La Carta Portuguesa de Derechos Humanos en la Era Digital. Una valoración jurídica (original) (raw)
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B. Anglés et al. (coords.), Managing Risk In the Digital Society. Actas del 13º Congreso Internacional Internet, Derecho y Política. UOC 2017, UOC-Huyghens, 2017
Describe y analiza la propuesta de regular las llamadas voluntades digitales en el Derecho civil catalán. Dicha propuesta del Gobierno catalán plantea proteger la voluntad de una persona con respecto a una parte de lo que se podría llamar, en sentido amplio, su patrimonio digital, referido a las cuentas de servicios digitales activas de que disponga. Mediante la declaración de voluntades digitales, podría nombrar a una persona que ejecutase las instrucciones del declarante después de la muerte de este, por ejemplo, para cancelar las cuentas que tuviese en vida. De ese modo, la persona encargada, a título de “ejecutor de voluntades digitales”, podría solicitar a una red social u otro prestador de servicios digitales que eliminase el perfil del declarante, una vez que se produjesen las circunstancias determinantes del inicio de la eficacia del encargo. La comunicación debate esa pro-puesta a la luz del Derecho comparado, en particular de la “Loi pour une République numérique” recientemente promulgada en Francia, y de la Uniform Fiduciary Access to Digital Assets Act (UFADAA) de los EE.UU.
Sendebar, 2020
En el actual mundo dinámico, los países que acogen a un gran número de inmigrantes deben acelerar la reforma curricular de los grados en Traducción e Interpretación con el fin de garantizar que la interpretación en los servicios públicos es llevada a cabo por profesionales cualificados. Esta premisa nos impulsó a desarrollar un proyecto conjunto con el objetivo principal de diseñar materiales para la formación de intérpretes en los servicios públicos —principalmente, intérpretes en ámbito sanitario— cuyas combinaciones lingüísticas incluyan español, rumano y otras lenguas europeas. En la primera etapa, a) estudiamos y comparamos la situación de la formación de intérpretes en ámbito sanitario en Rumanía y España, y b) seleccionamos y analizamos buenas prácticas en cuanto a la formación de intérpretes en ámbito sanitario. Este artículo se propone presentar las características de un corpus relevante de recursos digitales para la formación de intérpretes en ámbito sanitario y poner de m...
EL ALGORITMO Y EL FUNCIONARIO: CIBERNÉTICA Y CONDUCTAS NORMATIVAS.
MOVE.NET, 2019
Para el filósofo de la comunicación Vilém Flusser los aparatos digitales incorporan en su programación una lógica interna de funcionamiento, de manera que no es el usuario quien circunscribe el uso del dispositivo, sino que es el propio dispositivo técnico el que delimita las competencias del usuario. El diseño discriminatorio del dispositivo técnico es capaz de indicarle a la policía qué área patrullar; a los jueces, qué penas imponer; a los corredores de bolsa, cuándo comprar o vender. El algoritmo como función determinante de un mundo cuantificado en la estadística tiene el poder de imponer los límites y las formas de lo normativo, influyendo en los modos que asume lo real, creando una malla, filtro, o red epistemológica en los vínculos mediatizados de lo real. El nodo central de este texto apunta a dilucidar en qué nivel de competencia tecnológica debe operar el usuario para no estar condicionado por las imposiciones del algoritmo, y la importancia generativa del bien común.
El derecho como promesa. La filosofía del daño y su reparación
2020
En este articulo, el autor expone su reflexion filosofica respecto del dano y su reparacion en el plano juridico legal y en el contexto sociologico. Intenta pensar, filosoficamente, lo que tenemos por normal, lo que naturalizamos como norma. En este sentido, la naturalizacion de la exclusion como norma y autoridad de lo normal y de lo normado, le preocupa: ?Que conceptos urge repensar, redefinir, para poder comprender –y luego denunciar- la dinamica de continua contraccion y sustraccion de lo legitimo, la ficcion insostenible de la igualdad ante la ley, formalmente declamada y simbolicamente irrefutable? Luego de algunos razonamientos sostiene que urge cambiar el juego de lo que se tiene por normal, de lo autorizable, de lo naturalizado. Urge dejar de evocar y repetir, con pretension de autoridad, las ficciones de tantas verdades normadas en las que no creemos, de tantas y tantas nociones mas o menos comodas a las que, por el uso, nos hemos habituado pero en las que ya no podemos cr...
