Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato LEY DE HACIENDA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO (original) (raw)
Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato
Capítulo Primero Del Impuesto sobre Nóminas Artículo 1.-Son objeto de este impuesto los pagos efectuados en dinero o en especie, por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado, independientemente de la designación que se les de, dentro del territorio del Estado.
Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán
Publicación: 29 de diciembre de 2005. Última modificación: 29 de diciembre de 2016. Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán Art. Título primero. Disposiciones generales 1 Capítulo único. 1 Título segundo. De los impuestos 8 Capítulo I. Impuesto sobre enajenación de vehículos usados 8 Sección primera. Del objeto 8 Sección segunda. De los sujetos 9 Sección tercera. De la base 10 Sección cuarta. De la tasa 11 Sección quinta. De la causación 12 Sección sexta. De la época de pago 13 Sección séptima. De las obligaciones 14 Sección octava. De los responsables solidarios 15 Capítulo II. Impuesto sobre el ejercicio profesional 16 Sección primera. Del objeto 16 Sección segunda. De los sujetos 17 Sección tercera. De la base 18 Sección cuarta. De la tasa 19 Sección quinta. De la causación, época y lugar de pago 20 Capítulo II-A. Del impuesto cedular sobre la obtención de ingresos por actividades empresariales 20-A Sección primera. Del objeto 20-A Sección segunda. De los sujetos 20-B Sección tercera. De la base 20-C Sección cuarta. De la tasa 20-D Sección quinta. De la causación, época y lugar de pago 20-E Sección sexta. De la supletoriedad y de las obligaciones formales 20-F Capítulo II-B. Del impuesto cedular por la enajenación de bienes inmuebles 20-H Sección primera. De los sujetos y el objeto 20-H Sección segunda. De la base y de la tasa 20-I Sección tercera. De las exenciones 20-K Capítulo III. Impuesto sobre erogaciones por remuneración al trabajo personal 21 Sección primera. Del objeto 21 Sección segunda. De los sujetos 22 Sección tercera. De la base 23 Sección cuarta. De la tasa 23 Sección quinta. De la causación 25 Sección sexta. De la época y lugar de pago 26 Sección séptima. De las exenciones 27 Sección octava. De los estímulos fiscales 27-A Capítulo IV. Impuestos sobre loterías, rifas, sorteos, concursos y juegos con cruce de apuestas legalmente permitidos 28 Sección primera. Del objeto 28 Sección segunda. Del sujeto 29 Sección tercera. De la base 30 Sección cuarta. De la tasa 31 Sección quinta. Época de pago 32 Sección sexta. De las exenciones 33 Sección séptima. De las obligaciones 34 Capítulo V. Impuesto sobre hospedaje 35 Sección primera. Del objeto 35 Sección segunda. De los sujetos 36 Sección tercera. De la base 37 Sección cuarta. De la tasa 38 Sección quinta. De la causación 39 Sección sexta. De la época de pago 40 Sección séptima. De las obligaciones 41 Capítulo VI. Impuesto adicional para la ejecución de obras materiales y asistencia social 42 Sección primera. Del objeto 42 Sección segunda. Del sujeto 43 Sección tercera. De la base 44 Sección cuarta. De la tasa 45 Sección quinta. De la causación y época de pago 46 Sección sexta. De las exenciones 47 Capítulo VII. Se deroga 47-A Sección primera. Se deroga 47-A Sección segunda. Se deroga 47-C Sección tercera. Se deroga 47-F Sección cuarta. Se deroga 47-H Capítulo VIII. Del impuesto a las erogaciones en juegos y concursos 47-O Sección primera. De los sujetos y objeto 47-O Sección segunda. De la base y tasa 47-P Sección tercera. Del momento de causación 47-Q Sección cuarta. De la recaudación del impuesto 47-R Sección quinta. De las obligaciones diversas de los contribuyentes 47-S Sección sexta. Del destino de las sanciones 47-U Sección séptima. De los responsables solidarios 47-V Capítulo IX. Impuesto a casas de empeño 47-W Sección primera. De los sujetos y el objeto 47-W Sección segunda. De la base gravable, tasa y época de pago 47-X Sección tercera. De las obligaciones de los contribuyentes 47-Z Título tercero. De los derechos 48 Capítulo I. Derechos por los servicios que presta la administración pública en general 48 Capítulo II. Derechos por servicios que presta la Secretaría de Seguridad Pública 49 Capítulo III. Derechos por los servicios que presta la Dirección del Registro Civil 57 Capítulo IV. Derechos por el uso de cementerios y prestación de servicios conexos 58 Capítulo V. Derechos por los servicios que presta la Dirección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio 59 Sección primera. De la propiedad 59 Sección segunda. Del Comercio 60 Sección tercera. Otros derechos 61 Sección cuarta. Del cobro 62 Capítulo VI. Servicios que prestan los fedatarios a quienes el estado les haya concedido fe pública 63 Capítulo VII. Derechos por los servicios que presta la Dirección del Archivo Notarial del Estado 65 Capítulo VIII. Derechos por los servicios que presta el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán 66 Capítulo IX. Derechos por los servicios que presta la Consejería Jurídica 67 Capítulo X. Derechos por los servicios que presta la Dirección del Catastro 68 Capítulo XI. Derechos por servicio de alumbrado público 74 Capítulo XII. Derechos por servicios que presta la Fiscalía General del Estado 80 4 Capítulo XIII. Derechos por servicios que