La regulación del ejercicio de la función pública en Argentina. Problemas y alternativas (original) (raw)

Ley 25188 - ETICA EN EL EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

ETICA EN EL EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, 1999

Deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías. Objeto y Sujetos. Deberes y pautas de comportamiento ético. Régimen de declaraciones juradas. Antecedentes. Incompatibilidades y conflicto de intereses. Régimen de obsequios a funcionarios públicos. Prevención sumaria. Comisión Nacional de Etica Pública. Reformas al Código Penal. Publicidad y divulgación. Sancionada: Septiembre 29 de 1999 Promulgada: Octubre 26 de 1999 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley: LEY DE ETICA DE LA FUNCION PUBLICA CAPITULO I Objeto y Sujetos ARTICULO 1º-La presente ley de ética en el ejercicio de la función pública establece un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por elección popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, extendiéndose su aplicación a todos los magistrados, funcionarios y empleados del Estado. Se entiende por función pública, toda actividad temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona en nombre del Estado o al servicio del Estado o de sus entidades, en cualquiera de sus niveles jerárquicos. CAPITULO II Deberes y pautas de comportamiento ético ARTICULO 2º-Los sujetos comprendidos en esta ley se encuentran obligados a cumplir con los siguientes deberes y pautas de comportamiento ético: a) Cumplir y hacer cumplir estrictamente Constitución Nacional, las leyes y los reglamentos que en su consecuencia se dicten y defender el sistema republicano y democrático de gobierno; b) Desempeñarse con la observancia y respeto de los principios y pautas éticas establecidas en la presente ley: honestidad, probidad, rectitud, buena fe y austeridad republicana;

La inserción de las autoridades administrativas independientes en el Derecho Público argentino: algunos problemas constitucionales

Revista de la Facultad de Derecho

El propósito de este trabajo es analizar si es posible establecer lo que la doctrina comparada denomina “autoridades administrativas independientes” en el Derecho Público Argentino. Para ello se recuerda que una de las ideas fuerza de la reforma constitucional de 1994 fue la atenuación del presidencialismo. Se examina la noción de independencia con que suele caracterizarse a estas autoridades, se las relaciona con otros entes de la administración pública descentralizada, se exploran los argumentos que cuestionan su legitimidad desde la perspectiva de la responsabilidad del Poder Ejecutivo sobre el funcionamiento de la Administración y se analiza el posible encuadre constitucional de este tipo de entidades, al tiempo que se observa que ya existen algunos entes de esas características en Argentina. Se concluye que ellos pueden ser considerados instituciones contramayoritarias, creadas por ley, que pueden servir de contrapeso –bajo ciertas condiciones- al Poder Ejecutivo y que pueden t...

Tema 4 -LA REGULACIÓN PÚBLICA: EL PAPEL DEL ESTADO

Tema 4 -LA REGULACIÓN PÚBLICA: EL PAPEL DEL ESTADO, 2014

Las palabras mas terroríficas del idioma inglés son: Soy del gobierno y vengo a ayudarte (Ronald Reagan) 4.1-El Estado y su presencia en la economía En las economías actuales el Estado tiene un papel económico de primera magnitud. Esta situación ha ido consolidándose progresivamente, en líneas generales, sobre todo a partir de la segunda Guerra Mundial, época en la que, en aplicación de los principios keynesianos, los gobiernos asumieron un protagonismo muy directo en la vida económica de los países. De esta forma, los gastos del Gobierno en los países industrializados alcanzaron proporciones del PIB que en la primera mitad de los años noventa llegaban en algunos casos hasta valores superiores al 60%, mientras que los niveles más bajos suponían porcentajes, en general, mayores del 30%. En el caso español, los gastos del Gobierno en esa época representaban más del 40% del PIB. Como tendencia global, después de esos años se observa una reducción del peso del gasto público en el PIB que afecta a la mayor parte de los países avanzados, aunque con diferencias significativas entre ellos, tal como se puede apreciar en los datos que se adjuntan para los países de la OCDE. Igualmente, a partir del año 2007 se observa un retorno a la dinámica alcista, que se puede asociar a la situación de crisis económica que, de forma generalizada, afectó a la mayoría de los países industrializados. Sin embargo, las políticas de austeridad aplicadas en los últimos años han tendido a contener o incluso revertir esa tendencia. Total disbursements, general government, as a percentage of GDP En España el crecimiento del gasto público fue espectacular desde los años sesenta hasta mediados de la última década del siglo veinte, intervalo en el cual se multiplicó por más de dos su participación en el PIB. Esta manera de valorarlo es mucho más ponderada que efectuar comparaciones en términos absolutos, ya que, si se considera así, pasó de ser del orden de 150.000 millones de pesetas en el año 1965 (es decir algo más de 900 millones de euros) a 120.200 millones de euros en el año 1991, a