Neoconstitucionalismo Research Papers - Academia.edu (original) (raw)

These poems, composed in Somali and in English, provide a poetic reflection of the recently emerged debate on the theme of Caddaan Studies which means "White Studies". The criticism and counter-criticism contained in the debate dug so... more

These poems, composed in Somali and in English, provide a poetic reflection of the recently emerged debate on the theme of Caddaan Studies which means "White Studies". The criticism and counter-criticism contained in the debate dug so deep into life nerve of Somali Studies that over a thousand people participated. The poems, under the title "Inaugurating Caddaan Studies" were composed with a critical observation of the debate.

El modelo de Estado constitucional y democrático de Derecho se soporta en la teoría neoconstitucio-nalista y desarrolla elementos particulares y característicos que proponen innovadoras ideas frente a la estructura estatal, entre ellos,... more

El modelo de Estado constitucional y democrático de Derecho se soporta en la teoría neoconstitucio-nalista y desarrolla elementos particulares y característicos que proponen innovadoras ideas frente a la estructura estatal, entre ellos, la supremacía constitucional, el control de constitucionalidad, la protección y garantía de los derechos y el papel activo del juez como creador de Derecho. En el contexto colombiano, no ha alcanzado sus pretensiones, ya que este modelo fue trasplantado de Europa y, por lo tanto, la realidad sociojurídica es diferente; esto deriva consecuencias negativas en su implementación. En este artículo también se reflexionará sobre las propuestas teóricas que se han desarrollado como crítica a los postulados del neoconstitucionalismo: el constitucionalismo popular como una propuesta teórica proveniente de Estados Unidos y el nuevo constitucionalismo que está consolidándose en América Latina. Estas dos propuestas tienen como eje un mayor activismo por parte de los sectores sociales y el control de constitucionalidad ejercido por la ciudadanía. Palabras clave: neoconstitucionalismo, Estado constitucional, Constitución, garantía de derechos, control de constitucionalidad.

Este trabalho analisa a doutrina neoconstitucionalista desenvolvida no Brasil, em especial por meio da obra do hoje ministro do STF Luís Roberto Barroso. Faz-se uma análise dos discursos históricos e teóricos deste movimento jurídico e... more

Este trabalho analisa a doutrina neoconstitucionalista desenvolvida no Brasil, em especial por meio da obra do hoje ministro do STF Luís Roberto Barroso. Faz-se uma análise dos discursos históricos e teóricos deste movimento jurídico e das críticas opostas a eles. Afirma-se que não há maiores novidades na doutrina neoconstitucionalista e que as suas anunciadas finalidades-evitar os perigos do retorno às experiências totalitárias do século XX-não serão alcançadas a partir dos seus postulados teóricos. De outra parte, o neoconstitucionalismo, tal como praticado no Brasil, sacrifica a segurança jurídica e possui alto potencial de corroer a legitimidade democrática na produção do Direito. Palavras-chave: Neoconstitucionalismo. Positivismo. Segurança jurídica. Princípios e regras. Ponderação e subsunção. Introdução No final da primeira década do século XXI, em importante artigo, Humberto Ávila refere não haver dúvidas de que o movimento jurídico mais importante que se afirma no Brasil é o neoconstitucionalismo. Embora não se possa falar em uma teoria única, mas em diversas formas de neoconstitucionalismo, o citado autor menciona as seguintes características fundamentais: (...) princípios em vez de regras (ou mais princípios do que regras); ponderação no lugar de subsunção (ou mais ponderação do que subsunção); justiça particular em vez de justiça geral (ou mais análise individual e concreta em vez de geral e abstrata); Poder Judiciário em vez dos Poderes Legislativo ou Executivo (ou mais Poder Judiciário e menos Poderes Legislativo e Executivo); Constituição em substituição à lei (ou maior, ou direta, aplicação da Constituição em substituição à lei). 1 Esse neoconstitucionalismo é apresentado "como uma verdade consagrada e indiscutida", e quem a ele se opõe só pode fazer parte dos "renitentes e ultrapassados 'operadores do direito', todos apontados como 'positivistas' (e esse termo assume a conotação de uma injúria)", como bem observa Manoel Gonçalves Ferreira Filho sobre a forma como a teoria se apresenta. 2 E assim, prossegue Humberto Ávila, identificam-se quatro fundamentos do (ou desta espécie de) neoconstitucionalismo: o fundamento normativo ("da regra ao princípio"), o fundamento metodológico ("da subsunção à ponderação"), o fundamento axiológico ("da justiça geral à justiça particular") e o fundamento organizacional ("do Poder Legislativo ao Poder Judiciário"). 3 Uma rápida análise sobre o cenário da práxis jurídica no Brasil revela que, se isso é neoconstitucionalismo, esse modo de ver e praticar o Direito continua com enorme importância e influência, talvez sem concorrência à altura. Argumentos principiológicos, por exemplo, são muito mais recorrentes do que o detalhado exame de regras; a justiça do caso concreto, ainda que à revelia das regras, ou mesmo em franca oposição a estas, também é privilegiada (o que é facilitado com a invocação genérica de princípios abstratos); a transferência do foro de discussões das grandes questões de interesse nacional, de igual forma, parece uma realidade, seja porque o Legislativo não goza de crédito 1 ÁVILA, Humberto. "Neoconstitucionalismo": entre a "

