El Codigo procesal penal de Chile (original) (raw)

Código Orgánico de Tribunales de Chile

Colección "Textos legales básicos", Tirant lo Blanch, 2020

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derecho procesal penal chile

1. Tribunales 2. Policías 3. Ministerio publico 4. Querellante 5. Victima 6. Defensa 7. Imputado MINISTERIO PUBLICO: Es un órgano estatal de carácter autónomo, jerarquizado, a quien se le ha asignado constitucionalmente la función de dirigir en forma exclusiva la investigación de los hechos constitutivos de delito, los que determinen la participación punible y los que acrediten la inocencia del imputado y, en su caso, ejercer la acción penal pública en la forma prevista por la ley. De igual manera le corresponderá la adopción de medidas para proteger a las víctimas y a los testigos, pero en caso alguno podrá ejercer funciones jurisdiccionales. Fue creado en el año 1997, bajo la ley 19.519, reforma constitucional que lo estableció en dicho cuerpo normativo. La ley orgánica que vino en señalar su organización y atribuciones es del año 1999, ley 19.640. Atribuciones:

El nuevo procedimiento penal en Chile

El nuevo procedimiento penal en Chile. Una aproximación empírica desde la seguridad ciudadana, 2007

Resultados del estudio exploratorio que se propuso investigar —cuantitativa y cualitativamente— la posible relación entre la RPP y la variación de diversos indicadores en materia de seguridad ciudadana.

Codigo Nacional de Procedimientos Penales

El Pleno del Senado aprobó el pasado jueves 5 de diciembre con 104 votos a favor, el dictamen del nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales que substituirá al vigente Código Federal de Procedimientos Penales y a los 32 códigos procesales penales de las entidades federativas, ya que será aplicable en todo el país, tanto en el ámbito federal, como en los locales, para uniformar las nuevas normas en la investigación, procesamiento, el uso de instrumentos alternos a las sanciones privativas de libertad y la ejecución de éstas, que impongan los órganos jurisdiccionales locales y federales.

Codigo procesal civil

DECRETA: CÓDIGO PROCESAL CIVIL LIBRO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES ARTÍCULO 1. (PRINCIPIOS). El proceso civil se sustenta en los principios de: