Esclavitud, dominio y libertad humana según Domingo de Soto (original) (raw)

Esclavitud, dominio y libertad humana según Domingo Soto

Revista Española de Filosofía Medieval, 2004

This article attempts to analyze Domingo de Soto's theory of dominion and its relationship with the concepts of liberty and slavery. The concept of dominion shows that this author did in fact have a notion of subjective rights, however, its implications in the field of his political philosophy, mainly in relation with the concept of natural and legal slavery, leads to the conclusion that he did not reach the modern idea of individual rights.

Esclavitud, dominio y libertad humana según Domingo Soto, por Jörg Alejandro Tellkamp

En este articulo se analizara Ia teoria del dominio de Domingo de Soto y su relaci6n con los conceptos de libertad y esclavitud. El concepto de dominio indica que este autor ha alcanzado una noci6n de derechos subjetivos. Sin embargo, las implicaciones de este concepto en el ambito de Ia Filosofia Politica, sobre todo en relaci6n con el concepto de Ia esclavitud, tanto natural como legal, llevan a Ia conclusion de que Soto con su noci6n de derechos subjetivos, no tuvo en mente una idea moderna de derechos individuales.

Persona, voluntad y libertad según Juan Duns Escoto

Persona y libertad: lecturas desde la diversidad, la complejidad y la conflictividad, 2020

Introducción al contexto histórico-filosófico Duns Escoto nació en 1266 en Escocia y, a la edad de 13 años, entró a formarse como novicio en la orden franciscana a la que perteneció hasta su muerte. Fue filósofo y teólogo, profesor universitario y sacerdote, con notable inclinación a la especulación filosófica, la cual mostraba los rasgos de una extremada sutileza formal en las distinciones conceptuales, por lo que se le puso el sobrenombre de "Doctor sutil". Su pensamiento altamente especulativo y abstracto fue muy original, pero a la vez muy abstruso y hermético en lo estilístico. Hay que decir también que murió bastante joven-a los 43 años aproximadamente-, y que dictó y escribió sus obras bastante rápido, sin haber fijado con exactitud el texto original de cada una de ellas, las cuales eran muchas veces transcripciones de sus clases, escritas por sus alumnos. A ello hay que sumar la cantidad de obras que franciscanos posteriores, como Antonio Andreas, le atribuyeron, y que hoy se sabe que no fueron escritas por él. Pero el escotismo difundido en el mundo académico y amplificado por la orden franciscana estuvo vivo y operante desde principios del siglo XIV hasta los siglos XV y XVI, como una posición filosóficoteológica bastante importante y considerada en aquellos siglos. Persona, voluntad y libertad según Juan Duns Escoto

Recepción suareciana de las doctrinas de Domingo de Soto sobre la causalidad y la libertad

Anuario Filosófico 47-1, 2014

Resumen: Se compara la doctrina de Suárez sobre la causalidad de la voluntad con la de Domingo de Soto. Esto implica compararla también con algunas de las tesis de santo Tomás y de Duns Escoto, pues estos autores medievales son las principales referencias de ambos autores al respecto. Se concluye que Suárez adhiere fundamentalmente a santo Tomás, pero de acuerdo a la interpretación que de él encuentra en Domingo de Soto. Palabras clave: Francisco Suárez, Domingo de Soto, Duns Escoto, causalidad, voluntad.

La presencia de Domingo de Soto en la teoría del dominio de Martín de Ledesma

Revista Portuguesa de Filosofía, 2019

A contribution of the School of Salamanca to the philosophy and theory of law is the anthropological richness of some of its classical notions, e.g. ownership, use and dominion. This article reviews Martin de Ledesma’s definition of dominion. Ledesma, one of the first disciples of Francisco de Vitoria in Salamanca, has been credited with the use and collationes of de Vitoria’s texts in his book, a practice consistent with the scholastic notion of science and its transmission. The article shows Ledesma’s significant debt to Domingo de Soto, especially to his treatise De iustitia et iure.

Domingo de Soto en el debate indiano. La defensa del dominio infidelium

Anuario mexicano de historia del derecho, 2007

Aris tó te les di ce, en el li bro ter ce ro de los Éti cos: si el hom bre con sul ta ra siem pre, la cues tión se alar ga ría al in fi ni to y los prín ci pes y sus con se je ros nun ca es ta rían se gu ros y cier tos en su con cien cia. Si hubie ra obli ga ción de re pa sar des de el princi pio los tí tu los de do mi nio, na da po dría con si de rar se co mo ex plo ra do. Fran cis co de VITO RIA, Re lec ción so bre los Indios, Sa la man ca, 1539. SUMARIO: I. El de ba te so bre un de ba te. II. La vo ca ción ame ri ca nis ta. III. Me di tan do so bre lo jus to y lo in jus to, so bre lo di vi no y lo hu ma no. IV. No im por ta lle gar el úl ti mo.