Constitución, derechos fundamentales y autonomía de la voluntad (original) (raw)

Constitución y derechos fundamentales

Boletín Mexicano de Derecho Comparado, 1995

Antes de pasar a la exposición de estas notas sobre la Constitución y los derechos fundamentales considero preciso delimitar los tres puntos a tratar en esta sede, a saber: 1. En primer término se abordará lo relativo al uso equívoco que se realiza en tomo al concepto de derechos fundamentales, de ahí que iniciemos por su precisión y diferencia con otras expresiones. 2. En segundo lugar nos referiremos a lo concerniente a la situación actual de la Constitución y al papel actual de los derechos fundamentales. 3. Finalmente, se aludirán algunas de las dimensiones actuales de los derechos fundamentales.

Dignidad y derechos fundamentales como base de una constitución

Las constituciones buscan resguardar los derechos y libertades de todas las personas bajo criterios normativos que para otorgar legitimidad al ejercicio del poder, estableciendo para ello una serie de principios y normas que se traducen en deberes y límites de forma equitativa tanto a gobernantes como gobernados. Las constituciones, entonces, no son solo marcos normativos que determinan la forma en que el Estado se organiza, ni tampoco son un mero mecanismo para dictar leyes, acciones imperativas o mandatos, sino que establecen el modo en que debe actuar el poder político en función de garantizar y respetar amplios márgenes de libertad y derechos para las personas.

Constitución, garantías jurisdiccionales y derechos fundamentales

Sumario: I. La garantía de los derechos fundamentales como un derecho fundamental. II. Sobre el fundamento y contenido de la garantía jurisdiccional de los derechos como derecho fundamental. III. Conclusión. I. la garantía De los DerecHos funDamentales como un DerecHo funDamental

Razón práctica, autonomía y derechos fundamentales

2017

La práctica generalizada de condicionar la validez del Derecho al respeto de los derechos fundamentales reconocidos en las Constituciones y/o en las convenciones internacionales de derechos, ha hecho reverdecer el interés por las conexiones entre el Derecho, la moral y la política. Se trata, en realidad, de un giro del ya largo debate entre iusnaturalismo y positivismo, en dirección hacia un reconocimiento generalizado, de la existencia de una conexión interpretativa y justificativa del Derecho con la moral y la política. Una vez que se reconoce esta doble conexión interpretativa y justificativa, se abre un nuevo campo de interrogantes cuya naturaleza interdisciplinar postula la necesidad de un análisis igualmente interdisciplinar. Los trabajos que integran este volumen asumen como presupuesto que el Derecho se propone coordinar conductas con autoridad moral, mediante un aparato o sistema normativo que incluye principios y reglas, y que a través de los principios (fundamentales) se conecta con una teoría (moral) de la vida lograda y con una teoría (política) de lo justo. Partiendo de allí, nos proponemos como objetivo la identificación de algunos de los presupuestos implicados en estas afirmaciones. En concreto, cuáles son las cualidades formales y/o sustantivas, así como los presupuestos lingüísticos y epistémicos, de las teorías moral y política con las que se conecta el Derecho, si es que pretende coordinar el obrar humano de forma inteligible y autoritativa en un contexto de fragmentación moral y cultural.

Orden público y autonomía de la voluntad

l. PRESENTACION CON JUNTA Se trata de dos conceptos independientes; inclusive, puede considerarse que el contenido del primero lleva el sentido opuesto que el de la segunda, pero al mismo tiempo, como veremos, están y se muestran tan relacionados, que el de aquél se traduce en los límites de ésta. Por esa razón es que decidimos presentarlos en una misma exposición.

Derechos, democracia y constitución

ponencia inédita presentada en una conferencia el, 2000

... Juan Carlos Bayón (Universidad Autónoma de Madrid) I. Coto vedado y constitucionalismo En la filosofía moral y política contemporánea la idea de derechos básicos o fundamentalessuele definirse a partir de la concurrencia de dos rasgos. ...

Autonomía local y Constitución

Criterios Res Publica Fulget Revista De Pensamiento Politico Y Social, 2004

Las imágenes más bellas en un espejo cóncavo son absurdas». MAX ESTRELLA: Luces de Bohemia, don Ramón del Valle-Inclán SUMARIO: 1. TIEMPO LOCAL Y TIF.MPO DE CONSTITUCIÓN.-2. UNA IMAGEN REFRACTARIA: LA AUTONOMÍA LOCAL COMO GARANTÍA INSTITUCIONAL DE UN PODER ADMINISTRATIVO POLÍTICAMENTE RELEVANTE. 3. L.A AUTONOMÍA LOCAL EN EL ESPEJO DE LA GLOBALIDAD: 3.1. Del Pacto Local O la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local. 3.2. Acción local v desarrollo espacial: los nuevos territorios cívicos.-4. DESCENTRALIZACIÓN Y CONS-TITUCIÓN: DOS PROPUESTAS JURÍDICAS PARA UN SISTEMA DE GOBIERNO LOCAL EN LA SOCIEDAD DE RE-DES: 4.1. Primera propuesta: el «rígido itniformismo» no se combate con unas «rígidas y densas bases». 4.2. Segunda propuesta: el gobierno local como sistema.