Riesgo y derecho penal Sobre presupuestos constitutivos del derecho penal en el estado de derecho (original) (raw)
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2013
Las orientaciones hacia las que se ha dirigido el Derecho Penal, muestran como caracteristicas principales: ( i ) una fuerte inclinacion por el endurecimiento de los castigos existentes; ( ii ) la proliferacion en la criminalizacion de conductas sociales que afectan bienes juridicos abstractos y/o colectivos, y ( iii ) la expansion a hechos y conflictos sociales que bien pueden solucionarse sin la intervencion del Derecho Penal. Es evidente que algunos fenomenos han contribuido a la deconstruccion del Derecho Penal para hablar hoy dia de un Derecho Penal categorizado en primera, segunda y tercera velocidad. Como nucleo esencial de estos nuevos escenarios aparecen los avances tecnologicos, paradojicamente determinantes para la configuracion de un Derecho Penal que pretende controlar las dinamicas propias de la sociedad, legitimando su actuar en un nuevo modelo de sociedad denominada del riesgo.
Gerencia Fiscal Basada en Riesgos
Documento preparado para el conversatorio con docentes de la URACCAN, tratando de brindar un marco conceptual de la Gerencia Fiscal y brindando una propuesta de herramientas útiles para la conformación de una Unidad de Cumplimiento Fiscal que tenga como base la planeación, el monitoreo e informe constante de la situación fiscal en el que operan las entidades lucrativas y no lucrativas. Palabras clave: Gerencia Fiscal, Compliance Tributario, Indicadores fiscales. Sobre el facilitador: Doctor en Ciencias Sociales, Abogado y Notario Público, Contador Público Autorizado, Auditor Externo y Consultor Empresarial. Docente universitario y Árbitro Científico Internacional.
El Riesgo (penal) de la sociedad del riesgo.
Ante el planteamiento de que el desarrollo tecnológico en las sociedades posindustriales genera nuevos riesgos que inciden en las formas de criminalidad, surgen en el ámbito penal debates en torno a la reformulación del viejo derecho penal liberal que no parece ser ya un instrumento de control de las nuevas contingencias. ¿Qué conductas y quiénes son ahora considerados peligrosos? ¿Cuáles deben ser los paradigmas penales y criminológicos que correspondan a la sociedad actual? La búsqueda no ha resultado fácil quizá porque el debate no ha sido el pertinente. El objeto es analizar la discusión teórica acerca de los riesgos de una proclamada nueva modernidad. En realidad estamos frente a un traslape en el cual una parte del viejo derecho penal es cubierto por otro que no logra ser novedoso pero sirve para dar salida a nuevos requerimientos. No es la sociedad del riesgo quien va a suplir los retrocesos del Estado social de derecho, sino que, por el contrario, bajo un nuevo impulso de éste se podrían dar respuestas a los riesgos tecnológicos y globales. Pero en aras de la aceptación de “nuevas realidades”, se produce un retroceso en los avances históricos del derecho penal en tanto instrumento de garantías: es el riesgo (penal) de la llamada sociedad del riesgo.