La aplicación del derecho extranjero, la cláusula de excepción y el reenvío en el Derecho Internacional Privado argentino: Un trinomio pragmático (original) (raw)

Fuentes del derecho internacional privado en el sistema jurídico argentino: jerarquía normativa y su interpretación jurisprudencial

Revista Estudios Socio-jurídicos, 2019

El presente artículo de revisión analiza, dentro de las fuentes del derecho internacional privado argentino, la jerarquía normativa adoptada por la Constitución y por el nuevo Código Civil y Comercial, vigente desde agosto de 2015, y la influencia del derecho internacional de los derechos humanos. La metodología se basó en la comparación de ambas normativas, con el fin de determinar coincidencias, y en la interpretación jurisprudencial realizada por el máximo tribunal argentino, su evolución y sus actuales tendencias. El trabajo se compone de tres partes: la primera identifica los principios fundamentales del Código Civil y Comercial que impactan en derecho internacional privado argentino; la segunda, contiene una breve descripción de los diversos sistemas jurídicos y en la tercera se analizan los artículos que abordan la temática y su interpretación jurisprudencial hasta la fecha. Finalmente se concluye en la adopción de un nuevo derecho internacional privado argentino posmoderno, pro homine, que indique a los jueces argentinos que, al resolver una relación jurídica internacional —vale decir, aquella que pone en contacto varios ordenamientos jurídicos nacionales—, deben dictar sentencia teniendo en cuenta los derechos humanos, afirmación que se detalla en todo este trabajo.

Las sucesiones internacionales en el derecho internacional privado argentino

Las sucesiones internacionales en el derecho internacional privado argentino: análisis normativo y jurisprudencial, 2019

Uno de los temas más conflictivos y debatidos por la doctrina y jurisprudencia, incluso hasta generó grandes enfrentamientos, se centró en determinar cuál era el régimen optado por el codificador respecto de las sucesiones internacionales. Desde la entrada en vigor del Código Civil de Vélez (CCV), y durante toda su vigencia, las normas nos dejaban con un amargo sabor; reflejo de ello se extrae de la gran cantidad de trabajos doctrinarios en los que prestigiosos juristas salían a fundamentar con contrapuestos y acabados argumentos el sistema seguido...

Igualdad de trato procesal y acceso a la justicia. Notas a propósito de la Excepción de Arraigo en el Derecho Internacional Privado Argentino

Revista Iberoamericana de Derecho Internacional y de la Integración , 2018

El presente trabajo analiza la regulación de la igualdad de trato procesal en el Derecho Internacional Privado argentino consagrada en la reforma del Código Civil y Comercial. A partir de observar sus manifestaciones sobre la garantía de acceso a la justicia en el Derecho internacional privado se aborda la forma en que la excepción de arraigo o caución judicial ha operado en la jurisprudencia ante casos multinacionales y en la normativa argentina señalando la incidencia del art. 2610 en el Código Civil y Comercial. El análisis de las sentencias decididas luego de la entrada en vigor del Código evidencia la existencia de una tendencia hacia la eliminación de la figura del arraigo, concordante con las corrientes internacionales. No obstante, se sostiene alguna disidencia en torno a la articulación de disposiciones sustantivas y procesales por lo que se concluye que, aunque la garantía de acceso a la justicia aparece robustecida por la decisión de los legisladores de incluir normas en el Código de fondo, este fortalecimiento necesita indispensablemente de una réplica en los Códigos de rito tanto en las Provincias como en la Nación, para garantizar su efectividad.

La visión y trascendencia del Protocolo adicional y del Tratado de Derecho procesal internacional de Montevideo de 1889 para la aplicación e información del derecho extranjero

Jornadas 130 aniversario. Tratados de Montevideo. Legado y futuro de sus soluciones en el concierto internacional actual, 2019

Resumen: Los Tratados de Montevideo de 1889, especialmente su Protocolo adicional dieron la pauta definitiva a los países americanos a la forma en que debe tratarse el derecho extranjero cuando es aplicado por un juez en un caso con elementos internacionales. La aplicación de oficio del derecho extranjero fue un aporte muy valioso como el faro que iluminó a otras convenciones, entre otras -las firmadas en el marco de CIDIP- para encarar la forma del tratamiento de la ley extranjera. Si bien no fue regulado en forma expresa, en los Protocolos adicionales de 1889 y 1940 puede verse un indicio del deber de informar el derecho extranjero. Abstract: The Montevideo Private International Treaties signed 1889, especially its Additional Protocol gave the definitive guideline on how the foreign law should be treated in a case with international connections. The ex officio application of the foreign law was an enormous contribution to the Private International Law practice and was a beacon for all the new treaties to come to improve the treatment of the foreign law. For the Access to the contents of foreign law there were no rules in the Protocols of 1889 and 1940 but It can be seen a sign of the States’ duty to inform the contents of the law. Sumario: I – Introducción. II – Aplicación del derecho extranjero. 1. El derecho extranjero como derecho. 2. Interpretación del derecho extranjero. III – Información y prueba del derecho extranjero. 1. Acceso al contenido del derecho extranjero. 2. Autoridades centrales. IV - Principios generales de la ley aplicable en el proceso. V - ¿Quo vadis cooperación interamericana?