presta la Secretaría de Educación 81 Capítulo XIV. Derechos por servicios que presta la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente 82 Capítulo XV. Derechos por el uso, goce o aprovechamiento de bienes de dominio público del estado 83 Capítulo XVI. Derechos por servicios que presta la Secretaría de Salud 85-A Capítulo XVII. Derechos por los servicios que presta la Unidad Estatal de Protección Civil 85-E Capítulo XVIII. Derechos por el uso de Bienes del Dominio Público del Estado de Yucatán que operen como paradores turísticos de zonas arqueológicas y turísticas 85-G Capítulo XIX. Derecho por acceso a la información 85-H Capítulo XX. Derechos por los servicios que presta la Dirección de Transporte 85-I Capítulo XXI. Derechos por los servicios de supervisión, vigilancia y registro de maquinas de juegos y apuestas 85-J Sección primera. De los sujetos y el objeto 85-J Sección segunda. De los servicios de supervisión, vigilancia y registro 85-K Sección tercera. De la determinación de los derechos 85-L Sección cuarta. Del holograma 85-M Sección quinta. Obligaciones de los contribuyentes 85-N Sección sexta. Del embargo y remate de las maquinas de juegos 85-O Capítulo XXII. Derechos por los servicios de inspección, control y fiscalización que realiza la Secretaría de la Contraloría General 85-P Capítulo XXIII. Derechos por servicios que presta el Poder Judicial del Estado 85-Q Capítulo XXIV. Derechos por los servicios de autorización, registro y supervisión para la instalación y operación de casas de empeño 85-R Sección Primera. De los sujetos y el objeto 85-R Sección segunda. De los servicios de autorización, registro y supervisión para la instalación y operación de casas de empeño 85-S Sección Tercera. De la determinación de los derechos 85-V Sección Cuarta. Se deroga 85-W Capítulo XXV. Derechos por los servicios que presta la Secretaria de Investigación, Innovación y Educación Superior 85-W Título cuarto. De los productos 86 Capítulo único. 86 Título quinto. De los aprovechamientos 87 Capítulo único. Aprovechamientos 87 Título sexto. Ingresos extraordinarios 91 Capítulo único. 91 Título séptimo. De las participaciones 92 Capítulo único 92 Título octavo. De los fondos de aportaciones federales 93 Capítulo único 93 Transitorios Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán Última modificación: Dogey 29 de diciembre de 2016 5 LEY GENERAL DE HACIENDA DEL ESTADO DE YUCATÁN TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO ARTÍCULO 1.
Artículo Único. Se expide la Ley de Obra Pública y Servicios relacionados con la misma para el Estado y los Municipios de Guanajuato, para quedar en los siguientes términos: LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA PARA EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO Título Primero Disposiciones generales Capítulo Único Normas preliminares Naturaleza y objeto Artículo 1. La presente Ley es de orden público e interés social y tiene por objeto regular las acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, contratación, ejecución y control de la obra pública, así como de los servicios relacionados con la misma, que realicen en el estado de Guanajuato los:
Digesto Constitucional Mexicano. Guanajuato
Digesto Constitucional Mexicano. Guanajuato, 2013
El Estado Libre y Soberano de Guanajuato ocupa un lugar relevante en la memoria nacional por lo sucedido en D olores el 16 de septiembre de 1810; ahí, Hidalgo arengó a los independentistas para levantarse en armas contra el régimen virreinal. Asimismo, es inolvidable que doce días después José Ma. Martínez, mejor conocido como “El Pípila”, derruyó el portón de la Alhóndiga de Granaditas, lo cual originó la primera batalla insurgente. Tras las vicisitudes de la gesta, la nación fue libre y Guanajuato se convirtió en estado soberano el 3 de febrero de 1824. El 14 de abril de 1826, se promulgó la primera Constitución local, con 231 artículos. Tuvo una larga vida (la siguiente se promulgó en 1861) y dejó entrever el compromiso de los guanajuatenses con el sistema federal de gobierno y, sobre todo, con el respeto de los derechos fundamentales. Esa Constitución tuvo pocas adecuaciones, sin tomar en cuenta el lapso en que el estado desapareció con motivo del centralismo. Los pormenores del contenido y alcances de esa Ley Suprema, así como de las subsecuentes, aparecen en el estudio introductorio de esta obra. El Digesto constitucional correspondiente a Guanajuato permite que el lector acceda a la génesis y evolución del derecho constitucional de aquella entidad. Las ventajas proporcionadas por el libro electrónico permiten ubicar datos con facilidad e imprimirlos en el acto. De esta forma el estudio de documentos relevantes, como los incluidos aquí, se convierte en tarea satisfactoria, que omite la consulta de textos de difícil manejo. La continuación de esta serie de publicaciones, encaminadas a compilar el acervo constitucional de los estados de la república, ratifica la voluntad de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación de difundir, para entendidos en derecho y público en general, la variedad rica de documentos constitucionales que, con el paso del tiempo, han hecho de México un Estado de derecho y modelo de protección de los derechos humanos. Ministro Juan N . Silva Meza Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal