Hobbes y Raz, dos modelos opuestos de autoridad. Consideraciones sobre similitudes, diferencias y (falta de) utilidad práctica (original) (raw)
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Con el presente documento pretendo rastrear el concepto de poder en Thomas Hobbes y Hannah Arendt. Como recurso metodológico para construir el texto, se ficcionará un debate entre ambos pensadores, con el propósito de descubrir los puntos frágiles con relación a la concepción de poder y política en los dos filósofos. De lo anterior, se sigue que el trabajo lo centre en mostrar los interrogantes que se harían mutuamente los autores, si tuvieran la oportunidad. Para tal cometido, desarrollo los siguientes puntos: (i) se realizará una reconstrucción de los conceptos de poder en ambos autores, (ii) posteriormente, se presenta " el debate " entre ambos pensadores.
Hobbes y la autoridad de la ley
Derechos Y Libertades Revista Del Instituto Bartolome De Las Casas, 2007
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Perspectivas del poder. Anamorfosis del Leviatán en Hobbes y en el "Libro de Job
Revista interdisciplinar de Teoría Mimética. Xiphias Gladius, 2020
El presente artículo parte del análisis del frontispicio del Leviatán de T. Hobbes (1651) con el fin de subrayar su congruencia, no sólo con el contenido del libro, sino también y más generalmente con la principal tendencia del pensamiento moderno basado en el problema del conocimiento. El icono del Leviatán, entendido como símbolo del poder político, es posible gracias a la distancia óptica de su observador, que, para reconocerlo, tiene que situarse a la distancia adecuada e interpretar sus apariencias correctamente. El poder supremo ya no se corresponde con un orden teológico, ontológico y cósmico otorgado desde lo alto y se convierte en la expresión política de una configuración gnoseológica de la soledad del hombre al interpretar una realidad que ya no está ordenada en sí misma. La relación de estos desarrollos del símbolo leviatánico con sus fuentes bíblicas parece vaga, pero su fuente principal, el Libro de Job, nos ofrece una reflexión penetrante al respecto. El Leviatán, que...
Lecturas de Hobbes y Rousseau. Hacia una dictadura soberana
El objetivo del presente texto es procurar fundamentar que la dictadura soberana conceptualizada por Carl Schmitt aparece con anterioridad a la Revolución Francesa en autores como Hobbes y Rousseau. En este sentido y retomando el concepto schmitiano de dictadura soberana podemos reconocerlo teóricamente en el discurso metafísico de Hobbes cuya práctica política concreta (no realizada) lleva implícitamente el germen de la dictadura soberana. Pero también en Rousseau a partir de la práctica misma de la voluntad general. Por ello, más allá de la riqueza teórica y heurística de la construcción genealógica que realiza Schmitt, creemos necesario superar los límites temporales para descubrir la existencia misma de la dictadura soberana aun antes de su aparición en la práctica política, es decir, analizar la teoría hobbesiana y rousseauniana como intentos teóricos de construcción de una soberanía total, legitima y dictatorial.
Rosler, Andrés, “Autoridad y obligación en Hobbes” en Boletín de la Asociación de Estudios Hobbesianos, Nº35, 2015, pp. 20-24, ISSN: 1853-8169 Presentación del libro: Venezia, Luciano, Hobbes on Legal Authority and Political Obligation, London,Palgrave Macmillan, 2015, pp.161.
La autoridad del derecho y las razones para la acción en la concepción de Joseph Raz.
Joseph Raz es uno de los teóricos del derecho más influyentes del siglo pasado y de lo que va de este siglo. Discípulo de H.L. Hart ha defendido la tesis positivista del derecho. Hoy en día se considera como uno de los baluartes de la teoría del positivismo excluyente, tesis que básicamente sostiene que para identificar el derecho de una comunidad o sociedad, no es necesario recurrir a argumentos morales. Para él derecho es un hecho social y además un hecho normativo. 2 Este dualismo que Raz marca como una característica del derecho ha generado toda una problemática aún no resuelta de manera concluyente en la teoría del derecho. Él mismo reconoce que ha constituido la principal cuestión de la filosofía jurídica. Piensa Raz que los iusnaturalistas reconcilian los dos aspectos del derecho considerando el hecho social en que consiste el derecho como provisto necesariamente de fuerza moral. Los positivistas, por otro lado, explican el hecho de que el orden jurídico sea un orden normativo como cualquier hecho. En este sentido Raz no está de acuerdo con lo que denomina el reduccionismo semántico. No está de acuerdo con la idea que los enunciados normativos, esto es a lo que se debe hacer jurídicamente, puedan ser reducidos a enunciados descriptivos de cualquier tipo de hechos. Ejemplo de este reduccionismo, que Raz rechaza al igual que lo hiciera Hart, es la de una definición del concepto del derecho como la que hiciera Austin. Este último autor que fue la figura relevante de la escuela analítica de jurisprudencia define el concepto de derecho como un mandato general del soberano dirigido a sus súbditos.
Hobbes y Nietzsche: las bases definicionales del poder aún vigentes en el Siglo XXI
Derechos humanos y poder público en contextos democráticos. , 2022
Cite correctamente: Keferstein Caballero, Lutz Alexander. (2022). Hobbes y Nietzsche: las bases definicionales del poder aún vigentes en el Siglo XXI. En Bello Gallardo, Nohemí, et al. Derechos humanos y poder público en contextos democráticos. Navarra Editorial. México. Pp. 103 - 136. Sumario: I. El mundo en que Hobbes nació. II. Hobbes, el poder y la autoconservación. III. Nietzsche o los instintos de poder. IV. Conclusiones. V. Bibliografía.
El poder absoluto recelado: Hobbes y el concepto del honor
RESUMEN El presente trabajo tiene como propósito demostrar, en la teoría política de Hobbes, la existencia de límites que constriñen a la autoridad soberana absoluta en el ejercicio de su poder. En particular, identificaremos al honor como la instancia antonomástica de esa limitación. El plano de las manifestaciones de valor, mantendremos, opera sobre codificaciones paralelas (a veces, coincidentes, otras divergentes) a las del Estado y acaba engendrando autoridades que gozan de grados considerables de autonomía. Desde luego, el soberano podrá interceder en ese plano, cohonestándolo o combatiéndolo, pero no podrá eliminar definitivamente las renuencias y limitaciones que impone. ABSTRACT This work intends to demonstrate the existence of limits that hinder the absolute authority of the sovereign in Hobbes's political theory. Particularly, I will try to identify the concept of honor as the paradigm of this limitation. The field of the manifestations of worth —it will be argued— operates within a logic that runs parallel (sometimes convergently, others divergently) to that of the State. Moreover, it engenders authorities with high degree of autonomy. To be sure, the sovereign power can intervene in this field by means of persuasion and coercion, but it will never be able to erase the resistances and limitations imposed by signs of honor.