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Papers by Mariana De Lorenzi

Research paper thumbnail of Sentencias, año 2007

Research paper thumbnail of El reconocimiento del derecho a conocer los orígenes biológicos en el ordenamiento jurídico español: ¿una materia pendiente?

espanolLa identidad personal comienza a forjarse en el pasado del ser humano, en sus mismos orige... more espanolLa identidad personal comienza a forjarse en el pasado del ser humano, en sus mismos origenes biologicos. Desde este axioma, la verdad biologica ha devenido un principio clave del Derecho de las Familias en Occidente. Tradicional paradigma de la filiacion por naturaleza, su trascendencia se extiende en la actualidad a los supuestos de filiacion adoptiva y por reproduccion humana asistida, impulsada, en gran medida, por la C.D.N. Entre los derechos de los ninos, ninas y adolescentes que ella consagra, destaca el derecho a conocer los origenes biologicos (articulos 7 y 8). Estos preceptos, junto a la prohibicion de realizar distinciones por razon del nacimiento o cualquier otra condicion (articulo 2.1), exigen la expansion del principio de la verdad biologica a favor de todas las personas, incluidas las concebidas de forma natural que gozan de una filiacion adoptiva y las nacidas por reproduccion humana asistida. La mayoria de los ordenamientos juridicos contemporaneos contempl...

Research paper thumbnail of El derecho a conocer los orígenes biológicos. La necesidad de su reconocimiento para garantizar el derecho a la identidad personal de los adoptados y nacidos por reproducción humana asistida

La identidad personal comienza a forjarse en el pasado del ser humano, en sus mismos origenes bio... more La identidad personal comienza a forjarse en el pasado del ser humano, en sus mismos origenes biologicos. Desde este axioma, la verdad biologica ha devenido un principio clave del Derecho de Familia occidental. Tradicional paradigma de la filiacion por naturaleza, su trascendencia se extiende en la actualidad a los supuestos de filiacion adoptiva y por reproduccion humana asistida, en gran medida, impulsada por la C.D.N. Este instrumento ha sido esencial, ante todo, para reafirmar el caracter universal de los derechos fundamentales. En segundo lugar, evidencia una comunion entre los paises del entorno en edificar el Derecho de Familia actual sobre tres pilares: el protagonismo de la persona, el mayor valor de la autonomia de la voluntad en las relaciones familiares y el orden publico como medio —funcional a ella— para garantizar los derechos fundamentales. Finalmente, un cambio en la nocion misma de infancia y adolescencia enaltece el caracter de sujetos de derechos de los ninos, ni...

Research paper thumbnail of Adopción y derechos. El acceso a los orígenes en Argentina, Chile y España

América Latina Hoy, 2019

Este trabajo es el resultado del diálogo entre las normas vigentes en Argentina, Chile y España s... more Este trabajo es el resultado del diálogo entre las normas vigentes en Argentina, Chile y España sobre el acceso a los orígenes de las personas adoptadas y la posibilidad de contacto como garantía de su derecho a la identidad. El mismo ofrece un análisis teórico comparativo con un enfoque histórico jurídico y psicosocial a través del cual se señalan convergencias y divergencias entre los tres países.

Research paper thumbnail of ¿De dónde vengo?: la emblemática pregunta por los orígenes formulada por los hijos nacidos de técnicas de reproducción humana asistida

Por Los Derechos De La Infancia Y De La Adolescencia Un Compromiso Mundial Desde El Derecho De Participacion En El Xx Aniversario De La Convencion Sobre Los Derechos Del Nino 2009 Isbn 978 84 9790 435 3 Pags 797 838, 2009

Research paper thumbnail of Uniones de hecho homosexuales en el derecho argentino.: Visión prospectiva

Perspectivas Del Derecho De Familia En El Siglo Xxi Xiii Congreso Internacional De Derecho De Familia 2004 Isbn 84 609 3858 1, 2004

