Un inca cuzqueño en la corte de Fernando VI: estrategias personales y colectivas de las elites indias y mestizas hacia 1750 (original) (raw)

"Tan príncipes e infantes como los de Castilla". Análisis histórico-jurídico de la nobleza indiana de origen prehispánico

Participants of Indian nobility of pre-Hispanic origin owed their condition to rights inherited from their forebarers. Thus Spaniards only had to recognize as their noble status, as well as their possibility of exercising a certain amount of power and to regulate it thorough certain norms of the ancient nobiliar Castilian law, or, otherwise through new legal dispositions created "ex professo" to cater for the particularities akin to the said nobility. It, in many cases, related with the Indian nobility originated by the Spaniards, and even with the Peninsular nobility.

Privanza, patronazgo y fiscalidad indiana en la corte de Madrid durante el reinado de Felipe IV

Revista Complutense de Historia de América, 34, 2008

Entre los años 1629 y 1632, el gobierno central de la Monarquía, controlado por el conde-duque de Olivares, se abocó a la elaboración de un voluminoso conjunto de medidas fiscales que tenían como destinatarios a los virreinatos americanos. A través del estudio de las diferentes alternativas de este caso, el presente artículo propone demostrar que, si bien las diversas instituciones implicadas en este proceso estuvieran compuestas por numerosos parientes, allegados y protegidos del valido, la toma de decisiones continuó nutriéndose de lealtades, criterios o intereses no siempre concurrentes con los del favorito real. Frente a sus demandas, el Consejo de Indias preservó unos apreciables márgenes de maniobra. En este caso puntual, la condición de los actores parece brindarles un sustento para obrar con una libertad que, probablemente, en otras circunstancias no hubieran podido poner en práctica a raíz de sus lazos con el valido y la desigualdad de su condición.

Incas pecheros y caballeros hidalgos: la desintegración del orden incaico y la génesis de la nobleza incaica colonial en el Cuzco del siglo XVI

2017

Este ensayo problematiza nuestra visión sobre la historia y posición social de los incas en el Perú postoledano, así como la narración más general sobre el colapso del Estado incaico, a partir del análisis de una serie de acciones legales acometidas por los linajes reales del Cuzco para ver reconocida su nobleza como una condición hereditaria que los eximiera de tributo y servicio personal. Durante las décadas de 1570 y 1580, los orejones descendientes directos de los reyes del Tahuantinsuyo litigaron con los caciques y comunidades de los cuatro suyos, sujetos a ellos y mencionados en otras fuentes como incas de privilegio. Estos incas de privilegio les negaban estas exenciones en los tribunales reales. Articulando sus intereses con los de muchos otros actores sociales, estos incas hidalgos y pecheros, tanto o más que los funcionarios y cronistas del séquito del virrey, participaron en la construcción de las categorías y narrativas jurídicas necesarias para reconocer a alguien como “inca”, “hidalgo”, “libre” o “descendiente” de los soberanos Incas, traduciendo así el sistema jerárquico de parentesco, antes expresado en clave mítica y ritual, al género legal propio de interrogatorios, probanzas y memorias. Entre los documentos elaborados durante el juicio, se cuentan una nómina de casi doscientos descendientes de los últimos Incas y una declaración sobre los linajes e individuos sucesores de los seis primeros reyes del Cuzco. Ambos documentos, confeccionados con los testimonios de los caciques de los cuatro suyos y sus procuradores, permiten repensar el término panaca. ******** This essay problematizes current understandings of the history and social position of Inca commoners and nobles in post-Toledan Peru as well as the general narrative about the collapse of the Inca state. It analyses a series of little-known legal actions undertaken by the royal lineages of Cuzco to secure recognition of their noble status as a hereditary condition exempting them from tribute and personal service. During the decades of 1570 and 1580, the orejones claiming to be direct descendants of the former kings of Tawantinsuyu came together in a lawsuit against the caciques and commons of the four suyus, their subjects, identified in later sources as Incas by privilege. These leaders and their communities had disputed the orejones’ claims to tributary exemption in the courts. Articulating their interests with those of many other social actors, these Inca hidalgos and pecheros (commoners; tribute payers), more so than the magistrates and chroniclers of the viceroy’s entourage, participated in the construction of the juridical categories and judicial narratives needed to establish who among the larger Inca group would be considered “noble,” “free,” or a “descendant” of the Inca kings. In so doing, they, with the aid of their advocates and procurators, translated the hierarchical kinship system previously expressed in ritual and mythical key to the legal genres included in interrogations, proofs of merit, and petitions. A list of almost two hundred descendants of the later Inca kings and a statement about the lineages and individuals who claimed direct descent from the first six Inca sovereigns are among the documents produced during the court case. Both of them, based on the testimonies of the caciques of the four suyus, allow us to reconsider the meanings of the term panaca.

Un Dilema imperial: criollos o peninsulares en el gobierno virreinal: Estudio de la incidencia de la venalidad en la Real Audiencia de México (1701-1725)

2015

La tesis estudia como el gobierno de Felipe V durante los anos de la Guerra de Sucesion supero los obstaculos que impedian la designacion de los criollos para una institucion clave en el gobierno del Nuevo Mundo, la Real Audiencia de Mexico. Se explica como la Corona blandio el discurso financiero, la ‘publica necesidad’, para conseguir una finalidad politica: la implicacion de los americanos en el gobierno del virreinato. De esta manera, la autoridad real se impuso sobre instituciones americanas y peninsulares interesadas en mantener el ostracismo de los criollos. Se cambio la forma juridica de la donacion regia de los cargos publicos al implantar la gracia sobre la merced. Los americanos ofrecian mas garantias que los metropolitanos para aplicar una politica colonial mas eficiente, acorde con la autonomia garantizada por el derecho indiano. Al finalizar el conflicto, la tesis opuesta al nombramiento de los criollos en la audiencia mexicana se impuso a traves de la visita general d...

