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Derecho de Familia Internacional Privado: Alimentos

2020

Derecho de Familia Internacional Privado: Alimentos I. Introducción y Marco Conceptual Conceptualización del término alimentos El derecho de familia en el ámbito privado es uno sumamente complejo y de vital importancia para el andamiaje social. Los diferentes aspectos contenidos dentro de tan amplio estado de derecho giran en torno a las protecciones que se deben otorgar con el fin de salvaguardar derechos fundamentales. Entre las personas cobijadas bajo este espectro se destacan los menores de edad. En ese aspecto, se ha desarrollado un armazón histórico de protecciones a los niños, los cuales con el fin de protegerlos a resultado en múltiples leyes, reglamentos, convenciones y tratados, los cuales han logrado uniformidad en algunos puntos de interés, con acuerdos internacionales suscritos por diferentes países alrededor del mundo. Entre esos acuerdos, uno de los aspectos de vital importancia, es el tema de alimentos y manutención de menores. Los niños tienen el derecho de ser salvaguardados y protegidos por sus progenitores incluido, pero no limitándose a los alimentos, cobijo y vestimenta. Ríos v. Narváez, 163 DPR 611 (2004). Es por ello, que el derecho de familia es clasificado como privado, ya que son personas naturales que se relacionan entre sí, y el Estado no está envuelto, pero puede reglamentar esas relaciones siempre y cuando tenga un interés general en beneficio de la sociedad. En ese sentido, hay varias organizaciones internacionales e intergubernamentales que en mayor o menor medida se ocupan del Derecho Internacional Privado, entre ellos: la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, Convención de los Derechos del Niño, 1989, Hague Convention on the International Recovery of Child Support and Other Forms of Family Maintenance, reprinted in 47 I.L.M. 257 (2008) y UNIDROIT. Otras organizaciones, como la Organización de Naciones Unidas (ONU) y la Organización de Estados Americanos (OEA), poseen órganos dedicados a armonizar tales normas y cuyas funciones son mucho más amplias. En adición a la información que antecede, existen varias convenciones internacionales sobre alimentos, sustracción ilegal de menores y la adopción internacional como lo son: Convención de los Derechos del Niño, 1989; Convenio de la Haya en materia de Derecho Internacional Privado sobre el diligenciamiento de documentos judiciales y extrajudiciales en asuntos civiles y comerciales; Convención

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ESTE PDF HABLA DE LA CORRESPONSABILIDAD DE PADRES Y MADRES CON LA FAMILIA EN UN CONJUNTO NO DIVIDIDOS