El realismo jurídico: una amenaza para el liberalismo y la democracia (original) (raw)
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El realismo jurídico (apuntes para una introducción)
Legal realism (notes for an introduction), 2020
Se trata de un breve trabajo introductorio, a manera de presentación, que precede al dossier publicado en la Revista Iuris Dictio n. 25, "Realismo jurídico contemporáneo", que yo he coordinado, y que incluye trabajos de Guastini, Leiter, Mindus, Troper, Malagoli, entre otros. El texto completo de tal número se puede encontrar aquí: https://revistas.usfq.edu.ec/index.php/iurisdictio/issue/view/148
El realismo jurídico de Brian Leiter
2011
Resumen: el presente ensayo está dividido en dos partes. En la primera se analizan algunas de las tesis fundamentales del realismo jurídico de Brian Leiter. En particular, son presentadas su reconstrucción del realismo jurídico americano y su relación con el positivismo jurídico excluyente, sus tesis sobre la objetividad del derecho y la moral y, por último, el significado de su propuesta de naturalizar la teoría jurídica. En la segunda, se analizan críticamente las tesis de la indeterminación racional y empírica del derecho. A continuación, me pregunto acerca de las razones que ofrece Leiter en favor de su proyecto, concluyendo que su reconstrucción es algo parcial pero no por las razones ofrecidas por sus críticos.
Nociones fundamentales del realismo jurídico
Revista de ciencias jurídicas, 2010
RESUMEN En este artículo expondremos las líneas principales del realismo jurídico como una de las respuestas más interesantes que se han brindado a la pregunta “¿qué es el Derecho?” Estudiaremos su relación con el realismo filosófico, así como sus tres ramas principales, el realismo alemán, el realismo norteamericano y el realismo escandinavo. ABSTRACT In this article, we will put forward the main guidelines of legal realism as one of the most interesting responses given to the question: What is Law? We will look into the relation between legal realism and philosophical realism, and its three main trends: German legal realism, American legal realism and Scandinavian legal realism.
El realismo jurídico como teoría positivista del Derecho
Revista cubana de derecho, 2021
En la literatura iusfilosófica, sobre todo italiana, a menudo se opone el positivismo jurídico al realismo jurídico. El autor intenta mostrar que esta oposición no tiene ningún fundamento, ya que el realismo es una forma (e incluso una forma extrema) de positivismo metodológico.
Un ejercicio de realismo jurídico
2018
This article is an exercise in legal realism. However, the author will not even try to present a comprehensive picture of legal realism. He shall confine himself to arguing, in a straightforward way, in favor of seven purely realistic theses.
El realismo jurídico una teoría del derecho
Teniendo en cuenta que el derecho forma parte de un conjunto de normas sociales, pero constituye un subconjunto con unas características muy específicas, que han servido para la convivencia humana, son muchas teorías que divagan sobre cómo funciona, quienes lo dirigen, y por supuesto quien es el ente pasivo en medio del caos.
¿Profundización o caída del realismo jurídico como teoría descriptiva de normas?
Isonomía, 2017
Algunas versiones del realismo jurídico pretenden compatibilizar la pretensión de que el derecho es un conjunto de normas con un fuerte compromiso con el empirismo. De conformidad con este último, el derecho no está constituido por entidades abstractas de ningún tipo sino por hechos empíricamente constatables. En vistas a llevar a cabo esta compatibilización, en varios trabajos Riccardo Guastini ha defendido una concepción de las proposiciones normativas, i.e. aserciones existenciales sobre normas jurídicas, como enunciados teóricos acerca del derecho vigente, necesariamente referentes a ciertos hechos. Se concibe así al derecho vigente como el conjunto de textos que son resultado de interpretaciones estables, consolidadas y dominantes que los jueces han llevado a cabo en sus decisiones en el ordenamiento de que se trate. Partiendo de esta versión del realismo jurídico, este trabajo procura sembrar algunas' dudas. Primero, sobre este modo de concebir a las proposiciones normativas. Segundo, sobre el modo en que, en consecuencia, queda configurada la teoría del derecho. Tercero, y más en general, sobre la pretensión de compatibilizar la visión del derecho como conjunto de normas con la tesis empirista.