Se autoriza a la Universidad de Madrid para conferir el Grado de Doctor 1944 (original) (raw)

Ministerio de Educación Nacional

Decreto de 29 de abril de 1944 por el que se autoriza a la Universidad de Madrid para conferir el Grado de Doctor.

La cuarta de las disposiciones finales y transitorias de la Ley de veintinueve de julio de mil novecientos cuarenta y tres, en relación con el artículo veintiuno del mismo, dispone que para la colación del Grado de Doctor será necesario un Decreto que autorice a cada Universidad, cuando se estime que ha alcanzado la debida organización.

Es indudable que la Universidad de Madrid tiene debidamente organizados los estudios correspondientes, puesto que era la única en que se podían cursar las disciplinas necesarias y se conferían los Grados de Doctor en todas sus facultades.

Por ello, a propuesta del Ministro de Educación Nacional, de acuerdo con lo informado por el Consejo de Ministros.

Dispongo:

Artículo único. En la Universidad de Madrid se cursarán las disciplinas necesarias que exijan los planes de estudios de todas las Facultades para obtener el expresado Grado. Asimismo, en dicha Universidad se juzgarán las tesis y se conferirán los Grados de Doctor con arreglo a la legislación vigente.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veintinueve de abril de mil novecientos cuarenta y cuatro.

francisco franco

El Ministro de Educación Nacional,
José Ibáñez Martín

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1943 Ley de Ordenación de la Universidad española
1944 Se autoriza a la Universidad de Madrid para conferir el Grado de Doctor
1944 Normas para la concesión del Grado de Doctor en las Universidades de provincias
1953 Se concede a la Universidad de Salamanca la potestad de conferir el Grado de Doctor
1953 Se concede a la Universidad de Barcelona la potestad de conferir el Grado de Doctor
1954 Se regula el procedimiento para conferir el grado de Doctor en todas las Universidades