Incorpórase el artículo 15-A en la Ley 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales con el siguiente texto: “Artículo 15-A.- Régimen de Infracciones y (original) (raw)

Reglamento a la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos

N. 33018 del 20 de marzo del 2006. La Gaceta del 21 de abril del 2006. Ultimas reformas:  Decreto ejecutivo N° 34890 del 27 de octubre de 2008 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; y el artículo 33 de la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, N° 8454 del 30 de agosto del 2005.

Ley de Firma Electrónica avanzada

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO "EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A : SE EXPIDE LA LEY DE FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA Artículo Único. Se expide la Ley de Firma Electrónica Avanzada, para quedar como sigue: TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO Artículo 1. La presente Ley es de orden e interés público y tiene por objeto regular: