Responsabilidad Civil Research Papers - Academia.edu (original) (raw)

Extracto de "Nuevas tecnologías y responsabilidad civil", coordinado por Domingo Bello Janeiro. En la era digital era necesario un estudio a fondo de la responsabilidad civil de los daños ocasionados por robots y otras tecnologías, pero... more

Extracto de "Nuevas tecnologías y responsabilidad civil", coordinado por Domingo Bello Janeiro. En la era digital era necesario un estudio a fondo de la responsabilidad civil de los daños ocasionados por robots y otras tecnologías, pero sobre todo un extenso análisis sobre la protección de datos personales en distintos ámbitos (registros de la propiedad, mercantil...) y la garantía los derechos digitales.
Coautoría: Alba Paños Pérez, Inmaculada Vivas Tesón, Pedro Ignacio Botello Hermosa, María Fernanda Moretón Sanz, Pablo Amat Llombart, Domingo Bello Janeiro, María Ángeles Zurilla Cariñana.
ISBN: 978-84-290-2380-0

El presente artículo comprende una aproximación comparativa sobre el alcance y la naturaleza jurídica de la responsabilidad civil por productos médicos defectuosos en el derecho comparado, particularmente en el caso de Estados Unidos, la... more

El presente artículo comprende una aproximación comparativa sobre el alcance y la naturaleza jurídica de la responsabilidad civil por productos médicos defectuosos en el derecho comparado, particularmente en el caso de Estados Unidos, la Unión Europea y algunos países representativos como Francia, España, Alemania y Colombia. El objetivo es identificar las principales características del régimen de responsabilidad civil aplicable a los daños ocasionados por medicamentos defectuosos, así como algunos desarrollos jurisprudenciales en la materia, que permiten entender y destacar dentro de un contexto comparativo las fortalezas, debilidades, similitudes y diferencias subyacentes entre las distintas fuentes normativas que reconocen el principio de reparación del daño como corolario de la responsabilidad civil en materia de medicamentos defectuosos.

Las plataformas de economía colaborativa actúan en general poniendo en contacto a usuarios para que intercambien servicios u otras prestaciones entre ellos. En el caso de Uber, por ejemplo, el usuario que quiere un servicio de transporte... more

Las plataformas de economía colaborativa actúan en general poniendo en contacto a usuarios para que intercambien servicios u otras prestaciones entre ellos. En el caso de Uber, por ejemplo, el usuario que quiere un servicio de transporte es puesto en contacto con un conductor, que le presta luego ese servicio gracias a la intermediación de la plataforma, a cambio de un precio. Este trabajo se plantea cómo opera la responsabilidad civil en ese contexto, pongamos por caso en el su-puesto en el que el conductor puesto a disposición por Uber cause un daño al usuario de la plataforma o a un tercero. En particular, conviene determinar si existe o no la dependencia que es presupuesto de la responsabilidad por hecho ajeno según nuestro Derecho civil. Se comparan a este respecto las soluciones del Derecho español y el extranjero.

With the implementation of the risk theory within the Peruvian Civil Code (1984), an attempt was made to cover those cases where it is very challenging, even impossible, to find an agent who has intervened in the damage with intent or... more

With the implementation of the risk theory within the Peruvian Civil Code (1984), an attempt was made to cover those cases where it is very challenging, even impossible, to find an agent who has intervened in the damage with intent or negligence. However, it is appropriate to ask oneself, is the theory most widely accepted by Peruvian jurisprudence the best? The answer proposed by this article is negative since this theory became obsolete over time and, at present, it does nothing more than generating different problems for the judge, who is responsible for determining whether an asset is risky or dangerous, or if an activity is risky or hazardous.

El propósito del presente trabajo es ofrecer una aproximación a las normas aplicables a la responsabilidad civil en la industria de los exchanges (1) y administradores de criptomonedas de terceros. Este trabajo no pretende encarar... more

El propósito del presente trabajo es ofrecer una aproximación a las normas aplicables a la responsabilidad civil en la industria de los exchanges (1) y administradores de criptomonedas de terceros. Este trabajo no pretende encarar exhaustivamente todos los aspectos relaciona-dos a la temática, pero si intenta dar respuesta a las preguntas más comunes que pueden surgir al evaluar la posible responsabilidad civil derivada de administrar este tipo de bienes.

El concepto de daño resarcible ha sido ampliado por el nuevo CCC argentino hasta alcanzar los meros intereses lícitos de hecho.

PÁGINA RR-5.1 I. Introducción II. Organización, dirección y ejecución de programas de enseñanza de tenis III. Entronque de las clases de tenis en una precisa categoría contractual IV. La exigibilidad de responsabilidad contractual por los... more

PÁGINA RR-5.1 I. Introducción II. Organización, dirección y ejecución de programas de enseñanza de tenis III. Entronque de las clases de tenis en una precisa categoría contractual IV. La exigibilidad de responsabilidad contractual por los daños causados en las clases de tenis V. La acción de responsabilidad extracontractual por daños causados en las clases de tenis y su acumulación con la acción contractual VI. La carga de la prueba de los daños causados en las clases de tenis VII. La teoría de la asunción del riesgo aplicada a las clases de tenis VIII. El seguro de responsabilidad civil, un imperativo para el entrenador de tenis IX. Conclusión X. Bibliografía RESUMEN: La enseñanza del tenis es una actividad deportiva de riesgo moderado. Este riesgo puede, sin embargo, intensificarse si el entrenador se aparta del estándar de diligencia que le es exigible. En el artículo se examinan algunos de estos riesgos y su preciso encuadre en el ámbito de la responsabilidad contractual y extracontractual, deslindándolos de los supuestos en los que tiene aplicación la teoría de la asunción del riesgo por parte de quienes practican deporte. ABSTRACT: Tennis learning is a sport activity with moderate risk. This risk could, however, intensify if the tennis coach gives up the required standard of diligence. This paper analyses some of these risks and their accurate inclusion in the field of contractual and non-contractual liability, separating them from the cases in which applies the theory of the assumption of risk by those who practice sport. PALABRAS CLAVE: Responsabilidad contractual-Responsabilidad extracontractual-Asunción del riesgo KEYWORDS: Contractual liability-Non-contractual liability-Assumption of the risk 4 Responsabilidad civil de los entrenadores de tenis por accidentes acaecidos en sus clases Doctrina 4. Responsabilidad civil de los entrenadores de tenis por accidentes acaecidos en sus clases (ALEJANDRO VALIÑO ARCOS) Civil liability of tennis coaches for accidents that occurred in their classes La pista de tenis es el espacio por excelencia para la práctica de este deporte. Cuenta con unas dimensiones estandarizadas fijadas por la reglamentación técnica y nació seguramente con esas precisas medidas por ser el tenis un deporte que se practica únicamente en las modalidades de individual y dobles. Sin embargo, las veleidades de la enseñanza del tenis han traído consigo que sea habitual con tal propósito la presencia en la cancha de un mayor número de personas que tiende a incrementarse cuando se trata de articular un programa de aprendizaje elemental, en el que, como es de esperar, los alumnos no suelen contar con un nivel de destreza que destierre absolutamente el riesgo de producción de un resultado dañoso para el resto de compañeros. De ahí que sea menester deslizar algunas consideraciones de orden jurídico, que han de ser de interés para aquellos que organizan, dirigen y ejecutan programas de aprendizaje colectivo. II. ORGANIZACIÓN, DIRECCIÓN Y EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DE ENSEÑANZA DE TENIS Deliberadamente he querido servirme de estos tres sustantivos, que permiten deslindar en el marco de un programa de enseñanza de tenis funciones diferentes, cuya asunción puede, sin embargo, concentrarse en una sola persona o, por el contrario, repartirse entre personas distintas 1). En el primer caso, salta a un primer plano la figura del entrenador freelance que, en un club privado, en una

Apuntes de cátedra Obligaciones y Responsabildad Civil UNC

El objetivo de esta tesis doctoral consiste en efectuar un aporte conducente al mejoramiento del manejo del principio de precaución en Argentina. Esta tarea se realiza desde un estudio socio-jurídico, lo que implica la incorporación de... more

