PROJECTE ILERGÈCIA: TERRITORI I POBLAMENT IBÈRIC A LA PLANA ILERGETA (original) (raw)
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Dossier propiedad comunitaria indígena, 2015
Introducción al derecho de los pueblos indígenas sobre sus tierras y territorios y las resistencias a su aplicación en la República Argentina
BOLIVIA: EL CASO DEL TERRITORIO AUTÓNOMO INDÍGENA CHARAGUA IYAMBAE
E l presente documento elaborado a solicitud del Grupo Internacional de Trabajo sobre Asuntos Indígenas (IWGIA) desarrolla un análisis sobre el reconocimiento y puesta en práctica de los Protocolos de Consulta Previa en el marco del ejercicio del derecho a la autonomía indígena. En el marco de los objetivos previstos para el estudio, el documento, sistematiza la experiencia del primer gobierno autónomo indígena reconocido formalmente por el Estado boliviano: la autonomía indígena guaraní Charagua Iyamabae; en el proceso de implementación de la facultad/competencia exclusiva de participar desarrollar y ejecutar los mecanismos de Consulta Previa, Libre e Informada relativos a la aplicación de medidas legislativas, ejecutivas y administrativas en aplicación de las normas y procedimientos propios. El análisis sobre el reconocimiento y las posibilidades reales de aplicación de los protocolos de Consulta Previa, parte de un diagnóstico sobre la situación de su aplicación en el país, concluyendo que, en el actual contexto, en Bolivia este derecho, se encuentra en un estado de cosas inconstitucional, por lo cual, recomienda la aplicación de los protocolos como una de las alternativas para superar esta crítica situación. Por otro lado, el estudio, desde un análisis a la luz de los principios y las normas constitucionales, ratifica el reconocimiento de los protocolos de Consulta Previa en el texto constitucional promulgado en 2009 luego de un referendo constituyente, en una doble condición: derecho fundamental de las naciones y pueblos indígenas y competencia exclusiva del nuevo gobierno indígena. Asimismo, considera la jurisprudencia emanada por el Tribunal Cons titucional Plurinacional (TCP) que, en el marco del Bloque de Constitucionalidad, reconoce el derecho a la Consulta Previa con la participación activa de los pueblos indígenas en la toma de decisiones y en aplicación de sus normas y procedimientos propios, sentando las bases para el reconocimiento jurisprudencial de los protocolos emergentes desde los pueblos indígenas.
REFLEXIONES SOBRE TERRITORIO E IMAGEN IBÉRICOS: EL ÁREA ALICANTINA
La península Ibérica en la Antigüedad: la imagen de un territorio, Stvd. hist., Ha. Antigua , 1996
Dentro de los análisis de las formas directas de intervención territorial en la Península Ibérica T. Tortosa y J.A. Santos proponen la posibilidad de ela-borar hipótesis sobre la definición de territorios a través del análisis iconográficos y de la distribución de diversas manifestaciones materiales del mundo ibérico, en este caso del área alicantina. As far as the forms of ancient interventions on the Iberian Peninsula is concerned, T. Tortosa and J.A. Santos propose-as a hypothesi-the use of iconographic analysis and distribution patterns of cultural manifestations, particularly in the iberian area of Alicante and Murcia.
ANÁLISIS Y DIAGNÓSTICO TERRITORIAL PARA EL PLAN PILOTO INTERDEPARTAMENTAL: CUENCA DEL ARROYO AIGUÁ
El presente documento presenta el diagnóstico para la formulación de un Plan Interdepartamental para la cuenca del arroyo Aiguá. El trabajo toma como unidad de estudio parte del territorio de la cuenca del río Cebollatí, que a su vez es parte de la cuenca de la Laguna Merín, y tiene como objetivo formular las bases de ordenamiento territorial de la zona. Cada cuenca hidrográfica, sus recursos naturales y sus habitantes poseen condiciones físicas, biológicas, económicas, sociales y culturales que les confieren características particulares. El artículo n.º 47 de la Constitución de la República establece que: “[…] La política nacional de aguas y saneamiento estará basada en […] b) la gestión sustentable, solidaria con las generaciones futuras, de los recursos hídricos y la preservación del ciclo hidrológico, que constituyen asuntos de interés general. Los usuarios y la sociedad civil participarán en todas las instancias de planificación, gestión y control de recursos hídricos; estableciéndose las cuencas hidrográficas como unidades básicas.”