El presente trabajo tiene por objeto abordar la problematica de la institucionalizacion de las un... more El presente trabajo tiene por objeto abordar la problematica de la institucionalizacion de las uniones homosexuales en el Derecho Positivo Argentino. En aras de dicho cometido cabe precisar que partimos de la idea de que la familia existe como tal, independientemente de la orientacion e identidad sexual de los miembros que la componen y que, acorde a ello, definimos a la familia homosexual como "toda comunidad de vida publica, estable y singular entre dos personas de un mismo sexo". El reconocerles el status de familia a las uniones en estudio, no significa otra cosa que respetar mandatos supranacionales y constitucionales. Asi, la Constitucion Nacional impone al Estado Argentino la "proteccion integral de la familia", y la carta magna de la Provincia de Santa Fe asume la responsabilidad de contribuir a la "formacion y defensa integral de la misma". Todo ello, sin perjuicio del reconocimiento de los derechos y garantias individuales. Demostrada la necesidad de la tutela juridica de las parejas homosexuales, nos abocamos a analizar, en primer lugar, su ubicacion dentro de la dimension juridica argentina, en segunda instancia, como y con que alcances ha sido contemplada por la normativa existente, para finalmente, en un ultimo momento, realizar una vision prospectiva que permita esbozar algunas ideas tendientes a lograr una regulacion especifica respetuosa de las diferencias. En este contexto cabe destacar que en el ambito del derecho comparado se han adoptado distintos criterios tendientes a regular las uniones homosexuales: se las ha asimilado al matrimonio; encuadrado dentro del concubinato o legislado autonomamente; todo ello, dentro o fuera del Derecho de Familia. Por nuestra parte, dentro del Derecho de Familia argentino encontramos dos instituciones que se refieren a la relacion de pareja: por un lado, el matrimonio -regulado organicamente por el Codigo Civil y para el cual se exige como requisito de existencia la diversidad sexual -y por otro, el concubinato -situacion tutelada asistematicamente a traves de normas dispersas de las que surge que es tambien una union conformada por personas de diferente sexo-. De lo expuesto colegimos de manera clara e inequivoca que la union homosexual, al no cumplir con el requisito de la heterosexualidad, queda excluida de las disposiciones atinentes a las instituciones antes citadas. No obstante, y pese a existir actualmente en nuestro pais una timida legislacion -de caracter local- tendiente a regular este tipo de uniones, la misma es limitada y solo reconoce algunos derechos, quedando el resto de las parejas homosexuales argentinas frente a una carencia normativa y sujetas, eventualmente, a resoluciones jurisprudenciales. Atento a ello, y como operadoras del derecho, postulamos que se torna indispensable que los derechos y obligaciones que deriven de las relaciones entre los integrantes de la pareja homosexual, y entre estos y terceros, sean objeto de un reconocimiento legal, organico e integral. Este es el mayor desafio social y juridico que tiene hoy dia el Derecho Argentino.

Research paper thumbnail of Assisted human reproduction offspring and the fundamental right to identity: the recognition of the right to know one’s origins under the European Convention of Human Rights

Personalized Medicine, 2009

An individual’s right to know about their own origins entails a legal system that provides judici... more An individual’s right to know about their own origins entails a legal system that provides judicial guarantees that make effective the right to know about their genetic ancestors. This is part of the fundamental right to identity and has its basis in the principles of autonomy and dignity: an individual’s right to knowledge of their genetic origins is implicitly recognized by article 8 of the European Convention for the Protection of Human Rights and Fundamental Freedoms. As discussed in this paper, even though the European Court of Human Rights has not yet addressed this particular issue, the European legal systems that protect the anonymity of gamete donors and/or embryo donors appear to infringe an individual’s right to genetic knowledge and, consequently, breaches Article 8 of the European Convention on Human Rights.

Research paper thumbnail of La especialización en Derecho de la Niñez y la Adolescencia como condición insoslayable

Paradigmas y desafíos del derecho de las familias, niñez y adolescencia, 2019, ISBN 978-987-30-1361-4, págs. 291-304, 2019

Research paper thumbnail of “Putting the Child First”: A Necessary Step in the Recognition of the Right to Identity

Canadian Journal of Family Law, 2011

The University of British Columbia (UBC) grants you a license to use this article under the Creat... more The University of British Columbia (UBC) grants you a license to use this article under the Creative Commons Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 International (CC BY-NC-ND 4.0) licence. If you wish to use this article or excerpts of the article for other purposes such as commercial republication, contact UBC via the Canadian

Research paper thumbnail of El Sistema De Promoción y Protección Integral De Los Derechos De Las Niñas, Niños y Adolescentes en Argentina