El objetivo de esta tesis doctoral consiste en efectuar un aporte conducente al mejoramiento del manejo del principio de precaución en Argentina. Esta tarea se realiza desde un estudio socio-jurídico, lo que implica la incorporación de conceptos provenientes de la sociología del riesgo y de los estudios sociales de la ciencia, mediante el que se intenta recrear la emergencia del principio, tanto en el plano regulatorio como en su aplicación jurisdiccional. Para ello se analizan dos conflictividades concretas que operan como su costado empírico: el uso de agrotóxicos y la exposición a radiaciones no ionizantes. La presentación de la tesis se encuentra dividida en tres partes. La primera intenta recrear la movilización social en torno a los casos seleccionados y cómo se comienza a utilizar el principio de precaución en tales procesos de resistencia. La segunda considera particularmente las decisiones judiciales sobre estos riesgos controvertidos. Y, por último, la tercera parte intenta reponer el costado regulatorio y los intentos de reforma en un sentido precautorio que se han materializado en los últimos años. Esta estrategia permite establecer algunos lineamientos importantes acerca de cómo comienza a edificarse la teoría jurídica sobre el principio de precaución, los desafíos que se plantean y, también, cómo se desarrollan algunos incipientes intentos de reforma de regulaciones, estructuras y procedimientos estatales que proponen su incorporación o que, recientemente, lo han incorporado para atender este tipo de problemas.

Al igual que lo sucedido en nuestro país, los daños punitivos fueron introducidos en el Derecho mexicano mediante una resolución expedida por la Suprema Corte de Justicia en un proceso de amparo directo. Para ello, dicho colegiado invocó... more

Al igual que lo sucedido en nuestro país, los daños punitivos fueron introducidos en el Derecho mexicano mediante una resolución expedida por la Suprema Corte de Justicia en un proceso de amparo directo. Para ello, dicho colegiado invocó el derecho a la justa indemnización, lo que generó diversos cuestionamientos. Sobre el particular, la autora analiza los fundamentos de dicha decisión y, además, comenta cómo los daños punitivos han sido recogidos en el caso peruano, los cuales también fueron incorporados mediante un pronunciamiento judicial (el V Pleno Jurisdiccional Supremo en materia Laboral y Previsional de 2016), aunque recientemente el II Pleno Jurisdiccional Distrital en materia Laboral y Procesal Laboral de Lima negó dicha posibilidad.

Sumario: I. El principio de no dañar: del laedere al alterum.— II. Los nuevos "otros" del no dañar.— III. Del homo faber al homo creator.— IV. El propio individuo como un nuevo "otro" o la protección del individuo de sí mismo.— V.... more

Sumario: I. El principio de no dañar: del laedere al alterum.— II. Los nuevos "otros" del no dañar.— III. Del homo faber al homo creator.— IV. El propio individuo como un nuevo "otro" o la protección del individuo de sí mismo.— V. "Derechos sin sujetos" y el principio de no dañar.— VI. El "otro" frente a la prevención del daño.— VII. El "otro" como sujeto colectivo.— VIII. La resiliencia del Derecho Civil.

El Juzgado Penal Colegiado Permanente del Cono Norte ha decretado, en el marco de un repudiable y mediático caso de violencia de género, la no resarcibilidad del daño al proyecto de vida, entre otras razones, por colisionar con el derecho... more

El Juzgado Penal Colegiado Permanente del Cono Norte ha decretado, en el marco de un repudiable y mediático caso de violencia de género, la no resarcibilidad del daño al proyecto de vida, entre otras razones, por colisionar con el derecho fundamental a la igualdad ante la ley. El autor comenta dicha sentencia, que pone punto final, por el momento, a la discusión sobre si la referida categoría, puramente doctrinaria e inflacionaria de los resarcimientos, merece ser acogida en el formante jurisprudencial.

El nuevo Código Civil y Comercial argentino no regula específicamente el contrato de hospedaje o alojamiento, debiendo conformarse su régimen a partir de algunas normas sueltas, en materia de custodia de efectos y de las del contrato de... more

El nuevo Código Civil y Comercial argentino no regula específicamente el contrato de hospedaje o alojamiento, debiendo conformarse su régimen a partir de algunas normas sueltas, en materia de custodia de efectos y de las del contrato de servicios. El legislador que dictó la Ley 26994 faltó a la cita con este contrato, al dedicarle un régimen escueto, que atrasa décadas, es impreciso, insuficiente y erróneo. El nuevo régimen no soluciona prácticamente ninguno de los problemas que el turismo actual plantea al derecho argentino. No regula el turismo en estancias, no tiene normas específicas para los hostels u hostales. Y la responsabilidad del hotelero es apenas un esbozo, un borrador, que la labor de los jueces deberá completar en cada caso.

Por medio del presente trabajo, se pretende demostrar la procedencia, en Chile, de la indemnización de los perjuicios que se producen con motivo u ocasión de las relaciones paterno-filiales y, en especial, de los daños causados por un... more

Por medio del presente trabajo, se pretende demostrar la procedencia, en Chile, de la indemnización de los perjuicios que se producen con motivo u ocasión de las relaciones paterno-filiales y, en especial, de los daños causados por un padre o madre a un hijo, o al otro progenitor, como consecuencia de la infracción de deberes parentales, determinando su naturaleza y estatuto aplicable, y las particularidades que pueden presentarse.

Los Villarino, destacado ejemplo, a finales del A. R., de las estrategias familiares desarrolladas por la burguesía berciana para perpetuar su poder económico y social. Familia en la que sobresale la figura del político de la... more

Los Villarino, destacado ejemplo, a finales del A. R., de las estrategias familiares desarrolladas por la burguesía berciana para perpetuar su poder económico y social. Familia en la que sobresale la figura del político de la Restauración Antonio, presidente de la diputación, diputado nacional y gobernador en varias provincias, y sus nietas, importantes profesionales de la enseñanza y la medicina.

Cuando se escriben estas palabras, todavía no es momento de exigir las responsabilidades (políticas, civiles, administrativas, penales, etc.) eventualmente derivadas de la gestión que varias Administraciones públicas han hecho de la... more

Cuando se escriben estas palabras, todavía no es momento de exigir las responsabilidades (políticas, civiles, administrativas, penales, etc.) eventualmente derivadas de la gestión que varias Administraciones públicas han hecho de la crisis del COVID-19 («coronavirus»). Pero sí resulta oportuno, en nuestra opinión, analizar cuáles pueden ser esas responsabilidades. En primer lugar, porque este es un problema de indiscutible relevancia práctica que, sin duda alguna, va a llevarse ante los Tribunales en cuanto la situación se normalice desde un punto de vista sanitario. En segundo lugar –y, sobre todo–, porque el régimen jurídico de esas responsabilidades futuras puede influir en los cursos de acción que tanto las autoridades públicas competentes como los particulares actual o potencialmente afectados –v. gr., las empresas suministradoras de material sanitario– pueden adoptar en estos momentos para hacer frente a la crisis. Cabe pensar que, a la hora de actuar en un sentido u otro, todos estos sujetos anticiparán y tendrán en cuenta, al menos hasta cierto punto, cuáles pueden ser dichas responsabilidades, en tanto en cuanto de ellas dependen los costes y beneficios que para los mismos probablemente van a desprenderse de sus actuales decisiones.

This paper seeks to investigate the proposal to create a legal (electronic) personhood for robots with artificial intelligence based on the European Parliament resolution with recommendations on Civil Law and Robotics. To this end, we... more

This paper seeks to investigate the proposal to create a legal (electronic) personhood for robots with artificial intelligence based on the European Parliament resolution with recommendations on Civil Law and Robotics. To this end, we highlight the various risks and problems present in this type of initiative, especially in view of the current trend of expanding legal subjectivity in various jurisdictions. In addition to an anthropomorphic rhetoric, we can observe the prevalence of a pragmatic line that seeks to be guided, mainly, by the model of corporations, without taking into account, however, problems present in the process of embodiment of companies and the particular function of the term legal person in the grammar of Law.

Responsabilidad civil de gerentes y ejecutivos, daños, deberes fiduciarios.

