Los deberes constitucionales en el Derecho comparado (original) (raw)
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Supremacía constitucional en el derecho comparado
Jurídicas, 2021
El concepto de supremacía de la Constitución es hoy el elemento esencial del constitucionalismo contemporáneo, el cual es resultado de importantes evoluciones en el tiempo y se ha visto reforzado en muchos países con la creación del control de constitucionalidad. Sin embargo, esta noción tiene contenidos variables en función de cada tradición y de cada sistema jurídico, de manera que no es una cuestión resuelta. Un análisis desde el derecho comparado permite abarcar la supremacía de la Constitución desde ópticas diversas y estudiar sus diferentes elementos para darle un contorno más certero a esta. Específicamente, este artículo hace un análisis jurisprudencial que permite establecer las características propias de este concepto en diferentes sistemas jurídicos y mostrar su actualidad e importancia.
Derecho Constitucional Comparado
Existen diversas formas por las cuales las normas son influenciadas y resultan en cambios legales: desarrollando íntegramente un sistema con normas nuevas, transplantando normas de otro sistema legal, o desarrollando y modificando as normas existentes mediante la formalización de usos presentes, agregando algunas normas extranjeras (es decir, transplantes) o creando parcialmente nuevas normas. Aquellas formas que versen sobre influencia externas son los transplantes jurídicos.
El derecho constitucional al deporte en el Derecho comparado
Revista Arrancada, 2021
Resumen El objetivo del presente estudio es determinar una dogmática particular del derecho al deporte constitucionalmente reconocido a partir de lo expuesto en el Derecho comparado (particularmente en la doctrina académica y jurisprudencial y en lo dispuesto en las normas constitucionales) con el propósito de contribuir a su satisfactoria regulación jurídica en los respectivos ordenamientos jurídicos donde se reconoce. Entre los antescedendes fundamentales del tema aparecen: Agirreazkuenaga (1998); Gutiérrez y Bermejo (2002). Los criterios que se exponen permiten exponer la necesaria efectividad jurídica de un derecho que, hasta el momento, ha sido objeto de glosas retóricas que de formulaciones jurídicas. La mayor satisfacción personal será compulsar a posteriores estudios en torno al "mundo deportivo" desde la óptica jurídica desterrando, de una vez y para siempre, todo vestigio de incomprensión y divorcio entre ambos: Derecho y deporte. El estudio se basó en la identificación y análisis de los elementos constitutivos (desde la perspectiva técnico-jurídica) del derecho al deporte, de modo que sean los referentes para la construcción de la dogmática particular del derecho. Se emplearon los métodos de la investigación jurídica teóricamente orientada (los análisis teórico-doctrinal, histórico-jurídico, exegético y comparado). El resultado principal obtenido fue una fundamentación teórica para la construcción de una dogmática particular del derecho constitucional al deporte desde la perspectiva del Derecho comparado. Palabras clave: Constitución, derechos constitucionales, derecho al deporte. Abstract The objective of this study is to determine a particular dogmatic of the constitutionally recognized right to sport based on what is stated in comparative law (particularly in academic and jurisprudential doctrine and in the provisions of constitutional norms) in order to contribute to its satisfactory legal regulation in the respective legal systems where it is recognized. Among the fundamental antecedents of the subject appear: Agirreazkuenaga (1998); Gutiérrez and Bermejo (2002). The criteria that are exposed allow to expose the necessary legal effectiveness of a right that, until now, has been the subject of rhetorical glosses rather than legal formulations. The greatest personal satisfaction will be to certify subsequent studies on the "sports world" from the legal point of view, banishing, once and for all, any vestige of misunderstanding and divorce between the two: Law and sport. The study was based on the identification and analysis of the constitutive elements (from the technical-legal perspective) of the right to sport, so that they are the referents for the construction of the particular dogmatics of the law.
Cómo comparar constitucionalmente
Latin American Law Review, 2019
Las cortes y los constitucionalistas en América Latina hacen comparaciones de derecho constitucional de manera habitual. Este artículo provee una tipología de las diferentes formas en que se puede, y de hecho se hace, la comparación constitucional-por ejemplo, las formas de préstamo u orientadas a la transferencia, las genéticas o genealógicas, las deliberativas, las empíricas, las reflexivas y/o las comparaciones cosmopolitas morales. Cada modo de comparación implica de cierta manera un foco diferente, con mayor relevancia según la teoría constitucional que se acoja y con formas "más densas" o "más superficiales". Cada una de ellas es probablemente practicada por los diferentes actores constitucionales, como es el caso de los modos deliberativos, cosmopolitas morales o de trasplantes que es utilizada por los constituyentes, los abogados y los jueces; o en el caso de (un modo menos denso) la comparación empírica. Todos estos modos de comparación tie-nen valor y relevancia en América Latina. Igualmente, el artículo invita a los académicos a observar el valor de las formas empíricas o sociojurídicas de comparación, que promueven una mayor aten-ción al contexto constitucional (incluido el contexto institucional, social, económico y político de una constitución) y a las ideas provenientes de otras disciplinas, como la historia, la sociología, la política comparada y la economía /econometría. Al hacerlo, resalta algunos principios básicos para la selección de casos que pueden guiar útilmente los procesos de comparación de este tipo. Sin embargo, también reivindica una aproximación realista a estos principios, que reconoce las forta-lezas de los diferentes académicos que estudian varios sistemas constitucionales, y la necesidad de estudios provisionales que se sobreponga y que en conjunto contribuyan a robustecer los hallazgos sobre los orígenes y las consecuencias de los desarrollos constitucionales. * Traducción de Carlos Morales de Setién Ravina y Natalia Ángel-Cabo.
