2M REFORMA JUDICIAL (original) (raw)

2M OBVIEDADES JURÍDICAS

DOS MINUTOS DE DOCTRINA, 2023

A veces los jueces deben resolver cuestiones cuya solución no plantea duda alguna. Quienes las proponen, ¿ignoran el derecho o esperan una sorpresa

REFORMA JUDICIAL

El Derecho, en suma, procura permitir la convivencia de los seres en sociedad, concepto sostenido desde "La Política" de ARISTÓTELES hasta nuestros días, y una de las formas de alcanzar este objetivo es permitir que cada persona reciba lo que le corresponda (VALOR), o al menos procurar aquello. Por ello, el Estado, en nombre del pueblo, administra justicia, y dicha facultad le es delegada al Poder Judicial, el cual busca administrarla de la manera más eficiente y eficaz.

2M CUESTIONAMIENTO CONSTITUCIONAL AL JUICIO POR JURADOS

1-M o n t e v i d e o 8 5 0 P i s o : 1 C1019ABR-B u e n o s A i r e s A r g e n t i n a T e l : (5 4-1 1) 5 5 5 6-8 0 0 0 e-m a i l : n p @ n e g r i. c o m. a r w e b : w w w. n e g r i. c o m. a r DOS MINUTOS DE DOCTRINA OTRO LENGUAJE PARA LA COMPRENSIÓN DEL DERECHO Año XVI Número 814 19 de julio de 2019 CUESTIONAMIENTO CONSTITUCIONAL AL JUICIO POR JURADOS Tres homicidas recorrieron el largo camino hasta la Corte Suprema para objetar la condena a prisión perpetua impuesta por un jurado en la Provincia del Neuquén. En algún lugar de Neuquén, Mariano, Alexis y Alex mataron a Edgardo. Sometidos a juicio oral, el jurado, por ocho votos sobre un total de doce, los declaró culpables. Los tres fueron condenados a cadena perpetua. El defensor oficial no dejó piedra sin remover, y recorrió todo el espinel judicial para evitar que la condena quedara firme. Pasó por el Tribunal de Impugnación Penal y el Tribunal Superior de aquella provincia y llegó hasta la Corte Suprema con muchos y variados argumentos de origen constitucional, que esta debió revisar. Eso dio lugar a una sentencia muy interesante 1. El primer agravio del defensor fue que se había vulnerado la garantía constitucional del debido proceso, porque el procedimiento de toma de decisiones del jurado había sido confuso. A esto la Corte dijo que la apelación no logró rebatir los argumentos de los jueces anteriores. A otra cosa. Lo mismo dijo con el segundo cuestionamiento del defensor; esto es, que 1 In re "Canales, M.", CSJN, 2 mayo 2019; expte. CSJ 461/2016/RH1 la prisión perpetua impuesta a Alex, dada su edad, le iba a impedir salir algún día de la cárcel, lo que violaría "el fin resocializador" de la pena. (En su momento, el Procurador General había dicho que el argumento no tenía sustento alguno). El tercer argumento del defensor fue que se había violado la garantía del juez natural. Sobre este punto, la Constitución dice que "ningún habitante de la Nación puede ser sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa", y en este caso, el asunto había pasado a consideración de un jurado popular cuando ya se encontraba frente a la Cámara de Apelaciones. Pero la Corte dijo que esa garantía "no impide la inmediata aplicación de nuevas normas de competencia, incluso a las causas pendientes, salvo que eso signifique que se dejen sin efecto actos procesales debidamente cumplidos". De lo contrario, se impediría la aplicación de nuevas normas (y hasta la designación de nuevos jueces) exigidas por una buena administración de justicia. Bien resuelto, pero algo endeble. El cuarto planteo fue el más interesante: el juicio por jurados era inconstitucional

