Derechos y garantías de las niñas y niños en el contexto de la migración y/o en necesidad de protección internacional (original) (raw)
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Protección de niños, niñas y adolescentes en contextos de migración
(Coordinación) Protección de niños, niñas y adolescentes en contextos de migración. Manual de aplicación de estándares internacionales y regionales de derechos humanos, Save the Children, Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos del MERCOSUR, Buenos Aires, 2019, pp. 49. [Redacción del documento: Luciana Vaccotti].
2015
El 7 de junio de 2011, los cuatro Estados parte del MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay) (1) presentaron ante la Corte Interam ericana de Derechos H u m anos (CteIDH) u n a solicitud de O pinión Consultiva (2), requiriendo precisiones sobre cuáles son las obligaciones de los Estados con relación a las m edidas pasibles de ser adoptadas respecto de los niños, asociadas a su condición migratoria, o a la de sus padres, a la luz de la in terpretación autorizada de los artículos pertinentes de la Convención Am ericana sobre Derechos Hum anos, la D eclaración Am ericana de los Derechos y Deberes del Hom bre y el artículo 13 de la Convención Interam ericana para Prevenir y Sancionar la Tortura” (3). Ésta es la prim era vez que cuatro Estados, desde una posición conjunta solicitan una opinión a la CteIDH.
Acceso a la justicia y protección integral de los derechos de las niñas y los niños en contextos de movilidad internacional (Nicolás Espejo Yaksic, Ed.), 2021
La obra reúne a una serie de destacadas y destacados expertos en el campo de los derechos humanos, la movilidad humana y la justicia, para precisar el alcance y dimensiones del derecho de niñas y niños en contextos de movilidad humana a acceder a la justicia. Los capítulos aquí reunidos no sólo dan cuenta de estándares de derechos humanos, sino también, precisan prácticas emergentes en este campo que puedan orientar una protección integral por parte de los Estados
Protección social de embarazadas y niñas en el contexto de la migración
Tratado de Géneros Derecho y Justicia, 2020
Protección social de mujeres embarazadas y niñas en el contexto de la migración Lila García (CONICET-UNMdP) El objetivo de la presente contribución (versión final de autor/a) es analizar las restricciones al acceso a la protección social en Argentina que enfrentan mujeres y niños/as migrantes e hijos/as de migrantes, a través de las dos políticas de protección social de mayor alcance: la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) y la Asignación por Embarazo para Protección Social (AEPS). Ambas muestran la preeminencia de lo migratorio frente a las necesidades de protección a que atienden las políticas sociales y en definitiva, la debilidad pensar a mujeres y niñas migrantes (o hijas de migrantes) como personas humanas acreedoras, en cuanto tales, de derechos. 1. Migraciones y el marco legal argentino La movilidad es una característica innata de nuestra humanidad. En la actualidad, se reconoce que, como nunca antes en la historia, existen más personas viviendo fuera de sus países de nacimiento. Sin embargo, esta movilidad nunca fue un problema y hasta donde sabemos, desde Cristóbal Colón hacia aquí, las poblaciones originarias no pedían documentos a quienes llegaban a sus tierras. Como señalará Saskia Sassen, "sabemos que hemos asimilado razonablemente bien a los inmigrantes del pasado". 1 Fue el surgimiento de los estados-nación (fenómeno moderno por el cual las poblaciones, de repente "nacionales", pasaron a ser un elemento constitutivo del Estado) y luego la introducción de controles migratorios y la creación del pasaporte (recién a principios del siglo XX), entre otros, los que elaboraron a las poblaciones como naturales de cierto país, a la movilidad como una anomalía y establecieron así un sistema de exclusas por el cual la asignación de derechos y hasta la misma existencia jurídica sería administrada por los Estados. Sabemos por otro lado que nuestro país (junto con muchos otros como Australia o Estados Unidos) se construyó promoviendo una inmigración masiva. Para principios del siglo XX, el 30% de la población total argentina era extranjera, un pico en nuestra historia considerando que desde 1960 al menos, la población extranjera no supera el 5% sobre la población total; el censo de 2010 mostraba que eran menos de 2 millones de personas. Consecuente con este plan, la Constitución Nacional argentina es generosa hacia las personas extranjeras, al disponer que gozarán de iguales derechos civiles que los argentinos y consagrar garantías para todas las personas por el sólo hecho de ser "habitantes". Por su parte, la ley de migraciones 25.871 en vigor desde 2004 reconoce un derecho humano a migrar (y con ello, a ingresar, residir y desarrollar el propio plan de vida en nuestro país), a la educación, a la salud y a la seguridad social con independencia de la nacionalidad o la situación migratoria. De hecho, el artículo 6 reafirma la igualdad entre nacionales y extranjeros prevista en la Constitución Nacional al establecer que "[e]l Estado en todas sus jurisdicciones, asegurará el 1 Sassen, Saskia (2003), Inmigrantes y ciudadanos. De las migraciones masivas a la Europa Fortaleza. Madrid: Siglo XXI, p. 16.
Niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados y su derecho a la garantía al debido proceso
Revista Transdisciplinaria de Estudios Migratorios, 2015
The present research examines whether mexican law on migration, is consistent with international human rights standards in ensuring the due process rights of any unaccompanied migrant children or adolescent whose situation in the country is irregular. The research is based on a harmonization of laws, with analysis from the Migration Act and Regulations and the International Law of Human Rights with regard to the guarantee of due process of unaccompanied migrant children and adolescent detained in the mexican southern border and facing an immigration process of assisted return or regularization of their immigration status.
2017
Desde el año 2014, en México entró en vigor La Ley General de Niños, Niñas y Adolescentes (LGDNNA), ésta reconoce a menores de edad como titulares de derechos, con capacidad de defender y exigir sus derechos, por ejemplo, un NNA tiene derecho a la salud, sin embargo bajo cualquier tratamiento médico es importante escucharle y explicarle sobre los procedimientos a realizar. Esta misma ley reconoce también a la familia, a la comunidad y al Estado como los responsables de garantizar sus derechos de manera progresiva e integral. Es decir que no parte de una mirada reactiva que asume que los niños y niñas son un grupo vulnerable, los asume como capaces de tomar decisiones en torno a los procesos que les involucran. Aún cuando existe un gran avance en el número de investigaciones y análisis sobre migración infantil, hace falta generar mayores conocimientos que visibilicen y den idea del impacto que tiene este proceso en los menores de edad, sobre todo en los adolescentes, ya que la migración es un factor estresante que se asocia con múltiples problemáticas de salud, económicas, de género, políticas, sociales y familiares, entre otras categorías que implican el sano ejercicio y garantía de sus derechos. Sin embargo, aún con las recientes modificaciones a la LGDNNA y a los organismos gubernamentales y no gubernamentales que debieran incidir de manera positiva en la generación de espacios para el pleno ejercicios de derechos de NNA de todo el país, es importante indagar, ¿Cómo viven y reconocen sus derechos los adolescentes que viven en un contexto de tradición migratoria y cuál es su postura sobre la decisión de migrar o no hacerlo?. Así, este trabajo ha tenido como objetivo, generar un ejercicio de cuestionamiento en las y los adolescentes de contextos de alta tradición migrante, para no mantener una postura de “la vida es así, porque no hay de otra”, para promover una postura autocrítica sobre la manera en la que se viven y se perciben los NNA, permitiéndose así generar alternativas futuras a su forma de vida para que puedan vivirse como titulares de derechos que reconocen sus garantías y buscan espacios para ejercer y exigir sus derechos.********************************************** Olvera-Rodríguez, J. E., Méndez-Puga, A. M., Vargas-Silva, A.D. Rivera-Heredia, M. E. & Obregón-Velasco, N. (2017). Reconociendo a las y los adolescentes como titulares de derechos en el marco de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes: una propuesta desde la investigación-acción en contextos de alta migración (pp 5-17). En Dra. Milagros Cano Flores Dra. Teresa García López Mtro. Daniel Armando Olivera Gómez. Perspectiva multidisciplinar de la migración y desarrollo. México: red iberoamericana de academias de investigación A.C. ISBN: 978607977175
Las niñas y niños en el proceso migratorio: una realidad que continúa vigente
2019
El proceso migratorio ha sido una actividad constante para el ser humano desde sus albores a nivel global y las razones por las que ha decidido hacerlo responden a las necesidades de supervivencia a lo largo de la historia, en el caso latinoamericano y particularmente a nivel del territorio ecuatoriano, la crisis economica y la inestabilidad politica empujaron al crecimiento del desempleo e inestabilidad social. La referida migracion se la realizo en condiciones de ilegalidad y con grandes deudas a personas o entidades ilegales, que imponian intereses economicos elevados, por lo tanto, dichas deudas debian pagarse lo antes posible y para lograrlo, quienes migraban debian afrontar condiciones de vida casi infrahumanas, con el in de ahorrar y poder enviar las remesas necesarias para el pago de sus haberes. bicha situacion coloco a quien migraba en posicion heroica dentro del circulo familiar y a nivel de toda la sociedad, porque debido a las remesas que ingresaban al pais, y la dolari...
Caravaneritos: niñas y niños migrantes
Caravaneritos: niñas y niños migrantes, 2019
Derivado de un proyecto en curso, se presentan algunas experiencias de niñas y niños que viajan en caravanas de migrantes centroamericanos y que, actualmente, se encuentran en la frontera de Tamaulipas en espera del asilo en Estados Unidos.