El profesor Manuel Atienza es uno de los principales referentes en materia de argumentación jurídica y lidera la prestigiosa Escuela de Alicante, de notable predicamento e influencia en nuestro medio. A propósito de su reciente visita a... more

El profesor Manuel Atienza es uno de los principales referentes en materia de argumentación jurídica y lidera la prestigiosa Escuela de Alicante, de notable predicamento e influencia en nuestro medio. A propósito de su reciente visita a Lima, aprovechamos para formularle algunas preguntas que nos permitan conocer mejor su obra. Entre otras cosas, el profesor nos explica por qué es equívoco llamar “neoconstitucionalismo” a la teoría constitucionalista del Derecho; que debemos evitar idealizar el Derecho como si fuese únicamente argumentación y que vale la pena entenderlo como una herramienta de emancipación social.

Résumé de l'auteur (MB) : " ‘Néoconstitutionnalisme’ est assurément le nouveau nom pour une famille de théories du droit bien connues: un nom jusqu'à maintenant utilisé seulement au sein de la théorie du droit du monde latin. Mais... more

Résumé de l'auteur (MB) : " ‘Néoconstitutionnalisme’ est assurément le nouveau nom pour une famille de théories du droit bien connues: un nom jusqu'à maintenant utilisé seulement au sein de la théorie du droit du monde latin. Mais contrairement à une critique récente de Riccardo Guastini, et conformément à une plus large analyse de ce mouvement dans mon dernier livre, Manuale di filosofia del diritto (2011), le néoconstitutionnalisme existe effectivement – exactement comme le droit naturel, le positivisme juridique ou encore le réalisme juridique existent. Dans cette contribution, en fait, trois thèmes centraux du néoconstitutionnalisme sont examinés – la connexion droit-morale, la distinction règle-principes et le balancement ou pondération – afin d’en fournir une meilleure théorie positiviste. Ainsi, je reconnais une connexion contigente mais théoriquement essentielle entre le droit et la morale; j’admets une distinction quasiment radicale entre les règles et les principes juridiques, et je fournis une théorie du balancement (ou pondération) positiviste, réaliste et axiologiquement pluraliste."

Este é um artigo de acesso aberto, licenciado por Creative Commons Atribuição 4.0 Internacional (CC BY 4.0), sendo permitidas reprodução, adaptação e distribuição desde que o autor e a fonte originais sejam creditados. Resumo O presente... more

