Supremacia Constitucional (original) (raw)
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Revista Justicia Electoral, 2021
of America, contrasting and analyzing their application and interpretation in Mexico and if it's applicable in the same way and in the same sense. This paper explains the tropicalization or Mexican adaptation of the principle used in the aforementioned countries, in accordance with what is established and developed by the Mexican constitutional framework and the criteria that the Supreme Court of Justice of the Nation has drawn up and issued in this regard.
CONCLUSIONES 144 BIBLIOGRAFÍA 147 INTRODUCCIÓN En el Sistema Jurídico Mexicano, las autoridades sólo pueden hacer lo que la Constitución les permite y faculta. Tomando en cuenta que el principio de Supremacía Constitucional nos señala que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es la norma de mayor jerarquía en nuestro país, tenemos que los actos de autoridad que de ella emanen, deben apegarse a sus mandatos y no contravenirla, de lo contrario estos actos serán susceptibles de ser anulados por violar a la Constitución.
Supremacía constitucional en el derecho comparado
Jurídicas, 2021
El concepto de supremacía de la Constitución es hoy el elemento esencial del constitucionalismo contemporáneo, el cual es resultado de importantes evoluciones en el tiempo y se ha visto reforzado en muchos países con la creación del control de constitucionalidad. Sin embargo, esta noción tiene contenidos variables en función de cada tradición y de cada sistema jurídico, de manera que no es una cuestión resuelta. Un análisis desde el derecho comparado permite abarcar la supremacía de la Constitución desde ópticas diversas y estudiar sus diferentes elementos para darle un contorno más certero a esta. Específicamente, este artículo hace un análisis jurisprudencial que permite establecer las características propias de este concepto en diferentes sistemas jurídicos y mostrar su actualidad e importancia.
La supremacía constitucional en Bolivia
REVISTA FORO, 2017
escenario boliviano, frente al resto de las normas que integran el ordenamiento jurídico. Se estudia de manera particular a los tratados internacionales-en particular aquellos que forman parte del Derecho Internacional de los Derechos Humanos-en relación al debate sobre su jerarquía en el ordenamiento jurídico boliviano y, en particular, frente a la Constitución. Finalmente, se precisa la jerarquía que le corresponde a las normas propias de los pueblos indígenas, originarios y campesinos en el ordenamiento jurídico boliviano. PALABRAS CLAVE: supremacía constitucional, jerarquía de los tratados de Derechos Humanos, derecho indígena. SUMMARY This article analyzes the supremacy of the Constitution in the Bolivian scenario over the rest of rules that are part of the juridical system. Particularly, it studies the international treaties-especially those that are part of the International Law of Human Rights-and refers to the debate around their hierarchy within the Bolivian juridical system, and specifically, in regard to the Constitution. Finally, the study establishes the hierarchy of the rules issued by the indigenous, original and rural nations in the Bolivian juridical system. KEY WORDS: constitutional supremacy, hierarchy of Human Rights treaties, indigenous law. FORO 181 * Este trabajo constituye el primer capítulo de la tesis titulada: "Control constitucional y justicia indígena, originaria y campesina", del
Supremacía constitucional y tutela laboral
Revista de derecho (Valdivia), 2011
luis alejandro silva irarrázaval: supremacía constitucional… 31 revista de derecho vol. XXiv-nº 1-julio 2011 páginas 31-48 * el borrador de este trabajo fue presentado en el 3er congreso para profesores jóvenes de derecho constitucional, viña del mar, 1 y 2 de octubre de 2010. agradezco especialmente al profesor alfredo sierra sus aclaraciones y consejos en la preparación de este artículo. ** abogado, doctor en derecho, profesor de derecho constitucional de la universidad de los andes, santiago de chile. lsilva@uandes.cl artículo recibido el 30 de marzo de 2011 y aceptado para su publicación por el comité editorial el 27 de mayo de 2011.
1 El DRAE alude al significante en este sentido: "ley fundamental de la organización del estado". Aunque no con exactitud, se refiere a las dos dimensiones de la constitución, la jurídica y la política. Vincula su naturaleza jurídica a la función política que tiene constituida como "régimen", en su sentido material. El término proviene del latín constiture que significa instituir o fundar.
Constitucionalismo Cosmopolita
Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2024
CONSTITUCIONALISMO COSMOPOLITA. El constitucionalismo cosmopolita es un exigente proyecto normativo con dimensiones políticas, éticas y jurídicas que tiene por objetivo la extensión del paradigma constitucionalista más allá de las fronteras estatales con la finalidad de establecer las condiciones para el goce y ejercicio efectivo de los derechos humanos en todo el mundo. Es una tercera vía entre la retórica nihilista sobre las posibilidades del Derecho más allá del Estado y la nostalgia de tintes neosoberanistas, al trazar caminos imaginativos sobre cómo concebir la organización social resaltando el rol del Derecho, la democracia y los derechos humanos más allá del Estado. El presente libro reconstruye las premisas sobre las que se construye el concepto de constitucionalismo cosmopolita a través del examen de los fundamentos y las propuestas de sus principales referentes contemporáneos (Luigi Ferrajoli, Jürgen Habermas, Mattias Kumm, Anne Peters, entre otros), a la vez que intenta responder a las principales dudas y críticas que surgen frente a este proyecto: ¿es posible un cosmopolitismo jurídico sin un cosmopolitismo moral que lo sustente?, ¿es compatible un discurso constitucionalista con un escenario de pluralismo jurídico?, ¿qué concepción de la democracia es más adecuada para abordar los desafíos de la legitimidad del poder más allá del Estado? Estas interrogantes traen al lector de regreso a los grandes debates que han tensionado a la filosofía jurídico-política: las relaciones entre Derecho y moral, entre ordenamientos jurídicos, las tensiones entre Derecho y poder y permite indagar sobre las posibilidades de la democracia más allá del Estado. Se presenta al constitucionalismo cosmopolita como una utopía realista que permite aunar esfuerzos para la construcción de alternativas institucionales que recuperen la vocación histórica del constitucionalismo en las condiciones de interdependencia contemporáneas. Constanza Núñez Donald es doctora en Estudios Avanzados en Derechos Humanos por el