La objeción de conciencia como causa de justificación (original) (raw)

La objeción de conciencia en el marco de la razón pública

Revista Jurídica de la Universidad de Palermo, 9 (1): 57-83., 2008

El objetivo de este trabajo es brindar un marco teórico adecuado que dé sentido a la objeción de conciencia en sociedades liberales, democráticas y plurales. A primera vista puede advertirse que hay una tensión entre las razones que apoyan la obediencia al derecho y las razones que justifican el incumplimiento de ciertas reglas cuando ellas se contraponen a un deber proveniente de la moral individual de los ciudadanos. En qué medida pueden invocarse razones morales para no ser castigado por la inobservancia de una norma válida o para ser liberado de ciertas cargas y cuál es el límite de la objeción de conciencia son algunas de las preguntas que intentaré responder en lo que sigue.

La objeción de conciencia: elementos para su discusión

2016

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Debates en torno a la objeción de conciencia

Quórum Legislativo, 2022

El personal de salud podían objetar de conciencia en México para no hacer procedimientos que se opongan a sus creencias. Sin embargo, se declaró que la fracción que amparaba esta práctica, es contraria a los principios de la Constitución. El objetivo de este artículo es analizar el proceso de reforma y la acción de inconstitucionalidad del artículo 10 Bis sobre objeción de conciencia sanitaria de la Ley General de Salud en México. Esto incluye la propuesta legislativa hasta su invalidación por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Se hace una lectura etnográfica de los debates mediante análisis de contenido documental. Se concluye que el choque aparente de ideas ocurre porque en el Poder Legislativo dominó un argumento sobre reconocer únicamente el derecho del personal de salud, mientras que el ombudsperson argumentó que tienen que entenderse los derechos de los pacientes, finalmente, en dicho tribunal se señaló que hay que considerar a un conjunto de actores para que la norma sea válida.

El derecho a la objeción de conciencia

Revista del Centro de Investigación de la Universidad la Salle, 2019

El presente estudio analiza la objeción de conciencia como un derecho humano con el apoyo metodológico de la fenomenología y el derecho constitucional, con el objetivo de aportar una vía concreta para delimitar y ejercer este derecho. Por tal motivo, se propone crear un derecho subjetivo que permita al ciudadano ejercer su derecho humano a la objeción de conciencia, basado en el uso de la razón, en la explicación de los elementos subjetivos y el acto significativo que motiva la decisión, creando así un camino procesal para hacer realidad de forma universal el derecho humano a la objeción de conciencia.

Una explicación de la conciencia inexplicada

Naturaleza y Libertad. Revista de estudios interdisciplinares

En esta breve nota el autor apela a la experiencia humana, desde la perspectiva de la fenomenología de la conciencia. Un punto necesario, en su opinión, contra el reduccionismo materialista y cientificista. Se discuten también otras consideraciones, en el ámbito de la investigación científica, en lo relativo al conocido experimento de Libet, que amplían el cuestionamiento de sus resultados y, sobre todo, de algunas de sus interpretaciones más radicales.

La explicación de la conciencia

Revista de filosofía, 1997

Ssdeteetable a mi entender un cierto cansancio ante el tema de la conciencia. La ya prolongada polémica entre los eliminativistas y los fenomenologos no tiene visos dc dar fruto. Los defensores de 'la primera persona' describen, pero no explican; los eliminativistas de uno u otro tipo explican algo. pero no lo experiencial prelingúistico, y entonces, al reducir la conciencia no lingúistica a lo meramente informacional, colocan a los animales muy por debajo de lo qtíe un punto de vista evolutivo aconseja. El conseguir una explicacion no redtícc onista. como promete Flanagan, sería, por supuesto, mala-lIoso. Pei'o ¿'es Factible en ntíestt'os días? Esta sensación de incomodidad teórica ha llevado a Block. 1995, a denunciar como híbrido y confuso el concepto de conciencia. Pero la distinción conciencia fenomenal vs. conciencia de acceso con la que él pretende poner remedio, ¿es la que de verdad resultaría conveniente hacer?

La primera evidencia documentada de la objeción de conciencia

Memorias del Sexto Congreso Internacional sobre Historia y Ciencias Sociales del 7 al 24 de mayo de 2013, 2013

La objeción de conciencia, el derecho de negarse a realizar lo que la ley exige, anteponiendo una convicción de tipo personal, es un fenómeno social sumamente antiguo, se ha llegado a decir que surgió con los griegos en la tragedia de Antígona escrita por Sófocles en el siglo V a.e.c., pero las evidencias desmienten tal afirmación y la ubican en el antiguo Israel, en el llamado libro de Deuteronomio 20: 05 – 08, que los eruditos consideran se escribió en alguna fecha entre el periodo va entre los siglos XII al IX a.e.c., donde podemos encontrar disposiciones sobre la guerra y un permiso para exentarse de la misma, que se adelanta varios siglos al caso griego, por lo que la primera evidencia documentada de la objeción de conciencia, procede del pueblo de Israel.

Recepción jurisprudencial de la " objeción de conciencia "

Publicada D.O. 30 oct/012 -Nº 28585. El texto legal en www.impo.com.uy. Las subsiguientes citas entrecomilladas de la ley están tomadas del texto on line. 4 El texto en el site presidencia.gub.uy. Recepción jurisprudencial de la "objeción de conciencia" Comentario a la sentencia Nº 586/015 en autos "ALONSO, Justo y otros CONTRA PODER EJECUTIVO. Acción de nulidad" Revista de Derecho. Segunda época. Año 10. N.º 12 (diciembre 2015), 217-237-ISSN 1510-3714 6 Al día siguiente, los médicos, profesores Justo Alonso y Washington Lauría, y el Dr. Ricardo Pou explicaron a la prensa los motivos del recurso. Entrevista en:

El reconocimiento constitucional de la objeción de conciencia

Revista Derechos en Acción, 2019

Resumen: La objeción de conciencia es considerada un derecho humano y es uno de los grandes temas jurídicos del Estado democrático del siglo XXI. Su importancia está dada en razón de que en las últimas décadas ha habido una extensión significativa de este instituto jurídico, abarcando ámbitos donde tradicionalmente no se había manifestado. Si bien no se encuentra expresamente regulada en el ordenamiento constitucional argentino y no se ha desarrollado una doctrina autónoma, su reconocimiento por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.