DÍAZ TOLOSA, Regina Ingrid, DÍAZ FUENZALIDA, Juan Pablo, PÉREZ CEBALLOS, Alejandra y POYANCO, Rodrigo (2022): “Derechos económicos, sociales y culturales”, en Academia judicial, Material Docente Nº 53, 160 pp. (original) (raw)
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, elementos, características, clasificación y efectos jurídicos. INEFICACIA DEL NEGOCIO JURÍDICO 1. RESCISIÓN (1579 AL 1586 CÓDIGO CIVIL) Forma de ineficacia de un contrato válidamente celebrado, pendiente total o parcialmente de cumplimiento, originada de la decisión de uno de los contratantes a quien la ley faculta expresamente, por acuerdo de los contratantes, a través de la declaración de juez competente fundada en un motivo específico previsto en la ley o de la imposibilidad de ejecución por causas fortuitas o motivos insuperables no imputables al incumplido. ELEMENTOS:-Existencia de un contrato válido.-Que el contrato no se haya consumado, sino que, por el contrario, esté pendiente total o parcialmente su cumplimiento. Si el contrato ya hubiese sido cumplido totalmente, sería imposible rescindirlo porque ya no existe.-Que una de las partes, a quien la ley faculta expresamente para ello, decida disolverlo, que ambas partes acuerden la rescisión; que lo declare disuelto la sentencia emitida por juez competente, por cualquier motivo que el Código Civil establece; o bien que se disuelva el contrato porque su cumplimiento se haya tornado imposible por caso fortuito o por causas ajenas a la voluntad del obligado.
2022
Chile, como Estado democrático y miembro de los sistemas internacionales de protección de los derechos humanos a nivel universal (Organización de las Naciones Unidas) e interamericano (Organización de Estados Americanos), se ha comprometido con el respeto y con la promoción de dichos derechos a través de la ratificación de sus principales tratados, por lo que debe implementar un servicio de justicia con enfoque basado en derechos humanos, es decir, uno orientado a enaltecer la dignidad humana, tanto en lo normativo como en lo operacional. Este material docente se estructura a partir de tres unidades temáticas, va de lo general a lo particular y de lo teórico a lo práctico. La primera unidad nos introduce en el tema del enfoque basado en derechos humanos y entrega una base conceptual, histórica y filosófica con contexto internacional de los derechos humanos. La segunda aborda las principales fuentes normativas de los derechos humanos en ámbitos disciplinares y grupos humanos específicos. Finalmente, la tercera unidad se enfoca en los aspectos prácticos relacionados con las principales acciones o mecanismos de protección de los derechos humanos en el ámbito nacional en general y, en particular, en la implementación de protocolos de actuación en el ámbito del servicio de justicia de los grupos humanos más vulnerables.
2014
En este artículo el autor reflexiona sobre los avances en la doctrina, en la academia, entre los actores estatales y organizaciones de la sociedad civil global respecto de los enfoques acerca de los derechos económicos, sociales y culturales (Desc), cuya importancia toma relieve a partir de la misma Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), al identificar un solo conjunto indivisible de derechos inalienables que se levantan sobre la base de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. En este sentido, la DUDH se constituye como el instrumento fundante que da cabida a los dos Tratados Internacionales de Derechos Humanos, así como los demás instrumentos regionales sobre la materia.
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Este texto forma parte del libro Los Derechos Económicos, Sociales y Culturales en los tribunales de provincia dirigido por Mauro Benente. En mi capítulo, analizo la Constitución de San Juan en materia de DESC y la jurisprudencia del máximo tribunal sanjuanino al respecto.
There isn’t doubt that our planet faces daily environmental damages, this is consequence of human action on nature and its resources. This has been observed since the man appears in the world, and will continue to happen, unfortunately more and more quickly. For over 40 years have sought solutions to environmental problems, one being the establishment of economic instruments and creation of environmental taxes to achieve the aims and objectives of public policy is clear and necessary public intervention in environmental matters. This paper seeks to highlight and explain the feasibility of establishing environmental taxes and the need for the adequacy and strict application of environmental policies and the continuing joint work of the States and the Federation to achieve satisfactory results with the implementation of these environmental instruments that complement our tax system.