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Papers by HECTOR HUGO BOLESO
El incesante avance tecnológico existente en la comunidad actual, es indetenible. La rapidez de a... more El incesante avance tecnológico existente en la comunidad actual, es indetenible. La rapidez de aquél, hace que el derecho-la legislación y la mayoría de sus operadores-no pueda seguirle el ritmo.
del control de convencionalidad y plazo razonable. III. Mandato transformador para casos de perso... more del control de convencionalidad y plazo razonable. III. Mandato transformador para casos de personas en situación de vulnerabilidad y responsabilidad de las autoridades judiciales. IV. Los alcances del derecho al trabajo, y en particular el contenido del derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias. V. Acceso a la justicia, tutela judicial efectiva y demora excesiva del proceso judicial laboral. VI. El sistema procesal de instancia única y el debido proceso. VII. Las reparaciones. VIII. Conclusiones. Por Héctor Hugo Boleso (*) I. EL CONSTITUCIONALISMO TRANSFORMADOR DE AMÉRICA LATINA El Sistema Interamericano, a más de 40 años de entrada en vigor de la Convención, ha sentado las bases para la operatividad de un constitucionalismo transformador de América Latina. El constitucionalismo transformador significa interpretar y aplicar las normas del Sistema Interamericano de manera tal, que aquellas tengan un efecto sobre la realidad y generen un cambio social. Específicamente en América Latina este constitucionalismo busca incorporar los derechos humanos en los sistemas y organizaciones sociales que provocan los problemas estructurales.
por las violaciones a diversos derechos en perjuicio de 60 personas fallecidas y 6 heridas en la ... more por las violaciones a diversos derechos en perjuicio de 60 personas fallecidas y 6 heridas en la explosión en una fábrica de fuegos artificiales en el municipio de Santo Antônio de Jesus, estado de Bahia, así como de 100 familiares de las personas fallecidas y sobrevivientes a la explosión.
Relaciones de poder y desigualdad. V. Jueces / juezas y derechos humanos. VI. Obligación estatal ... more Relaciones de poder y desigualdad. V. Jueces / juezas y derechos humanos. VI. Obligación estatal de adecuar disposiciones del derecho interno. VII. Derechos fundamentales y realidad. VIII. Género y derecho como conexiones hegemónicas. IX. Conclusiones. Por Héctor H. Boleso (*) «Teniendo presente el gran aporte de la mujer al bienestar de la familia y al desarrollo de la sociedad, hasta ahora no plenamente reconocido, la importancia social de la maternidad y la función de los padres en la familia y en la educación de los hijos, y conscientes de que el papel de la mujer en la procreación no debe ser causa de discriminación sino que la educación de los niños exige la responsabilidad compartida entre hombres y mujeres y la sociedad en su conjunto...» (CEDAW, Preámbulo). «La expresión "discriminación contra la mujer" denotará toda distinción, exclusión a restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera» (CEDAW, art. 1). «A fin de impedir la discriminación contra la mujer por razones de matrimonio o maternidad y asegurar la efectividad de su derecho a trabajar, los Estados Partes tomarán medidas adecuadas para: ... Prohibir, bajo pena de sanciones, el despido por motivo de embarazo o licencia de maternidad y la discriminación en los despidos sobre la base de estado civil» (CEDAW, art. 11, inc. 2).
Hologramática, 2007
... 13 PLANTEAMIENTO En Teoría Sistémica y el Fin de la Historia 1., decíamos que, tras la destru... more ... 13 PLANTEAMIENTO En Teoría Sistémica y el Fin de la Historia 1., decíamos que, tras la destrucción del ... otro. Así la ética de la liberación desarrolla su concepto de responsabilidad en una ... ciencia la autorreflexión, a fin de contextualizarla con la historia y la política. 26. ...
Derecho y Cambio Social, 2005
Hologramática, 2006
Leyendo el Dictamen del Procurador General del Trabajo, en la causa (C. Nac. Trab., sala 3a, 18/6... more Leyendo el Dictamen del Procurador General del Trabajo, en la causa (C. Nac. Trab., sala 3a, 18/6/93 - Cevallos, Conrado E. v. Yacimientos Petroliferos Fiscales ).(JA 1994-III-366), dice Alvarez, que el ano 1959 merece ser recordado en nuestra disciplina por la publicacion de una obra impar: "Tendencias actuales en el derecho del trabajo". Su autor, Ernesto Krotoschin, que -a su vez- era profesor de Derecho Civil, y en ella resumia para nuestro pais lo mejor de la ciencia dogmatica alemana y describia las corrientes modernas de interpretacion elaboradas en torno del contrato de trabajo. Parafraseandolo, estimo que, el ano 1995, merece ser recordado en todas las disciplinas juridicas, por la aparicion de la obra de German Bidart Campos, EL DERECHO DE LA CONSTITUCION Y SU FUERZA NORMATIVA. Este libro, fundamental, argumenta acerca de una verdad que parece de Perogrullo, afirma que la Constitucion Nacional es una norma, y por lo tanto debe ser aplicada. Digo que parece de Perogrullo, porque de tan evidente, los juristas no la habiamos advertido.
espanolSe vulnera el principio protector (art. 14 bis CN) y el debido proceso –segun standares de... more espanolSe vulnera el principio protector (art. 14 bis CN) y el debido proceso –segun standares del SIDH- cuando el Organo Jurisdiccional decide una cuestion, distribuyendo injustamente la carga de la prueba. EnglishThe protective principle is harmed (art. 14 bis CN) and the due process - according to standares of the SIDH - when the Jurisdictional Organ decides a question, distributing the load of the test wrongly.