Los deberes constitucionales en la nueva Constitución
Tránsito constitucional: Camino hacia una nueva constitución, 2021
Los deberes constitucionales, entendidos como todas las conductas o actuaciones que la Constitución impone o dirige formalmente a los individuos o a los ciudadanos, tienen una posición sumamente marginal en el constitucionalismo liberal contemporáneo. Tal marginalidad obedece a una visión ampliamente difundida de los deberes constitucionales como una categoría conceptual axiológica y jurídicamente inferior a la de los derechos constitucionales. De ahí que la mayoría de las constituciones vigentes contengan escasas o nulas menciones explícitas a aquellos 1 y que, comparativamente hablando, las declaraciones de deberes sean mucho más infrecuentes y reciban mucha menos atención que las declaraciones de derechos 2. No obstante, tal como lo ha evidenciado el estallido social del 18-O y la pandemia global de COVID-19, se echa en profunda falta una concepción de los derechos constitucionales basada en la idea de fraternidad, capaz de reflejar en fuerte la interdependencia que existe entre el propio bienestar y el bienestar de los demás. Algunas voces críticas han llamado a abordar esta omisión, proponiendo incorporar a la Constitución deberes de solidaridad, deberes de equidad intergeneracional y deberes de protección al medio ambiente, entre otros 3. En este contexto, el objetivo de esta contribución es discutir las razones por las cuales se estima que las referidas propuestas no podrían sustentarse adecuadamente en el orden institucional articulado a partir del texto constitucional vigente y se analizan posibles fórmulas de abordaje de los deberes constitucionales en una nueva constitución.
¿Por qué comparar? Propósitos y desafíos del derecho constitucional comparado en el siglo XXI
Precedente Revista Jurídica, 2021
El constitucionalismo comparado ha surgido después de la Guerra Fría como una herramienta importante para las transiciones democráticas y la consolidación de la paz. Sin embargo, los enfoques tradicionales no proporcionan explicaciones plausibles para nuevos fenómenos como la globalización y el diálogo entre tribunales. A pesar del resurgimiento del campo, el constitucionalismo comparado enfrenta desafíos relacionados con la selección de casos y la ambivalencia hacia las ciencias sociales. Este artículo hace referencia al debate básico sobre los propósitos y desafíos del derecho constitucional comparado moderno. La idea principal es que el estudio del constitucionalismo debe estrechar lazos con las ciencias sociales para construir un derecho constitucional comparado pluralista.
La función de los deberes constitucionales
Revista Chilena de Derecho, 2017
RESUMEN: Este artículo plantea que los deberes de las personas tienen un rol considerablemente más extenso en el constitucionalismo contemporáneo que el que se les suele atribuir. Si bien los deberes constitucionales explícitos no son la regla general, diversos constructos doctrinales y jurisprudenciales se centran en consideraciones relativas a los deberes. Tal es el caso de la doctrina de la eficacia horizontal de los derechos fundamentales, de la tesis de la correlatividad entre derechos y deberes, y de algunas concepciones relativas a la limitación de los derechos fundamentales. Así las cosas, se discuten las posibles justificaciones de la expresa constitucionalización de deberes. ABSTRACT: This paper states that individuals’ duties have a considerably more extensive role in contemporary constitutionalism than usually attributed to them. While explicit constitutional duties are not the general rule, several scholarly and judicial constructs are centered on duty-based considerations. Such is the case of the doctrine of third party effect of fundamental rights, the thesis of correlativity of rights and duties, and some conceptions regarding limitations of fundamental rights. That being the case, it discusses possible justifications for the express constitutionalization of duties.
Responsabilidad penal de la persona jurídica en el derecho comparado
2013
El aforismo latino que dice "s<em>ocietas delinquere non potest", la sociedad, la empresa, no puede delinquir, </em>hasta hace pocas décadas, era enunciado de modo categórico, negando la posibilidad de sancionar penalmente a las personas jurídicas y reafirmando el paradigma de la responsabilidad penal individual. A la actualidad, la perspectiva ha cambiado de tal manera que se busca diseñar un sistema legal que permita la incorporación de la responsabilidad penal de las empresas.