Job representa la puesta en cuestión de la teología sacrifical. Job se rebela contra una divinidad pendenciara que apuesta con Satán, le engaña y le priva injustamente de sus hijos y de su prosperidad. El libro de Job se nos muestra como... more

Job representa la puesta en cuestión de la teología sacrifical. Job se rebela contra una divinidad pendenciara que apuesta con Satán, le engaña y le priva injustamente de sus hijos y de su prosperidad. El libro de Job se nos muestra como la racionalización del sacrificio de Abraham.
Job concluirá que el sacrificio no tiene sentido, porque acusa a la divinidad de planificar la creación con un defecto de fabricación, concebir un mal existente en sí, que exige la participación del hombre para repararse. El sacrificio niega la justicia divina, porque consigue el triunfo de la divinidad por la condena del hombre. Acusa a la divinidad de crear, tolerar u ocultar el mal en la creación.
El sacrificio presupone un mundo de siervos, que deben asumir y aceptar la servidumbre como medio de redención. Niega la culpa personal y la libertad individual, porque somete al hombre a una culpa colectiva escatológica (Satán); e imagina una divinidad justiciera y vengadora que instituye el orden social por el castigo.
Niega la identidad social e histórica del hombre. Interpreta el orden social y la historia como obra de los dioses, y no como obra del hombre.
Conquistar la tierra por el sacrificio, supone olvidar que el fin no justifica los medios. Limita el papel de la providencia al castigo y en la noche, lo que significa concebir el día sometido al mal.

La protección extracontractual del contrato: líneas de una evolución.- a.- la desmaterialización de las riquezas y la primacía del crédito.-b.- el valor actual de la distinción entre derechos reales y de crédito.- c.- la erosión del... more

La protección extracontractual del contrato: líneas de una evolución.- a.- la desmaterialización de las riquezas y la primacía del crédito.-b.- el valor actual de la distinción entre derechos reales y de crédito.- c.- la erosión del principio de los efectos relativos de los contratos.-.d.- el nuevo modelo de responsabilidad civil; ii terceros que dañan al contrato: 1.- daño al contrato por lesión a la esfera personal del deudor.- 2.- daño al contrato por lesión a la cosa objeto de la prestación.- 3 daño al contrato por interferencias del terceros – la inducción al incumplimiento contractual .- complicidad del tercero en el incumplimiento.- doble enajenación inmobiliaria.- fraude pauliano y responsabilidad.- captación desleal del dependiente ajeno.- violación de cláusulas de exclusividad.- interferencias al contrato por huelgas ilegitimas.- interferencias por concesión abusiva del crédito.- lesión al contrato de trabajo.- lesión por informaciones inexactas.- publicidad engañosa, violencia o abuso de posición dominante.- lesión al crédito por frustración del contrato de seguro.- iii contratos que dañan a un tercero.- el incumplimiento contractual que lesiona intereses de terceros.- el damnificado contractual indirecto.- colofón

Este texto contiene los lineamientos generales respecto de cómo funciona y opera la responsabilidad civil del transportador aéreo en caso de daños al pasajero. Se analiza el especial sistema de responsabilidad civil en vuelos nacionales e... more

Este texto contiene los lineamientos generales respecto de cómo funciona y opera la responsabilidad civil del transportador aéreo en caso de daños al pasajero. Se analiza el especial sistema de responsabilidad civil en vuelos nacionales e internacionales; la culpa como elemento o requisito de la responsabilidad aeronáutica; y, en fin, la exoneración del transportista.

en Hernán Corral (edit.), Derecho del consumo y protección al consumidor. Estudios sobre la ley Nº 19.496 y las principales tendencias extranjeras. Cuadernos de extensión Universidad de los Andes 3, Santiago, 1999. 163-211.

El trabajo trata sobre la determinación de la diligencia exigible a cada uno de acuerdo con los criterios y estándares abstractos del nuevo Código Civil y Comercial, que ha introducido sensibles modificaciones en esta materia al Código de... more

El trabajo trata sobre la determinación de la diligencia exigible a cada uno de acuerdo con los criterios y estándares abstractos del nuevo Código Civil y Comercial, que ha introducido sensibles modificaciones en esta materia al Código de Vélez.

