Igualdad y democracia en México: el caso de la discriminación a los pueblos indígenas (original) (raw)

Discriminación a los grupos indígenas

El trabajo1 se basa en la pregunta: “¿usted ha sido discriminado?”, realizada a los indígenas que habitan o transitan en Guanajuato. Se reconstruyen los distintos testimonios organizados por grupos, buscando de manera paralela saber cómo viven y experimentan la discriminación, con la finalidad de encontrar elementos sociales importantes y contribuir para reformular posteriormente en la teoría de la discriminación indígena. Por ello se hizo una investigación cualitativa, para saber qué piensan ellos al respecto y cuáles son los procesos sociales de la discriminación. El análisis parte de 483 entrevistas a distintos grupos indígenas localizados en la región del bajío en Guanajuato, principalmente se encontró a los: otomís, purépechas, chichimecas jonaz, chichimecas-otomís, guachichiles, amuzgos, huastecos, mayas, mazahuas, mazatecas, mexicas, mixes, mixtecos, nahusa, pames, tarahumarsa, totonacos, triquis y zapotecos.

La discriminación indígena en Venezuela y México; breve estudio comparado de eficacia legislativa

México y Venezuela son territorios con una composición racial variopinta, cuya estructura demográfica denota cierta homogeneidad y extremos de predominio de una determinada raza sobre otras. Se trata de espacios que fueron conquistados y dominados por España, y que emergen a la vida independiente en etapas históricas parecidas. Un buen número de habitantes de los dos países, si no es que la mayoría, vive bajo la influencia dominante de la cultura occidental moderna, mientras que otros, los pueblos indígenas, rigen su vida por costumbres, reglas tradicionales, horizontes y expectativas singulares que no corresponden a esa diáspora cultural. Pueblos que han sobrevivido y evolucionado a lo largo del tiempo hasta el mundo de hoy. En ambos Estados se han reconocido constitucionalmente a esos pueblos como los pobladores originarios de sus territorios y se han declarado como Estados multiétnicos. Lo que ha implicado un reto de transformación de su sistema jurídico, de las formas de su orga...

La exclusión hacia las personas indígenas de México

Derechos Humanos en México, 2016

Resumen: A partir de la concepción de la injusticia planteada por Luis Villoro en términos de exclusión de las personas de una comunidad política, en relación con datos provenientes de reportes nacionales e internacionales sobre la situación de las personas, pueblos y comunidades indígenas, el presente artículo se propone clarificar el sentido en el que cabe afirmar que la desventaja padecida por este colectivo en relación con el resto de la ciudadanía refleja una injusticia social y no meramente un infortunio. En la medida en que existen patrones o sesgos que revelan una situación estructural de desigualdad que se reflejan en problemas distributivos y de bienestar; de discriminación y falta de reconocimiento cultural; o de dominación y déficit en la representación política, se verifica que la exclusión que deniega a los individuos los mismos derechos es el signo más claro de la injusticia. Abstract. This paper analises Luis Villoro's conception of injustice understood as exclusion from political community. It considers some data of national and international reports about the condition of indigenous peoples, and tries to argue than their disadvantages in relation with the rest of citizens constitutes a social injustice, and not merely an unfortunate situation. To the extent that there are patterns or biases that reveal a structural situation of inequality that transforms in distributive and welfare problems; discrimination and absence of cultural recognition; or domination and deficits in political representation, we conclude that exclusion which denies individuals the same rights is the most solid evidence of injustice.

Exclusión y discriminación de indígenas en Guadalajara, México

Perfiles Latinoamericanos

Resumen Este artículo presenta los procesos de exclusión y discriminación de indígenas migrantes en la Zona Metropolitana de Guadalajara, ciudad que niega su presencia. Utilizando datos cualitativos y cuantitativos se analiza cómo funciona y se significa la discriminación, además de las respuestas individuales y colectivas que dan las instancias públicas y los propios indígenas para reconocer los derechos de estos últimos. Se muestra asimismo cómo estos grupos migrantes han generado formas de cooperación en lo doméstico mediante redes de reciprocidad y solidaridad intraétnicas e interétnicas en procura de vivienda, para producir y vender, para encontrar trabajo, recrear su cultura y reclamar por sus derechos.