Estudio sistemático de la Ley 26/2015, de 28 de julio de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia

Research paper thumbnail of Sentencias, año 2007

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espanolLa identidad personal comienza a forjarse en el pasado del ser humano, en sus mismos orige... more espanolLa identidad personal comienza a forjarse en el pasado del ser humano, en sus mismos origenes biologicos. Desde este axioma, la verdad biologica ha devenido un principio clave del Derecho de las Familias en Occidente. Tradicional paradigma de la filiacion por naturaleza, su trascendencia se extiende en la actualidad a los supuestos de filiacion adoptiva y por reproduccion humana asistida, impulsada, en gran medida, por la C.D.N. Entre los derechos de los ninos, ninas y adolescentes que ella consagra, destaca el derecho a conocer los origenes biologicos (articulos 7 y 8). Estos preceptos, junto a la prohibicion de realizar distinciones por razon del nacimiento o cualquier otra condicion (articulo 2.1), exigen la expansion del principio de la verdad biologica a favor de todas las personas, incluidas las concebidas de forma natural que gozan de una filiacion adoptiva y las nacidas por reproduccion humana asistida. La mayoria de los ordenamientos juridicos contemporaneos contempl...

Research paper thumbnail of El derecho a conocer los orígenes biológicos. La necesidad de su reconocimiento para garantizar el derecho a la identidad personal de los adoptados y nacidos por reproducción humana asistida

La identidad personal comienza a forjarse en el pasado del ser humano, en sus mismos origenes bio... more La identidad personal comienza a forjarse en el pasado del ser humano, en sus mismos origenes biologicos. Desde este axioma, la verdad biologica ha devenido un principio clave del Derecho de Familia occidental. Tradicional paradigma de la filiacion por naturaleza, su trascendencia se extiende en la actualidad a los supuestos de filiacion adoptiva y por reproduccion humana asistida, en gran medida, impulsada por la C.D.N. Este instrumento ha sido esencial, ante todo, para reafirmar el caracter universal de los derechos fundamentales. En segundo lugar, evidencia una comunion entre los paises del entorno en edificar el Derecho de Familia actual sobre tres pilares: el protagonismo de la persona, el mayor valor de la autonomia de la voluntad en las relaciones familiares y el orden publico como medio —funcional a ella— para garantizar los derechos fundamentales. Finalmente, un cambio en la nocion misma de infancia y adolescencia enaltece el caracter de sujetos de derechos de los ninos, ni...

Research paper thumbnail of Adopción y derechos. El acceso a los orígenes en Argentina, Chile y España

América Latina Hoy, 2019

Este trabajo es el resultado del diálogo entre las normas vigentes en Argentina, Chile y España s... more Este trabajo es el resultado del diálogo entre las normas vigentes en Argentina, Chile y España sobre el acceso a los orígenes de las personas adoptadas y la posibilidad de contacto como garantía de su derecho a la identidad. El mismo ofrece un análisis teórico comparativo con un enfoque histórico jurídico y psicosocial a través del cual se señalan convergencias y divergencias entre los tres países.

Research paper thumbnail of ¿De dónde vengo?: la emblemática pregunta por los orígenes formulada por los hijos nacidos de técnicas de reproducción humana asistida

Por Los Derechos De La Infancia Y De La Adolescencia Un Compromiso Mundial Desde El Derecho De Participacion En El Xx Aniversario De La Convencion Sobre Los Derechos Del Nino 2009 Isbn 978 84 9790 435 3 Pags 797 838, 2009

Research paper thumbnail of Uniones de hecho homosexuales en el derecho argentino.: Visión prospectiva

Perspectivas Del Derecho De Familia En El Siglo Xxi Xiii Congreso Internacional De Derecho De Familia 2004 Isbn 84 609 3858 1, 2004