Felipe II y los procuradores de Tomar (1581): la integración de las elites protuguesas a través de la Casa Real

Espacios De Poder Cortes Ciudades Y Villas Vol 1 2002 Isbn 84 607 5999 7 Pags 171 186, 2002

La noticia de la m u m del joven rey luso en la batalla de Alcazarquivir abri6 un sinfin de posibilidades a la monarquia his-. " ... saved que he tenido un Aviro secreto por la via que os dirk despuh de que avia mcedido lo que se temia del Rey de Portugal y que se avia perdido kl y la gente y muerto B y h mis della Ysi con algo se puede aguor esto es con que dicen que tambikn murid Moluch, que sifiese verdodsmia b u m. Agora combiene luego atender a lo que en esto conbenga y si ay no ha llegodo la nueva aws no digciis Mdo dello. Y lo primer0 que combendria seria que, en sabikmbse, viniese aqui don Chistdbal, qrre crw que es el que I T& luz podria dm, y quid combemirfa quejkse dl 0116, corm lo crw. Por esto me parece que le escribiesedes w s un villete (...) y le p m i s que W llegue luego a veras, que es corn de mi servicio lo que le querdis. Y benido si se save ay la nueva no seni menester decirselo, y si no se save decirle el Avko que yo he tenido confonne a lo que he dicho, y que lo calle hasta que venga el cierto, que este no es sino de un mcainero, y lo que me ha pes& dello, que no es menester encarecerlo pues se ve la causa que ay para ello. Y que por la confMK:a que yo hago &l y saver que lo puedo hazer se lo he querido comunicar luego. Y que si ay no ha Ilegodo la ' Billete secret0 & Felipe I1 a Antonio P h. BL. Add. 28.262, fol. 643. La oportunidad que se presentaba no era una cued611 baladi, por un lado se ponia fin a un viejo anhelo, tanto castellano como portuguds, de uniiicar ambos reinos bajo una linica por otro lado, esta mi6n podia ayudar a resolver el conflicto de 10s Paises ~a j o s~, ademis de aliviar, en cierta medida, la economia castellana. Finalmente, la posesi6n de todo el irnperio ultramarho resultaba de vital importancia para la Monarquh hispana, tanto por razones de mdole militar, econbmico y de imagen politica. Todos estos factores convertirlan a Felipe II en uno de los soberanos mirs importantes del mundo4. Resulta 16gic0, por tanto, que fueran movilizados, en la corte madtil&a5, todos 10s resortes de la Monarquia en pos de la consecuci6n del trono portuguds6. Por un lado, se desplegb por park de 10s embajadores castellanos en Lisboa como por los diferentes enviados una intensa politica de captaci6n de voluntades, no solo ante el cardenal-rey don Enrique y la junta de gobernadores sino sobre el conjunto de las elites dirigentes, tanto locales como centrales, a travQ de una mhs que importante y copiosa politica de mercedes, gracias, privilegios y cargos7. Asimismo, hub0 una intensa batalla juridica por parte de las principles universidades castellanas y letrados del reino, con el fin de demostrar ante el rey portugu6s y ante las diferentes cortes m p e a s la legitimidad en la sucesibn de Felipe II y la ausencia de ella por park del resto de 10s candidatos8. A d d , debido a la proclamaci6n de don Anto-Este proceso se habia ido hguatuio desde fines de la edad Media a travb de diferentes enlaces auspiciados por ambas casas reales, como el de Alfonso V de Portugal con Juana la Beltraneja, 10s de Manuel I con Isabel y Maria, hijas de los Reyes Cat6licos, los de B mismo con Leonor de Austria, hemam de Carlos V, el doble enlace entre, Catalina, hexmana de Carlos V, con Juan I & y Carlos V con Isabel de Portugal y los de Felipe II con Maria Manuela y el de Juana con el hermano de &a, el principe Juan, hijos de Juan IIl y Catal i~. F.

Los gestores de los indios. La relación entre las comunidades litigantes y los juzgados de la real Audiencia a través de la correspondencia de Manuel Salvador Muñoz, indio cacique de Contla, 1788-1803.

2008

Varias de las obras historiográficas recientes sobre los pueblos de indios en la Nueva España han abordado, de manera directa o tangencial, cuestiones socioculturales y políticas cotidianas que antes no se tomaban en cuenta. El interés sobre ciertos aspectos de la vida al interior de las comunidades y de sus relaciones con el universo hispánico, aunado a una perspectiva un tanto en diálogo con la antropología cultural y política, ha permitido conformar una visión muy diferente de las ideas que sobre ese pasado colonial ofrecía la historiografía clásica. Ya Lockhart adelantó, por lo menos en dos ocasiones, en qué consistió este giro lingüístico y cultural en los estudios sobre los pueblos indios novohispanos pero, sobre todo, qué implicaciones ha tenido en los preconceptos con los que se aborda el estudio de tales temas y, por supuesto, en los resultados. * Centro de Estudios históricos, El Colegio de Michoacán. Para la conclusión de este texto agradezco los importantes comentarios de Andrea Martínez Baracs, Martha Terán, Felipe Castro Gutiérrez y Óscar Mazín, vertidos en diferentes seminarios y conversaciones. James Lockhart, "Some Nahua Concepts in Postconquest Guise", en History of European Ideas, núm. 6, pp. 465-482; y Los nahuas después de la conquista (Historia social y cultural del México central del siglo xvi al xvii), México, fce (Sección Obras de Historia), 999, pp. -6.