El delito de blanqueo de capitales en el Código Penal de 1995 (original) (raw)
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Los delitos de alzamiento de bienes en el código penal de 1995
2013
la historia de la protección del derecho de crédito llegó un momento en el que el término <> era sinónimo de deudor fraudulento. No sólo se perseguía al insolvente que se fugaba, sino que a todo deudor que huía se le consideraba insolvente y delincuente. De esta forma, la situación de insolvencia llegaba en algunos casos a ser innecesaria, pues se partía de presunciones para dictaminar la culpabilidad del deudor, omitiendo la necesaria concurrencia de la insolvencia.
Los autores del delito de blanqueo de bienes en el CP español de 1995.pdf
Published in Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales tomo LIX, 2006, pp. 135-179. Among the crimes against the patrimony committed trough computer systems, the computer and internet fraud stands out. Regulated on article 248.2 CP, the main element of this fraud is the computer manipulation, understood in a wide sense. However, the restrictive interpretation of this article has brought to the inclusion in the Penal Code of a particular crime concerning frauds committed trough debit or credit cards, etc. Thus, the 2007 Project includes a new crime of result, that has been very criticized, as the modifi cations regarding the falsifi cation of cards, a conduct intimately related to the frauds, either common or computer frauds.
La deconstrucción del concepto de blanqueo de capitales
Abstract* Los organismos internacionales, la jurisprudencia, la doctrina especializada y la prensa se refieren con la denominación genérica “blanqueo de capitales” a conductas de muy diversa índole y trascendencia criminológica y jurídica. Sólo algunas de ellas constituyen, sin embargo, blanqueo de capitales en sentido estricto. Sólo el blanqueo en sentido estricto permite al delincuente disfrutar de su botín y obtener de él ulteriores rendimientos sirviéndose con tranquilidad de las entidades e instituciones del sistema económico porque, a diferencia de otros comportamientos, confiere al origen de los fondos y bienes procedentes del delito la apariencia de licitud. Este trabajo, que constituye tan solo la primera fase de una investigación en curso mucho más ambiciosa, orientada hacia el estudio desde las perspectivas dogmática y político-criminal del Derecho Penal vigente, pretende llevar a cabo una cuidadosa caracterización de los diversos procedimientos de blanqueo, mediante la cual podamos determinar cuándo unos fondos de procedencia delictiva consiguen integrarse a todos los efectos en el sistema económico lícito. Se rechaza el modelo analítico utilizado por el GAFI y se formula una propuesta de reorganización de las tipologías de los modos de introducción de fondos procedentes del delito en el tráfico jurídico. Sobre esta base se determinan los rasgos que caracterizan al blanqueo de capitales stricto sensu y se establece un patrón al que ha de ajustarse toda conducta que reciba tal denominación. International governmental organizations, jurisprudence, specialized doctrine and mainstream media refer with the generic term “money laundering” to a variety of conducts that carry different legal and criminological connotations. However, only some of them are money laundering stricto sensu. Laundering stricto sensu allows the offenders eventually enjoy their loot and profit from it through the use of institutions and organizations of the economic system because, contrary to other conducts, it confers the appearance of a lawful origin to the proceeds of crime. This paper, which is only the first phase of a far more ambitious ongoing investigation aimed at the assessment of the current Criminal Law from dogmatic and crime-policy perspectives, intends to achieve a careful analysis of the intrinsic characteristics of laundering procedures in order to determine when exactly criminal assets succeed in integrating into the economic system for all practical purposes. The FATF analytical model of money laundering stages is hereby rejected and thus, a proposal for the reorganization of typologies defining the placement/layering of criminal assets in legal transactions is offered. On this basis, we establish the essential attributes of money laundering stricto sensu and propose a conceptual framework to which all conducts that are termed money laundering should abide. Internationalen Organisationen, Rechtsprechung, spezialisierte Lehre und Presse geben die * Este trabajo ha sido realizado en el marco del Proyecto de I+D financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación “La seguridad ciudadana como criterio inspirador de la intervención penal” (SEJ 2006-07242). 2 InDret 3/2010 U18293 Gattungsbezeichnung Geldwäsche zu Verhaltensweisen, die sowohl eine sehr vielfältigen Natur als auch eine sehr vielfältigen kriminologische und rechtliche Bedeutung haben. Nur einige von diesen Verhaltensweisen sind, jedoch Geldwäsche im engeren Sinne. Nur Geldwäsche im engeren Sinne ermöglicht dem Täter seine Beute zu genieβen und weitere Erträge aus ihr durch das Wirtschaftssystem ohne Einschränkungen zu gewinnen. Geldwäsche stricto sensu –im Gegensatz zu anderen Verhaltensweisen– verleiht den Schein der Legalität zu der Herkunft des aus Verbrechen kommenden Geld. Diese Arbeit ist nur die erste Phase einer laufenden Forschung, die sich damit beschäftigt, das gültige Strafrecht von dogmatischen und Kriminalität-politischen Perspektiven zu untersuchen. Durch diese eingehende Analyse des Geldwäscheverfahrens kann bestimmt werden, wann genau das aus Straftaten kommende Geld in dem gesetzmäβigen Wirtschaftssystem völlig eingedrungen ist. Das analytische Modell der FATF wird abgelehnt. Eine neue Einteilung der Einführungstypologien von aus Straftat kommenden Erträgen in den rechtlichen Verkehr wird vorgeschlagen. Die Eigenschaften, die stricto sensu Geldwäsche kennzeichnen, werden auf dieser Grundlage ermittelt. Jedes Betragen, dem die Bezeichnung Geldwäsche gegeben wird, sollte diese Eigenschaften erfüllen.