Este é um artigo de acesso aberto, licenciado por Creative Commons Atribuição 4.0 Internacional (CC BY 4.0), sendo permitidas reprodução, adaptação e distribuição desde que o autor e a fonte originais sejam creditados. Resumo O presente artigo propõe que não houve a superação do positivismo jurídico pelo pós-positivismo indicado como marco filosófico do neoconstitucionalismo. Para de-monstrar isso, expõe-se a evolução do positivismo jurídico e suas principais teses (se-parabilidade, convencionalidade e das fontes), de modo a evidenciar como resistem às críticas pós-positivistas atuais e concluir que apenas uma versão do positivismo formalista e legalista é rejeitada. Uma efetiva alternativa ao positivismo demandaria a completa incorporação de teses não positivistas (como o interpretativismo de Dworkin), que se apresentam incompletas na prática e nos estudos do Direito no Brasil. A pesquisa, portanto, é de natureza bibliográfica com a leitura da doutrina es-pecializada sobre o assunto, além de análise jurisprudencial/documental. Palavras-chave: positivismo, pós-positivismo, neoconstitucionalismo, interpretativismo. Abstract This paper indicates that there was no overcoming of legal positivism by post-posi-tivism indicated as a philosophical framework of neo-constitutionalism. In order to demonstrate this, the evolution of legal positivism and its main theses (separability,

A partir de la convulsionada realidad colombiana de finales de 1980 y la proclamación de una Constitución garantista, progresista, con naturaleza normativa y que incorpora un amplio catálogo de derechos y principios, este libro expone... more

A partir de la convulsionada realidad colombiana de finales de 1980 y la proclamación de una Constitución garantista, progresista, con naturaleza normativa y que incorpora un amplio catálogo de derechos y principios, este libro expone –dentro del paradigma neoconstitucional– un caso acerca de cómo una teoría normativa de la democracia puede contribuir a fundamentar una dogmática constitucional. Reconstruye la dogmática del procedimiento parlamentario creada por la Corte Constitucional a partir de las sentencias donde estudia el vicio por elusión deliberativa en que ha incurrido el Congreso. La Corte ha establecido prácticas deliberativas internas dentro de los mecanismos para resolver casos complejos, pero también ha construido estándares de constitucionalidad a partir del ideal deliberativo de la democracia, en particular, de su justificación epistémica. El procedimiento legislativo guiado por reglas, que a su vez amparan principios de naturaleza deliberativa, es respetuoso de determinados valores sustantivos y es, por tanto, preferible epistémicamente para producir buenos resultados. Esta dogmática refleja otro valioso elemento por el cual el constitucionalismo colombiano representa una novedad en el constitucionalismo iberoamericano y es, hasta cierto punto, un ejemplo de cómo un tribunal constitucional trasciende un rol de legislador negativo. Se trata de “una experiencia constitucional que es con toda probabilidad la más rica de la región en las últimas décadas”

Coletânea sobre o Constitucionalismo-latino americano: teoria, direitos humanos fundamentais, instituições e decisões, RJ Multifoco, 2020, organizada pelos profs. Siddharta Legale, Carolina Cyrillo e Adriano Correa de Sousa com Prefácio... more

Coletânea sobre o Constitucionalismo-latino americano: teoria, direitos humanos fundamentais, instituições e decisões, RJ Multifoco, 2020, organizada pelos profs. Siddharta Legale, Carolina Cyrillo e Adriano Correa de Sousa com Prefácio do Prof. Eduardo Val e apresentação do Fabio de Oliveira.

Rights are, without doubt, the most salient feature of contemporary legal systems. It can be argued that since the middle of last century we transit a culture of rights. Neoconstitutionalism is one among other concepts that has been used... more

Rights are, without doubt, the most salient feature of contemporary legal systems. It can be argued that since the middle of last century we transit a culture of rights. Neoconstitutionalism is one among other concepts that has been used to designate and study this phenomenon. The hypothesis we intend to address in this paper is that some of the central characters of our culture of rights —here called "neoconstitutionalism"— cannot be explained consistently without an explicit reference to a sustantive o material “a priori”.
We will examine in particular the connection between the assertion that there exist natural law principles of justice and the following characters of our culture of rights: a) the recognition of rights, b) the reference of state or national legal systems to supranational legal systems; c) the Constitutions as a result of a network of principles and rules; d) the principle of proportionality; e) the principle of reasonableness. While the first three characters conform the structure of any neoconstitucional practice, the two latter are features of the processes of legal reception and judicial adjudication of rights in such a legal practice.

En este libro se reconstruyen, en un recorrido que entrelaza la historia de las ideas con la de las instituciones políticas, los elementos que a lo largo del tiempo han dado forma al modelo democrático constitucional contemporáneo.... more

En este libro se reconstruyen, en un recorrido que entrelaza la historia de las ideas con la de las instituciones políticas, los elementos que a lo largo del tiempo han dado forma al modelo democrático constitucional contemporáneo. Después de construir de manera independiente, por un lado, el sistema constitucional y, por el otro, el sistema democrático, Pedro Salazar Ugarte nos indica dónde se encuentran sus puntos de contacto y en que parte se ubican las fisuras que causan las fricciones y tensiones que provoca su unión teórica y práctica.
Estas tensiones entre el constitucionalismo y la democracia son la brújula que orienta la segunda parte del libro, en la que, a partir de un análisis crítico y sistemático de las ideas de algunos teóricos del derecho y de la política mas significativos de nuestro tiempo, el autor nos advierte de los riesgos que puede conllevar el exceso de democracia para el constitucionalismo, pero también del peligro que entraña para el sistema democrático el aristocrático gobierno de los jueces. Este dilema, con cierto arraigo en las discusiones teóricas de las democracias de viejo cuño, debe llamar la atención de los pensadores latinoamericanos.

Por medio de la cátedra de Introducción al Derecho realizamos un análisis de las normas jurídicas,es decir, la ley, comenzando por su concepción y sus fuentes para ver como al estar insertas en la Constitución actúan como ente regulador... more

Por medio de la cátedra de Introducción al Derecho realizamos un análisis de las normas jurídicas,es decir, la ley, comenzando por su concepción y sus fuentes para ver como al estar insertas en la Constitución actúan como ente regulador conductual y si en diversos escenarios(Derechos Humanos o Estado de Derecho)son acatadas,ejemplicando con preceptos vigentes actualmente en nuestra Constitución.

Es difícil ofrecer al lector un ensayo original sobre un concepto tan estudiado como lo es el concepto de “Constitución”. Por lo mismo, lo que ofreceré en las páginas que siguen son solamente algunas claves para entender el significado... more

Es difícil ofrecer al lector un ensayo original sobre un concepto tan estudiado como lo es el concepto de “Constitución”. Por lo mismo, lo que ofreceré en las páginas que siguen son solamente algunas claves para entender el significado que tiene esta noción en el siglo XXI. Para ello reconstruir algunos modelos, debates y tendencias relacionadas con la idea de Constitución desde una perspectiva jurídica y política. Lo que propongo, entonces, es ofrecer algunas nociones del concepto “Constitución” vigentes en la actualidad y un elenco de tópicos y problemas contemporáneos relacionados
con el mismo. Mi propósito es ofrecer a los lectores un mapa, delineado desde la teoría política y la teoría del derecho, para orientarse en los debates sobre la Constitución y comprender el núcleo de significado del concepto, su sentido moderno y algunos desarrollos contemporáneos.

No voy a realizar un análisis teórico en este documento que valore de alguna manera la postura activista que ha asumido la Corte Constitucional en Colombia. Partiré del hecho real de su carácter garantista y a partir de allí abordaré uno... more

No voy a realizar un análisis teórico en este documento que valore de alguna manera la postura activista que ha asumido la Corte Constitucional en Colombia. Partiré del hecho real de su carácter garantista y a partir de allí abordaré uno de los casos más emblemáticos que en materia de garantía y justiciabilidad de derechos sociales ha hecho el alto tribunal, esto es, la evolución que jurisprudencialmente tuvo el derecho a la salud como derecho social hasta convertirse en un derecho fundamental autónomo garantizado incluso mediante ley estatutaria, elaborada en cumplimiento a una sentencia constitucional.

ÍNDICE. Presentación. Ministro Luis María Aguilar Morales Nota preliminar Nota introductoria. Ramón Ortega García I. Elementos teóricos. 1. Para qué sirve la teoría de la argumentación jurídica. 2. ¿Qué es ponderar? Sobre implicaciones y... more

ÍNDICE.
Presentación. Ministro Luis María Aguilar Morales
Nota preliminar
Nota introductoria. Ramón Ortega García
I. Elementos teóricos.
1. Para qué sirve la teoría de la argumentación jurídica.
2. ¿Qué es ponderar? Sobre implicaciones y riesgos de la ponderación.
3. Sobre los derechos fundamentales y sus conflictos y sobre ponderaciones en la resolución de sus casos.
4. Deontología judicial. ¿Hay una ética especial para los jueces?
II. Cinco ejercicios de análisis jurisprudencial.
5. Dos ejemplos de Alexy sobre buenas ponderaciones. Análisis crítico
6. No es ponderar. Sobre la Sentencia del Tribunal Constitucional español 7/2014, de 27 de enero
7. Sobre ponderaciones y penas. A propósito de la Sentencia del Tribunal Supremo (Sala Penal) 161/2015, en el caso del asedio al Parlamento de Cataluña.
8. Análisis de la sentencia 29/2008 del Tribunal Constitucional español, en el famoso caso de “Los Albertos”
9. El Tribunal Constitucional sigue siendo el rey y su palabra es la ley. Sobre la Sentencia 26/2011 del Tribunal Constitucional español.

Con la llegada del Estado constitucional se han presentado y renovado algunas discusiones frente a la teoría del derecho con posturas antagónicas y en clave de dilema. En un extremo estaría una concepción que plantea un modelo de reglas,... more

Con la llegada del Estado constitucional se han presentado y renovado algunas discusiones frente a la teoría del derecho con posturas antagónicas y en clave de dilema. En un extremo estaría una concepción que plantea un modelo de reglas, subsunción, separación entre derecho y moral, primacía de la legislación sobre la jurisprudencia y una ciencia del derecho descriptiva; mientras, en el otro extremo, estaría una concepción que defiende un modelo de principios, ponderación, vinculación derecho y moral, primacía de la jurisprudencia sobre la legislación y una ciencia del derecho prescriptiva. Estos polos son los dos paradigmas que quiere enfrentar la doctrina nacional como teorías del derecho contrapuestas correspondientes al antes y después de la Constitución de 1991, cuando realmente la relación entre los modelos no es dicotómica ni excluyente, sino de continuación y complementación, tal como se desarrollará en este artículo.

The term “neoconstitucionalism” is quite ambiguous: contemporary culture uses it to denote such as heterogeneous things as a form of state, a policy of judicial activism, a theoretical account of contemporary legal systems, a kind of... more

The term “neoconstitucionalism” is quite ambiguous: contemporary culture uses it to denote such as heterogeneous things as a form of state, a policy of judicial activism, a theoretical account of contemporary legal systems, a kind of legal methodology, and ideological adherence to the law. This paper focuses on the aspects related to judicial policy, legal theory and legal methodology, by emphasizing two possible perspectives. The first one called negative, that delineates such a prismatic conception of law as a set of oppositions to the theses defended by predominant legal theories. The second one is dubbed positive, since it claims to having identified a whole series of “new discoveries” about contemporary legal systems. The positive version is characterized by eight points: (1) the law of constitutional state is a combination of rules and principles, (2) rules and principles are liable to bring about a systematic set of norms, (3) contemporary constitutions incorporate moral values, so that they have created a relevant connection between law and morality, (4) the incorporation of moral values in the constitution means that the interpreters must construe the constitutional provisions by a moral reading, (5) any legal norm is defeasable, (6) some legal standards require balancing, as opposed to traditional subsuntive reasoning, (7) by holistically interpreting legal provisions, judges can decide any dispute whatsoever, (8) legal norms cannot have any content, since their content is eventually determined by moral judgments. The paper winds up illustrating some of the achievements and the shortcomings of each kind of neoconstitutionalism.

El profesor Rubén Martínez Dalmau hace unos meses (2012) visitó nuestro país; con ocasión de ello, aceptó que le realizáramos algunas preguntas sobre lo que se ha venido a llamar nuevo constitucionalismo latinoamericano, término que alude... more

El profesor Rubén Martínez Dalmau hace unos meses (2012) visitó nuestro país; con ocasión de ello, aceptó que le realizáramos algunas preguntas sobre lo que se ha venido a llamar nuevo constitucionalismo latinoamericano, término que alude al movimiento constitucional que ha inspirado a los recientes procesos constituyentes de Venezuela, Bolivia y Ecuador –lista en la que el entrevistado incorpora a la Constitución colombiana de 1991– y que pone énfasis en su carácter democrático. El resultado de la entrevista, como podrá apreciarse, ha sido esclarecedor y sin duda sugestivo.

A presente monografia busca discutir o fenômeno da Judicialização da Saúde através da evolução jurisprudencial a que o Supremo Tribunal Federal passou, de absolutização do direito à saúde e vida, para sua relativização, com a definição de... more

A presente monografia busca discutir o fenômeno da Judicialização da Saúde através da evolução jurisprudencial a que o Supremo Tribunal Federal passou, de absolutização do direito à saúde e vida, para sua relativização, com a definição de critérios para a interferência e julgamento desses casos trágicos, com vistas a efetivar o direito fundamental social à saúde. Para tanto, torna-se imperioso a apresentação da evolução da doutrina relacionada ao fenômeno do Neoconstitucionalismo, o avanço no entendimento dos direitos sociais como direitos fundamentais de aplicabilidade imediata, na visão da justiça distributiva e sua exigibilidade perante o Judiciário para, ao final, traçarmos um conceito para a Judicialização da Saúde, identificando os conceitos teóricos despendidos nesse trabalho através da análise de julgados emblemáticos do Supremo Tribunal Federal.

Este trabajo pretende explorar las funciones de la teoría de la argumentación jurídica (TAJ) en los Estados constitucionales y se concentrará en subrayar las funciones políticas y autorreflexivas de la TAJ en el marco de una teoría del... more

Este trabajo pretende explorar las funciones de la teoría de la argumentación jurídica (TAJ) en los Estados constitucionales y se concentrará en subrayar las funciones políticas y autorreflexivas de la TAJ en el marco de una teoría del Derecho neoconstitucionalista. La primera parte incluye una definición de la TAJ y un examen de sus funciones generales. En la parte final, el autor ofrece un programa para el desarrollo de una teoría neoconstitucionalista.

En este corto escrito abordo lo que creo que es la pregunta central sobre la etiqueta 'neoconstitucionalismo': la pregunta sobre la adecuación de la etiqueta para capturar y ayudar a entender nuestros debates en teoría constitucional. Mi... more

En este corto escrito abordo lo que creo que es la pregunta central sobre la etiqueta 'neoconstitucionalismo': la pregunta sobre la adecuación de la etiqueta para capturar y ayudar a entender nuestros debates en teoría constitucional. Mi tesis es que la etiqueta no constituye una herramienta analítica óptima. Es claro entonces que el presente no es un argumento sobre la legitimidad o necesidad de ciertas instituciones o prácticas defendidas o recomendadas por el neoconstitucionalismo, sino un argumento meta-teórico sobre los conceptos que utilizamos en nuestra la teorización sobre el derecho constitucional.

En este libro se analizan las particularidades del neoconstitucionalismo desde un punto de vista teórico e institucional, aunque con una perspectiva crítica guiada por un ideal democrático. Este ejercicio nos permite comparar el... more