Editorial Porrúa, México, 2015
Esta obra estudia una cuestión relevante, poco explorada en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos: la negación a personas jurídicas de la titularidad de derechos y de la legitimación para buscar tutela internacional, junto con la desprotección de las personas humanas que integran entes morales. A partir de la identificación de la falta de defensa ante lesiones directas o por conexidad a derechos colectivos o ejercidos de manera asociada, se realiza un análisis inductivo de más de cien decisiones de la Comisión y de la Corte y una interpretación integral de los tratados relevantes. El análisis se ve enriquecido con el aporte de otros sistemas internacionales y de la Teoría general de los derechos humanos. Fundado en una investigación de varios años, el libro expone importantes descubrimientos en la jurisprudencia y en los instrumentos aplicables que, junto a una construcción dogmática profunda y novedosa, revelan los diversos recursos que en rigor contiene el Sistema Interame...
2016
Ronald Dworkin sostiene que el contenido del derecho se limita al conjunto de derechos sujetos a ser adjudicados ante los tribunales. Para Dworkin, el valor de la "legalidad", es decir, el valor que sirve el derecho de manera distintiva cuando funciona adecuadamente, es una virtud de las decisiones judiciales. El objetivo de este artículo es criticar el enfoque hacia las cortes de Dworkin, dado que proporciona una concepción empobrecida de lo que es el valor de la "legalidad", argumentaré que la legalidad tiene una dimensión tanto sistemática como adjudicativa. En su dimensión sistemática, exige que el gobierno en su conjunto esté estructurado de tal forma que garantice el ejercicio adecuado del poder público. Por lo tanto, para que un sistema jurídico presente el valor de la legalidad, no es suficiente que los jueces emprendan el uso de la coerción del Estado bajo ciertas condiciones. Además, el ejercicio del poder público tiene que ser acorde con un esquema de separación de poderes con un objetivo de justicia. Así entendidas, no todas las exigencias de la legalidad son sujetas a ser adjudicadas judicialmente. Esta * Artículo recibido el 16 de octubre de 2014 y aceptado para su publicación el 6 de noviembre de 2014. ** Associate Professor, School of Law, University of Reading. dimitris.kyritsis@ gmail.com. I thank participants in the Workshop on the Legal Philosophy of Ronald Dworkin organized by UNAM and the Supreme Court of Mexico for their helpful comments. I am also grateful to an audience at the 2014 McMaster Conference in Legal Philosophy, where I also presented the argument of this article, and especially to Eric Encarnacion for his written and oral comments. This article elaborates claims that I make in my monograph Shared Authority: Courts and Legislatures in Legal Theory (forthcoming Hart Publishing).
Correspondencias & análisis, 2018
Resumen: Este artículo aborda un importante reto para la gobernanza de la Internet: las dificultades que conlleva la articulación de la multiplicidad de escenarios y contextos que la conforman. El enfoque de "múltiples stakeholders" surge como el camino más adecuado para construir la gobernanza de la Internet. Sin embargo, la materialización de este enfoque resulta difícil, debido a los posibles actores y situaciones encontradas en la web. Este artículo, basándose en la noción de cosmopolitismo de Boczkowski & Siles (2014), propone un marco alternativo para estudiar la formulación de políticas en la Internet, aplicándolo en la Declaración de Privacidad y Seguridad Digital Avanzada por la Comisión Mundial sobre Gobernanza de la Internet, con la finalidad de mostrar cómo puede ayudar a fomentar nuestra comprensión de los derechos humanos en la era digital. Se argumenta que el cosmopolitismo puede ofrecer un método que ayude a transformar una compleja red de interacciones en un mapa caracterizado por diferentes objetivos y relaciones, a fin de generar políticas de Internet más dialécticas.