En el nuevo Código Civil y Comercial argentino se observa cierta indiferencia hacia la apreciación de la conducta, lo cual muy posiblemente tenga que ver con la decidida toma de posición del legislador de la ley 26.994 en contra de la... more

En el nuevo Código Civil y Comercial argentino se observa cierta indiferencia hacia la apreciación de la conducta, lo cual muy posiblemente tenga que ver con la decidida toma de posición del legislador de la ley 26.994 en contra de la responsabilidad subjetiva, al compás de su clara opción a favor de la responsabilidad objetiva, particularmente de la responsabilidad por riesgo.
En este artículo se analiza el sistema de apreciación de la diligencia establecido y se dan pautas para mejorarlo interpretativamente.

Hace algún tiempo atrás vi en la televisión española el caso de una familia que perdió sus tres hijas menores de edad, creo recordar que la mayor no tendría diez años y la menor unos dos. Los hechos fueron los siguientes: dicha familia... more

Hace algún tiempo atrás vi en la televisión española el caso de una familia que perdió sus tres hijas menores de edad, creo recordar que la mayor no tendría diez años y la menor unos dos. Los hechos fueron los siguientes: dicha familia vivía en una ciudad española en un complejo de viviendas pareadas de buena factura, orientadas hacia los sectores socio económicos medios. Un día, los vecinos de la casa de al lado, afectados por la presencia de ratones, decidieron aplicar un potente veneno a través de un tubo que salía desde su casa. Desgraciadamente dicho tubo estaba ligado al sistema de ventilación de la habitación en que vivían las tres niñas en la casa contigua. Durante esa noche fluyeron hacia el dormitorio de las niñas potentes emanaciones de gas venenoso provocando la muerte de las ellas. Los padres, sumamente afectados, tuvieron que tomar algunos meses de licencia médica, la madre no pudo volver a su trabajo y el padre, constreñido por las necesidades económicas urgentes tuvo que retomar sus obligaciones laborales al cabo de unos meses, sin estar todavía preparado para ello. Los vecinos responsables de la muerte de las niñas, quedaron en libertad el mismo día en que se les practicó el control de detención, se trataba de un cuasidelito y eran personas sin antecedentes penales previos, por lo que no procedía la prisión preventiva. Junto al proceso criminal, los padres iniciaron un juicio paralelo de indemnización de perjuicios en sede civil, el cual se prolongó por más de un año. Entrevistados los padres en la etapa de duelo profundo, señalaban que lo más duro para ellos había sido el escuchar las risas, fiestas y reuniones-normales por lo demás-que durante ese período hicieron sus vecinos, las que podían oír con claridad por lo cercano de ambas viviendas, no pudiendo entender su alegría, en medio de la profunda aflicción que los aquejaba. El problema es que, afectados por una crisis económica familiar, producto de los penosos hechos narrados, y por el evento de que su casa la estaban pagando con crédito hipotecario, no pudieron cambiarse de barrio durante un largo tiempo, padeciendo y sufriendo, no sólo por la muerte de sus hijas, sino por todas las incomodidades adicionales que afectaban su luto y que no podían aliviar. Terminado el juicio civil, que condenó a los vecinos a pagar una elevada suma de dinero, los padres relatan que estuvieron mejor; habían podido mudarse de barrio, la madre había podido acceder a ayuda médica y psicológica más calificada, el marido había dejado de trabajar unos meses con el propósito de acompañar a su mujer en el proceso sanación, e

Ratón que te pilla el gato, ratón que te va a pillar, si no te pilla esta noche, mañana te pillará.

Contrariamente a lo que muchos piensan, los Códigos Civiles no están compuestos sola ni, a veces, principalmente, de normas. Conviven con ellas otros dos elementos, de los que a veces no se toma plena conciencia: los conceptos y los... more

Contrariamente a lo que muchos piensan, los Códigos Civiles no están compuestos sola ni, a veces, principalmente, de normas. Conviven con ellas otros dos elementos, de los que a veces no se toma plena conciencia: los conceptos y los principios jurídicos.
Los conceptos jurídicos atraviesan el articulado, estando presentes incluso en varias normas a la vez, como el concepto de moralidad y buenas costumbres, o el de buena fe, el de sucesor universal o el de heredero forzoso, etc.
En este artículo se analiza el imperio, eficacia y alcance de los principios en el ordenamiento civil paraguayo y en el Código de Vélez, mucho más parecido al primero, que el actual Código Civil y Comercial vigente en Argentina desde el 1/8/2015.