Corte Suprema y Acefalía: el derrocamiento de Frondizi y la asunción de Guido (original) (raw)
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Rubrica Contemporánea, 2023
En este artículo analizaremos las acusaciones y los gestos de defensa ensayados por diversos actores políticos en el marco de una serie de denuncias por negociados que se sucedieron durante el Gobierno de Arturo Frondizi (1958-1962) en Argentina. El estudio se enmarca en el campo de la nueva historia de la corrupción y sus análisis sobre las tensiones paradójicas que se generan entre las críticas a la modernización y las acusaciones de corrupción en distintas coyunturas. El objetivo general de la investigación es contribuir, desde una mirada latinoamericana, al cuestionamiento de las tesis que indican mayor predisposición hacia lo corrupto en las áreas de modernidades periféricas. Los aportes más relevantes apuntan a mostrar los modos en que las denuncias de corrupción (y las manifestaciones públicas de defensa) se cruzaron con posicionamientos sobre el rol del Estado, el peso de lo nacional y lo extranjero en el marco de un Gobierno que se identificó con una ideología desarrollista y modernizadora
ARGENTINA: DISPERSIÓN DE LA OPOSICIÓN Y EL AUGE DE CRISTINA FERNÁNDEZ DE KlRCHNER
Revista de ciencia política (Santiago), 2012
* agradecemos muy especialmente a alejandro catterberg, de poliarquía consultores, por facilitarnos las series de datos de opinión pública utilizadas en este trabajo. agradecemos a Julieta suárez cao, evangelina petrizza, maría Braun y un revisor/a anónimo/a por comentarios que mejoraron el trabajo, y a Bárbara castillo y Joaquín ugalde por su valioso trabajo de asistencia. valeria palanza agradece el financiamiento de FOndecYt proyecto 11100174 y de la iniciativa científica milenio proyecto ns100014, del ministerio de economía, Fomento y turismo.
SOBRE DUDAS Y PROCEDIMIENTOS. CRISIS FINAL Y DERROCAMIENTO DE ARTURO FRONDIZI
Se describe el panorama que se configuró a partir de los resultados de las elecciones del 18 de marzo de 1962, centrando la atención en la reconstrucción detallada del derrocamiento del presidente Arturo Frondizi. Para ello se ha recurrido a diversas fuentes, como la prensa, las memorias y documentos oficiales: militares, de inteligencia y de otros tipos. El objetivo es lograr una reconstrucción detallada de los acontecimientos que brinden densidad a la comprensión del proceso, profundicen la capacidad explicativa de la narración y pongan de relieve el rol de los actores individuales en la práctica política. A partir de una narración pormenorizada, se pretende sentar las bases para la relexión teórico-Metodológica.
ANSALDI. El tribunal constitucional y el principio de separación de poderes
Ocralro ANsar-or B.-SpsasrrÁN CuaNora O.-M¡ma Somoto P¡noo V poder tiende a expandirse de manera ilimitada, y no puede ser conrrolado sino por otro poder equivalente. De este modo, los poderes deben ser distribuidos en distintos titulares dentro del Estado, los que efectuarán un control recíproco, protegiendo así la libertad política de las personas ante el Estado. La idea sobre la cual se construye este principio, es que estos tres poderes se equilibran enrre sí, evitando de esta manera los excesos o abusos que puedan cometer. En este sentido, Sergio Castaño señala que "la única posible contención del poder será otro poder que lo contraste. En este vacío de orden sólo quedan fuerzas que, al entroncharse, se equilibran'r. El Estado se ha configurado en base a tres poderes que ejercen funciones distintas, a grandes rasgos, la división implica que se encarga al Poder Legislativo la dictación de preceptos generales; la ejecución de tales precepros corresponde a Poder Ejecutivo, y, a su vez, el Poder judicial es el encargado de resolver conflictos mediante la aplicación de la ellos. Está demás decir que esre esquema implica una generalización que no se da en la práctica; la separación de poderes hoy en día impliea la existencia de tres poderes definidos e independientes enrre sí, pero sujetos a restricciones atatz de su propia interacción, lo que, además de un mero control, ha derivado en la colaboración en el ejercicio de las funciones; en esre sentido, Solozábal señala que "si bien, en términos generales, cada poder debe contenerse en la órbita de su propia función institucional, no obsrante, de ordinario, son oportunas ciertas excepciones a tal principio, esto es, transferencias más o menos extensas o importantes de funciones que corresponderían a otros poderes"2. LJn buen ejemplo de esto es la labor de colegislador que asume el Presidenre de la República en Chile, a quien se le otorga iniciativa exclusiva sobre ciertas marerias de le¡ facultad de manejar la agenda del Parlamento por medio de la solicitud de urgencia en el despacho de un proyecto, derecho a veto, además de la potestad reglamentaria correspondiente al Ejecutivo. Así, nos encontramos ante un sistema que supone la existencia de tres poderes, cada uno de los cuales ejerce ciertas funciones predominantemente, y otras en colaboración con los otros poderes; de cualquier forma, son ellos los que detentan el poder estatal, y 1o ejercen dentro de sus funciones, siempre dentro de una lógica de control recíproco entre ellos. El presente trabajo pretende dar una mirada a la inserción un Tiibunal Constitucional en esre esquema. Un Tiibunal Constitucional tiene por tarea hacer efectivala sultremacía constitucional,para 1o cual se le otorgan una serie de atribuciones, entre las que destacan 1 Casraño, Sergio R., Una Mirada critica sobre los fundamentos del principio dz separación d^e poderes,lus
El juicio en Franz Brentano y Gottlob Frege
Resumen En este trabajo muestro, brevemente, las concepciones de Franz Brentano (1838-1917) y Gottlob Frege (1848-1925) acer-ca del juicio, respecto a su visión acerca de aquello que se pueda establecer como la unidad mínima del conocimiento. Sus ideas son muy importantes para lo que inaugurarán ambos filósofos para el siglo XX, por la fuerza y la recepción de sus ideas: el psicologismo y fenomenología (Brentano), y el logicismo (Frege).