2M LIBOR

1-M o n t e v i d e o 8 5 0 P i s o : 1 C1019ABR-B u e n o s A i r e s A r g e n t i n a T e l : (5 4-1 1) 5 5 5 6-8 0 0 0 e-m a i l : n p @ n e g r i. c o m. a r w e b : w w w. n e g r i. c o m. a r DOS MINUTOS DE DOCTRINA OTRO LENGUAJE PARA LA COMPRENSIÓN DEL DERECHO Año XVI Número 821 13 de agosto de 2019 BYE, LIBOR! Por años, LIBOR fue una palabra de uso diario en los mercados financieros. Pronto desaparecerá. Desde principios de los años 70 y en miles de operaciones financieras internacionales, se usa como referencia una tasa de interés conocida por el acrónimo LIBOR: London Interbank Offered Rate. En el mercado internacional se usa LIBOR para establecer desde la tasa de interés aplicable a los créditos que reciben las mayores empresas del mundo a la que se cobra en préstamos hipotecarios y operaciones con tarjetas de crédito de miles de usuarios en todo el mundo. LIBOR se establece diariamente y (al menos en teoría) corresponde al promedio de las tasas de interés a las que los bancos se prestan dinero, unos a otros, en el mercado financiero de Londres. Existen cinco LIBOR distintos según la moneda subyacente a las operaciones que se usan para determinarla (libras esterlinas, dólares, yenes, euros o francos suizos) y otras siete posibilidades según el plazo de esas operaciones: desde depósitos overnight-es decir, las operaciones que se celebran al final de cada día hábil y que permiten a los bancos prestar o tomar prestados los fondos necesarios para cubrir sus obligaciones en materia de encaje y reservas-hasta depósitos a un año. Las operaciones financieras que han usado LIBOR como tasa de interés se calcula que suman cientos de trillones de dólares. Para calcular LIBOR (que, como dijimos, es en realidad un promedio de tasas) se usan informes diarios preparados por diecisiete bancos situados en Londres en los que se indica la tasa de interés que se exigiría a cada uno de ellos si tuviera que tomar fondos en préstamo. Como suele suceder en muchos mercados (y esa fue el origen del derecho mercantil) las normas que rigen la determinación de LIBOR tienen base en los usos y costumbres. La forma de determinar esa tasa recién se fue uniformando a partir de 1984. Hasta 2014, los informes preparados por los bancos acerca de las tasas de interés que se les ofrecían eran enviados diariamente a la British Bankers' Asssociation (Asociación de Bancos Británicos). Desde ese año, la tarea está a cargo de Intercontinental Exchange (ICE), una empresa privada fundada en 1997, que en 2000 se convirtió en una plataforma electrónica global para el suministro de información sobre precios y cotizaciones y que fue seleccionada por las autoridades

2M RENDICION DE CUENTAS

DOS MINUTOS DE DOCTRINA, 2021

Una agencia de cobranzas fue incapaz de demostrar qué servicios prestó.

2M ARDIENTE MATRIMONIO

DOS MINUTOS DE DOCTRINA, 2023

El fuego dio por tierra con los planes de una pareja de festejar su matrimonio. ¿Un incendio constituye fuerza mayor?

2M JURADO ESTANCADO

1-M o n t e v i d e o 8 5 0 P i s o : 1 C1019ABR-B u e n o s A i r e s A r g e n t i n a T e l : (5 4-1 1) 5 5 5 6-8 0 0 0 e-m a i l : n p @ n e g r i. c o m. a r w e b : w w w. n e g r i. c o m. a r DOS MINUTOS DE DOCTRINA OTRO LENGUAJE PARA LA COMPRENSIÓN DEL DERECHO Año XVI Número 806 11 de junio de 2019 JURADO ESTANCADO (COMO EN EL CINE) Los juicios por jurados son una novedad en la Argentina Todavía estamos aprendiendo. No sabemos qué hizo Néstor Guerendiaín, pero fue acusado de homicidio simple. Un tribunal criminal de la provincia de Buenos Aires, en el marco de un juicio por jurados, lo condenó a ocho años de prisión: el jurado lo encontró culpable y los jueces dictaron sentencia. Pero los defensores de Néstor apelaron y el Tribunal de Casación anuló la condena, con el argumento de que no se habían cumplido las normas procesales que rigen el juicio por jurados. ¿Qué había pasado? En esa provincia, las leyes procesales prevén que en ciertos casos el veredicto acerca de la culpabilidad o inocencia de un imputado sea establecido por un jurado popular de doce miembros. Tal como se ha visto en muchas películas, el jurado está obligado a presenciar el debate acerca de las pruebas, circunstancias, interrogatorios, testimonios, coartadas y demás detalles de la cuestión. Según lo dice el Código Procesal, "una vez clausurado el debate, el juez invitará a los jurados a retirarse de la sala y celebrará una audiencia con los abogados de las partes a fin de que presenten sus propuestas para la elaboración de las instrucciones [para el jurado] redactadas en un lenguaje claro y sencillo. En ningún caso se requerirá del jurado valoraciones sobre la subsunción de los hechos en categorías jurídicas, explicándoseles que su decisión versará exclusivamente sobre las circunstancias de hecho objeto del debate." Dicho de otro modo, el jurado está llamado a responder dos preguntas básicas: ¿existió el delito? ¿el procesado participó del hecho? Obviamente, si la respuesta a la primera pregunta fuera negativa, no será necesario contestar la segunda. Para declarar culpable al imputado se requieren al menos diez votos afirmativos. Pero si el delito tuviera prevista prisión o reclusión perpetua, se requerirá la unanimidad. Cuando el jurado decide que el imputado es inocente, éste quedará libre automáticamente. Pero… ¿y si hay un empate? En esos casos, la ley exige que haya hasta tres votaciones para que el jurado decida. Si el empate continúa, el imputado será considerado inocente, a menos que al menos