminación
Adopción, Sexo-Diversidad y no discriminación (Adoption, Sexual Diversity and Non-Discrimination) explores if a State is obliged to recognized members of the LGBTI community a right to adopt children and, if so, to what extent must that right be recognized, under international human rights law. In particular, the analysis is done in accordance to the Convention on the Rights of the Child, the International Covenant on Civil and Political Rights, the American Convention on Human Rights and the European Convention on Human Rights. Thus, the mentioned research paper studies, firstly, adoption under the principle of the child ́s best interest, in order to conclude that, in general, States may regulate adoption as they appreciate, insofar they respect the afore- mentioned principle. Afterwards, it analyzes the compatibility of adoption by members of the sexually diverse community with international human rights law, in order to conclude, prima facie, that there are no reasons that justify a prohibition of the right to adopt to the members of the LGBTI community. As a consequence of the aforementioned, it is understood that none of the studied norms forbids individuals or couples of the sexually diverse community to adopt.