El presente trabajo tiene por objeto abordar la problematica de la institucionalizacion de las un... more El presente trabajo tiene por objeto abordar la problematica de la institucionalizacion de las uniones homosexuales en el Derecho Positivo Argentino. En aras de dicho cometido cabe precisar que partimos de la idea de que la familia existe como tal, independientemente de la orientacion e identidad sexual de los miembros que la componen y que, acorde a ello, definimos a la familia homosexual como "toda comunidad de vida publica, estable y singular entre dos personas de un mismo sexo". El reconocerles el status de familia a las uniones en estudio, no significa otra cosa que respetar mandatos supranacionales y constitucionales. Asi, la Constitucion Nacional impone al Estado Argentino la "proteccion integral de la familia", y la carta magna de la Provincia de Santa Fe asume la responsabilidad de contribuir a la "formacion y defensa integral de la misma". Todo ello, sin perjuicio del reconocimiento de los derechos y garantias individuales. Demostrada la necesidad de la tutela juridica de las parejas homosexuales, nos abocamos a analizar, en primer lugar, su ubicacion dentro de la dimension juridica argentina, en segunda instancia, como y con que alcances ha sido contemplada por la normativa existente, para finalmente, en un ultimo momento, realizar una vision prospectiva que permita esbozar algunas ideas tendientes a lograr una regulacion especifica respetuosa de las diferencias. En este contexto cabe destacar que en el ambito del derecho comparado se han adoptado distintos criterios tendientes a regular las uniones homosexuales: se las ha asimilado al matrimonio; encuadrado dentro del concubinato o legislado autonomamente; todo ello, dentro o fuera del Derecho de Familia. Por nuestra parte, dentro del Derecho de Familia argentino encontramos dos instituciones que se refieren a la relacion de pareja: por un lado, el matrimonio -regulado organicamente por el Codigo Civil y para el cual se exige como requisito de existencia la diversidad sexual -y por otro, el concubinato -situacion tutelada asistematicamente a traves de normas dispersas de las que surge que es tambien una union conformada por personas de diferente sexo-. De lo expuesto colegimos de manera clara e inequivoca que la union homosexual, al no cumplir con el requisito de la heterosexualidad, queda excluida de las disposiciones atinentes a las instituciones antes citadas. No obstante, y pese a existir actualmente en nuestro pais una timida legislacion -de caracter local- tendiente a regular este tipo de uniones, la misma es limitada y solo reconoce algunos derechos, quedando el resto de las parejas homosexuales argentinas frente a una carencia normativa y sujetas, eventualmente, a resoluciones jurisprudenciales. Atento a ello, y como operadoras del derecho, postulamos que se torna indispensable que los derechos y obligaciones que deriven de las relaciones entre los integrantes de la pareja homosexual, y entre estos y terceros, sean objeto de un reconocimiento legal, organico e integral. Este es el mayor desafio social y juridico que tiene hoy dia el Derecho Argentino.

Research paper thumbnail of Assisted human reproduction offspring and the fundamental right to identity: the recognition of the right to know one’s origins under the European Convention of Human Rights

Personalized Medicine, 2009

An individual’s right to know about their own origins entails a legal system that provides judici... more An individual’s right to know about their own origins entails a legal system that provides judicial guarantees that make effective the right to know about their genetic ancestors. This is part of the fundamental right to identity and has its basis in the principles of autonomy and dignity: an individual’s right to knowledge of their genetic origins is implicitly recognized by article 8 of the European Convention for the Protection of Human Rights and Fundamental Freedoms. As discussed in this paper, even though the European Court of Human Rights has not yet addressed this particular issue, the European legal systems that protect the anonymity of gamete donors and/or embryo donors appear to infringe an individual’s right to genetic knowledge and, consequently, breaches Article 8 of the European Convention on Human Rights.

Research paper thumbnail of La especialización en Derecho de la Niñez y la Adolescencia como condición insoslayable

Paradigmas y desafíos del derecho de las familias, niñez y adolescencia, 2019, ISBN 978-987-30-1361-4, págs. 291-304, 2019

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Canadian Journal of Family Law, 2011

The University of British Columbia (UBC) grants you a license to use this article under the Creat... more The University of British Columbia (UBC) grants you a license to use this article under the Creative Commons Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 International (CC BY-NC-ND 4.0) licence. If you wish to use this article or excerpts of the article for other purposes such as commercial republication, contact UBC via the Canadian

Research paper thumbnail of El Sistema De Promoción y Protección Integral De Los Derechos De Las Niñas, Niños y Adolescentes en Argentina

Estudio sistemático de la Ley 26/2015, de 28 de julio de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia