Fernando Simón Yarza | Universidad de Navarra (original) (raw)
Journal Papers by Fernando Simón Yarza
Creado en 1980, el Tribunal Constitucional español desempeñó una función pacificadora y se mantuv... more Creado en 1980, el Tribunal Constitucional español desempeñó una función pacificadora y se mantuvo en una posición discreta, relativamente inmune a la polarización externa, durante sus primeros años de andadura. Aunque, ya en la primera década, empiezan a manifestarse ciertos signos de tensión, los últimos quince años han asistido a una polarización progresiva en torno al Tribunal. Ésta se debe, principalmente, a causas exógenas, que han producido posteriormente un cambio en la propia autocomprensión funcional del Tribunal. El artículo comienza con algunas precisiones conceptuales, a fin de poner de manifiesto el equilibrio inherente a la Justicia constitucional. A continuación, se dedica un epígrafe a examinar las prácticas que, desde fuera, han contribuido a la polarización (reparto de nombramientos por cuotas, desplazamiento de la polarización social, recusaciones abusivas, crítica política y perturbación legislativa directa de su funcionamiento pacífico). En tercer lugar, se examinan las prácticas judiciales que, como consecuencia de la intervención externa, han retroalimentado la polarización (filtraciones, retrasos, presencia pública excesiva y extralimitación competencial). Concluye el autor con algunas reflexiones más generales sobre la relación entre las causas externas e internas que propician la polarización en torno al Tribunal.
Established in 1980, the Spanish Constitutional Court displayed a pacifying function and remained in a discreet position, relatively immune to external polarization, during its first years of existence. Already in the first decade, certain signs of polarization began to appear. However, the last fifteen years have witnessed an increasing polarization around the Court. This is mainly due to exogenous causes, which have produced a change in the very selfunderstanding of the Court. The article begins with some conceptual clarifications, in order to highlight the inherent balance of Constitutional Justice. The author then devotes an epigraph to examine the practices that have contributed to polarization from the outside (distribution of appointments by quotas, transfer of social polarization, excessive recusals, political criticism and direct legislative disturbance of its peaceful functioning). Thirdly, he refers to the judicial practices that, as a consequence of the external intervention, seem to have fed back the polarization (leaks, delays, public exposure of the judges and overreaching of jurisdiction). The author concludes with some more general reflections on the relationship between the external and internal causes of polarization around the Court.
Al aproximarse el décimo aniversario de la aprobación de Obergefell v. Hodges y el vigésimo de la... more Al aproximarse el décimo aniversario de la aprobación de Obergefell v. Hodges y el vigésimo de la Ley 13/2005, el presente artículo acomete una reflexión crítica e incisiva sobre el significado de la institución matrimonial como presupuesto del derecho fundamental al matrimonio. El autor se centra en el fundamento antropológico que explica la institución, tal y como ha sido entendida a lo largo de la historia de la cultura hasta tiempos relativamente recientes. Contrapone la «concepción conyugal» del matrimonio a lo que viene a denominar «concepción emotivista», a fin de demostrar por qué solo la primera justifica, en rigor, la existencia de una institución jurídica específica.
Las recientes crisis institucionales vividas en España y otros países han vuelto a poner de actua... more Las recientes crisis institucionales vividas en España y otros países han vuelto a poner de actualidad la discusión sobre la conveniencia de reconocer la facultad de suspender cautelarmente, en supuestos excepcionales, la vigencia de la ley. Se trata de un mecanismo bien conocido en otros sistemas de control de constitucionalidad concentrado; y, en determinadas circunstancias, puede devenir imprescindible para la eficacia de la justicia constitucional. El autor lleva a cabo una reflexión sosegada al respecto exponiendo, en primer lugar, la situación actualmente vigente en España (II). A continuación, recorre los modelos más próximos y asimilables del derecho comparado (III): el alemán y, de manera más breve, el italiano. Finalmente, desarrolla algunas consideraciones prospectivas para España (IV) y cierra el artículo con una sucinta conclusión (V).
La aprobación de la LOMLOE ha causado una extraordinaria polémica en la comunidad educativa, y ha... more La aprobación de la LOMLOE ha causado una extraordinaria polémica en la comunidad educativa, y ha dado lugar a agrias reacciones en diversos sectores de la sociedad. Desde el punto de vista jurídico, son muchos los interrogantes que se ciernen sobre esta norma. En el presente trabajo, la atención se centra en uno de los aspectos más problemáticos de la LOMLOE, a saber, la regulación de los conciertos educativos. El autor trata de mostrar que la aprobación de la ley supone la ruptura del consenso educativo acordado por el Constituyente. A través de diversas disposiciones, articula un asedio a la escuela concertada difícilmente compatible con las libertades educativas.
En su reciente Sentencia 191/2020, de 17 de diciembre, el Tribunal Constitucional español ha decl... more En su reciente Sentencia 191/2020, de 17 de diciembre, el Tribunal Constitucional español ha declarado inconstitucional un reglamento que excluye a los alumnos matriculados en universidades no estatales de las becas públicas para la educación superior. Se trata de una decisión importante, en la que el Tribunal afirma claramente que el «servicio público educativo» es desempeñado tanto por las universidades estatales como por las universidades de iniciativa social. Carece de justificación, por lo tanto, discriminar a las últimas en un «elemento nuclear del sistema educativo» como son las becas. En este artículo, se examina con cierto detalle la Sentencia y los votos particulares. Aunque coincide con su fallo y alaba algunos de sus fundamentos jurídicos, el autor aprecia una ligera falta de orden expositivo, profundidad analítica y estilo en la Sentencia; deficiencia que resulta aún más acusada en los votos particulares.
Aunque no existe en los Estados Unidos una cláusula similar a nuestro art. 155 o al art. 37 de la... more Aunque no existe en los Estados Unidos una cláusula similar a nuestro art. 155 o al art. 37 de la Ley Fundamental de Bonn, la intervención federal ha encontrado una fuente de legitimidad tanto en la Constitución de los Estados Unidos como en las leyes que la desarrollan. No obstante, el alcance de las normas referentes a la intervención federal solo puede comprenderse desde las narrativas que las sitúan y las dotan de sentido. El propósito de este trabajo es, precisamente, hacer un recorrido histórico por la regulación y la aplicación de la intervención federal en Estados Unidos, desde la aprobación de la Constitución hasta nuestros días. Como podrá verse, la coerción federal en momentos críticos ha sido decisiva para el desarrollo de una auténtica identidad nacional americana.
En los últimos años, el recurso a la transmisión contractual de la filiación en países donde está... more En los últimos años, el recurso a la transmisión contractual de la filiación en países donde están permitidos los llamados vientres de alquiler ha sido utilizado para eludir la prohibición de esta práctica. A ello ha contribuido la actitud de la propia Dirección General de los Registros y del Notariado —que ha transgredido el Derecho vigente, tal y como ha sido interpretado por el Tribunal Supremo— y la propia jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En el presente artículo, se ofrecen una exposición crítica de las decisiones más relevantes al respecto, junto con una crítica del discurso de los derechos que ha servido para legitimar esta práctica. El autor advierte que existe una conexión ineludible entre las restricciones de los derechos en aras del preservar el orden público y de promover el bien común, por un lado, y la tutela de los derechos humanos del conjunto de la sociedad, por otro.
En las postrimerías de la República de Weimar y en los debates que dieron lugar a la Ley Fundamen... more En las postrimerías de la República de Weimar y en los debates que dieron lugar a la Ley Fundamental de Bonn, la moción de censura constructiva fue concebida como un mecanismo para asegurar la estabilidad política en un contexto de fragmentación parlamentaria. No obstante, en una situación de intereses partidistas exacerbados, lleva aparejada, incluso, riesgos colaterales que fueron advertidos por algunos iuspublicistas alemanes a mediados del siglo xx. En este artículo, el autor reflexiona sobre el sentido de la moción constructiva y lo contrasta con la moción aprobada en junio de 2018 en España. Como el autor explica, el empleo de las instituciones jurídico-políticas conforme al espíritu del orden constitucional depende en buena medida de la responsabilidad de estadistas políticos de altura, y —aunque se trate de una cuestión genuinamente jurídica—no es susceptible de control jurisdiccional.
Obituario del profesor Robert Spaemann, uno de los grandes filósofos alemanes del último medio si... more Obituario del profesor Robert Spaemann, uno de los grandes filósofos alemanes del último medio siglo, fallecido el 10 de diciembre de 2018. La huella de sabiduría que deja en quienes, de maneras diversas, le hemos tenido por maestro, constituye un faro para no perder de vista el sentido del oficio intelectual: buscar la verdad.
En los últimos tiempos, el debate sobre la legalización de la maternidad subrogada ha irrumpido c... more En los últimos tiempos, el debate sobre la legalización de la maternidad subrogada ha irrumpido con fuerza en nuestra vida pública. Se trata de una práctica que empezó a ser reconocida en algunos estados norteamericanos a finales de los años ochenta, y que se encuentra lejos de concitar un apoyo mayoritario. No obstante, a los problemas éticos que plantea el reconocimiento de los vientres de alquiler, hay que añadir las dificultades jurídicas que se derivan del llamado «turismo reproductivo». En particular, las decisiones contradictorias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Paradiso Campanelli c. Italia exigen dilucidar los límites del discurso de los derechos en la solución de complejos problemas de orden público. El presente artículo intenta abordar estas diversas cuestiones de un modo panorámico y crítico, teniendo en cuenta tanto la jurisprudencia de Estrasburgo como el Derecho comparado.
Desde sus orígenes decimonónicos, y sobre todo desde la aprobación de la Constitución de 1978, el... more Desde sus orígenes decimonónicos, y sobre todo desde la aprobación de la Constitución de 1978, el Derecho público español se ha construido, en buena medida, siguiendo modelos extranjeros. Ante todo, la doctrina alemana, francesa e italiana se han revelado como fuentes de inspiración fructíferas para nuestro Derecho constitucional y administrativo, y han producido categorías centrales de nuestro ordenamiento y de nuestra jurisprudencia. A ello hay que sumar, en las últimas décadas, el impacto creciente de la doctrina norteamericana y, en ámbitos y problemas específicos, de otras experiencias foráneas; finalmente, el proyecto de integración europea ha dado lugar a un nuevo constitucionalismo basado en la idea de «estatalidad abierta» (offene Staatlichkeit). El presente artículo ofrece al lector un panorama general y sintético de la influencia extranjera en el Derecho público español.
En las postrimerías de la República de Weimar, la inestabilidad política causada por la incapacid... more En las postrimerías de la República de Weimar, la inestabilidad política causada por la incapacidad parlamentaria de otorgar a los gobiernos una confianza sólida condujo al replanteamiento de una institución clásica del Parlamentarismo: la moción de censura. A partir de aquellas primeras reflexiones, el artículo 67 de la Ley Fundamental de Bonn estableció la llamada moción de censura «constructiva», figura que fue posteriormente recogida en el artículo 113 de nuestra Constitución. Desde entonces, esta forma de entender el instituto —excepcional en el Derecho comparado— ha sido defendida alegando los graves problemas políticos que puede evitar. No obstante, también ha sido criticada debido a los graves obstáculos que interpone en el intento de derribar gobiernos débiles. Las páginas que siguen constituyen un estudio sobre las razones a favor y en contra de la moción de censura constructiva, así como un juicio sobre la oportunidad de mantenerla.
Este artículo explica algunas de las decisiones más importantes dictadas por el Tribunal Constitu... more Este artículo explica algunas de las decisiones más importantes dictadas por el Tribunal Constitucional Federal alemán el último año. La mayoría guardan una especial relación con el proceso democrático, aunque tratan temas diversos como la libertad de los parlamentarios para ejercer su mandato, la constitucionalidad de dos elecciones presidenciales federales, la inconstitucionalidad de la barrera del 3% en las elecciones europeas, la constitucionalidad del Mecanismo Europeo de Estabilidad o el recurso frustrado del NPD contra el Presidente de la República Federal Joachim Gauck. Otras decisiones tienen una particular relevancia porque tratan asuntos en los que hay un interés público importante en juego. Así, por ejemplo, la recusación de un magistrado de cara a la decisión sobre la prohibición del velo islámico en los colegios de Renania del Norte-Westfalia o las sentencias relativas a las expropiaciones de las minas de Garzweiler.
En su reciente Sentencia 151/2014, de 25 de septiembre, el Tribunal Constitucional ha avalado en ... more En su reciente Sentencia 151/2014, de 25 de septiembre, el Tribunal Constitucional ha avalado en su mayor parte la constitucionalidad de la polémica Ley Foral 16/2010, de 8 de noviembre, por la que se creó el registro de profesionales sanitarios objetores al aborto. Más allá de las consecuencias inmediatas de la decisión, resulta sumamente problemático considerar, como hace el Alto Tribunal, la negativa a abortar como la exención de un deber jurídico. Semejante tratamiento deriva de una analogía inadecuada —muy extendida, por lo demás— con la objeción de conciencia militar. Sin embargo, categorizar del mismo modo la negativa a cumplir un deber constitucional y la negativa a cumplir un mandato legal supone dar por sentada la legitimidad del mandato legal. Algo que, según explica el autor, no puede aceptarse en un Estado constitucional.
Este artículo analiza algunas de las decisiones más importantes dictadas por el Tribunal Constitu... more Este artículo analiza algunas de las decisiones más importantes dictadas por el Tribunal Constitucional Federal alemán el último año. Están relacionadas con temas diversos como la libertad de expresión y el derecho a la privacidad, los derechos de participación política y el proceso electoral, el principio de igualdad y el derecho a la libertad y seguridad. Muchos asuntos están estrechamente ligados al reciente proceso electoral en Alemania, y han suscitado cierta atención ante la opinión pública -p. ej., la demanda interpuesta por el NPD contra el Presidente de la República, Joachim Gauck, que fue finalmente desestimada por el Tribunal. Otras decisiones tienen una relevancia particular porque declaran inconstitucionales varias previsiones u omisiones de algunos textos legales (p. ej., la Ley de Base de Datos Antiterrorista, el Impuesto sobre la Renta y la Ley de Parejas Civiles, etc.). Es también destacable la Sentencia del Tribunal que traza los límites de las transacciones judiciales legítimas en materia penal.
La racionalización de los servicios locales ha dado lugar a reformas en los países de nuestro ent... more La racionalización de los servicios locales ha dado lugar a reformas en los países de nuestro entorno, normalmente motivadas por las ineficiencias asociadas al llamado “inframunicipalismo”. También en nuestro país, numerosas voces abogan por una organización más eficiente, aunque las diferencias acerca del modo de concretar la reforma son ciertamente acusadas. A finales del mes de agosto, el Gobierno remitió a las Cortes Generales el Proyecto de Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración local. Una de las vías por las que opta el Proyecto es fortalecer las diputaciones, favoreciendo un proceso de asunción de competencias básicas de los municipios pequeños por parte de aquellas. Este trabajo se centra, principalmente, en el modo en que se lleva a cabo dicha asunción, algo que ha variado tras las advertencias del Consejo de Estado sobre el Anteproyecto.
La crisis institucional provocada por el retraso de los nuevos nombramientos para el Tribunal Con... more La crisis institucional provocada por el retraso de los nuevos nombramientos para el Tribunal Constitucional ha suscitado una reflexión generalizada acerca de las reglas sobre su composición y renovación. Su funcionamiento normal, su independencia, su legitimación democrática y su "auctoritas" son cruciales para cumplir la misión constitucional que tiene encomendada. A su vez, la realización de estos principios depende en gran medida de las reglas que gobiernan su composición, v.gr. los órganos y mayorías que intervienen en la selección de los magistrados, el término de sus mandatos y las cualidades que han de poseer. Este artículo pretende hacer una contribución ponderada a la discusión sobre estas cuestiones a la luz de la experiencia norteamericana. El autor se aproxima a estos problemas examinando críticamente el sistema norteamericano a la luz de la experiencia histórica, en aras de evitar tanto el temor excesivo como la aceptación acrítica de modelos extranjeros.
El principio constitucional de igualdad constituye una de las bases del moderno Estado democrátic... more El principio constitucional de igualdad constituye una de las bases del moderno Estado democrático de Derecho. En Europa, su evolución jurídica permanece envuelta en una nebulosa de dudas y tensiones que dificulta una interpretación pacífica de su significado histórico. En el presente trabajo, el autor indaga en su génesis y desarrollo constitucional con un doble propósito: 1. Por una parte, trata de definir con precisión los principales estadios de su evolución en Europa, desde el constitucionalismo revolucionario hasta la inclusión de la igualdad ‘real’. 2. Por otra, resalta los desafíos que, en nuestro tiempo, ha supuesto la afirmación de un principio general de razonabilidad de las leyes, así como la síntesis contemporánea de la igualdad como límite y la igualdad como tarea del Estado.
En el último año, el Tribunal Constitucional Federal Alemán ha dictado algunas decisiones realmen... more En el último año, el Tribunal Constitucional Federal Alemán ha dictado algunas decisiones realmente históricas. Lejos de abandonar a la política las medidas de coordinación y rescate adoptadas para hacer frente a la crisis que el euro atraviesa, el Tribunal de Karlsruhe ha subrayado su dimensión constitucional, y ha demarcado auténticas líneas rojas a la cesión de soberanía. Más que nunca, este año la democracia parlamentaria ha sido el asunto central en la agenda del Alto Tribunal. Junto con las decisiones acerca del euro, el autor explica en este artículo otras de relevancia relacionadas con la participación democrática, como la declaración de inconstitucionalidad de la barrera del 5% en las elecciones europeas y de ciertas previsiones sobre las elecciones al "Bundestag". El Tribunal confirmó, por el contrario, el método de elección de magistrados constitucionales.
La Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso "Lautsi y otros c. Italia", de 1... more La Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso "Lautsi y otros c. Italia", de 18 de marzo de 2011, es, probablemente, una de las decisiones más importantes de la historia del Tribunal. Como puede deducirse de los numerosos comentarios que ha suscitado, el asunto encierra varios problemas importantes como los límites de los derechos humanos y la soberanía de los estados, el valor cultural de la religión, el modo de conjugar la preservación de la identidad nacional con el respeto al pluralismo o, incluso, la función apropiada de los derechos fundamentales. Este artículo trata de ofrecer algunas respuestas a estos interrogantes. En esta tarea, el autor enfatiza la necesidad de basar los propios argumentos en una teoría de los derechos fundamentales
que sitúe adecuadamente el status del individuo y de las pequeñas comunidades en el
conjunto de la sociedad política
Creado en 1980, el Tribunal Constitucional español desempeñó una función pacificadora y se mantuv... more Creado en 1980, el Tribunal Constitucional español desempeñó una función pacificadora y se mantuvo en una posición discreta, relativamente inmune a la polarización externa, durante sus primeros años de andadura. Aunque, ya en la primera década, empiezan a manifestarse ciertos signos de tensión, los últimos quince años han asistido a una polarización progresiva en torno al Tribunal. Ésta se debe, principalmente, a causas exógenas, que han producido posteriormente un cambio en la propia autocomprensión funcional del Tribunal. El artículo comienza con algunas precisiones conceptuales, a fin de poner de manifiesto el equilibrio inherente a la Justicia constitucional. A continuación, se dedica un epígrafe a examinar las prácticas que, desde fuera, han contribuido a la polarización (reparto de nombramientos por cuotas, desplazamiento de la polarización social, recusaciones abusivas, crítica política y perturbación legislativa directa de su funcionamiento pacífico). En tercer lugar, se examinan las prácticas judiciales que, como consecuencia de la intervención externa, han retroalimentado la polarización (filtraciones, retrasos, presencia pública excesiva y extralimitación competencial). Concluye el autor con algunas reflexiones más generales sobre la relación entre las causas externas e internas que propician la polarización en torno al Tribunal.
Established in 1980, the Spanish Constitutional Court displayed a pacifying function and remained in a discreet position, relatively immune to external polarization, during its first years of existence. Already in the first decade, certain signs of polarization began to appear. However, the last fifteen years have witnessed an increasing polarization around the Court. This is mainly due to exogenous causes, which have produced a change in the very selfunderstanding of the Court. The article begins with some conceptual clarifications, in order to highlight the inherent balance of Constitutional Justice. The author then devotes an epigraph to examine the practices that have contributed to polarization from the outside (distribution of appointments by quotas, transfer of social polarization, excessive recusals, political criticism and direct legislative disturbance of its peaceful functioning). Thirdly, he refers to the judicial practices that, as a consequence of the external intervention, seem to have fed back the polarization (leaks, delays, public exposure of the judges and overreaching of jurisdiction). The author concludes with some more general reflections on the relationship between the external and internal causes of polarization around the Court.
Al aproximarse el décimo aniversario de la aprobación de Obergefell v. Hodges y el vigésimo de la... more Al aproximarse el décimo aniversario de la aprobación de Obergefell v. Hodges y el vigésimo de la Ley 13/2005, el presente artículo acomete una reflexión crítica e incisiva sobre el significado de la institución matrimonial como presupuesto del derecho fundamental al matrimonio. El autor se centra en el fundamento antropológico que explica la institución, tal y como ha sido entendida a lo largo de la historia de la cultura hasta tiempos relativamente recientes. Contrapone la «concepción conyugal» del matrimonio a lo que viene a denominar «concepción emotivista», a fin de demostrar por qué solo la primera justifica, en rigor, la existencia de una institución jurídica específica.
Las recientes crisis institucionales vividas en España y otros países han vuelto a poner de actua... more Las recientes crisis institucionales vividas en España y otros países han vuelto a poner de actualidad la discusión sobre la conveniencia de reconocer la facultad de suspender cautelarmente, en supuestos excepcionales, la vigencia de la ley. Se trata de un mecanismo bien conocido en otros sistemas de control de constitucionalidad concentrado; y, en determinadas circunstancias, puede devenir imprescindible para la eficacia de la justicia constitucional. El autor lleva a cabo una reflexión sosegada al respecto exponiendo, en primer lugar, la situación actualmente vigente en España (II). A continuación, recorre los modelos más próximos y asimilables del derecho comparado (III): el alemán y, de manera más breve, el italiano. Finalmente, desarrolla algunas consideraciones prospectivas para España (IV) y cierra el artículo con una sucinta conclusión (V).
La aprobación de la LOMLOE ha causado una extraordinaria polémica en la comunidad educativa, y ha... more La aprobación de la LOMLOE ha causado una extraordinaria polémica en la comunidad educativa, y ha dado lugar a agrias reacciones en diversos sectores de la sociedad. Desde el punto de vista jurídico, son muchos los interrogantes que se ciernen sobre esta norma. En el presente trabajo, la atención se centra en uno de los aspectos más problemáticos de la LOMLOE, a saber, la regulación de los conciertos educativos. El autor trata de mostrar que la aprobación de la ley supone la ruptura del consenso educativo acordado por el Constituyente. A través de diversas disposiciones, articula un asedio a la escuela concertada difícilmente compatible con las libertades educativas.
En su reciente Sentencia 191/2020, de 17 de diciembre, el Tribunal Constitucional español ha decl... more En su reciente Sentencia 191/2020, de 17 de diciembre, el Tribunal Constitucional español ha declarado inconstitucional un reglamento que excluye a los alumnos matriculados en universidades no estatales de las becas públicas para la educación superior. Se trata de una decisión importante, en la que el Tribunal afirma claramente que el «servicio público educativo» es desempeñado tanto por las universidades estatales como por las universidades de iniciativa social. Carece de justificación, por lo tanto, discriminar a las últimas en un «elemento nuclear del sistema educativo» como son las becas. En este artículo, se examina con cierto detalle la Sentencia y los votos particulares. Aunque coincide con su fallo y alaba algunos de sus fundamentos jurídicos, el autor aprecia una ligera falta de orden expositivo, profundidad analítica y estilo en la Sentencia; deficiencia que resulta aún más acusada en los votos particulares.
Aunque no existe en los Estados Unidos una cláusula similar a nuestro art. 155 o al art. 37 de la... more Aunque no existe en los Estados Unidos una cláusula similar a nuestro art. 155 o al art. 37 de la Ley Fundamental de Bonn, la intervención federal ha encontrado una fuente de legitimidad tanto en la Constitución de los Estados Unidos como en las leyes que la desarrollan. No obstante, el alcance de las normas referentes a la intervención federal solo puede comprenderse desde las narrativas que las sitúan y las dotan de sentido. El propósito de este trabajo es, precisamente, hacer un recorrido histórico por la regulación y la aplicación de la intervención federal en Estados Unidos, desde la aprobación de la Constitución hasta nuestros días. Como podrá verse, la coerción federal en momentos críticos ha sido decisiva para el desarrollo de una auténtica identidad nacional americana.
En los últimos años, el recurso a la transmisión contractual de la filiación en países donde está... more En los últimos años, el recurso a la transmisión contractual de la filiación en países donde están permitidos los llamados vientres de alquiler ha sido utilizado para eludir la prohibición de esta práctica. A ello ha contribuido la actitud de la propia Dirección General de los Registros y del Notariado —que ha transgredido el Derecho vigente, tal y como ha sido interpretado por el Tribunal Supremo— y la propia jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En el presente artículo, se ofrecen una exposición crítica de las decisiones más relevantes al respecto, junto con una crítica del discurso de los derechos que ha servido para legitimar esta práctica. El autor advierte que existe una conexión ineludible entre las restricciones de los derechos en aras del preservar el orden público y de promover el bien común, por un lado, y la tutela de los derechos humanos del conjunto de la sociedad, por otro.
En las postrimerías de la República de Weimar y en los debates que dieron lugar a la Ley Fundamen... more En las postrimerías de la República de Weimar y en los debates que dieron lugar a la Ley Fundamental de Bonn, la moción de censura constructiva fue concebida como un mecanismo para asegurar la estabilidad política en un contexto de fragmentación parlamentaria. No obstante, en una situación de intereses partidistas exacerbados, lleva aparejada, incluso, riesgos colaterales que fueron advertidos por algunos iuspublicistas alemanes a mediados del siglo xx. En este artículo, el autor reflexiona sobre el sentido de la moción constructiva y lo contrasta con la moción aprobada en junio de 2018 en España. Como el autor explica, el empleo de las instituciones jurídico-políticas conforme al espíritu del orden constitucional depende en buena medida de la responsabilidad de estadistas políticos de altura, y —aunque se trate de una cuestión genuinamente jurídica—no es susceptible de control jurisdiccional.
Obituario del profesor Robert Spaemann, uno de los grandes filósofos alemanes del último medio si... more Obituario del profesor Robert Spaemann, uno de los grandes filósofos alemanes del último medio siglo, fallecido el 10 de diciembre de 2018. La huella de sabiduría que deja en quienes, de maneras diversas, le hemos tenido por maestro, constituye un faro para no perder de vista el sentido del oficio intelectual: buscar la verdad.
En los últimos tiempos, el debate sobre la legalización de la maternidad subrogada ha irrumpido c... more En los últimos tiempos, el debate sobre la legalización de la maternidad subrogada ha irrumpido con fuerza en nuestra vida pública. Se trata de una práctica que empezó a ser reconocida en algunos estados norteamericanos a finales de los años ochenta, y que se encuentra lejos de concitar un apoyo mayoritario. No obstante, a los problemas éticos que plantea el reconocimiento de los vientres de alquiler, hay que añadir las dificultades jurídicas que se derivan del llamado «turismo reproductivo». En particular, las decisiones contradictorias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Paradiso Campanelli c. Italia exigen dilucidar los límites del discurso de los derechos en la solución de complejos problemas de orden público. El presente artículo intenta abordar estas diversas cuestiones de un modo panorámico y crítico, teniendo en cuenta tanto la jurisprudencia de Estrasburgo como el Derecho comparado.
Desde sus orígenes decimonónicos, y sobre todo desde la aprobación de la Constitución de 1978, el... more Desde sus orígenes decimonónicos, y sobre todo desde la aprobación de la Constitución de 1978, el Derecho público español se ha construido, en buena medida, siguiendo modelos extranjeros. Ante todo, la doctrina alemana, francesa e italiana se han revelado como fuentes de inspiración fructíferas para nuestro Derecho constitucional y administrativo, y han producido categorías centrales de nuestro ordenamiento y de nuestra jurisprudencia. A ello hay que sumar, en las últimas décadas, el impacto creciente de la doctrina norteamericana y, en ámbitos y problemas específicos, de otras experiencias foráneas; finalmente, el proyecto de integración europea ha dado lugar a un nuevo constitucionalismo basado en la idea de «estatalidad abierta» (offene Staatlichkeit). El presente artículo ofrece al lector un panorama general y sintético de la influencia extranjera en el Derecho público español.
En las postrimerías de la República de Weimar, la inestabilidad política causada por la incapacid... more En las postrimerías de la República de Weimar, la inestabilidad política causada por la incapacidad parlamentaria de otorgar a los gobiernos una confianza sólida condujo al replanteamiento de una institución clásica del Parlamentarismo: la moción de censura. A partir de aquellas primeras reflexiones, el artículo 67 de la Ley Fundamental de Bonn estableció la llamada moción de censura «constructiva», figura que fue posteriormente recogida en el artículo 113 de nuestra Constitución. Desde entonces, esta forma de entender el instituto —excepcional en el Derecho comparado— ha sido defendida alegando los graves problemas políticos que puede evitar. No obstante, también ha sido criticada debido a los graves obstáculos que interpone en el intento de derribar gobiernos débiles. Las páginas que siguen constituyen un estudio sobre las razones a favor y en contra de la moción de censura constructiva, así como un juicio sobre la oportunidad de mantenerla.
Este artículo explica algunas de las decisiones más importantes dictadas por el Tribunal Constitu... more Este artículo explica algunas de las decisiones más importantes dictadas por el Tribunal Constitucional Federal alemán el último año. La mayoría guardan una especial relación con el proceso democrático, aunque tratan temas diversos como la libertad de los parlamentarios para ejercer su mandato, la constitucionalidad de dos elecciones presidenciales federales, la inconstitucionalidad de la barrera del 3% en las elecciones europeas, la constitucionalidad del Mecanismo Europeo de Estabilidad o el recurso frustrado del NPD contra el Presidente de la República Federal Joachim Gauck. Otras decisiones tienen una particular relevancia porque tratan asuntos en los que hay un interés público importante en juego. Así, por ejemplo, la recusación de un magistrado de cara a la decisión sobre la prohibición del velo islámico en los colegios de Renania del Norte-Westfalia o las sentencias relativas a las expropiaciones de las minas de Garzweiler.
En su reciente Sentencia 151/2014, de 25 de septiembre, el Tribunal Constitucional ha avalado en ... more En su reciente Sentencia 151/2014, de 25 de septiembre, el Tribunal Constitucional ha avalado en su mayor parte la constitucionalidad de la polémica Ley Foral 16/2010, de 8 de noviembre, por la que se creó el registro de profesionales sanitarios objetores al aborto. Más allá de las consecuencias inmediatas de la decisión, resulta sumamente problemático considerar, como hace el Alto Tribunal, la negativa a abortar como la exención de un deber jurídico. Semejante tratamiento deriva de una analogía inadecuada —muy extendida, por lo demás— con la objeción de conciencia militar. Sin embargo, categorizar del mismo modo la negativa a cumplir un deber constitucional y la negativa a cumplir un mandato legal supone dar por sentada la legitimidad del mandato legal. Algo que, según explica el autor, no puede aceptarse en un Estado constitucional.
Este artículo analiza algunas de las decisiones más importantes dictadas por el Tribunal Constitu... more Este artículo analiza algunas de las decisiones más importantes dictadas por el Tribunal Constitucional Federal alemán el último año. Están relacionadas con temas diversos como la libertad de expresión y el derecho a la privacidad, los derechos de participación política y el proceso electoral, el principio de igualdad y el derecho a la libertad y seguridad. Muchos asuntos están estrechamente ligados al reciente proceso electoral en Alemania, y han suscitado cierta atención ante la opinión pública -p. ej., la demanda interpuesta por el NPD contra el Presidente de la República, Joachim Gauck, que fue finalmente desestimada por el Tribunal. Otras decisiones tienen una relevancia particular porque declaran inconstitucionales varias previsiones u omisiones de algunos textos legales (p. ej., la Ley de Base de Datos Antiterrorista, el Impuesto sobre la Renta y la Ley de Parejas Civiles, etc.). Es también destacable la Sentencia del Tribunal que traza los límites de las transacciones judiciales legítimas en materia penal.
La racionalización de los servicios locales ha dado lugar a reformas en los países de nuestro ent... more La racionalización de los servicios locales ha dado lugar a reformas en los países de nuestro entorno, normalmente motivadas por las ineficiencias asociadas al llamado “inframunicipalismo”. También en nuestro país, numerosas voces abogan por una organización más eficiente, aunque las diferencias acerca del modo de concretar la reforma son ciertamente acusadas. A finales del mes de agosto, el Gobierno remitió a las Cortes Generales el Proyecto de Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración local. Una de las vías por las que opta el Proyecto es fortalecer las diputaciones, favoreciendo un proceso de asunción de competencias básicas de los municipios pequeños por parte de aquellas. Este trabajo se centra, principalmente, en el modo en que se lleva a cabo dicha asunción, algo que ha variado tras las advertencias del Consejo de Estado sobre el Anteproyecto.
La crisis institucional provocada por el retraso de los nuevos nombramientos para el Tribunal Con... more La crisis institucional provocada por el retraso de los nuevos nombramientos para el Tribunal Constitucional ha suscitado una reflexión generalizada acerca de las reglas sobre su composición y renovación. Su funcionamiento normal, su independencia, su legitimación democrática y su "auctoritas" son cruciales para cumplir la misión constitucional que tiene encomendada. A su vez, la realización de estos principios depende en gran medida de las reglas que gobiernan su composición, v.gr. los órganos y mayorías que intervienen en la selección de los magistrados, el término de sus mandatos y las cualidades que han de poseer. Este artículo pretende hacer una contribución ponderada a la discusión sobre estas cuestiones a la luz de la experiencia norteamericana. El autor se aproxima a estos problemas examinando críticamente el sistema norteamericano a la luz de la experiencia histórica, en aras de evitar tanto el temor excesivo como la aceptación acrítica de modelos extranjeros.
El principio constitucional de igualdad constituye una de las bases del moderno Estado democrátic... more El principio constitucional de igualdad constituye una de las bases del moderno Estado democrático de Derecho. En Europa, su evolución jurídica permanece envuelta en una nebulosa de dudas y tensiones que dificulta una interpretación pacífica de su significado histórico. En el presente trabajo, el autor indaga en su génesis y desarrollo constitucional con un doble propósito: 1. Por una parte, trata de definir con precisión los principales estadios de su evolución en Europa, desde el constitucionalismo revolucionario hasta la inclusión de la igualdad ‘real’. 2. Por otra, resalta los desafíos que, en nuestro tiempo, ha supuesto la afirmación de un principio general de razonabilidad de las leyes, así como la síntesis contemporánea de la igualdad como límite y la igualdad como tarea del Estado.
En el último año, el Tribunal Constitucional Federal Alemán ha dictado algunas decisiones realmen... more En el último año, el Tribunal Constitucional Federal Alemán ha dictado algunas decisiones realmente históricas. Lejos de abandonar a la política las medidas de coordinación y rescate adoptadas para hacer frente a la crisis que el euro atraviesa, el Tribunal de Karlsruhe ha subrayado su dimensión constitucional, y ha demarcado auténticas líneas rojas a la cesión de soberanía. Más que nunca, este año la democracia parlamentaria ha sido el asunto central en la agenda del Alto Tribunal. Junto con las decisiones acerca del euro, el autor explica en este artículo otras de relevancia relacionadas con la participación democrática, como la declaración de inconstitucionalidad de la barrera del 5% en las elecciones europeas y de ciertas previsiones sobre las elecciones al "Bundestag". El Tribunal confirmó, por el contrario, el método de elección de magistrados constitucionales.
La Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso "Lautsi y otros c. Italia", de 1... more La Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso "Lautsi y otros c. Italia", de 18 de marzo de 2011, es, probablemente, una de las decisiones más importantes de la historia del Tribunal. Como puede deducirse de los numerosos comentarios que ha suscitado, el asunto encierra varios problemas importantes como los límites de los derechos humanos y la soberanía de los estados, el valor cultural de la religión, el modo de conjugar la preservación de la identidad nacional con el respeto al pluralismo o, incluso, la función apropiada de los derechos fundamentales. Este artículo trata de ofrecer algunas respuestas a estos interrogantes. En esta tarea, el autor enfatiza la necesidad de basar los propios argumentos en una teoría de los derechos fundamentales
que sitúe adecuadamente el status del individuo y de las pequeñas comunidades en el
conjunto de la sociedad política
El 6 de noviembre de 2012, el Tribunal Constitucional de España dictó una Sentencia avalando la c... more El 6 de noviembre de 2012, el Tribunal Constitucional de España dictó una Sentencia avalando la constitucionalidad de la Ley 13/2005, de 1 de julio, que aprobó el matrimonio entre personas del mismo sexo. Con ocasión de los diez años transcurridos, en las páginas que siguen quisiera reflexionar críticamente, con exquisito respeto y con no menor veracidad, sobre el tema que trató la Sentencia y sobre su mismo fallo. Aun siendo un asunto controvertido, pienso que no sería intelectualmente honesto abandonar la discusión serena y el diálogo sosegado al respecto. Al contrario, la parresía resulta tanto más imprescindible cuanto más problemática se considera una cuestión, y constituye —como afirmó el iusfilósofo liberal, Ronald Dworkin— un deber y una responsabilidad especial para los académicos.
Pese a la relativa concordancia social en torno a la gravedad del desafío ecológico, la ausencia ... more Pese a la relativa concordancia social en torno a la gravedad del desafío ecológico, la ausencia de unos presupuestos filosóficos compartidos se proyecta en concepciones muy diferentes del medio ambiente y de la actitud que se precisa para protegerlo. Juntamente con las imágenes «antropocéntricas» de la naturaleza, que han dominado la discusión jurídica medioambiental en las últimas décadas, han surgido otras corrientes ambientalistas que tienden a desposeer a la persona de una dignidad ontológica específica, y a difuminarla en la comunidad de «la vida» o «el ser». En estas páginas, el autor lleva a cabo una exposición crítica de algunas de las tendencias «ecoéticas» contemporáneas más influyentes, para terminar sugiriendo la dirección del cambio de actitud en que, a su juicio, debería basarse nuestra relación con la naturaleza. El autor se sirve en buena medida de la filosofía moral de Robert Spaemann, pionero en abanderar la causa ambiental como parte de la rehabilitación del pensamiento clásico.
En el tercer milenio, el problema de los estados excepcionales ha cobrado un interés singular con... more En el tercer milenio, el problema de los estados excepcionales ha cobrado un interés singular con ocasión de fenómenos de diversa índole. Situaciones como la pandemia del coronavirus o los desafíos de seguridad ciudadana que nos plantea una sociedad multicultural y globalizada, parecen situarnos frente a exigencias paradójicas, difíciles de satisfacer simultáneamente. De un lado, se ha puesto de manifiesto la inexorable necesidad de poner límites —en ocasiones extraordinarios— a los derechos. De otro lado, emerge en nuestra «sociedad del riesgo» la exigencia, no menos apremiante, de salvaguardias frente al abuso de autoridad. En este trabajo, el autor desarrolla algunas reflexiones sobre la figura de los estados de excepción como instrumentos para conjugar ambas necesidades.
Recent Spanish statutes on abortion and euthanasia foresee the creation of a register of health p... more Recent Spanish statutes on abortion and euthanasia foresee the creation of a register of health professionals objecting to abortion, and pose several burdens on conscientious objectors to such practices. The Spanish Constitutional Court has confirmed such burdens, on the basis of a very problematic definition of conscience rights. It is highly problematic to consider, as the High Court did, the refusal to have an abortion as an exemption from a legal duty. Such a treatment derives from an inadequate analogy with military conscientious objection. However, to categorize the refusal to comply with a constitutional duty and the refusal to comply with a legal mandate in the same way is to take for granted the legitimacy of the legal mandate. Something that, as the author explains, cannot be accepted in a constitutional state.
"El quinto capítulo se centra en el examen de la moción de censura en el Derecho alemán; toda vez... more "El quinto capítulo se centra en el examen de la moción de censura en el Derecho alemán; toda vez que su regulación en el artículo 113 de la Constitución de 1978 está fuertemente inspirada en la Ley Fundamental de Bonn de 1949. En sus páginas se atiende a su precedente en la República de Weimar, y, sobre todo, se detiene en el análisis del artículo 67 de la Constitución alemana."
(Del Prólogo del libro, de Pedro González-Trevijano)
Este trabajo recoge una versión ligeramente modificada de un texto publicado en prensa con ocasió... more Este trabajo recoge una versión ligeramente modificada de un texto publicado en prensa con ocasión del inicio de las negociaciones para amnistiar a Carles Puigdemont, a cambio de los votos necesarios para la investidura de Pedro Sánchez como Presidente del Gobierno de España. El texto forma parte de un libro que recoge 78 contribuciones (número escogido en homenaje a la Constitución) de juristas e intelectuales españoles críticos con la amnistía. La obra fue presentada en Madrid el 13 de febrero de 2024:
Vídeo de la presentación: https://www.youtube.com/watch?v=qpuUHAehbgE
Desde hace décadas, el Tribunal de Estrasburgo viene demostrando una creciente sensibilidad ambie... more Desde hace décadas, el Tribunal de Estrasburgo viene demostrando una creciente sensibilidad ambiental. A ello ha contribuido, en buena medida, su propia doctrina de los derechos como «obligaciones positivas» del Estado de proteger a los particulares, y no sólo como prohibiciones de agredir directamente su esfera vital. Puede decirse que ambos extremos —la preocupación medioambiental y el desarrollo de la tesis de las «obligaciones positivas»— se retroalimentan. En este trabajo se examinan algunos aspectos fundamentales de la jurisprudencia medioambiental del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, así como su recepción y aplicación en España. En consonancia con el propósito general del volumen, el análisis se enfoca, sobre todo, en el problema de las inmisiones molestas en el ámbito urbano.
Semblanza personal del profesor Aragón Reyes, maestro del Derecho Constitucional y uno de los jur... more Semblanza personal del profesor Aragón Reyes, maestro del Derecho Constitucional y uno de los juristas más prestigiosos del mundo de habla hispana. El escrito forma parte de un libro editado con ocasión del nombramiento del profesor Aragón como doctor "honoris causa" por la Universidad Externado de Colombia.
Es difícil negar que, en los últimos tiempos, asistimos a un triste deterioro en las institucione... more Es difícil negar que, en los últimos tiempos, asistimos a un triste deterioro en las instituciones de nuestro Estado democrático. Los signos de crisis deben atribuirse más a actitudes culturales que a deficiencias acusadas del propio orden jurídico-político. En lo que toca a las relaciones entre el Parlamento y el Gobierno, una manifestación relevante de la crisis es, sin duda, la huida del control parlamentario por parte del Gobierno. Es ésta una función que no se agota en los mecanismos jurídicos destinados específicamente a verificar la confianza parlamentaria del Gobierno o a escrutar su labor. En un sentido amplio el control es, como subrayó hace años el profesor Rubio Llorente, «una perspectiva desde la que puede analizarse toda la actuación parlamentaria». El presente trabajo trata de diagnosticar algunas de las principales patologías, antiguas y nuevas, que aqueja la institución; y de identificar cuáles son las actitudes desde las que cabe esperar vías de solución.
Este trabajo aborda algunos de los desafíos más acuciantes a los que se enfrentan los llamados de... more Este trabajo aborda algunos de los desafíos más acuciantes a los que se enfrentan los llamados derechos colectivos. Estamos ante una categoría heterogénea, en la que confluyen realidades distintas. En correspondencia con esta amplitud, los problemas y retos examinados tienen un carácter diverso, y no afectan por igual a todos los derechos colectivos. El autor comienza su exposición delineando algunos de los principales desafíos ético-jurídicos a los obedece la emergencia misma de los derechos colectivos. A continuación, describe la principal dificultad a la que se enfrentan los derechos colectivos, que podríamos calificar como la «paradoja del status». Posteriormente, expone las principales vías que se han explorado para la tutela de los derechos colectivos; y se detiene, de manera particular, en algunas innovaciones importantes de la jurisprudencia ambiental reciente. Cierra el artículo, por último, con unas breves reflexiones conclusivas.
In the last years, several boycotts and intimidation attempts in academic contexts have taken pla... more In the last years, several boycotts and intimidation attempts in academic contexts have taken place in different countries. The growing fragmentation of our society, together with the rise of social networks, have facilitated an increase of different forms of organized protest and boycott aimed at silencing those who oppose the liberal orthodoxy. Through the abuse of labels such as “hate speech” or “-phobia,” language is manipulated in order to excommunicate dissidents from the political forum. The public intolerance against any opinion contradicting the way sexuality is lived and fostered by powerful lobbies seems to contrast with the public tolerance shown towards religious insult and blasphemy. European political leaders do not feel uncomfortable displaying a banner with the slogan “Je suis Charlie,” but they disqualify for public office anyone who supports the traditional, Catholic understanding of sexuality. Even the Courts of Human Rights frequently fail to dispense a fair protection to the different kinds of speech. This poses some contradictions in the very rhetoric of free speech that deserve a careful attention. At the root of those contradictions, the author identifies a paradoxical antiauthoritarianism in the contemporary evolution of the liberal state that may have tyrannical consequences. In the particular field of free speech, the author shows concerns for the use of apostrophes such as the suffix “-phobic”, or categories such as “hate speech”. Given the ideological bias of such categories, he proposes a return to the traditional concepts of “slander,” “injury,” “insult,” and “calumny” for the regulation of speech.
Al término de la Segunda Guerra Mundial, el discurso de los derechos humanos pretendió alumbrar u... more Al término de la Segunda Guerra Mundial, el discurso de los derechos humanos pretendió alumbrar un mundo nuevo, basado en el respeto a la dignidad de todas las personas. Los distintos catálogos pretenden enumerar un conjunto de bienes humanos básicos, elementos centrales para el florecimiento individual y social. No obstante, sin un hilo conductor de estos derechos basado en un "logos" indisponible, que preceda al propio ser humano, el lenguaje de los derechos amenaza desembocar en un discurso ininteligible, en una especie de confusión babélica.
In the last decades, the Strasbourg Court’s political activism has been criticized by several leg... more In the last decades, the Strasbourg Court’s political activism has been criticized by several legal scholar and intellectuals. Though the institution does not belong to the European Union, it would be misleading to think about it as an institution alien to the European project. Indeed, it has become a symbol for the Union and a powerful influence in shaping its understanding of the European values and human rights standards. In this article, one of the most controversial examples of the political impact of the Court’s decisions in the moral and cultural diversity of the European nations will be analyzed.
En los últimos años, los intentos de intimidación en el ámbito académico se han multiplicado en v... more En los últimos años, los intentos de intimidación en el ámbito académico se han multiplicado en varios países, principalmente del mundo anglosajón. Según sostuvo el iusfilósofo liberal Ronald Dworkin, la libertad académica habilita al docente e investigador para no profesar cuanto no considera cierto, y le exige, sobre todo, transmitir lo que cree que es cierto. En este trabajo, el autor esboza un recorrido sintético por algunas de las recientes amenazas a que se ha visto sometida la libertad de expresión académica. Asimismo, critica el abuso a que se presta el concepto de «hate speech» y el apóstrofe «-fóbico», y cuestiona la idoneidad de la primera noción —excesivamente vaga a su juicio— como categoría exenta de la tutela que proporciona la libertad de expresión. En tercer lugar, lleva a cabo un sucinto recorrido por las principales decisiones de la jurisprudencia norteamericana, europea y nacional, en torno a la libertad de expresión académica. Por último, sin abogar por un absolutismo exagerado que convertiría la libertad de expresión en una patente de corso para insultar, ofrece algunas razones por las que hoy se precisa de un compromiso universitario especialmente intenso en torno a su defensa.
Que el coronavirus ha alterado profundamente nuestra vida cotidiana es una obviedad que no precis... more Que el coronavirus ha alterado profundamente nuestra vida cotidiana es una obviedad que no precisa una extensa justificación. Desde que, a mediados de marzo, el Gobierno de España declaró el estado de alarma para hacer frente a esta dura pandemia, hemos vivido una restricción de la libertad de movimientos desconocida para la gran mayoría de la sociedad. Se trataba, ciertamente, de una limitación explicable por la catástrofe, una medida extrema de la que existen otros antecedentes en la historia. En estas páginas se examinan las restricciones efectuadas en la libertad religiosa durante la primera ola de la pandemia.
Since long ago, many Constitutional scholars have been concerned with the so-called “judicial act... more Since long ago, many Constitutional scholars have been concerned with the so-called “judicial activism” in the field of human rights, and have proposed several interpretive theories in order to restrain judicial power. By contrast, other authors have advocated for a broad “moral reading” of the abstract clauses of the Constitution. The purpose of this article is twofold. On the one hand, I will refute the various arguments expounded to defend the compatibility of judicial legislation with Constitutional democracy. In the second part, however, I will try to show that “judicial activism” is not just the consequence of an “overreach” or an “arrogant attitude” of the judges, but has itself a legal justification. Only by reflecting upon the judicial practice and by understanding the internal point of view of the judge, are we able to address properly the causes of judicial activism.
En los últimos cincuenta años, la preocupación por el medio ambiente ha sido creciente, como cons... more En los últimos cincuenta años, la preocupación por el medio ambiente ha sido creciente, como consecuencia de un desarrollismo acelerado que, iniciado sobre todo tras la Segunda Guerra Mundial, plantea serias amenazas para el planeta. Los efectos de la energía nuclear, la ingeniería genética o el cambio climático ponen de manifiesto que la capacidad humana de afectar a la naturaleza en su conjunto ha alcanzado cotas sin precedentes. Al mismo tiempo, el impacto de la acción humana sobre el ecosistema da lugar a injerencias en la vida cotidiana de las personas que, en algunas zonas, se tornan particularmente graves. La contaminación acústica y lumínica, el deterioro del paisaje o las radiaciones electromagnéticas son objeto de preocupación para los ciudadanos, que ven perturbado su modo de vivir y exigen respuestas del Derecho. En este trabajo, se exponen los derechos y deberes ambientales básicos en el ordenamiento constitucional.
A raíz de los atentados en la sede del semanario francés Charlie Hebdo, el 7 de enero de 2015, se... more A raíz de los atentados en la sede del semanario francés Charlie Hebdo, el 7 de enero de 2015, se suscitó una vez más el debate en torno a los límites de la libertad de expresión e incluso de la legitimidad o ilegitimidad del insulto. Se trata de un problema extremadamente complejo, en el que entran en juego matices y distinciones semánticas que, con excesiva frecuencia, se confunden: qué bienes se protegen con la prohibición de la vejación religiosa, qué diferencia hay entre un derecho-libertad y un derecho-pretensión, cuál es la misión de los derechos fundamentales, por qué el bien común exige un margen de tolerancia de la ofensa en una sociedad abierta, etc. Más que dar una solución al complejo problema de la blasfemia y de la vejación religiosa, este trabajo pretende clarificar algunas cuestiones conceptuales para no errar el tiro al intentar abordarlo.
Sin perjuicio de que quepa cuestionar la rígida distinción entre Estado y sociedad que late en su... more Sin perjuicio de que quepa cuestionar la rígida distinción entre Estado y sociedad que late en su concepción liberal primigenia, sigue siendo cierto que la primera función de los derechos es defender al individuo frente a los excesos del poder público. En los últimos años, sin embargo, se va imponiendo la tesis de que los derechos fundamentales incorporan, junto con obligaciones jurídico-defensivas, auténticas obligaciones positivas, las cuales han sido calificadas por la doctrina alemana como «deberes de protección iusfundamentales» (grundrechtliche Schutzpflichten). Concretamente, el riesgo que para los bienes humanos más básicos (la vida, la integridad física, propiedad privada, etc.) suponen las amenazas ecológicas —cuyo origen es principalmente privado—ha llevado a que la función protectora de los derechos fundamentales cobre una «nueva actualidad». A esta dimensión de los derechos se dedica este trabajo.
«Todos tienen derecho a la vida». Con este inciso se abre el artículo 15 de nuestra Constitución.... more «Todos tienen derecho a la vida». Con este inciso se abre el artículo 15 de nuestra Constitución. La vida es algo más que un derecho, es el presupuesto de todos los derechos: «el vivir de los vivientes es su ser», afirma Aristóteles en el segundo libro de "De Anima". Privado de su vida, el ser humano es desposeído de sí mismo y negado como sujeto de derechos.
El libro que el lector tiene entre manos se ocupa jurídicamente de los dos mayores desafíos culturales, muy probablemente, que nuestra sociedad tiene ante sí en relación con el derecho a la vida: el aborto y la eutanasia. Sin perjuicio de otros problemas también acuciantes, el aborto y la eutanasia siguen siendo las dos acciones que, de manera más apremiante, sacuden la conciencia social en su misma comprensión del imperativo básico de «no matar».
El libro obedece a un doble propósito, informativo y crítico. De un lado, ofrece al lector una visión panorámica de la evolución experimentada por el tratamiento del aborto y la eutanasia en las últimas décadas, con oportunas digresiones sobre el Derecho comparado. Juntamente con esta finalidad informativa, encierra también una intención crítica, imposible de eludir al enfrentarnos a cuestiones tan graves.
El iusnaturalismo clásico forma parte, cabalmente, de lo que Isaiah Berlin calificó como «la trad... more El iusnaturalismo clásico forma parte, cabalmente, de lo que Isaiah Berlin calificó como «la tradición central» del pensamiento occidental. Esta centralidad en la historia de nuestra Civilización, sin embargo, contrasta con la escasa atención que ha recibido en nuestro tiempo; una ignorancia que este libro quisiera contribuir a paliar, aunque sea modestamente. En palabras de su autor, la obra pretende «defender la sabiduría antigua de la ley natural y la tradición del realismo jurídico clásico, una corriente que reivindica la ‘res iusta’ o el ‘ius’ como categoría jurídica fundamental; refutar algunas de las principales objeciones que se siguen formulando contra estas tradiciones; e intentar dar cuenta de ciertos elementos esenciales que se han ido perdiendo en el tránsito que nos ha conducido hasta el lenguaje actual de los derechos».
Respect for and promotion of human rights have come to be seen as the basis of legitimacy of mode... more Respect for and promotion of human rights have come to be seen as the basis of legitimacy of modern Western civilization. There is nevertheless a striking contrast between our common view on the importance of rights and our profound disagreement on their meaning and content. This disagreement has become increasingly sharp in the last decades, but it has its origins in a deeper controversy regarding human nature that goes back to the 16th century. On the basis of a point made by the German philosopher Robert Spaemann, tjhis book posits that the contemporary liberal understanding of human rights has its origin in a decomposition of the classical (teleological) notion of human nature into two human impulses: desire and self-preservation. The liberal understanding of rights tends to connect human rights with what we may call (following Freud’s terminology) the desire principle (Lustprinzip). This connection provides the key to understanding the continual emergence of new rights claims today, as well as the apparently limitless advance of contemporary projects of emancipation from nature (e.g. liberal eugenics). In the book, Simón-Yarza spells out the dehumanizing effects of this conception of human rights and offers an alternative vision of the role that rights would play within a teleological framework.
El respeto y la promoción de los derechos humanos constituye la base de la legitimidad de la civi... more El respeto y la promoción de los derechos humanos constituye la base de la legitimidad de la civilización occidental moderna. Existe, sin embargo, un contraste llamativo entre nuestra coincidencia respecto a la importancia de los derechos y nuestro desacuerdo profundo en aspectos centrales de su significado y contenido. Esta discrepancia se ha agudizado en las últimas décadas, merced a la aparición de varios «nuevos derechos» objeto de controversias. El autor trata de ir al fondo de estas discrepancias, explorando las bases éticas y políticas que laten en los distintos modos de entender los derechos humanos. Para llevar a cabo su propósito, examina algunas de las principales corrientes del pensamiento político, clásico y contemporáneo. En una primera parte, pone el foco en el lugar que ocupan el bien y la razón en la tradición ético-política aristotélico-tomista y kantiana; y lo contrasta con la concepción de los derechos de los principales representantes del liberalismo político «antiperfeccionista» o «ateleológico» contemporáneo. El libro trata de mostrar, en definitiva, cómo la renuncia a dar relevancia al bien humano integral en la definición de las libertades conduce a resultados deshumanizadores, y ofrece propuestas constructivas para un adecuado entendimiento de los derechos humanos en una sociedad pluralista.
Los desafíos que las amenazas medioambientales presentan en nuestra sociedad han propiciado, desd... more Los desafíos que las amenazas medioambientales presentan en nuestra sociedad han propiciado, desde hace algunas décadas, un interés creciente de los juristas. En los últimos años, la discusión ha traspasado las fronteras del Derecho administrativo para adentrarse en el ámbito constitucional. La jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos no ha hecho sino acentuar este ascenso de lo medioambiental al plano de los derechos. El presente estudio es un análisis de las posibilidades y los límites de la conexión entre la protección del medio ambiente y los derechos fundamentales. El autor estudia todas las dimensiones constitucionales del medio ambiente e indica las dificultades que plantea considerarlo como un derecho subjetivo. Asimismo, examina los principales interrogantes que se suscitan al conferir a los derechos tradicionalmente protegidos un contenido ecológico. Por una parte, dado que las agresiones ambientales suelen provenir normalmente de sujetos privados, surge la necesidad de estudiar a fondo la dimensión de los derechos fundamentales como obligaciones estatales de protección. Por otra, la amplitud de los bienes jurídicos protegidos —en especial, el reconocimiento de un derecho a la «calidad de vida ambiental» como parte del derecho a la intimidad— produce en sí misma un amplio abanico de problemas dogmáticos e interpretativos. El autor examina críticamente estos problemas trata de precisar los términos en que debe situarse la vinculación entre medio ambiente y derechos fundamentales.
Como la propia palabra sugiere, estos lineamentos pretenden ser la «delineación o dibujo de un cu... more Como la propia palabra sugiere, estos lineamentos pretenden ser la «delineación o dibujo de un cuerpo» (DRAE), el constituido por el régimen de la jurisdicción constitucional y los derechos fundamentales de nuestra Constitución, para dar a conocer, de un modo introductorio, sus principios y fundamentos. Son páginas pensadas y escritas teniendo en mente al estudiante actual del grado en Derecho, cuyas necesidades he procurado comprender mejor durante mi experiencia docente. A este propósito, me han sido de gran ayuda los comentarios recibidos tanto en las clases como en las conversaciones privadas con los alumnos, así como los resultados de la evaluación oral y de la corrección de exámenes y prácticas.
Como la propia palabra sugiere, estos lineamentos pretenden ser la «delineación o dibujo de un cu... more Como la propia palabra sugiere, estos lineamentos pretenden ser la «delineación o dibujo de un cuerpo» (DRAE), el constituido por el régimen constitucional español, para dar a conocer, de un modo introductorio, sus principios y fundamentos. Son páginas pensadas y escritas teniendo en mente al estudiante actual del grado en Derecho, cuyas necesidades he procurado comprender mejor durante mi experiencia docente. A este propósito, me han sido de gran ayuda los comentarios recibidos tanto en las clases como en las conversaciones privadas con los alumnos, así como los resultados de la evaluación oral y de la corrección de exámenes y prácticas.
"Para Leibniz era ‘el incomparable Fénelon’; para la posteridad, católicos y protestantes, ilustr... more "Para Leibniz era ‘el incomparable Fénelon’; para la posteridad, católicos y protestantes, ilustrados y románticos, revolucionarios y contrarrevolucionarios, una figura luminosa. Su controversia con Bossuet, que se halla en el centro de este libro, devendría cause célèbre para la Europa culta, además de asunto de Estado merced a la intervención de Luis XIV. Se trataba de la cuestión de si el amor a Dios, al prójimo, al bien común, podrían y deberían comprenderse como función del amor propio –amor propio ilustrado, sublimado– o no. Hace treinta años, la disputa del amour pur me pareció ser piedra de toque que demuestra que la ontología y antropología modernas, ‘burguesas’, están caracterizadas por una inversión de la teleología. Este libro contempla la disputa del 'amour pur' primariamente como síntoma, como indicio de un cambio –inadvertido por los mismos contemporáneos de la discusión– de la situación del pensamiento y de su trasfondo histórico-social" (Del Prólogo a la 2ª edición).
"El Salterio es el libro clásico de oración de la Sinagoga y de la Iglesia. Constituye la mayor p... more "El Salterio es el libro clásico de oración de la Sinagoga y de la Iglesia. Constituye la mayor parte del Libro de las Horas de los monjes cristianos de Oriente y Occidente, así como del Breviario cotidiano de los sacerdotes. Los Salmos pertenecen —con independencia de la fe del lector o del cantor— al patrimonio cultural fundamental de Europa". "La selección de meditaciones que aquí presento son pensamientos de un laico, de un cristiano creyente en la Revelación y de un filósofo creyente en la razón. [...] Empecé a escribirlos hace décadas. Algunos de estos textos cayeron en manos de Hans Urs von Balthasar, que me sugirió una publicación. No obstante, no quería considerarlo hasta que hubiese concluido mi actividad como profesor de Filosofía. De eso hace ya mucho tiempo" (De la Introducción).
"El Salterio es el libro clásico de oración de la Sinagoga y de la Iglesia. Constituye la mayor p... more "El Salterio es el libro clásico de oración de la Sinagoga y de la Iglesia. Constituye la mayor parte del Libro de las Horas de los monjes cristianos de Oriente y Occidente, así como del Breviario cotidiano de los sacerdotes. Los Salmos pertenecen —con independencia de la fe del lector o del cantor— al patrimonio cultural fundamental de Europa». «Las Meditaciones que aquí presento sobre los primeros 51 Salmos son pensamientos de un laico, de un cristiano creyente en la Revelación y de un filósofo creyente en la razón. [...] Empecé a escribirlos hace décadas. Algunos de estos textos cayeron en manos de Hans Urs von Balthasar, que me sugirió una publicación. No obstante, no quería considerarlo hasta que hubiese concluido mi actividad como profesor de Filosofía. De eso hace ya mucho tiempo" (De la Introducción).
"Rousseau: Ciudadano sin patria", aborda una de las principales inquietudes intelectuales de su a... more "Rousseau: Ciudadano sin patria", aborda una de las principales inquietudes intelectuales de su autor, a saber, las implicaciones políticas del abandono del concepto teleológico de naturaleza. Al separarse las tendencias opuestas de libertad y autoconservación, que dicho concepto trataba de unificar, surgen dos posiciones políticas antagónicas que tratan de imponerse: la izquierda y la derecha, los "liberals & conservatives". Mientras los primeros representan la emancipación del individuo —el denominado por Freud principio del deseo— los segundos luchan por la seguridad, por el mantenimiento de las condiciones de conservación —el principio de realidad freudiano. La singularidad de Rousseau consiste en haber encarnado de un modo ejemplar ambas tendencias, convirtiéndose en precursor de todas las grandes posiciones políticas de la Modernidad.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos ha cumplido recientemente 75 años. Sin perjuicio... more La Declaración Universal de los Derechos Humanos ha cumplido recientemente 75 años. Sin perjuicio de la utilidad que, en tantas ocasiones, ha demostrado como salvaguarda de bienes básicos, su interpretación moderna se presta a confusiones y abusos; en parte, precisamente, porque el término “derecho” parece suponer la delimitación clara de algo que corresponde a una persona real y en un tiempo y lugar determinados, lo que no siempre ocurre con los derechos recogidos en la Declaración; y, menos aún, con otros “nuevos derechos” que algunos reivindican, como el derecho al aborto o al cambio de sexo.
Breve texto sobre los desafíos jurídicos que, en el ámbito de los derechos humanos, plantea la tr... more Breve texto sobre los desafíos jurídicos que, en el ámbito de los derechos humanos, plantea la transición ecológica, basado en la conferencia pronunciada en la Fundación Pablo Iglesias el 3 de febrero de 2022.
El presente escrito de descargo se enmarca en el pretendido proceso administrativo penal canónico... more El presente escrito de descargo se enmarca en el pretendido proceso administrativo penal canónico seguido contra José María Martínez Sanz en el mediático caso «Cuatrecasas-Martínez». El informe no pretende, sin más, poner de manifiesto la inexistencia de auténticas pruebas contra su persona. Si bien es cierto que ello debería bastar, en circunstancias ordinarias, para excluir la condena, el escrito ofrece elementos aptos para verificar, de manera más terminante, la inocencia del acusado.
El presente informe examina jurídicamente la noticia de la apertura de un procedimiento canónico ... more El presente informe examina jurídicamente la noticia de la apertura de un procedimiento canónico en el caso relativo a los abusos pretendidamente cometidos en el colegio Gaztelueta, de Bilbao, por parte de un profesor, en los cursos académicos 2008-2009 y 2009-2010. Se analiza el caso desde la perspectiva de las garantías penales aplicadas en los órdenes constitucionales de los Estados civilizados. No se pretende, pues, ofrecer una respuesta válida desde el Derecho positivo de la Iglesia, sino dar cuenta de la impresión que produce este caso en el jurista de una nación con un sistema jurídico acorde con los estándares internacionales. El informe relata los hechos retrotrayéndose en el tiempo hasta el inicio mismo del caso, a fin de que el lector pueda hacerse cargo de la gravedad del asunto.
La perspectiva de análisis, con todo, no deja de tener relevancia jurídica, incluso para la Iglesia, en la medida en que los principios a los que apela el informe son, en muchos casos, principios de justicia universales reconocidos como tales en documentos del magisterio pontificio.
"Amici curiae" consist of 141 international legal scholars, including former judges and justice o... more "Amici curiae" consist of 141 international legal scholars, including former judges and justice officials, deans of law schools, and law professors and law scholars. A full identification of each amicus appears in the Appendix.
"Amici" assert the inherent right to life of the unborn and recognize Mississippi’s interest in limiting access to abortion on demand. Amici are concerned with preserving the principle of state-level freedom to tailor abortion regulations.
"Amici" believe it is beneficial for the Court to take into consideration the international legal context, including how a decision of the Court might be understood in relation to other State practices.
"Amici" write to inform the Court that there is no international human right to abortion, and that international law is predicated on an understanding of the unborn child as a rights-holder.
VIII Jornada del Aula de Derecho Parlamentario. Seminario Internacional sobre Derechos Sociales, 2011