LA JUSTICIA EUROPEA CONTRA LA REDUCCIÓN ARBITRARIA DE LA EDAD DE JUBILACIÓN DE LOS JUECES. COMENTARIO A LA SENTENCIA DEL TJUE DE 24 DE JUNIO DE 2019, COMISIÓN/POLONIA, C-619/18 (original) (raw)

LA REUBICACIÓN DE LOS REFUGIADOS: UN DÉFICIT DE SOLIDARIDAD Y UNA BRECHA EN LA UNIÓN EUROPEA. COMENTARIO A LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE 6 DE SEPTIEMBRE DE 2017, ASUNTOS C- 643/15 Y C-647/15 HUNGRÍA Y ESLOVAQUIA CONTRA EL CONSEJO

Revista General de Derecho Europeo, 2018

Revista General de Derecho Europeo 44 (2018) RESUMEN: En la sentencia de 6 de septiembre de 2017, el TJUE se pronunció sobre la Decisión (UE) 2015/1601 del Consejo, de 22 de septiembre de 2015, por la que se establecen medidas provisionales en el ámbito de la protección internacional en beneficio de Italia y Grecia (Decisión de reubicación). Ante el número de solicitudes de protección internacional sin precedentes en dichos países, la Decisión instauró un mecanismo de reparto y reubicación temporal: los Estados miembros de la UE acogerían, por medio de un sistema de cuotas, a 120.000 solicitantes que hubieran presentado su petición de protección en los dos países mediterráneos. La República Eslovaca y Hungría interpusieron sendos recursos de anulación contra la Decisión de reubicación. La sentencia fue relevante tanto por el significado del principio de solidaridad en el que se inscribía, como por el contexto de reforma del SECA en el que se adoptaba. El TJUE desestimó ambos recursos sobre la base de argumentos técnico-jurídicos arraigados en el Derecho de la UE; sin embargo, le faltó ahondar en el contenido del principio de solidaridad, que quedó reducido a un símbolo.

EL DIÁLOGO JURISDICCIONAL TRAS LA SENTENCIA DEL TJUE M.A.S. Y M.B.: ENTRE ESTÁNDAR EUROPEO DE PROTECCIÓN Y TENDENCIAS CENTRÍPETAS

El presente trabajo analiza las principales cuestiones a las que la Sentencia del Tribunal de Justicia dictada en los asuntos M.A.S. y M.B. no ha dado solución y los posibles escenarios que abre en el espacio europeo de justicia penal. Por esto, tras un análisis de la tensión constante, que caracteriza la saga Taricco, entre identidades nacionales y primacía del derecho de la UE, se profundiza en la supuesta nueva naturaleza procesal de la prescripción tras la directiva PIF, en la legalidad penal como límite a la primacía del derecho UE, en cuanto principio general fruto de las tradiciones constitucionales comunes a los Estados miembros, y en la actitud centrípeta de la Corte costituzionale italiana.

VIII ENCUENTRO ANUAL SOBRE JURISPRUDENCIA EUROPEA - ELI SPANISH HUB

2023

PROGRAMA DEFINITIVO 11:30-12:00 Registro de asistentes 12:00 ASAMBLEA GENERAL DEL ELI SPANISH HUB (solo miembros del ELI y personas interesadas en ser miembros) (aula 2.1) ENCUENTRO ANUAL SOBRE JURISPRUDENCIA EUROPEA (Incluye una Sesión especial de Derecho de Consumo y una Sesión especial de Derecho registral) 12:30 h. INAUGURACIÓN DEL VIII ENCUENTRO ANUAL (Salón de Actos) 13:00 h. PONENCIA PRINCIPAL (Salón de Actos) 1400 h. Pausa para comer 16:00 h. MESAS TEMÁTICAS-PRIMER TURNO (véase la distribución más abajo) 17:30 h. Pausa 18:00 h. MESAS TEMÁTICAS-SEGUNDO TURNO (véase la distribución más abajo) 21:30 h. CENA DE GALA (solo personas inscritas a la misma) ENCUENTRO ANUAL SOBRE JURISPRUDENCIA EUROPEA 12:30 h. INAUGURACIÓN (Salón de Actos)-Acceso online

PROHIBICIÓN DE DISCRIMINACIÓN POR CAUSA DE RELIGIÓN O CONVICCIONES EN LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA

Derecho Social de la Unión Europea. Aplicación por el Tribunal de Justicia., 2019

