Conocimientos tradicionales y recursos genéticos: una revisión conceptual importancia y marco legal en Ecuador y Perú (original) (raw)

Recursos genéticos, conocimiento tradicional y derechos indígenas

Saberes colectivos y diálogo de saberes en México, 2011

La globalización jurídica ha derribado las barreras jurídicas existentes para que el capital convierta en mercancía todo lo que sea posible. La (des)regulación de los recursos genéticos y del conocimiento tradicional de los pueblos indígenas asociado con ellos, es un buen ejemplo. La legislación, que desde el ámbito internacional y nacional se ha promovido con el argumento de brindar seguridad jurídica a los propietarios de dichos bienes, sólo ha servido para profundizar el sometimiento de los pueblos indígenas que, por mucho tiempo, han cuidado, transformado y mantenido los recursos genéticos así como los conocimientos asociados con ellos para beneficio de la humanidad. En realidad más que regular derechos, lo que dicha legislación se ha propuesto es generar condiciones para que la industria farmacéutica, agrícola y alimenticia se apropie de estos recursos. No es que antes no lo hayan hecho, lo que sucede es que ahora van con más fuerza y no quieren arriesgarse, por eso buscan dar forma jurídica a esas prácticas. A continuación, se explica cómo este fenómeno se ha presentado en el estado mexicano, en materia de regulación del acceso a los recursos genéticos y el conocimiento tradicional, relacionados con los derechos de los pueblos indígenas.

Régimen de propiedad sobre recursos genéticos y conocimiento tradicional

rcb.unal.edu.co

Este artículo expone los cambios históricos que se han dado en relación con la propiedad, el control y el acceso a los recursos genéticos. Desde su consideración como patrimonio común de la humanidad, los derechos sobre el material y la información genética han sufrido profundas transformaciones. El marco jurídico internacional concerniente a estos derechos se ha transformado para legitimar y promover su apropiación y monopolización. Parte de esta transformación fue la expansión de derechos de propiedad intelectual sobre material e información genética, incluyendo organismos vivos, a través de los Acuerdos Relacionados con Propiedad Intelectual de la Organización Mundial del Comercio. Esto fue complementado con la adopción de la Convención sobre Diversidad Biológica de las Naciones Unidas que formalizó el reconocimiento de los derechos soberanos a los países de origen sobre sus recursos genéticos, pero a la vez estableció la obligación de facilitar su acceso. La Constitución colombiana de 1991 así como trascendentales decisiones jurisprudenciales durante la década siguiente reafirmaron los derechos soberanos del país sobre sus recursos genéticos. Sin embargo, dentro del marco jurídico vigente en Colombia los recursos genéticos en territorios indígenas y el conocimiento tradicional de pueblos indígenas y comunidades locales continúan siendo considerados como bienes de libre acceso. Palabras clave: Recursos genéticos, propiedad intelectual, conocimiento tradicional, patrimonio común de la humanidad, bioprospección, biopiratería, bienes públicos, tragedia de los bienes comunes, Colombia.

CIPPITANI, R. (2018), La investigación científica sobre los recursos genéticos: reflexiones jurídicas, in C. Mayorga Muñoz, F. Treggiari (coordinators and editors) Biodiversidad y Conocimimientos Tradicionales, Ediciones Universidad de la Frontera: Santiago (Chile), pp. 125-147

La libertad de investigación es reconocida y protegida por las normas constitucionales y por las fuentes internacionales y supranacionales (como las de la Unión Europea). Entre ellas, en particular, se afirma la necesidad de apoyar la investigación sobre las informaciones genéticas humanas (véase en particular la Convención de Oviedo y el Protocolo adicional sobre la investigación biomédica) y también con referencia a los recursos genéticos, como establecen en particular el Protocolo de Nagoya, el Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para Alimentación y para Agricultura, así como el Reglamento de la Unión Europea no. 511/2014 que ratifica el Protocolo de Nagoya. La actitud favorable de la legislación sobre la libertad de investigación puede resultar obstaculizada por el enfoque propietario previsto por las fuentes internacionales que parecen dejar a los Estados la última palabra sobre el uso de los recursos genéticos. En efecto, las fuentes jurídicas utilizan un “enfoque propietario” que se expresa mediante la afirmación de soberanía del Estado sobre los recursos genéticos. Sin embargo, para no menoscabar la libertad de investigación, se debe poner en marcha una interpretación coherente y equilibrada de las fuentes, de manera que no se limite de manera arbitraria la actividad científica.

Los recursos genéticos en Argentina: caminos para su conocimiento, atajos para su acceso y avatares de su gestión.

