Protección de la imagen en el derecho civil de Uruguay. Explotación patrimonial, aspectos contractuales, régimen de responsabilidad civil (original) (raw)
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Fundación de Cultura Universitaria, Montevideo, Uruguay, 2021
Esta obra ofrece un estudio práctico de los aspectos más relevantes de la protección de la imagen personal en el derecho civil uruguayo, con especial énfasis en el alcance de la protección patrimonial de la imagen, las particularidades que presentan los contratos que se celebren para dicha explotación y el régimen de la responsabilidad civil aplicable a la intromisión ilegítima en el derecho de imagen ajeno. Se presenta al lector una descripción y análisis de los requisitos para que la imagen se considere protegida por el derecho y el contenido de dicha protección. Este estudio, que parte la escasa regulación existente, contenida principalmente en el art. 21 de Ley N° 9.739 y la Ley N°18.331 (y sus respectivas modificativas), comprende no solo una descripción del modelo de protección vigente en Uruguay, sino también un análisis pormenorizado de los desarrollos doctrinarios y jurisprudenciales producidos a la fecha, los que resultan fundamentales para la comprensión de una temática de gran actualidad Se trata de una obra con vocación de ser útil para el ejercicio práctico, pero que atiende profundamente los aspectos dogmáticos o teóricos relevantes. El lector podrá encontrar en el texto ocasiones de diálogo con los fallos judiciales en torno al derecho de imagen, así como un anexo donde se presenta una breve reseña de cada uno de los casos utilizados.
Protección patrimonial del Derecho de imagen en America Latina
Latin American Legal Studies, Volumen 5 (2019), págs 37 a 68., 2019
En el presente estudio vamos a describir los tres principales modelos que se han elaborado en el derecho comparado para explicar la protección patrimonial del derecho de imagen (derecho de propiedad intelectual, derecho de la personalidad y derecho híbrido compuesto de facultades personales y patrimoniales). Luego vamos a analizar los principales componentes de la regulación del derecho de imagen en América Latina, con especial énfasis en la forma de entender los actos de explotación patrimonial, e intentaremos conectar la realidad latinoamericana con los modelos teóricos ya existentes.
La protección a la imagen y su materialidad en el ordenamiento chileno
El artículo analiza el estado actual de la regulación del derecho a la imagen en Chile y aboga a que, dada la peculiaridad de este sistema, este derecho puede ser un derecho de naturaleza patrimonial lejos de considerarse un derecho de la personalidad. The article analyzes the current state of right to the protection of one’s image in Chili. It argues that this right, due to the peculiarity of this legal system, could be relate to a patrimonial right rather than an attributes of human personality.
Pragmática contractual de las imágenes.
Anuario de investigación 20023. UAM Xochimilco, 2004
Desde una perspectiva pragmática es necesario transitar de la noción de imagen a la de acto icónico que implica el proceso de articulación entre objeto-imagen y mirada, en la que cada uno de sus polos debe contar con ciertas condiciones para hacer posible la experiencia. Esta relación es concebida aquí como una dinámica que se establece sobre un acuerdo cultural, a veces implícito, al que podemos llamar contrato icónico y que constituye el principio de su regulación y condicionamiento. El contrato icónico no es la experiencia de la imagen, pero constituye el marco en el que ésta se hace posible.
Derecho del paisaje en la Argentina. Paisaje como bien jurídicamente protegid
Este artículo asume uno anterior donde se ha efectuado la determinación del paisaje como objeto del derecho, y por tal razón es posible en estas páginas afirmar que abordamos el tema del paisaje como bien jurídicamente protegido. Para ello es imprescindible asumir la cuestión con la paciencia obligatoria que impone la ciencia cuando se está ante un nuevo objeto del derecho como lo es el paisaje, y tomar cada tema de a uno, hasta agotar los problemas que presentan en su exhibición. Por esta razón, la metodología asumida en el presente importa determinar si estamos ante un bien, si este bien es jurídico, si es unívoco (1), si extraemos este concepto jurídico operativo desde el derecho constitucional, federal, nacional o provincial, tanto para el paisaje a la manera continental romanista como a la manera aborigen. Determinado esto, podremos dar cuenta en las conclusiones si manipulamos en nuestra cubeta un interés jurídicamente protegido y de qué manera. 2. Problema En este punto es posible presentar el problema que abordamos en este artículo.