Abogado y Doctor en Derecho ÍNDICE I. Normativa aplicable II. Definiciones de religión o convicciones en la normativa de la UE III. Protección de la libertad religiosa y de convicciones. Aspectos positivos y negativos IV. Prohibición de discriminación por causa de religión en el ámbito de la relación laboral. Doctrina judicial A. Prohibición de discriminación directa o indirecta por motivo de religión o convicciones en el ámbito laboral B. Remedios y ejecutividad. El acomodo razonable V. La relación entre la protección de los derechos humanos y la Directiva 2000/78/CE Bibliografía I. Normativa aplicable La regulación por parte de la UE de la institución de la libertad religiosa y de convicciones es inescindible del proceso histórico culminado (y refundado) en el hito de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948. Al igual que respecto del propio nacimiento del proyecto político confederal europeo (y federal en lo jurídico), las grandes guerras del siglo XX fueron el revulsivo final generador de una necesidad, admitida como evidente por la gran mayoría de los Estados, de reconocer derechos comunes e inalienables a todos los seres humanos; entre ellos, el de libertad religiosa y de convicciones. La normativa específicamente europea reconocerá y reproducirá (y también desarrollará, en alguna medida) la normativa internacional que sus propios Estados miembros habían previamente suscrito e incorporará esta nueva institucionalización jurídica internacional en la suya propia. El Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales fue adoptado en 1950 por los gobiernos miembros del Consejo de Europa, con expresa mención en su preámbulo a la Declaración Universal de Derechos

UNA APROXIMACIÓN AL DEBATE SOBRE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO EUROPEA (II): MECANISMOS JURÍDICOS PARA SU APLICACIÓN PRÁCTICA

Revista de Información Laboral, 2017

Tras un primer artículo en que tuvimos ocasión de analizar la propuesta de prestación por desempleo europea desde la perspectiva económica, este trabajo complementa aquel mediante su estudio jurídico. A pesar de que el debate acerca de la eficiencia y oportunidad de esta propuesta ha estado claramente dominado por los economistas, algunos análisis jurídicos se han llevado también acabo. Su principal objetivo ha sido determinar si resulta posible su aplicación desde el plano legal y, en tal caso, qué tipo de vías existen para su materialización. Estos análisis jurídicos no son muy abundantes. Sin embargo, de su estudio se extrae una tendencia clara. Tras un período inicial en el que concluyeron que la aplicación de la propuesta exigía la enmienda de los tratados, hoy en día la mayoría de los trabajos parecen apostar por la tesis contraria, es decir, es posible materializar la mayor parte de las modalidades propuestas de prestación por desempleo europea sobre la base de la actual legislación primaria y secundaria. Sin embargo, esto no solamente depende de su configuración última, sino del tipo, ante lo que la modalidad equivalente muestra una clara ventaja, por contar con menos obstáculos legales, que la genuina.Este estudio analiza las diferentes bases legales propuestas para la aplicación de una hipotética prestación por desempleo europea, distinguiendo según el tipo, genuina o equivalente; y en función del objetivo legal, configurar el sistema de protección social y crear los mecanismos para su financiación. Para ello, se dividirá como sigue. En primer lugar, una breve introducción dejará constancia de los orígenes de la propuesta y su finalidad y objetivos económicos. En segundo lugar, se analizarán las diferentes bases jurídicas para su desarrollo. A este respecto, se explicarán algunas nociones y distinciones básicas para, de acuerdo con ello, abordar, de una parte, las diferentes opciones legales para la parte de la protección social y, de otra, también las diversas fórmulas sugeridas en lo que hace a la parte financiera que sustentaría la prestación. Finalmente se destacarán en las conclusiones los principales hallazgos.

CAMBIOS EN LA PROTECCIÓN JURÍDICA AL DERECHO A LA OBJECIÓN

Revista General de Derecho Canónico y Eclesiástico del Estado , 2016

En América Latina, como en otras partes del mundo, se multiplican los casos de objeciones de conciencia. ¿Puede afirmarse que exista un pleno reconocimiento al derecho a la objeción de conciencia como un verdadero derecho subjetivo? Las respuestas son dispares en los ordenamientos jurídicos de los países de la región, tanto en las normas legales como en la jurisprudencia. La protección internacional de ese derecho también es vacilante. Sin embargo, cada vez existen más casos y más previsiones legales o jurisprudenciales para esos casos concretos. ¿Podría pensarse en una norma general que los contemple? PALABRAS CLAVE: América Latina, Objeción de conciencia, Libertad religiosa. ABSTRACT: In Latin America, as in many parts of the world, conscientious objection's cases are more and more frequent. Could we find a real enshrinement of this right as a full civil and personal right? We can find different answers across the countries, both in law and jurisprudence. Also the protection provided by the regional international law is weak. Anyway, there are many legal provisions and judicial decisions in this field. Perhaps a legal framework regulating it should be suitable.

RESPUESTA DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL ANTE LA REALIDAD DE LA SOCIEDAD COOPERATIVA EUROPEA

Desde la aplicación del Reglamento sobre la Sociedad Cooperativa Europea (RSCE) no todos los Estados han dictado las normas para su implementación, lo que no ha impedido el establecimiento de Sociedades Cooperativas Europeas (SCEs) en sus territorios ni la existencia de SCEs integradas por socios de dichos Estados. España, hasta el momento, sólo ha dictado la norma que incorpora las Directivas que completan el Estatuto de la Sociedad Anónima Europea (SE) y el de la Sociedad Cooperativa Europea (SCE) en lo que respecta a la implicación de los trabajadores