Contribución para una teoría de la legislación (original) (raw)
Related papers
Sobre contribución a una teoría de la legislación de Manuel Atienza
Isonomía - Revista de teoría y filosofía del derecho
Entre las criticas que M. Atienza ha dirigido a la que él llama teoría “estándar” de la argumentación jurídica figura la de no haber considerado “el hecho de que no se argumenta sólo en el proceso de interpretación y aplicación del Derecho, sino también en el de su establecimiento” 1 . De esta y otras reflexiones arranca el trabajo del mismo autor Contribución a una teoría de la legislación 2 . En las páginas que siguen se intentará dar cuenta de los aspectos más significativos del libro, no sin antes plantear cómo la teoría de la argumentación jurídica deja abierta una puerta a los estudios sobre la ley. Creemos que la obra de referencia constituye un punto de partida ineludible para conocer el estado actual y las perspectivas sobre el tema, y que confirma la “revitalización” de la ciencia de la legislación, sea como teoría o como técnica legislativa
Teoría de la legislación. Algunos planteamientos generales
Revista De Derechos Fundamentales, 2009
En esta presentación el autor pretende exponer algunas consideraciones relativas a la Teoría de la Legislación, sus antecedentes históricos y su relevancia para el mundo político-legislativo, jurídico y académico vinculado a los estudios del Derecho.
En esta presentación pretendo exponer algunas consideraciones relativas a la Teoría de la Legislación, sus antecedentes históricos y su relevancia para el mundo políticolegislativo, jurídico y académico vinculado a los estudios del Derecho.
Razón práctica y teoría de la legislación
2000
UÉ relación puede existir entre razón práctica y legislación? Cabría en este tema un abordaje inmediato y, si se permite la expresión,«unilateral», y ello de una doble forma. Podríamos entrar directamente a sostener una tesis de fondo, una tesis fuerte sobre esa ...
1.1. DEFINICION EN EL CODIGO CIVIL, ARTÍCULO 1: "La ley es una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite".
Notas sobre los aportes teóricos para una dimensión integradora en la teoría general del Derecho
2018
Para producir la misma proponemos la conceptualización de la categoría tiempo-espacio como una dimensión integradora de las que posee el tridimensionalismo de la Teoría Trialista del Mundo Jurídico para la que el Derecho "es" la realidad social, la captación racional de ésta a través de las normas y la justicia, como su elemento principal y distintivo del resto de las disciplinas. La posibilidad de compatibilizar esa ontología del Derecho a través del tiempo, cuando cambian repartos, normas y criterios de justicia-que deberían ser objetivosmanteniendo su estructura ontológica y conservando el protagonismo predictivo de anticipación, pese la disrupción de los cambios, es lo que esbozamos en estas notas a través del desarrollo del concepto de tiempo-espacio, la estructura sincrónica y diacrónica y la figura del tetraedro, que como simplex tridimensional de cuatro caras las ejemplifica a todas. Para ello tomamos de las ciencias llamadas "duras", física y geometría, el concepto del tiempo cuántico y la figura de un sólido platónico, el tetraedro, armonizándolo con el trialismo. El marco teórico adoptado integra la realidad, la norma y la justicia del Mundo Jurídico hasta la actualidad, con la estrategia jurídica prospectiva de los desarrollos trialistas, que el tiempo "lineal" nos permite incorporar el tiempo "futuro" a una Teoría General común y abarcativa, tomando los indicadores del presente, con proyecciones futuras para esa justicia objetiva de llegada para un mundo mejor, como una aplicación a la realidad desde el Derecho.
Contribuciones Análisis del Marco Legal (México
Publicación de distribución gratuita. Prohibida su venta. No se permite la reproducción parcial o total, el almacenamiento, el alquiler, la transmisión o la transformación de este material didáctico en cualquier forma o por cualquier medio, sea electrónico o mecánico, mediante fotocopias, digitalización y otros métodos sin el permiso previo y escrito del propietario de los derechos reservados.