En este libro se analizan las particularidades
del neoconstitucionalismo
desde un punto de vista
teórico e institucional, aunque con
una perspectiva crítica guiada por
un ideal democrático. Este ejercicio
nos permite comparar el neoconstitucionalismo
con otra corriente conocida
como el Nuevo Constitucionalismo
Latinoamericano y estudiar
cómo han influido en los diseños
institucionales de América Latina.
Así, en el libro se estudian desde
los orígenes del neoconstitucionalismo
y su relación con el concepto
de principios -que dieron entrada a
aproximaciones neo-iusnaturalistas
del derecho-, hasta los diseños institucionales
que sustentaron, como
la rigidez constitucional y el control
judicial de constitucionalidad en
sentido fuerte.
Asimismo, se explora cómo estas
ideas permearon en Latinoamérica,
así como algunas críticas que
se le hicieron por sus énfasis en la
judicatura y la desconfianza a las
mayorías, que la convierten en una
corriente constitucional con tintes
elitistas. Finalmente, el libro se
detiene en los intentos del Nuevo
Constitucionalismo de la región
para superar los problemas de objeción
democrática del neoconstitucionalismo
mediante diseños
constitucionales más participativos
e incluyentes y sus resultados no
siempre exitosos.

El presente artículo tiene por objeto el análisis crítico de las decisiones tomadas por varios tribunales supremos o constitucionales de Latinoamérica que han permitido la reelección presidencial a pesar de la existencia, explícita, de su... more

El presente artículo tiene por objeto el análisis crítico de las decisiones tomadas por varios tribunales supremos o constitucionales de Latinoamérica que han permitido la reelección presidencial a pesar de la existencia, explícita, de su prohibición en la Carta Magna. La inaplicabilidad de previsiones constitucionales que han acordado, al considerarlas paradójicamente como «inconstitucionales», se sustenta en lo que los autores creen que es una confusión doctrinal y una errónea interpretación de categorías teóricas inadecuadas, en el marco, además, de la asunción hipertrofiada de funciones impropias a la naturaleza y fines de la justicia constitucional.

El neopluralismo jurídico y la constitucionalización del derecho, entre otros fenómenos contemporáneos, han colocado al juez de tradición continental en un nuevo papel que dista mucho de aquel propuesto por la modernidad ilustrada y que... more

El neopluralismo jurídico y la constitucionalización del derecho, entre otros fenómenos contemporáneos, han colocado al juez de tradición continental en un nuevo papel que dista mucho de aquel propuesto por la modernidad ilustrada y que se acerca, a grandes rasgos, al modelo de juez premoderno. El pluralismo jurídico convierte al juez en partícipe activo de la configuración de las soluciones que proporciona el derecho a cada caso concreto. El fenómeno de constitucionalización del derecho genera una realidad jurídica bidimensional que se compone, por una parte, del derecho patrio y, por la otra, de un derecho universal (al modo del ius commune medieval) basado en la doctrina y la jurisprudencia que es capaz de determinar el contenido y dar legitimidad al primero.

Este trabajo busca mostrar las dificultades de configurar una perspectiva ética en la Inteligencia Artificial (IA). Se plantea evaluar las ventajas y desventajas de la implementación del Utilitarismo del acto como una ética configurable... more

Este trabajo busca mostrar las dificultades de configurar una perspectiva ética en la Inteligencia Artificial (IA). Se plantea evaluar las ventajas y desventajas de la implementación del Utilitarismo del acto como una ética configurable en los sistemas inteligentes. A través de ejemplos como los vehículos autónomos, autómatas militares y justicia algorítmica, se observarán las tareas que se plantean al Derecho si se opta por esta solución.

El presente trabajo hace un análisis sobre la evolución histórica, ya desde sus orígenes, de la contradicción que dentro del campo de la ciencia política y el derecho constitucional se ha presentado, tradicionalmente, entre la revisión... more

El presente trabajo hace un análisis sobre la evolución histórica, ya desde sus orígenes, de la contradicción que dentro del campo de la ciencia política y el derecho constitucional se ha presentado, tradicionalmente, entre la revisión judicial de constitucionalidad y la noción teórico-ideal de democracia. Planteados los motivos de esta contradicción, el artículo hace referencia cómo, durante las últimas décadas, las nuevas constituciones surgidas en América Latina fruto de los procesos de cambio político que se han producido, especialmente en la zona andina del continente, han incorporado novedosos mecanismos de democratización de la sociedad y el Estado, entre ellos, mecanismos de democratización de la justicia constitucional que permiten empezar disminuir la vieja contradicción señalada.