El reconocimiento del derecho a la diferencia: libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas mexicanos

Ethos Educativo , 2009

En este ensayo expongo, primeramente y de manera breve, algunos de los contenidos de Los Acuerdos de San Andrés que tienen como centro de debate y petición el derecho a la libre determinación y la autonomía de los pueblos indígenas. Después he reseñado el contenido del artículo 2º constitucional en el que, hipotéticamente, estarían contenidos los acuerdos, señalando las diferencias entre ambos documentos para dar cuenta del diferendo1 en términos de presupuestos, reglas y juicios en que se enmarca el conflicto entre la sociedad mexicana y su gobierno y los pueblos indígenas mexicanos. En tercer lugar he recurrido a las expresiones de un humanista para reafirmar la profundidad de tal diferendo; por último, con ayuda de una tipología de la ciudadanía, presento una posible, aunque inexacta, “clasificación” del modelo de ciudadanía contenido en Los Acuerdos de San Andrés.

Igualdad e indianidad: una de las paradojas del México decimonónico

Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales, 2001

A lo largo de las páginas que siguen se trata de mostrar la insuficiencia de la producción legislativa mexicana del siglo XIX —incluidos los antecedentes liberales españoles y los textos de la insurgencia— para ofrecer vías de solución al problema que entrañaba la plena incorporación del indígena, con el carácter de ciudadano, al nuevo modelo del Estado, basado en los principios del liberalismo político. Nunca se logró elevar al indígena a un plano de efectiva igualdad: lo impedía la existencia de una sociedad polarizada entre las clases privilegiadas y la masa indígena, y refractaria a la plasmación en hecho de un igualitarismo jurídico que siempre se mantuvo en un plano meramente formal. Convertidos por las leyes en ciudadanos, los indios no se hallaron en condiciones de aprovechar esa igualdad que les ofrecía el nuevo sistema de gobierno, porque partían de una posición de notable desventaja.

La igualdad como redistribución y como reconocimiento: derechos de los pueblos indígenas y Corte Interamericana de Derechos Humanos

Estudios constitucionales, 2011

Este trabajo se detiene en las fórmulas y concepciones de la igualdad que se juegan en el contexto interamericano. Se revisan críticamente las fórmulas de igualdad corrientes identificando la insuficiencia del análisis de los problemas de igualdad bajo el prisma delprincipio antidiscriminatorio, en tanto puede funcionar ante discriminaciones puntuales pero no logra dar cuenta de la desigualdad que responde a una desigualdad sistemática y estructural. Luego la inclusión de la perspectiva de igualdad como no-dominación o no-sometimiento es interpelada por las causas que generan esa desigualdad. Así proponemos ampliar la mirada para comprender que la desigualdad no sólo deviene de una distribución injusta de los bienes económicos y sociales sino también del reconocimiento. Esta última ampliación de las miradas sobre la desigualdad nos permite analizar con detenimiento los nuevos casos llegados a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre pueblos originarios. En este trabajo sostenemos que la insuficiencia de estudios sobre igualdad en el contexto interamericano no sólo habla de una miopía que no permite ver que varios de los planteos de igualdad responden a una desigualdad como dominación o sometimiento, sino que también responde a una desigualdad que combina problemas de redistribución y reconocimiento como en el caso de los planteos de los pueblos originarios. Así, ser reconocido como un igual no sólo amplía nuestra mirada sobre los derechos, sino que devela la íntima relación entre derechos, democracia deliberativa e igualdad, entendidas todas como lucha por la paridad participativa de los grupos desaventajados en el sistema interamericano. Todo esto servirá para re-interpretar las argumentaciones de la Corte IDH en los casos relativamente recientes sobre pueblos originarios. El trabajo de estos casos nos permitirá a su vez poner a prueba nuestra propuesta.

Evaluación de la igualdad y no discriminación de pueblos indígenas en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano

Estudios Constitucionales, 2020

El presente articulo pasa revista al estado del arte del desarrollo contemporaneo, tanto doctrinal como jurisprudencial, del derecho fundamental a la igualdad y no discriminacion de las personas y pueblos indigenas, con el proposito de identificar el contenido constitucional e interamericano de este derecho que el Tribunal Constitucional (TC) peruano podria tomar en cuenta. Luego, analiza la escasa jurisprudencia desarrollada por el TC en esta materia hasta el momento de escribir el presente documento para, finalmente, formular algunas recomendaciones al maximo interprete de la Constitucion en torno a como podria desarrollar a futuro el derecho fundamental a la igualdad y no discriminacion de las personas y pueblos indigenas, a partir de las nociones de discriminacion estructural, indirecta e interseccional.