La adopción internacional en Argentina. La excepción al plazo de residencia y su impacto en el derecho internacional privado

2020

La internacionalidad de una adopción, es decir, detectar cuál o cuáles de los elementos de ella son relevantes para darle esta característica cuenta con un reconocimiento y consenso universal. Estamos ante un supuesto donde los futuros adoptantes están domiciliados en un Estado distinto respecto del futuro adoptado, sin importar la nacionalidad de ellos (1). Adriana Dreyzin de Klor mantiene este razonamiento dando una definición mucho más amplia y acogedora. Para esta autora, los elementos capaces de determinar la internacionalidad pueden consistir en el domicilio o residencia incluyendo aquellos supuestos donde el vínculo fuera otorgado en el extranjero y se pida el reconocimiento en otro país, o cuando se otorgue la guarda del menor de edad en un país con el fin de constituir la adopción en el domicilio del adoptante (2). De igual manera, como lo hace Nieve Rubaja, merece destacarse aquellos supuestos donde una adopción nazca completamente interna o doméstica pero que posteriormente devenga en internacional por cuestiones, p. ej., donde los adoptantes y adoptados muden el domicilio o residencia habitual del Estado donde fuera otorgada a otro país (3).

La prescripción en el derecho internacional privado argentino

Revista de Derecho Privado, 2021

En este trabajo se estudia la institución de la prescripción en el derecho internacional privado desde un análisis histórico y actual. La clásica distinción entre naturaleza sustancial y procesal no es tan tajante hoy en día. Se puede decir que posee una naturaleza híbrida. La tendencia en el presente es hacia su regulación desde la lex causae en el derecho interno y por normas materiales en el derecho convencional. En el 2015, el Código Civil y Comercial de la República Argentina vino a incorporarla dentro de estas tendencias.

Anatomía del Derecho internacional privado venezolano: práctica forense

Anuario Maestria DIP y Comparado UCV, 2024

Todos los escritos de Joaquín Sánchez-Covisa reflejan su espíritu savigniano de universalidad, sin fronteras jurídicas, su respeto por el Derecho justo y su fe en las instituciones. Tatiana B. de Maekelt (1976) Resumen Una revisión de sentencias con elementos extranjeros emanadas de tribunales venezolanos de municipio, de instancia y superiores, cuyas decisiones están disponibles en la página oficial del Tribunal Supremo de Justicia, entre enero de 2023 y abril de 2024, muestra un alto número de fallos en los que la omisión a toda referencia al Derecho internacional privado es manifiesta. La absoluta desatención del artículo 1 de la Ley de Derecho internacional privado, que establece las fuentes en la materia y constituye la base fundamental del sistema venezolano de Derecho internacional privado, es la principal característica resultante de la revisión, así como los pocos casos en lo que, aun considerándose el sistema de Derecho internacional privado, se hace erróneamente. Aquí se presenta un breve análisis de las sentencias en cuestión que hemos considerado más representativas. Abstract A review of judgments involving foreign elements issued by Venezuelan courts at the municipal, lower, and appellate levels, whose decisions are available on the official website of the Supreme Court of Justice, between January 2023 and April 2024, reveals a high number of rulings where the omission of any reference to Private International Law is evident. The complete disregard for Article 1 of the Act on Private International Law, which establishes the sources in the field and constitutes the fundamental basis of the Venezuelan Private International Law, is the main characteristic resulting from the review, as well as the few cases in which, even when considering the Private International Law system, it is erroneously applied. Here, we present a brief analysis of the judgments in question that we have deemed most representative. Palabras Clave Derecho internacional privado. Metodología. Práctica forense. Jurisdicción. Derecho aplicable.

Los terceros y el proceso de ejecución laboral. ¿Posibilidades reales de tutela jurisdiccional frente a un sistema construido en base a normas de reenvío?

Resumen: Este trabajo versa sobre el problema de la falta de regulación especial respecto de los terceros en la ejecución procesal laboral y como ello puede mermar sus posibilidades de acceso a tutela jurisdiccional en resguardo de sus legítimos intereses. Se analiza primariamente la forma en que el legislador reformó el sistema procesal y la judicatura laboral. Se describen sus principales contornos diferenciadores y la decisión de dejar entregado en gran parte la regulación a normas de reenvío dentro del mismo Código del Trabajo y hacia el Código de Procedimiento Civil. Se propone una reflexión en torno al concepto de parte y de tercero, se intenta una descripción sustancial del tercero interesado proponiendo redefinirlo como parte principal sobreviniente en cuanto detente un interés autónomo. Se analiza la interpretación que se ha dado jurisprudencial y dogmática en cuanto a la intervención de terceros en el proceso de ejecución civil y laboral y se proponen algunos matices para armonizar la restrictiva admisión de tercerías comunes con la actividad procesal mínima que constitucionalmente se le debe garantizar a todo sujeto procesal que pueda calificarse de parte. Finalmente se aborda el problema del entramado de reenvío del libro V, párrafo sexto del Código del Trabajo y la dualidad de procedimientos que allí se ha creado, intentando conciliar esta especial ejecución con la intervención de terceros comunes. Abstract: This paper deals with the problem of the lack of special regulation regarding third parties in the labor process and how this can reduce their possibilities of access to judicial protection in order to protect their legitimate interests. It analyzes primarily the way in which the legislator reformed the procedural system and the labor judiciary. It describes its main differentiating contours and the decision to leave to a large extent the regulation to norms of forwarding within the same Labor Code and towards the Code of Civil Procedure. We propose a reflection on the concept of part and third, we try a substantial description of the interested third party proposing to redefine it as the main survivor as long as it holds an autonomous interest. It analyzes the interpretation that has been given jurisprudential and dogmatic regarding the intervention of third parties in the process of civil and labor enforcement and propose some nuances to harmonize the restrictive admission of common