El incesante avance tecnológico existente en la comunidad actual, es indetenible. La rapidez de a... more El incesante avance tecnológico existente en la comunidad actual, es indetenible. La rapidez de aquél, hace que el derecho-la legislación y la mayoría de sus operadores-no pueda seguirle el ritmo.
del control de convencionalidad y plazo razonable. III. Mandato transformador para casos de perso... more del control de convencionalidad y plazo razonable. III. Mandato transformador para casos de personas en situación de vulnerabilidad y responsabilidad de las autoridades judiciales. IV. Los alcances del derecho al trabajo, y en particular el contenido del derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias. V. Acceso a la justicia, tutela judicial efectiva y demora excesiva del proceso judicial laboral. VI. El sistema procesal de instancia única y el debido proceso. VII. Las reparaciones. VIII. Conclusiones. Por Héctor Hugo Boleso (*) I. EL CONSTITUCIONALISMO TRANSFORMADOR DE AMÉRICA LATINA El Sistema Interamericano, a más de 40 años de entrada en vigor de la Convención, ha sentado las bases para la operatividad de un constitucionalismo transformador de América Latina. El constitucionalismo transformador significa interpretar y aplicar las normas del Sistema Interamericano de manera tal, que aquellas tengan un efecto sobre la realidad y generen un cambio social. Específicamente en América Latina este constitucionalismo busca incorporar los derechos humanos en los sistemas y organizaciones sociales que provocan los problemas estructurales.
por las violaciones a diversos derechos en perjuicio de 60 personas fallecidas y 6 heridas en la ... more por las violaciones a diversos derechos en perjuicio de 60 personas fallecidas y 6 heridas en la explosión en una fábrica de fuegos artificiales en el municipio de Santo Antônio de Jesus, estado de Bahia, así como de 100 familiares de las personas fallecidas y sobrevivientes a la explosión.
Relaciones de poder y desigualdad. V. Jueces / juezas y derechos humanos. VI. Obligación estatal ... more Relaciones de poder y desigualdad. V. Jueces / juezas y derechos humanos. VI. Obligación estatal de adecuar disposiciones del derecho interno. VII. Derechos fundamentales y realidad. VIII. Género y derecho como conexiones hegemónicas. IX. Conclusiones. Por Héctor H. Boleso (*) «Teniendo presente el gran aporte de la mujer al bienestar de la familia y al desarrollo de la sociedad, hasta ahora no plenamente reconocido, la importancia social de la maternidad y la función de los padres en la familia y en la educación de los hijos, y conscientes de que el papel de la mujer en la procreación no debe ser causa de discriminación sino que la educación de los niños exige la responsabilidad compartida entre hombres y mujeres y la sociedad en su conjunto...» (CEDAW, Preámbulo). «La expresión "discriminación contra la mujer" denotará toda distinción, exclusión a restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera» (CEDAW, art. 1). «A fin de impedir la discriminación contra la mujer por razones de matrimonio o maternidad y asegurar la efectividad de su derecho a trabajar, los Estados Partes tomarán medidas adecuadas para: ... Prohibir, bajo pena de sanciones, el despido por motivo de embarazo o licencia de maternidad y la discriminación en los despidos sobre la base de estado civil» (CEDAW, art. 11, inc. 2).
Hologramática, 2007
... 13 PLANTEAMIENTO En Teoría Sistémica y el Fin de la Historia 1., decíamos que, tras la destru... more ... 13 PLANTEAMIENTO En Teoría Sistémica y el Fin de la Historia 1., decíamos que, tras la destrucción del ... otro. Así la ética de la liberación desarrolla su concepto de responsabilidad en una ... ciencia la autorreflexión, a fin de contextualizarla con la historia y la política. 26. ...
Derecho y Cambio Social, 2005
Hologramática, 2006
Leyendo el Dictamen del Procurador General del Trabajo, en la causa (C. Nac. Trab., sala 3a, 18/6... more Leyendo el Dictamen del Procurador General del Trabajo, en la causa (C. Nac. Trab., sala 3a, 18/6/93 - Cevallos, Conrado E. v. Yacimientos Petroliferos Fiscales ).(JA 1994-III-366), dice Alvarez, que el ano 1959 merece ser recordado en nuestra disciplina por la publicacion de una obra impar: "Tendencias actuales en el derecho del trabajo". Su autor, Ernesto Krotoschin, que -a su vez- era profesor de Derecho Civil, y en ella resumia para nuestro pais lo mejor de la ciencia dogmatica alemana y describia las corrientes modernas de interpretacion elaboradas en torno del contrato de trabajo. Parafraseandolo, estimo que, el ano 1995, merece ser recordado en todas las disciplinas juridicas, por la aparicion de la obra de German Bidart Campos, EL DERECHO DE LA CONSTITUCION Y SU FUERZA NORMATIVA. Este libro, fundamental, argumenta acerca de una verdad que parece de Perogrullo, afirma que la Constitucion Nacional es una norma, y por lo tanto debe ser aplicada. Digo que parece de Perogrullo, porque de tan evidente, los juristas no la habiamos advertido.
espanolSe vulnera el principio protector (art. 14 bis CN) y el debido proceso –segun standares de... more espanolSe vulnera el principio protector (art. 14 bis CN) y el debido proceso –segun standares del SIDH- cuando el Organo Jurisdiccional decide una cuestion, distribuyendo injustamente la carga de la prueba. EnglishThe protective principle is harmed (art. 14 bis CN) and the due process - according to standares of the SIDH - when the Jurisdictional Organ decides a question, distributing the load of the test wrongly.