La organización (o grupo) criminal como delito antecedente del blanqueo de capitales
Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología, 2023
El delito de blanqueo de capitales presupone que los bienes que se blanquean tienen su origen en una actividad delictiva previa. Ante las dificultades de prueba de este elemento típico, cabe plantear si, por el mero hecho de estar en manos de una organización criminal, tales bienes pueden ser ya considerados objeto del delito de blanqueo de capitales. ¿Puede un delito de estatus como el de organización (o grupo) criminal del art. 570 bis CP constituir una actividad delictiva originadora de bienes en el sentido del art. 301 CP? En este trabajo se responde negativamente a esta pregunta. Solo las actividades ilícitas de los miembros de la organización capaces de producir bienes son susceptibles de generar bienes con origen delictivo en el sentido requerido por el art. 301 CP. La necesidad de combatir eficazmente la criminalidad organizada no legitima una interpretación contra legem de uno de los requisitos típicos centrales del delito de blanqueo de capitales.
La responsabilidad administrativa y penal del abogado ante el blanqueo de capitales
2018
En el presente trabajo se pretende poner de relieve la trascendencia que el fenómeno del blanqueo de capitales despliega en algunas profesiones jurídicas y, concretamente, en el abogado en el ejercicio inherente de sus funciones. En este sentido, la afección es doble, de un lado, la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales establece una serie de obligaciones al abogado, con su correlativa sanción para el caso en que estas no se cumplan; y por otro lado, la amenaza del Derecho Penal es patente cuando estos profesionales actúan superando el régimen de tolerancia permitido por el ordenamiento jurídico en aquellas actividades relacionadas con el blanqueo de capitales.2017-1
Blanqueo De Capitales Su Prevención en El Ordenamiento Jurídico Chileno
Revista chilena de derecho, 2008
RESUMEN: El objetivo del presente trabajo es realizar un somero análisis acerca de las medidas de prevención de blanqueo de capitales aplicables en la actualidad a una serie de sujetos que intervienen en la actividad económica en Chile. Creemos que una labor de este tipo es necesaria, considerando la gran cantidad de normativa generada durante los últimos años en esta materia. Así, a través de este estudio, pretendemos abordar su contenido e intentaremos su sistematización.
Una aproximación a los problemas actuales del blanqueo de capitales y el delito fiscal
Revista Estudios Jurídicos. Segunda Época, 2016
El delito de blanqueo de capitales y el delito fiscal han sufrido varias modificaciones desde su recepción en la legislación penal española, siendo especialmente importantes las que han afectado a algunos de sus aspectos esenciales. Algunas de ellas han sido muy contestadas por la doctrina, sobre todo la amnistía fiscal amparada en el texto del Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público. En este artículo se tratará de iluminar las sombras de estos delitos y de su relación, además de tratar de despejar algunas dudas sobre su más plausible interpretación.
Blanqueo de capitales y honorarios del defensor en el Derecho alemán
InDret, 2018
El artículo tiene como objeto la cuestión de la punibilidad a título del blanqueo de capitales –específicamente a tenor del tipo de contacto o aislamiento– de los abogados defensores por ser remunerados con dinero (u otros bienes) proveniente del delito que se le imputa a sus clientes. Dicha problemática se analiza a la luz del derecho en cuyo ámbito se ha suscitado la discusión más rica al respecto: el derecho alemán. Para ello, primeramente, se esbozan los rasgos fundamentales del tipo de obtención y de la institución de la defensa (electiva). A continuación se describe cómo la situación legal vigente en Alemania conduce a una colisión de intereses entre la necesidad de una lucha penal contra el blanqueo y el derecho del imputado a una defensa electiva efectiva. Es por eso que a continuación se presentan y ponderan las propuestas de solución, tanto la actualmente vigente del BVerfG así como las soluciones alternativas. Tras ello se expone una postura personal para lo cual se defiende la necesidad de una reducción teleológica y se discute el bien jurídico protegido por el § 261 II StGB. A continuación, se caracteriza al tipo de aislamiento como un delito de peligro abstracto contra la Administración de Justicia, especificidad que resulta decisiva para proponer una nueva fundamentación para una restricción teleológica del tipo objetivo.