Es frecuente que Argentina sea caracterizada como “el granero del mundo” debido a las amplias superficies destinadas a la agricultura. Este sistema productivo se desarrolla a gran escala -industrial- preponderantemente en la zona pampeana; la agricultura familiar queda, así, relegada como una actividad prácticamente marginal. Sin embargo, la historia agrícola de nuestro territorio es muy distinta, con importantes áreas de selección y domesticación de variedades de plantas americanas de valor económico. A lo largo de la constitución del país, primero como colonia, luego como nación, esta agricultura regional fue incorporando cultivos exóticos, algunos de ellos apropiados y devenidos en patrimonio de las zonas donde se cultivan, para luego ser desplazados por especies de mayor valor comercial y/o para exportación. Dado el significativo ingreso que estos cultivos industriales representan para el país, desde el sector oficial se promueve el incremento del área cultivada aunque, al mismo tiempo, se origina legislación tendiente a proteger e incentivar la agricultura familiar y la conservación de bosques nativos. La investigación y gestión de estos recursos se generan desde universidades públicas y organismos oficiales. No obstante, las acciones de estos sectores públicos pueden contraponerse entre sí difiriendo, por ejemplo, en cuanto a la viabilidad, incumbencias y términos referidos a los desarrollos tecnológicos a partir de estos recursos. En esta contribución discutimos brevemente, y a través de casos clave, el origen, destino y actores vinculados a los recursos genéticos en nuestro país, así como los espacios que requieren una revisión en la legislación vigente.

Regulación internacional de los recursos genéticos. Una genealogía crítica.

Revista de la Facultad de Derecho, 2020

Este artículo presenta un mapeo genealógico de la regulación internacional del ac­ ceso a los recursos genéticos. A través del rastreo de los antecedentes de la actual regulación se pretende analizar críticamente su paulatina transformación en objeto de apropiación, en mercancía. Se procura mostrar que el proceso de mercantilización no es inocuo, sino que tiene una influencia decisiva en la gestión de tales recursos en tanto fundamentales para la alimentación y la vida. Se aborda en particular la transformación discursiva y regulatoria que en la materia presenta la Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO), como principal institución interna­ cional de gestión de las problemáticas transnacionales relacionadas con la alimentación y la agri­ cultura. A su vez se analiza el rol de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en la consolidación de la normativa vigente, en especial su influencia en la gestación del Acuerdo sobre los Aspectos de la Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC). Finalmente se revisa la agenda de la regulación en la materia, particularmente en relación con la garantía de los derechos de los agricultores y la promoción del acceso común.

Contratos de acceso a recursos genéticos y solicitudes de patente en Colombia: Mitos y realidades

Revista Colombiana de Biotecnología, 2019

ENGLISH AND SPANISH ENGLISH: An empirical and updated analysis is made of the patent applications that are processed in the Colombian patent office and that require a contract for access to genetic resources or derivatives (CARG or PD). 15 cases of this type of requests are identified and from the study of the process, the main existing myths on this subject are identified, analyzing for each one whether they are true or false statements. It is highlighted that there are improvements in the times and number of access contracts signed by the Ministry of Environment and Sustainable Development (MADS), that patent applicants and /or attorneys are not making a correct use of the sworn statement about the use of genetic resources or PD, and that still needs to be improved in the identification of cases that require CARG or PD by the Patent Office Superintendence of Industry and Commerce (SIC). Likewise, the obligations acquired by the signatories of the CARG or PD and the monetary and non-monetary benefits that the MADS is demanding are analyzed, finding that while the obligations are usually standard for all the CARG or PD, the agreed benefits, both monetary and non-monetary are different. It concludes by identifying the main topics and actors on which the training on these issues should be rein-forced and the spaces to improve the interaction between the patents and environmental authorities. Key words: Disclosure of origin, derivatives, access and benefit sharing, Nagoya Protocol, permits. SPANISH. Se realiza un análisis empírico y actualizado de las solicitudes de patente en trámite ante la oficina colombiana de patentes y que requieren de contrato de acceso a recursos genéticos y/o productos derivados (CARG o PD). Se identifican 15 casos y apartir del análisis del trámite, se describen los principales mitos existentes sobre este tema, analizando para cada uno si se trata de afirmacio-nes ciertas o falsas. Se destaca que hay mejoras en los tiempos y número de contratos de acceso firmados por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), que los solicitantes de patente y/o apoderados no están haciendo un correcto uso de la declaración juramentada o divulgación de origen sobre uso de recursos genéticos y/o productos derivados, y que aún se de-be mejorar en la identificación de casos que requieren CARG o PD por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Asimismo, se estudian las obligaciones adquiridas por los firmantes del CARG o PD y los beneficios monetarios y no monetarios acordados con el MADS, encontrando que mientras las obligaciones suelen ser estándar para todos los CARG o PD, los beneficios pactados tanto monetarios como no monetarios sí son distintos. Se enuncian estadísticas actualizadas de los contratos de acceso firmados. Se concluye identificando los principales temas y destinatarios que deben reforzarse en las capacitaciones de estos asun-tos y los espacios para mejorar la interacción entre el MADS, la SIC y los usuarios e investigadores. Palabras claves: divulgación de origen, productos derivados, acceso y distribución de beneficios, Protocolo de Nagoya, permisos.

La biodiversidad como objeto de protección jurídica: los recursos genéticos, la propiedad intelectual y los conocimientos tradicionales

Thēmis Revista De Derecho, 2008

¿Qué relación existe entre conceptos tan disímiles como biodiversidad, recursos genéticos y propiedad intelectual? ¿Qué papel económico juega la biodiversidad en nuestro país? ¿Cómo podemos utilizar a la propiedad intelectual como una herramienta para el desarrollo eficiente del Perú? El autor da un marco general sobre los temas mencionados y plantea la importancia de la investigación, conservación y aprovechamiento de la biodiversidad con la que cuenta nuestro país, todo lo anterior, siempre unido a un inteligente uso de la propiedad intelectual.